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| 21384 | 344.01 RDL 299-300 | Publicación periódica | Biblioteca sede principal | Hemeroteca | Disponible |
Artículos

La directiva (UE) 2019/1158 y su trasposición al derecho español / Marta Fernández Prieto en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : La directiva (UE) 2019/1158 y su trasposición al derecho español Tipo de documento: texto impreso Autores: Marta Fernández Prieto Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 773-795 Idioma : Español (spa) Palabras clave: CONCILIACION, IGUALDAD, PERMISOS DE CUIDADOS, TRABAJO FLEXIBLE Resumen: El artículo analiza los derechos de ausencia y de presencia en la Directiva de conciliación y, de forma paralela, en el Derecho interno español. Previamente, revisa críticamente la evolución de la conciliación en el Derecho de la UE, la Directiva de maternidad y la jurisprudencia del TJUE. Nota de contenido: La conciliación familiar en la Unión Europea. -- Una mirada hacia atrás: pasos en la evolución de la conciliación. -- Conciliación de responsabilidades en la Directiva (UE) 2019/1158. -- Los derechos de ausencia y presencia en la Directiva (UE) 2019/1158 y su trasposición al Derecho español. -- Permiso de ausencia para progenitores: paternidad y parental. -- Otros permisos de cuidados de ausencia y de presencia. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27424
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 773-795[artículo] La directiva (UE) 2019/1158 y su trasposición al derecho español [texto impreso] / Marta Fernández Prieto . - 2025 . - p. 773-795.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 773-795
Palabras clave: CONCILIACION, IGUALDAD, PERMISOS DE CUIDADOS, TRABAJO FLEXIBLE Resumen: El artículo analiza los derechos de ausencia y de presencia en la Directiva de conciliación y, de forma paralela, en el Derecho interno español. Previamente, revisa críticamente la evolución de la conciliación en el Derecho de la UE, la Directiva de maternidad y la jurisprudencia del TJUE. Nota de contenido: La conciliación familiar en la Unión Europea. -- Una mirada hacia atrás: pasos en la evolución de la conciliación. -- Conciliación de responsabilidades en la Directiva (UE) 2019/1158. -- Los derechos de ausencia y presencia en la Directiva (UE) 2019/1158 y su trasposición al Derecho español. -- Permiso de ausencia para progenitores: paternidad y parental. -- Otros permisos de cuidados de ausencia y de presencia. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27424 [artículo] Fernández Prieto, Marta (2025). La directiva (UE) 2019/1158 y su trasposición al derecho español. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 773-795.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 773-795
Palabras clave: CONCILIACION, IGUALDAD, PERMISOS DE CUIDADOS, TRABAJO FLEXIBLE Resumen: El artículo analiza los derechos de ausencia y de presencia en la Directiva de conciliación y, de forma paralela, en el Derecho interno español. Previamente, revisa críticamente la evolución de la conciliación en el Derecho de la UE, la Directiva de maternidad y la jurisprudencia del TJUE. Nota de contenido: La conciliación familiar en la Unión Europea. -- Una mirada hacia atrás: pasos en la evolución de la conciliación. -- Conciliación de responsabilidades en la Directiva (UE) 2019/1158. -- Los derechos de ausencia y presencia en la Directiva (UE) 2019/1158 y su trasposición al Derecho español. -- Permiso de ausencia para progenitores: paternidad y parental. -- Otros permisos de cuidados de ausencia y de presencia. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27424 El control del uso de la IA en el ámbito de las relaciones laborales / Lozano Lares, Francisco en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : El control del uso de la IA en el ámbito de las relaciones laborales : La perspectiva de la OIT y de la UE Tipo de documento: texto impreso Autores: Lozano Lares, Francisco Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 797-824 Idioma : Español (spa) Nota de contenido: Una aproximación ontológica al concepto jurídico de IA. -- El tratamiento de la IA en el ámbito de la OIT:¿oportunidad o amenaza para el mundo del empleo? -- La introducción de la IA en el proceso productivo y sus implicaciones sociales. -- La necesidad de un Convenio OIT sobre trabajo decente en la economía de plataformas. -- La regulación de la IA en el marco de la UE. -- Las implicaciones laborales del Reglamento de Inteligencia Artificial. -- La presunción legal de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27426
