| Título : |
La consolidación de masas en el concurso de grupo de sociedades : Una propuesta de lege ferenda para situaciones excepcionales |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Paula Algorta Morales |
| Número de páginas: |
p. 383-390 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Resumen: |
En España, como recurso sumamente excepcional, es posible la consolidación de masas o el concurso del grupo, que no es lo mismo que la "extensión en la quiebra", en tanto la extensión en la quiebra implica que empresas del grupo in bonis respondan por los pasivos de la entidad concursada, lo que no sucede en el caso de consolidación de masas. En determinadas situaciones, cuando la confusión de masas activas y pasivas del grupo de empresas- todas concursadas- alcanza tal intensidad que sea conveniente para el concurso o para los intereses de los acreedores, se podrá proceder a su consolidación. En estos casos, donde la confusión patrimonial es total, se toman a las entidades como si fueran una sola y se impone de esta forma soluciones a algunas situaciones en las cuales las masas se encuentran desequilibradas, evitando acreedores sin masa activa y, por otro lado, pasivos reducidos con masa en cuantía muy superior. Consideramos que podría resultar de interés comenzar a analizar, de lege ferenda, la eventual conveniencia de incorporar una disposición similar en futuras reformas de la Ley de Concursos uruguaya nº 18387 (LCRE). |
| Nota de contenido: |
Como principio general: Improcedencia de la extensión en la quiebra del grupo de sociedades. -- De forma excepcional, España dispone la consolidación de masas. -- Sobre el alcance y los efectos de la consolidación de masas en la Jurisprudencia española. -- Recurso excepcional que no debe identificarse con el levantamiento del velo. -- En conclusión. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26517 |
La consolidación de masas en el concurso de grupo de sociedades : Una propuesta de lege ferenda para situaciones excepcionales [texto impreso] / Paula Algorta Morales . - [s.d.] . - p. 383-390. Idioma : Español ( spa) | Resumen: |
En España, como recurso sumamente excepcional, es posible la consolidación de masas o el concurso del grupo, que no es lo mismo que la "extensión en la quiebra", en tanto la extensión en la quiebra implica que empresas del grupo in bonis respondan por los pasivos de la entidad concursada, lo que no sucede en el caso de consolidación de masas. En determinadas situaciones, cuando la confusión de masas activas y pasivas del grupo de empresas- todas concursadas- alcanza tal intensidad que sea conveniente para el concurso o para los intereses de los acreedores, se podrá proceder a su consolidación. En estos casos, donde la confusión patrimonial es total, se toman a las entidades como si fueran una sola y se impone de esta forma soluciones a algunas situaciones en las cuales las masas se encuentran desequilibradas, evitando acreedores sin masa activa y, por otro lado, pasivos reducidos con masa en cuantía muy superior. Consideramos que podría resultar de interés comenzar a analizar, de lege ferenda, la eventual conveniencia de incorporar una disposición similar en futuras reformas de la Ley de Concursos uruguaya nº 18387 (LCRE). |
| Nota de contenido: |
Como principio general: Improcedencia de la extensión en la quiebra del grupo de sociedades. -- De forma excepcional, España dispone la consolidación de masas. -- Sobre el alcance y los efectos de la consolidación de masas en la Jurisprudencia española. -- Recurso excepcional que no debe identificarse con el levantamiento del velo. -- En conclusión. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26517 |
Algorta Morales, Paula (2025). La consolidación de masas en el concurso de grupo de sociedades : Una propuesta de lege ferenda para situaciones excepcionales. En Semana Académica del Instituto de Derecho Comercial en homenaje al Prof. Emérito Dr. Siegbert Rippe. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2025. p. 383-390. Idioma : Español ( spa) | Resumen: |
En España, como recurso sumamente excepcional, es posible la consolidación de masas o el concurso del grupo, que no es lo mismo que la "extensión en la quiebra", en tanto la extensión en la quiebra implica que empresas del grupo in bonis respondan por los pasivos de la entidad concursada, lo que no sucede en el caso de consolidación de masas. En determinadas situaciones, cuando la confusión de masas activas y pasivas del grupo de empresas- todas concursadas- alcanza tal intensidad que sea conveniente para el concurso o para los intereses de los acreedores, se podrá proceder a su consolidación. En estos casos, donde la confusión patrimonial es total, se toman a las entidades como si fueran una sola y se impone de esta forma soluciones a algunas situaciones en las cuales las masas se encuentran desequilibradas, evitando acreedores sin masa activa y, por otro lado, pasivos reducidos con masa en cuantía muy superior. Consideramos que podría resultar de interés comenzar a analizar, de lege ferenda, la eventual conveniencia de incorporar una disposición similar en futuras reformas de la Ley de Concursos uruguaya nº 18387 (LCRE). |
| Nota de contenido: |
Como principio general: Improcedencia de la extensión en la quiebra del grupo de sociedades. -- De forma excepcional, España dispone la consolidación de masas. -- Sobre el alcance y los efectos de la consolidación de masas en la Jurisprudencia española. -- Recurso excepcional que no debe identificarse con el levantamiento del velo. -- En conclusión. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26517 |
|