| Título : |
La sociedad por acciones simplificada. Un vehículo jurídico para la empresa turística receptiva |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Alejandro Miller, Autor |
| Número de páginas: |
p. 557-568 |
| Nota general: |
Capítulo 3: Contratación comercial hacia un turismo sostenible |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Resumen: |
Se pretende presentar a la sociedad por acciones simplificadas, última aportación del derecho societario a la vida empresarial. En este caso por ser un tipo social idóneo y eficaz para organizar en particular jurídicamente a las empresas familiares y starups, así como a las pequeñas y medianas empresas. En tal sentido, este tipo social es particularmente idóneo en su regulación y costos para que empresas destinadas a presentar oferta turística receptiva en el área del ecoturismo, del turismo rural o del turismo de aventura se aprovechen del mismo para organizar jurídicamente el emprendimiento. A tales efectos el trabajo destaca con tres elementos que se consideran fundamentales a la hora de conceptuar a este tipo social. Un amplio margen de libertad contractual para que los socios pacten y de esa manera modelar a la sociedad conforme a las particularidades de la empresa a que han de cometer. Un objetivo omnicomprensivo tal que le permita a los socios iniciarse en actividades que luego puedan mutar sin asumir la obligación de reformar el estatuto y sin la complicación de tener que justificar la vinculación del negocio o préstamo solicitado en el objeto social, conforme a la tesitura de la especialidad de la persona jurídica societaria que este tipo social abandona. Finalmente la posibilidad de emplear intensamente las nuevas tecnologías tanto en la constitución digital de la sociedad, con ahorro de costos y de tiempo; como el funcionamiento de los órganos sociales consagrando la validez de la asistencia remota sincrónicamente del accionista o del director, según sea el caso. En suma ventajas que entendemos deben ser debidamente apreciadas por los emprendedores en el área de la oferta de servicios turísticos de naturaleza receptiva. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Aspectos a destacar de la sociedad de acciones simplificada. -- Una amplia autonomía de la voluntad para sus socios. -- Un objeto social omnicomprensivo. -- El uso de la tecnología de comunicación en la sociedad. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=25976 |
La sociedad por acciones simplificada. Un vehículo jurídico para la empresa turística receptiva [texto impreso] / Alejandro Miller, Autor . - [s.d.] . - p. 557-568. Capítulo 3: Contratación comercial hacia un turismo sostenible Idioma : Español ( spa) | Resumen: |
Se pretende presentar a la sociedad por acciones simplificadas, última aportación del derecho societario a la vida empresarial. En este caso por ser un tipo social idóneo y eficaz para organizar en particular jurídicamente a las empresas familiares y starups, así como a las pequeñas y medianas empresas. En tal sentido, este tipo social es particularmente idóneo en su regulación y costos para que empresas destinadas a presentar oferta turística receptiva en el área del ecoturismo, del turismo rural o del turismo de aventura se aprovechen del mismo para organizar jurídicamente el emprendimiento. A tales efectos el trabajo destaca con tres elementos que se consideran fundamentales a la hora de conceptuar a este tipo social. Un amplio margen de libertad contractual para que los socios pacten y de esa manera modelar a la sociedad conforme a las particularidades de la empresa a que han de cometer. Un objetivo omnicomprensivo tal que le permita a los socios iniciarse en actividades que luego puedan mutar sin asumir la obligación de reformar el estatuto y sin la complicación de tener que justificar la vinculación del negocio o préstamo solicitado en el objeto social, conforme a la tesitura de la especialidad de la persona jurídica societaria que este tipo social abandona. Finalmente la posibilidad de emplear intensamente las nuevas tecnologías tanto en la constitución digital de la sociedad, con ahorro de costos y de tiempo; como el funcionamiento de los órganos sociales consagrando la validez de la asistencia remota sincrónicamente del accionista o del director, según sea el caso. En suma ventajas que entendemos deben ser debidamente apreciadas por los emprendedores en el área de la oferta de servicios turísticos de naturaleza receptiva. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Aspectos a destacar de la sociedad de acciones simplificada. -- Una amplia autonomía de la voluntad para sus socios. -- Un objeto social omnicomprensivo. -- El uso de la tecnología de comunicación en la sociedad. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=25976 |
Miller, Alejandro (2025). La sociedad por acciones simplificada. Un vehículo jurídico para la empresa turística receptiva. En Derecho del turismo. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2025. p. 557-568. Capítulo 3: Contratación comercial hacia un turismo sostenible Idioma : Español ( spa) | Resumen: |
Se pretende presentar a la sociedad por acciones simplificadas, última aportación del derecho societario a la vida empresarial. En este caso por ser un tipo social idóneo y eficaz para organizar en particular jurídicamente a las empresas familiares y starups, así como a las pequeñas y medianas empresas. En tal sentido, este tipo social es particularmente idóneo en su regulación y costos para que empresas destinadas a presentar oferta turística receptiva en el área del ecoturismo, del turismo rural o del turismo de aventura se aprovechen del mismo para organizar jurídicamente el emprendimiento. A tales efectos el trabajo destaca con tres elementos que se consideran fundamentales a la hora de conceptuar a este tipo social. Un amplio margen de libertad contractual para que los socios pacten y de esa manera modelar a la sociedad conforme a las particularidades de la empresa a que han de cometer. Un objetivo omnicomprensivo tal que le permita a los socios iniciarse en actividades que luego puedan mutar sin asumir la obligación de reformar el estatuto y sin la complicación de tener que justificar la vinculación del negocio o préstamo solicitado en el objeto social, conforme a la tesitura de la especialidad de la persona jurídica societaria que este tipo social abandona. Finalmente la posibilidad de emplear intensamente las nuevas tecnologías tanto en la constitución digital de la sociedad, con ahorro de costos y de tiempo; como el funcionamiento de los órganos sociales consagrando la validez de la asistencia remota sincrónicamente del accionista o del director, según sea el caso. En suma ventajas que entendemos deben ser debidamente apreciadas por los emprendedores en el área de la oferta de servicios turísticos de naturaleza receptiva. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Aspectos a destacar de la sociedad de acciones simplificada. -- Una amplia autonomía de la voluntad para sus socios. -- Un objeto social omnicomprensivo. -- El uso de la tecnología de comunicación en la sociedad. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=25976 |
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