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 797-824[artículo] El control del uso de la IA en el ámbito de las relaciones laborales : La perspectiva de la OIT y de la UE [texto impreso] / Lozano Lares, Francisco . - 2025 . - p. 797-824.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 797-824
Nota de contenido: Una aproximación ontológica al concepto jurídico de IA. -- El tratamiento de la IA en el ámbito de la OIT:¿oportunidad o amenaza para el mundo del empleo? -- La introducción de la IA en el proceso productivo y sus implicaciones sociales. -- La necesidad de un Convenio OIT sobre trabajo decente en la economía de plataformas. -- La regulación de la IA en el marco de la UE. -- Las implicaciones laborales del Reglamento de Inteligencia Artificial. -- La presunción legal de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27426 [artículo] Lozano Lares, Francisco (2025). El control del uso de la IA en el ámbito de las relaciones laborales : La perspectiva de la OIT y de la UE. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 797-824.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 797-824
Nota de contenido: Una aproximación ontológica al concepto jurídico de IA. -- El tratamiento de la IA en el ámbito de la OIT:¿oportunidad o amenaza para el mundo del empleo? -- La introducción de la IA en el proceso productivo y sus implicaciones sociales. -- La necesidad de un Convenio OIT sobre trabajo decente en la economía de plataformas. -- La regulación de la IA en el marco de la UE. -- Las implicaciones laborales del Reglamento de Inteligencia Artificial. -- La presunción legal de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27426 El control del uso de la IA en el ámbito de las relaciones laborales / Lozano Lares, Francisco en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : El control del uso de la IA en el ámbito de las relaciones laborales : La perspecfiva de la OIT y de la UE Tipo de documento: texto impreso Autores: Lozano Lares, Francisco Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 797-824 Idioma : Español (spa) Palabras clave: INTELIGENCIA ARTIFICIAL, OIT, TRABAJO DECENTE, PRESUNCION DE LABORALIDAD, DIRECTIVA 2024-2831 Resumen: El ensayo enlaza la perspectiva de la Unión Europea y de la OIT sobre el control del uso de la inteligencia artificial en las relaciones laborales. Realiza un enfoque ontológico al concepto jurídico de inteligencia artificial, plantea el tratamiento que le ha dado la OIT y toma posición sobre la necesidad de la aprobación de un convenio internacional de trabajo sobre trabajo decente en la economía de plataformas. Aborda también la regulación de la IA en el marco de la UE, enfatizando en la presunción legal de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la mejor de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. Nota de contenido: Una aproximación ontológica al concepto jurídico de IA. -- El tratamiento de la IA en el ámbito de la OIT: ¿oportunidad o amenaza para el mundo del empleo? -- La introducción de la IA en el proceso productivo y sus implicanciones sociales. -- La necesidad de un Convenio OIT sobre trabajo decente en la economía de plataformas. -- La regulación de la IA en el marco de la UE. -- Las implicaciones laborales del Reglamento de Inteligencia Artificial. -- La presunción de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27439
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 797-824[artículo] El control del uso de la IA en el ámbito de las relaciones laborales : La perspecfiva de la OIT y de la UE [texto impreso] / Lozano Lares, Francisco . - 2025 . - p. 797-824.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 797-824
Palabras clave: INTELIGENCIA ARTIFICIAL, OIT, TRABAJO DECENTE, PRESUNCION DE LABORALIDAD, DIRECTIVA 2024-2831 Resumen: El ensayo enlaza la perspectiva de la Unión Europea y de la OIT sobre el control del uso de la inteligencia artificial en las relaciones laborales. Realiza un enfoque ontológico al concepto jurídico de inteligencia artificial, plantea el tratamiento que le ha dado la OIT y toma posición sobre la necesidad de la aprobación de un convenio internacional de trabajo sobre trabajo decente en la economía de plataformas. Aborda también la regulación de la IA en el marco de la UE, enfatizando en la presunción legal de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la mejor de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. Nota de contenido: Una aproximación ontológica al concepto jurídico de IA. -- El tratamiento de la IA en el ámbito de la OIT: ¿oportunidad o amenaza para el mundo del empleo? -- La introducción de la IA en el proceso productivo y sus implicanciones sociales. -- La necesidad de un Convenio OIT sobre trabajo decente en la economía de plataformas. -- La regulación de la IA en el marco de la UE. -- Las implicaciones laborales del Reglamento de Inteligencia Artificial. -- La presunción de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27439 [artículo] Lozano Lares, Francisco (2025). El control del uso de la IA en el ámbito de las relaciones laborales : La perspecfiva de la OIT y de la UE. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 797-824.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 797-824
