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Autor Lorenzo Carnelli (1887-1960) |
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Código Civil de la República Oriental del Uruguay / Eugenio Cafaro (2007)
Título : Código Civil de la República Oriental del Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Eugenio Cafaro, Anotador ; Lorenzo Carnelli (1887-1960), Anotador Editorial: Montevideo : Fundación de Cultura Universitaria Fecha de publicación: 2007 Títulos uniformes: URUGUAY-CODIGOS Número de páginas: 1046 p. Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL / CÓDIGO CIVIL (URUGUAY) Clasificación: 346 Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13554 Código Civil de la República Oriental del Uruguay [texto impreso] / Eugenio Cafaro, Anotador ; Lorenzo Carnelli (1887-1960), Anotador . - Montevideo : Fundación de Cultura Universitaria, 2007 . - 1046 p.
Oeuvre : URUGUAY-CODIGOS
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO CIVIL / CÓDIGO CIVIL (URUGUAY) Clasificación: 346 Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13554 Cafaro, Eugenio (2007). Código Civil de la República Oriental del Uruguay. Montevideo : Fundación de Cultura Universitaria, 2007.
Oeuvre : URUGUAY-CODIGOS
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO CIVIL / CÓDIGO CIVIL (URUGUAY) Clasificación: 346 Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=13554 Ejemplares (1)
Código de barras Signatura Tipo de medio Ubicación Sección Estado 15496 346 CCU 2007 - caf Libro Biblioteca sede principal Referencia Disponible Cuestiones de procedimiento civil / Lorenzo Carnelli (1933)
Título : Cuestiones de procedimiento civil Tipo de documento: texto impreso Autores: Lorenzo Carnelli (1887-1960) Editorial: Montevideo : Claudio García Fecha de publicación: 1933 Número de páginas: 367 p Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO PROCESAL / PROCESO CIVIL Clasificación: 347.536 Proceso civil Nota de contenido: La preclusión. -- ¿Debe pagar el deudor, además de las costas, los costos de las diligencias preparatorias, cuando llamado a reconocer la firma, consigna en el acto la suma adeudada?. -- Cuándo se inicia el juicio ejecutivo. -- ¿Pueden ser embargados y rematados los derechos y acciones del deudor ejecutado?. -- La reconvención del juicio ejecutivo. -- En una ejecución hipotecaria con renuncia de los trámites no pueden oponerse excepciones de ninguna clase, por grave y justificada que se la causa que la determine. -- La imposición de las costas y los costos en el juicio ejecutivo. -- La prohibición de iniciar juicio ordinario antes de concluir el juicio ejecutivo pendiente no da lugar a ninguna excepción dilatoria. -- No es legal la devolución de los escritos, como medida disciplinaria, por los términos inconvenientes o irrespetuosos en que estén concebidos. -- Interpretación del artículo 225 del Código de Procedimiento Civil. -- Acción o excepción de nulidad por la vía de los incidentes. -- El reconvenio en un juicio ordinario ¿puede oponer, a su vez, como artículo previo y especial pronunciamiento, dilatorias o mixtas contra el reconviniente?. -- El valor probatorio de la confesión ficta con respecto a los hechos afirmados por el actor y negados expresa y categóricamente por el reo en su contestación. -- No pedida, en la demanda de simulación, la entrega de los frutos, ¿deberá el juez ordenar que con la cosa sean ellos devueltos al actor?. -- Cuando son varios los demandados no podrá obligárseles a que litiguen por procurador común hasta que produzcan la contestación de la demanda. -- Las condenas de futuro. -- La abstención judicial no tiene efecto fuera del juicio en que se dictó. -- El fiador que paga por el arrendatario deudor, ¿puede entablar, subrogándose al deudor, el juicio de desalojo contra dicho deudor arrendatario?. -- ¿Qué se entiende por fiador, liso y llano pagador?. -- La excepción de incompetencia no suspende el cumplimiento del auto que manda entregar la cosa. -- Interpretación del artículo 1316 del Código de Procedimiento Civil. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4967 Cuestiones de procedimiento civil [texto impreso] / Lorenzo Carnelli (1887-1960) . - Montevideo : Claudio García, 1933 . - 367 p.