[artículo] | Título : |
Conflicto de intereses y bioética |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Aída Kemelmajer de Carlucci, Autor |
| Fecha de publicación: |
2011 |
| Artículo en la página: |
p. 1041-1072 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Clasificación: |
BIOÉTICA / TRANSPLANTES DE ÓRGANOS / CONFLICTO DE INTERESES
|
| Resumen: |
Hay conflicto de intereses en sentido amplio en aquellas situaciones en las que la satisfacción del interés de uno supone el sacrificio total o parcial del interés de otro. Desde la doctrina se describe el conflicto de intereses propios en sentido estricto como "la situación en que los intereses propios de un sujeto aparecen en contradicción con los de otra persona a la cual aquél debe representar, defender o al menos respetar". El conflicto de intereses supone el riesgo de un daño, pero no exige su realización efectiva, por lo que el acto puede ser simplemente nulo, sin que opere la tutela resarcitoria, porque no hay daño. En las definiciones aparecen como requisitos comunes: (i) la presencia de intereses contrapuestos e incompatibles entre si, y (ii) el daño efectivo o potencial para un sujeto (normalmente, el representado); otros autores agregan otros elementos. El conflicto de interés tiene, base objetiva, se trata de una situación que puede dar lugar a conductas indeseables independientemente que dichas conductas efectivamente se produzcan y de la subjetividad de los actores involucrados. En el área de las ciencias vinculadas al área de la salud, casi todos los autores reproducen la definición de Dennis Thompson, que describe el conflicto de interés como la "Situación en la que el juicio de un profesional concerniente a su interés primario (la salud de los enfermos o la integridad de una investigación) tiende a estar indebidamente influenciado por un interés secundario (de tipo económico o personal)". Vivimos inmersos en un mar de contradicciones sobre el que inciden los vientos de los intereses. Para dominar la tormenta, en necesario, en primer lugar, admitir la existencia del conflicto, desde que cuando el problema se niega es imposible solucionarlo; reconocido, la solución puede pasar por diferentes medidas, desde las más simples, como es la información a las personas implicadas hasta las más extremas. |
| Nota de contenido: |
Conflicto. Etimología. -- Aceptaciones de la expresión "conflicto de intereses. -- Conflicto de intereses en sentido amplio. -- Conflicto de intereses en el sentido estricto. -- Definiciones de conflicto de intereses en sentido estricto. -- El conflicto de interés, en sentido estricto, en el derecho de familia. -- Los conflictos de interés, en sentido estricto, en el área de la investigación científica referida a la salud. -- Una conclusión provisional. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26615 |
in Revista Crítica de Derecho Privado > 08 (Enero-Diciembre 2011) . - p. 1041-1072
[artículo] Conflicto de intereses y bioética [texto impreso] / Aída Kemelmajer de Carlucci, Autor . - 2011 . - p. 1041-1072. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 08 (Enero-Diciembre 2011) . - p. 1041-1072 | Clasificación: |
BIOÉTICA / TRANSPLANTES DE ÓRGANOS / CONFLICTO DE INTERESES
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| Resumen: |
Hay conflicto de intereses en sentido amplio en aquellas situaciones en las que la satisfacción del interés de uno supone el sacrificio total o parcial del interés de otro. Desde la doctrina se describe el conflicto de intereses propios en sentido estricto como "la situación en que los intereses propios de un sujeto aparecen en contradicción con los de otra persona a la cual aquél debe representar, defender o al menos respetar". El conflicto de intereses supone el riesgo de un daño, pero no exige su realización efectiva, por lo que el acto puede ser simplemente nulo, sin que opere la tutela resarcitoria, porque no hay daño. En las definiciones aparecen como requisitos comunes: (i) la presencia de intereses contrapuestos e incompatibles entre si, y (ii) el daño efectivo o potencial para un sujeto (normalmente, el representado); otros autores agregan otros elementos. El conflicto de interés tiene, base objetiva, se trata de una situación que puede dar lugar a conductas indeseables independientemente que dichas conductas efectivamente se produzcan y