Palabras clave: INTELIGENCIA ARTIFICIAL, OIT, TRABAJO DECENTE, PRESUNCION DE LABORALIDAD, DIRECTIVA 2024-2831 Resumen: El ensayo enlaza la perspectiva de la Unión Europea y de la OIT sobre el control del uso de la inteligencia artificial en las relaciones laborales. Realiza un enfoque ontológico al concepto jurídico de inteligencia artificial, plantea el tratamiento que le ha dado la OIT y toma posición sobre la necesidad de la aprobación de un convenio internacional de trabajo sobre trabajo decente en la economía de plataformas. Aborda también la regulación de la IA en el marco de la UE, enfatizando en la presunción legal de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la mejor de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. Nota de contenido: Una aproximación ontológica al concepto jurídico de IA. -- El tratamiento de la IA en el ámbito de la OIT: ¿oportunidad o amenaza para el mundo del empleo? -- La introducción de la IA en el proceso productivo y sus implicanciones sociales. -- La necesidad de un Convenio OIT sobre trabajo decente en la economía de plataformas. -- La regulación de la IA en el marco de la UE. -- Las implicaciones laborales del Reglamento de Inteligencia Artificial. -- La presunción de laboralidad establecida por la nueva Directiva (UE) 2024/2831 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, relativa a la mejora de las condiciones laborales en el trabajo en plataformas. -- Reflexión final. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27439 Representación sindical y ampliación del alcance subjetivo del convenio colectivo de trabajo. Comentarios a la casación Nº 22865-2021- Lima / Guillermo Boza Pró en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : Representación sindical y ampliación del alcance subjetivo del convenio colectivo de trabajo. Comentarios a la casación Nº 22865-2021- Lima Tipo de documento: texto impreso Autores: Guillermo Boza Pró Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 825-835 Idioma : Español (spa) Palabras clave: BONO POR CIERRE DE PLIEGO, CONVENIO COLECTIVO, EFICACIA PERSONAL, EXTENSION UNILATERAL, IGUALDAD DE TRATO, LIBERTAD SINDICAL, REPRESENTACION SINDICAL Resumen: El autor aborda el análisis de una sentencia de casación de la Corte Suprema de Perú. El caso refiere a un convenio colectivo pactado entre un sindicato minoritario y la empresa que creó un beneficio para los trabajadores sindicalizados ("bono por pliego cerrado"). Luego de ello la empresa otorgó un beneficio de contenido idéntico que llamó "bono extraordinario" a los trabajadores no sindicalizados. Analiza la legitimidad de la extensión unilateral del convenio colectivo en relación y la decisión de la sentencia en punto a desestimar que se tratara de un caso de un acto antisindical. Nota de contenido: Introducción. -- Representación sindical y eficacia personal del convenio colectivo. -- Validez de la extensión unilateral de los efectos limitados de un convenio colectivo a los trabajadores no sindicalizados. -- A modo de conclusión. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27443
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 825-835[artículo] Representación sindical y ampliación del alcance subjetivo del convenio colectivo de trabajo. Comentarios a la casación Nº 22865-2021- Lima [texto impreso] / Guillermo Boza Pró . - 2025 . - p. 825-835.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 825-835
Palabras clave: BONO POR CIERRE DE PLIEGO, CONVENIO COLECTIVO, EFICACIA PERSONAL, EXTENSION UNILATERAL, IGUALDAD DE TRATO, LIBERTAD SINDICAL, REPRESENTACION SINDICAL Resumen: El autor aborda el análisis de una sentencia de casación de la Corte Suprema de Perú. El caso refiere a un convenio colectivo pactado entre un sindicato minoritario y la empresa que creó un beneficio para los trabajadores sindicalizados ("bono por pliego cerrado"). Luego de ello la empresa otorgó un beneficio de contenido idéntico que llamó "bono extraordinario" a los trabajadores no sindicalizados. Analiza la legitimidad de la extensión unilateral del convenio colectivo en relación y la decisión de la sentencia en punto a desestimar que se tratara de un caso de un acto antisindical. Nota de contenido: Introducción. -- Representación sindical y eficacia personal del convenio colectivo. -- Validez de la extensión unilateral de los efectos limitados de un convenio colectivo a los trabajadores no sindicalizados. -- A modo de conclusión. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27443 [artículo] Boza Pró, Guillermo (2025). Representación sindical y ampliación del alcance subjetivo del convenio colectivo de trabajo. Comentarios a la casación Nº 22865-2021- Lima. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 825-835.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 825-835