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO PROCESAL / PROCESO CIVIL Clasificación: 347.536 Proceso civil Nota de contenido: La preclusión. -- ¿Debe pagar el deudor, además de las costas, los costos de las diligencias preparatorias, cuando llamado a reconocer la firma, consigna en el acto la suma adeudada?. -- Cuándo se inicia el juicio ejecutivo. -- ¿Pueden ser embargados y rematados los derechos y acciones del deudor ejecutado?. -- La reconvención del juicio ejecutivo. -- En una ejecución hipotecaria con renuncia de los trámites no pueden oponerse excepciones de ninguna clase, por grave y justificada que se la causa que la determine. -- La imposición de las costas y los costos en el juicio ejecutivo. -- La prohibición de iniciar juicio ordinario antes de concluir el juicio ejecutivo pendiente no da lugar a ninguna excepción dilatoria. -- No es legal la devolución de los escritos, como medida disciplinaria, por los términos inconvenientes o irrespetuosos en que estén concebidos. -- Interpretación del artículo 225 del Código de Procedimiento Civil. -- Acción o excepción de nulidad por la vía de los incidentes. -- El reconvenio en un juicio ordinario ¿puede oponer, a su vez, como artículo previo y especial pronunciamiento, dilatorias o mixtas contra el reconviniente?. -- El valor probatorio de la confesión ficta con respecto a los hechos afirmados por el actor y negados expresa y categóricamente por el reo en su contestación. -- No pedida, en la demanda de simulación, la entrega de los frutos, ¿deberá el juez ordenar que con la cosa sean ellos devueltos al actor?. -- Cuando son varios los demandados no podrá obligárseles a que litiguen por procurador común hasta que produzcan la contestación de la demanda. -- Las condenas de futuro. -- La abstención judicial no tiene efecto fuera del juicio en que se dictó. -- El fiador que paga por el arrendatario deudor, ¿puede entablar, subrogándose al deudor, el juicio de desalojo contra dicho deudor arrendatario?. -- ¿Qué se entiende por fiador, liso y llano pagador?. -- La excepción de incompetencia no suspende el cumplimiento del auto que manda entregar la cosa. -- Interpretación del artículo 1316 del Código de Procedimiento Civil. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4967 Carnelli, Lorenzo (1933). Cuestiones de procedimiento civil. Montevideo : Claudio García, 1933.
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO PROCESAL / PROCESO CIVIL Clasificación: 347.536 Proceso civil Nota de contenido: La preclusión. -- ¿Debe pagar el deudor, además de las costas, los costos de las diligencias preparatorias, cuando llamado a reconocer la firma, consigna en el acto la suma adeudada?. -- Cuándo se inicia el juicio ejecutivo. -- ¿Pueden ser embargados y rematados los derechos y acciones del deudor ejecutado?. -- La reconvención del juicio ejecutivo. -- En una ejecución hipotecaria con renuncia de los trámites no pueden oponerse excepciones de ninguna clase, por grave y justificada que se la causa que la determine. -- La imposición de las costas y los costos en el juicio ejecutivo. -- La prohibición de iniciar juicio ordinario antes de concluir el juicio ejecutivo pendiente no da lugar a ninguna excepción dilatoria. -- No es legal la devolución de los escritos, como medida disciplinaria, por los términos inconvenientes o irrespetuosos en que estén concebidos. -- Interpretación del artículo 225 del Código de Procedimiento Civil. -- Acción o excepción de nulidad por la vía de los incidentes. -- El reconvenio en un juicio ordinario ¿puede oponer, a su vez, como artículo previo y especial pronunciamiento, dilatorias o mixtas contra el reconviniente?. -- El valor probatorio de la confesión ficta con respecto a los hechos afirmados por el actor y negados expresa y categóricamente por el reo en su contestación. -- No pedida, en la demanda de simulación, la entrega de los frutos, ¿deberá el juez ordenar que con la cosa sean ellos devueltos al actor?. -- Cuando son varios los demandados no podrá obligárseles a que litiguen por procurador común hasta que produzcan la contestación de la demanda. -- Las condenas de futuro. -- La abstención judicial no tiene efecto fuera del juicio en que se dictó. -- El fiador que paga por el arrendatario deudor, ¿puede entablar, subrogándose al deudor, el juicio de desalojo contra dicho deudor arrendatario?. -- ¿Qué se entiende por fiador, liso y llano pagador?. -- La excepción de incompetencia no suspende el cumplimiento del auto que manda entregar la cosa. -- Interpretación del artículo 1316 del Código de Procedimiento Civil. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4967 Ejemplares (1)
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