[artículo] | Título : |
La reparación y prevención del daño en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos : Comentario a las medidas reparatorias y preventivas dispuestas en la sentencia del caso Gelman vs. Uruguay |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Andrés Mariño López, Autor |
| Fecha de publicación: |
2011 |
| Artículo en la página: |
p. 405-455D |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Clasificación: |
REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS / RESPONSABILIDAD CIVIL / DERECHOS HUMANOS
|
| Resumen: |
La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene una consolidada jurisprudencia en materia de Derecho de Daños que la ubican como un puntal de avanzada en el paradigma cuya función principal es la protección de la persona humana frente a los daños que puede sufrir. Así, emite medidas provisionales que inhiben conductas productoras de daños graves. Pero también, en sus sentencias definitivas, adopta un conjunto de medidas reparatorias que no se acotan en la indemnización dineraria del perjuicio, sino que tienden a recomponer la situación al estado anterior al daño acaecido (restitutio in integrum), rehabilitar al perjudicado (medidas de rehabilitación) y darle un regocijo espiritual ante el daño sufrido (medidas de satisfacción). Además, en las sentencias definitivas, la Corte IDH no se limita a las antedichas medidas reparatorias del daño, sino que, además, ordena medidas que previenen la causación de daños futuros por medio de las "garantías de no repetición". Los Tribunales nacionales pueden y deben seguir la jurisprudencia de la Corte ODH: ordenar, junto a la indemnización dineraria, medidas de reparación específica del daño (recomposición a situación anterior, medidas de rehabilitación, medidas satisfactivas) y, además, medidas que prevengan la producción de nuevos daños y víctimas de éstos. En el caso Gelman, que ha puesto sobre el tapete en Uruguay la jurisprudencia de la Corte IDH, ésta no sólo hace responsable al Estado uruguayo de la violación de derechos humanos consagrados en instrumentos normativos vigentes, sino que, además, dispone un conjunto de medidas de reparación y de prevención del daño. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Nuevas perspectivas del derecho de la responsabilidad civil. -- La reparación y la prevención del daño en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. -- Aportes de la jurisprudencia de la Corte IDH al nuevo paradigma de responsabilidad civil. -- Las medidas reparatorias en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condena a Uruguay en el caso Gelman. -- Conclusiones. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26595 |
in Revista Crítica de Derecho Privado > 08 (Enero-Diciembre 2011) . - p. 405-455D
[artículo] La reparación y prevención del daño en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos : Comentario a las medidas reparatorias y preventivas dispuestas en la sentencia del caso Gelman vs. Uruguay [texto impreso] / Andrés Mariño López, Autor . - 2011 . - p. 405-455D. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 08 (Enero-Diciembre 2011) . - p. 405-455D | Clasificación: |
REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS / RESPONSABILIDAD CIVIL / DERECHOS HUMANOS
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| Resumen: |
La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene una consolidada jurisprudencia en materia de Derecho de Daños que la ubican como un puntal de avanzada en el paradigma cuya función principal es la protección de la persona humana frente a los daños que puede sufrir. Así, emite medidas provisionales que inhiben conductas productoras de daños graves. Pero también, en sus sentencias definitivas, adopta un conjunto de medidas reparatorias que no se acotan en la indemnización dineraria del perjuicio, sino que tienden a recomponer la situación al estado anterior al daño acaecido (restitutio in integrum), rehabilitar al perjudicado (medidas de rehabilitación) y darle un regocijo espiritual ante el daño sufrido (medidas de satisfacción). Además, en las sentencias definitivas, la Corte IDH no se limita a las antedichas medidas reparatorias del daño, sino que, además, ordena medidas que previenen la causación de daños futuros por medio de las "garantías de no repetición". Los Tribunales nacionales pueden y deben seguir la jurisprudencia de la Corte ODH: ordenar, junto a la indemnización dineraria, medidas de reparación específica del daño (recomposición a situación anterior, medidas de rehabilitación, medidas satisfactivas) y, además, medidas que prevengan la producción de nuevos daños y víctimas de éstos. En el caso Gelman, que ha puesto sobre el tapete en Uruguay la jurisprudencia de la Corte IDH, ésta no sólo hace responsable al Estado uruguayo de la violación de derechos humanos consagrados en instrumentos normativos vigentes, sino que, además, dispone un conjunto de medidas de reparación y de prevención del daño. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Nuevas perspectivas del derecho de la responsabilidad civil. -- La reparación y la prevención del daño en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. -- Aportes de la jurisprudencia de la Corte IDH al nuevo paradigma de responsabilidad civil. -- Las medidas reparatorias en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condena a Uruguay en el caso Gelman. -- Conclusiones. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26595 |
[artículo] Mariño López, Andrés (2011). La reparación y prevención del daño en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos : Comentario a las medidas reparatorias y preventivas dispuestas en la sentencia del caso Gelman vs. Uruguay. Revista Crítica de Derecho Privado. 08. (Enero-Diciembre 2011) p. 405-455D. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 08 (Enero-Diciembre 2011) . - p. 405-455D | Clasificación: |
REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS / RESPONSABILIDAD CIVIL / DERECHOS HUMANOS
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| Resumen: |
La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene una consolidada jurisprudencia en materia de Derecho de Daños que la ubican como un puntal de avanzada en el paradigma cuya función principal es la protección de la persona humana frente a los daños que puede sufrir. Así, emite medidas provisionales que inhiben conductas productoras de daños graves. Pero también, en sus sentencias definitivas, adopta un conjunto de medidas reparatorias que no se acotan en la indemnización dineraria del perjuicio, sino que tienden a recomponer la situación al estado anterior al daño acaecido (restitutio in integrum), rehabilitar al perjudicado (medidas de rehabilitación) y darle un regocijo espiritual ante el daño sufrido (medidas de satisfacción). Además, en las sentencias definitivas, la Corte IDH no se limita a las antedichas medidas reparatorias del daño, sino que, además, ordena medidas que previenen la causación de daños futuros por medio de las "garantías de no repetición". Los Tribunales nacionales pueden y deben seguir la jurisprudencia de la Corte ODH: ordenar, junto a la indemnización dineraria, medidas de reparación específica del daño (recomposición a situación anterior, medidas de rehabilitación, medidas satisfactivas) y, además, medidas que prevengan la producción de nuevos daños y víctimas de éstos. En el caso Gelman, que ha puesto sobre el tapete en Uruguay la jurisprudencia de la Corte IDH, ésta no sólo hace responsable al Estado uruguayo de la violación de derechos humanos consagrados en instrumentos normativos vigentes, sino que, además, dispone un conjunto de medidas de reparación y de prevención del daño. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Nuevas perspectivas del derecho de la responsabilidad civil. -- La reparación y la prevención del daño en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. -- Aportes de la jurisprudencia de la Corte IDH al nuevo paradigma de responsabilidad civil. -- Las medidas reparatorias en la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condena a Uruguay en el caso Gelman. -- Conclusiones. -- Bibliografía. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26595 |
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