Palabras clave: BONO POR CIERRE DE PLIEGO, CONVENIO COLECTIVO, EFICACIA PERSONAL, EXTENSION UNILATERAL, IGUALDAD DE TRATO, LIBERTAD SINDICAL, REPRESENTACION SINDICAL Resumen: El autor aborda el análisis de una sentencia de casación de la Corte Suprema de Perú. El caso refiere a un convenio colectivo pactado entre un sindicato minoritario y la empresa que creó un beneficio para los trabajadores sindicalizados ("bono por pliego cerrado"). Luego de ello la empresa otorgó un beneficio de contenido idéntico que llamó "bono extraordinario" a los trabajadores no sindicalizados. Analiza la legitimidad de la extensión unilateral del convenio colectivo en relación y la decisión de la sentencia en punto a desestimar que se tratara de un caso de un acto antisindical. Nota de contenido: Introducción. -- Representación sindical y eficacia personal del convenio colectivo. -- Validez de la extensión unilateral de los efectos limitados de un convenio colectivo a los trabajadores no sindicalizados. -- A modo de conclusión. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27443 Estudio sobre el arbitraje como medio de solución de conflictos individuales de trabajo en el ordenamiento jurídico uruguayo / Rosina Rossi Albert en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : Estudio sobre el arbitraje como medio de solución de conflictos individuales de trabajo en el ordenamiento jurídico uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Rosina Rossi Albert Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 837-864 Idioma : Español (spa) Palabras clave: ACCESO A LA JUSTICIA, TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONFLICTOS INDIVIDUALES DE TRABAJO, ARBITRAJE, RENDICION DE CUENTAS DE LA JURISPRUDENCIA Resumen: La ausencia de previsión expresa sobre el arbitraje como mecanismo de solución de conflictos individuales de trabajo alternativo a la actuación de la jurisdicción de la justicia del Estado provoca el análisis del ordenamiento jurídico internacional y nacional aplicable. Ello con el objeto de analizar la admisibilidad del arbitraje respecto de la resolución de conflictos individuales de trabajo. El estudio, además, realiza una crítica al tratamiento del arbitraje en las sentencias 536/2025 y 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia que refieren a casos de trabajo para empresas que utilizan plataformas digitales. Nota de contenido: Presentación. -- Perspectiva de análisis. -- El sistema de justicia del Estado. -- Crítica a la sentencia 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia. -- El caso. -- Argumentos de la sentencia 536/2025. -- Puntos de crítica a la sentencia 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia. -- La sentencia 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia no modifica la interpretación en cuanto a la adimisibilidad del arbitraje como medio de solución de conflictos individuales de trabajo. -- El caso. -- La Suprema Corte de Justicia no modifica la interpretación respecto a la admisibilidad del arbitraje para solucionar conflictos individuales de trabajo. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27444
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 837-864[artículo] Estudio sobre el arbitraje como medio de solución de conflictos individuales de trabajo en el ordenamiento jurídico uruguayo [texto impreso] / Rosina Rossi Albert . - 2025 . - p. 837-864.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 837-864