de la subjetividad de los actores involucrados. En el área de las ciencias vinculadas al área de la salud, casi todos los autores reproducen la definición de Dennis Thompson, que describe el conflicto de interés como la "Situación en la que el juicio de un profesional concerniente a su interés primario (la salud de los enfermos o la integridad de una investigación) tiende a estar indebidamente influenciado por un interés secundario (de tipo económico o personal)". Vivimos inmersos en un mar de contradicciones sobre el que inciden los vientos de los intereses. Para dominar la tormenta, en necesario, en primer lugar, admitir la existencia del conflicto, desde que cuando el problema se niega es imposible solucionarlo; reconocido, la solución puede pasar por diferentes medidas, desde las más simples, como es la información a las personas implicadas hasta las más extremas. |
| Nota de contenido: |
Conflicto. Etimología. -- Aceptaciones de la expresión "conflicto de intereses. -- Conflicto de intereses en sentido amplio. -- Conflicto de intereses en el sentido estricto. -- Definiciones de conflicto de intereses en sentido estricto. -- El conflicto de interés, en sentido estricto, en el derecho de familia. -- Los conflictos de interés, en sentido estricto, en el área de la investigación científica referida a la salud. -- Una conclusión provisional. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26615 |
[artículo] Kemelmajer de Carlucci, Aída (2011). Conflicto de intereses y bioética. Revista Crítica de Derecho Privado. 08. (Enero-Diciembre 2011) p. 1041-1072. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 08 (Enero-Diciembre 2011) . - p. 1041-1072 | Clasificación: |
BIOÉTICA / TRANSPLANTES DE ÓRGANOS / CONFLICTO DE INTERESES
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| Resumen: |
Hay conflicto de intereses en sentido amplio en aquellas situaciones en las que la satisfacción del interés de uno supone el sacrificio total o parcial del interés de otro. Desde la doctrina se describe el conflicto de intereses propios en sentido estricto como "la situación en que los intereses propios de un sujeto aparecen en contradicción con los de otra persona a la cual aquél debe representar, defender o al menos respetar". El conflicto de intereses supone el riesgo de un daño, pero no exige su realización efectiva, por lo que el acto puede ser simplemente nulo, sin que opere la tutela resarcitoria, porque no hay daño. En las definiciones aparecen como requisitos comunes: (i) la presencia de intereses contrapuestos e incompatibles entre si, y (ii) el daño efectivo o potencial para un sujeto (normalmente, el representado); otros autores agregan otros elementos. El conflicto de interés tiene, base objetiva, se trata de una situación que puede dar lugar a conductas indeseables independientemente que dichas conductas efectivamente se produzcan y de la subjetividad de los actores involucrados. En el área de las ciencias vinculadas al área de la salud, casi todos los autores reproducen la definición de Dennis Thompson, que describe el conflicto de interés como la "Situación en la que el juicio de un profesional concerniente a su interés primario (la salud de los enfermos o la integridad de una investigación) tiende a estar indebidamente influenciado por un interés secundario (de tipo económico o personal)". Vivimos inmersos en un mar de contradicciones sobre el que inciden los vientos de los intereses. Para dominar la tormenta, en necesario, en primer lugar, admitir la existencia del conflicto, desde que cuando el problema se niega es imposible solucionarlo; reconocido, la solución puede pasar por diferentes medidas, desde las más simples, como es la información a las personas implicadas hasta las más extremas. |
| Nota de contenido: |
Conflicto. Etimología. -- Aceptaciones de la expresión "conflicto de intereses. -- Conflicto de intereses en sentido amplio. -- Conflicto de intereses en el sentido estricto. -- Definiciones de conflicto de intereses en sentido estricto. -- El conflicto de interés, en sentido estricto, en el derecho de familia. -- Los conflictos de interés, en sentido estricto, en el área de la investigación científica referida a la salud. -- Una conclusión provisional. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26615 |
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