Palabras clave: ACCESO A LA JUSTICIA, TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONFLICTOS INDIVIDUALES DE TRABAJO, ARBITRAJE, RENDICION DE CUENTAS DE LA JURISPRUDENCIA Resumen: La ausencia de previsión expresa sobre el arbitraje como mecanismo de solución de conflictos individuales de trabajo alternativo a la actuación de la jurisdicción de la justicia del Estado provoca el análisis del ordenamiento jurídico internacional y nacional aplicable. Ello con el objeto de analizar la admisibilidad del arbitraje respecto de la resolución de conflictos individuales de trabajo. El estudio, además, realiza una crítica al tratamiento del arbitraje en las sentencias 536/2025 y 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia que refieren a casos de trabajo para empresas que utilizan plataformas digitales. Nota de contenido: Presentación. -- Perspectiva de análisis. -- El sistema de justicia del Estado. -- Crítica a la sentencia 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia. -- El caso. -- Argumentos de la sentencia 536/2025. -- Puntos de crítica a la sentencia 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia. -- La sentencia 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia no modifica la interpretación en cuanto a la adimisibilidad del arbitraje como medio de solución de conflictos individuales de trabajo. -- El caso. -- La Suprema Corte de Justicia no modifica la interpretación respecto a la admisibilidad del arbitraje para solucionar conflictos individuales de trabajo. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27444 [artículo] Rossi Albert, Rosina (2025). Estudio sobre el arbitraje como medio de solución de conflictos individuales de trabajo en el ordenamiento jurídico uruguayo. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 837-864.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 837-864
Palabras clave: ACCESO A LA JUSTICIA, TUTELA JUDICIAL EFECTIVA, CONFLICTOS INDIVIDUALES DE TRABAJO, ARBITRAJE, RENDICION DE CUENTAS DE LA JURISPRUDENCIA Resumen: La ausencia de previsión expresa sobre el arbitraje como mecanismo de solución de conflictos individuales de trabajo alternativo a la actuación de la jurisdicción de la justicia del Estado provoca el análisis del ordenamiento jurídico internacional y nacional aplicable. Ello con el objeto de analizar la admisibilidad del arbitraje respecto de la resolución de conflictos individuales de trabajo. El estudio, además, realiza una crítica al tratamiento del arbitraje en las sentencias 536/2025 y 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia que refieren a casos de trabajo para empresas que utilizan plataformas digitales. Nota de contenido: Presentación. -- Perspectiva de análisis. -- El sistema de justicia del Estado. -- Crítica a la sentencia 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia. -- El caso. -- Argumentos de la sentencia 536/2025. -- Puntos de crítica a la sentencia 536/2025 de la Suprema Corte de Justicia. -- La sentencia 25/2026 de la Suprema Corte de Justicia no modifica la interpretación en cuanto a la adimisibilidad del arbitraje como medio de solución de conflictos individuales de trabajo. -- El caso. -- La Suprema Corte de Justicia no modifica la interpretación respecto a la admisibilidad del arbitraje para solucionar conflictos individuales de trabajo. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27444 Categorías de las trabajadoras del servicio doméstico / Nelson Loustaunau en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : Categorías de las trabajadoras del servicio doméstico : El nuevo laudo para el grupo 21 de los consejos de salarios Tipo de documento: texto impreso Autores: Nelson Loustaunau Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 865-875 Idioma : Español (spa) Palabras clave: CONSEJOS DE SALARIOS, CATEGORIAS, SERVICIO DOMESTICO, PRESENTISMO, LICENCIA, CUIDADOS, SALUD MENTAL Resumen: En la ronda de Consejos de Salarios que concluyó el pasado mes de diciembre de 2025, identificamos como una de las novedades más trascendentes la creación de categorías dentro del Grupo 21, Servicio Doméstico. En este laudo se pactó la instalación de tres categorías para el sector: general cocina y cuidados. Si bien el acuerdo en materia salarial rige a partir del 1º de julio de 2025, se estableció que las categorías resultantes del acuerdo comenzarán a aplicarse a partir del 1º de julio de 2026. Se trata de una importante novedad dentro del grupo de actividad, cuyo principal objetivo es profesionalizar más a los trabajadores, definiendo con mayor precisión las obligaciones y derechos de estos últimos. El laudo prevé, además, la reforma de la prima por presentismo (disminuyendo algunas condiciones para su percepción), una licencia para cuidados, otra para atención mental de las/os trabajadoras/es, y otros pequeños beneficios. Se trata, sin lugar a dudas, de un acuerdo que reafirma la madurez de un subsector del sistema de relaciones laborales que puede considerarse como ejemplo de la importancia del diálogo social, la consulta y la negociación colectiva en un modelo democrático. Nota de contenido: Introducción. -- Las categorías laborales. -- Vigencia. -- Las categorías acordadas. -- Salarios mínimos. -- Otras materias negociadas. -- Comisiones. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27453
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 865-875[artículo] Categorías de las trabajadoras del servicio doméstico : El nuevo laudo para el grupo 21 de los consejos de salarios [texto impreso] / Nelson Loustaunau . - 2025 . - p. 865-875.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 865-875
Palabras clave: CONSEJOS DE SALARIOS, CATEGORIAS, SERVICIO DOMESTICO, PRESENTISMO, LICENCIA, CUIDADOS, SALUD MENTAL Resumen: En la ronda de Consejos de Salarios que concluyó el pasado mes de diciembre de 2025, identificamos como una de las novedades más trascendentes la creación de categorías dentro del Grupo 21, Servicio Doméstico. En este laudo se pactó la instalación de tres categorías para el sector: general cocina y cuidados. Si bien el acuerdo en materia salarial rige a partir del 1º de julio de 2025, se estableció que las categorías resultantes del acuerdo comenzarán a aplicarse a partir del 1º de julio de 2026. Se trata de una importante novedad dentro del grupo de actividad, cuyo principal objetivo es profesionalizar más a los trabajadores, definiendo con mayor precisión las obligaciones y derechos de estos últimos. El laudo prevé, además, la reforma de la prima por presentismo (disminuyendo algunas condiciones para su percepción), una licencia para cuidados, otra para atención mental de las/os trabajadoras/es, y otros pequeños beneficios. Se trata, sin lugar a dudas, de un acuerdo que reafirma la madurez de un subsector del sistema de relaciones laborales que puede considerarse como ejemplo de la importancia del diálogo social, la consulta y la negociación colectiva en un modelo democrático. Nota de contenido: Introducción. -- Las categorías laborales. -- Vigencia. -- Las categorías acordadas. -- Salarios mínimos. -- Otras materias negociadas. -- Comisiones. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27453 [artículo] Loustaunau, Nelson (2025). Categorías de las trabajadoras del servicio doméstico : El nuevo laudo para el grupo 21 de los consejos de salarios. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 865-875.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 865-875
Palabras clave: CONSEJOS DE SALARIOS, CATEGORIAS, SERVICIO DOMESTICO, PRESENTISMO, LICENCIA, CUIDADOS, SALUD MENTAL Resumen: En la ronda de Consejos de Salarios que concluyó el pasado mes de diciembre de 2025, identificamos como una de las novedades más trascendentes la creación de categorías dentro del Grupo 21, Servicio Doméstico. En este laudo se pactó la instalación de tres categorías para el sector: general cocina y cuidados. Si bien el acuerdo en materia salarial rige a partir del 1º de julio de 2025, se estableció que las categorías resultantes del acuerdo comenzarán a aplicarse a partir del 1º de julio de 2026. Se trata de una importante novedad dentro del grupo de actividad, cuyo principal objetivo es profesionalizar más a los trabajadores, definiendo con mayor precisión las obligaciones y derechos de estos últimos. El laudo prevé, además, la reforma de la prima por presentismo (disminuyendo algunas condiciones para su percepción), una licencia para cuidados, otra para atención mental de las/os trabajadoras/es, y otros pequeños beneficios. Se trata, sin lugar a dudas, de un acuerdo que reafirma la madurez de un subsector del sistema de relaciones laborales que puede considerarse como ejemplo de la importancia del diálogo social, la consulta y la negociación colectiva en un modelo democrático. Nota de contenido: Introducción. -- Las categorías laborales. -- Vigencia. -- Las categorías acordadas. -- Salarios mínimos. -- Otras materias negociadas. -- Comisiones. -- Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27453 Ganadería, agricultura y actividades conexas / Arturo Ferrizo Izmendi en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : Ganadería, agricultura y actividades conexas : Novedades emergentes de la última ronda de consejo de salarios para los trabajadores rurales Tipo de documento: texto impreso Autores: Arturo Ferrizo Izmendi Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 877-893 Idioma : Español (spa) Palabras clave: CONSEJO DE SALARIOS, NEGOCIACION COLECTIVA, TRABAJADOR RURAL, BENEFICIOS, CUIDADOS, SET ESCOLAR, EDUCACION Resumen: El presente trabajo comenta las novedades jurídicas surgidas en la decimoprimera ronda de consejo de salarios, que prescriben derechos para los trabajadores rurales. Se estudian las cláusulas no salariales que surgen del acuerdo de consejo de salarios firmado el 23 de diciembre de 2025 en el Grupo 22 del Consejo de Salarios (Ganadería, agricultura y actividades conexas). Sin embargo, también se realizan comentarios generales sobre la temática de la negociación colectiva, el diálogo social y propiamente sobre el trabajo rural. Nota de contenido: Introducción. -- Características de la decimoprimera ronda de Consejos de Salarios. -- Reflexiones sobre el vínculo laboral rural, en el teatro mundial de las relaciones laborales y económicas. Una búsqueda de sus peculiaridades. -- Las novedades de la decimoprimera ronda de Consejo de Salarios. -- Algunas conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27455
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 877-893[artículo] Ganadería, agricultura y actividades conexas : Novedades emergentes de la última ronda de consejo de salarios para los trabajadores rurales [texto impreso] / Arturo Ferrizo Izmendi . - 2025 . - p. 877-893.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 877-893
Palabras clave: CONSEJO DE SALARIOS, NEGOCIACION COLECTIVA, TRABAJADOR RURAL, BENEFICIOS, CUIDADOS, SET ESCOLAR, EDUCACION Resumen: El presente trabajo comenta las novedades jurídicas surgidas en la decimoprimera ronda de consejo de salarios, que prescriben derechos para los trabajadores rurales. Se estudian las cláusulas no salariales que surgen del acuerdo de consejo de salarios firmado el 23 de diciembre de 2025 en el Grupo 22 del Consejo de Salarios (Ganadería, agricultura y actividades conexas). Sin embargo, también se realizan comentarios generales sobre la temática de la negociación colectiva, el diálogo social y propiamente sobre el trabajo rural. Nota de contenido: Introducción. -- Características de la decimoprimera ronda de Consejos de Salarios. -- Reflexiones sobre el vínculo laboral rural, en el teatro mundial de las relaciones laborales y económicas. Una búsqueda de sus peculiaridades. -- Las novedades de la decimoprimera ronda de Consejo de Salarios. -- Algunas conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27455 [artículo] Ferrizo Izmendi, Arturo (2025). Ganadería, agricultura y actividades conexas : Novedades emergentes de la última ronda de consejo de salarios para los trabajadores rurales. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 877-893.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 877-893
Palabras clave: CONSEJO DE SALARIOS, NEGOCIACION COLECTIVA, TRABAJADOR RURAL, BENEFICIOS, CUIDADOS, SET ESCOLAR, EDUCACION Resumen: El presente trabajo comenta las novedades jurídicas surgidas en la decimoprimera ronda de consejo de salarios, que prescriben derechos para los trabajadores rurales. Se estudian las cláusulas no salariales que surgen del acuerdo de consejo de salarios firmado el 23 de diciembre de 2025 en el Grupo 22 del Consejo de Salarios (Ganadería, agricultura y actividades conexas). Sin embargo, también se realizan comentarios generales sobre la temática de la negociación colectiva, el diálogo social y propiamente sobre el trabajo rural. Nota de contenido: Introducción. -- Características de la decimoprimera ronda de Consejos de Salarios. -- Reflexiones sobre el vínculo laboral rural, en el teatro mundial de las relaciones laborales y económicas. Una búsqueda de sus peculiaridades. -- Las novedades de la decimoprimera ronda de Consejo de Salarios. -- Algunas conclusiones. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27455
[artículo]
Título : La huelga en juicio : El convenio Nº 87 y el pulso global ante la Corte Internacional de Justicia Tipo de documento: texto impreso Autores: Laura Arévalo ; Perrone, Joaquín Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 895-920 Idioma : Español (spa) Nota de contenido: Del debate en la OIT al escenario internacional. -- Estado del trámite ante la Corte Internacional de Justicia. -- Un desacuerdo persistente con efectos sistémicos. -- Posición del Grupo de Empleadores. Entre el reconocimiento general y la exclusión convencional. -- Posición de los trabajadores. Libertad sindical: huelga como instrumento esencial de acción colectiva. -- Las posiciones europeas ante la Corte Internacional de Justicia sobre el derecho de huelga y el Convenio nº 87. -- América ante la CIJ: intervenciones selectivas y énfasis pro-efectividad. -- Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia: una defensa pro-efectividad del derecho de huelga y del sistema de control de la OIT. -- Libertad sindical y gobernanza global del trabajo: por qué la opinión consultiva importa. -- Comentarios finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27457
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 895-920[artículo] La huelga en juicio : El convenio Nº 87 y el pulso global ante la Corte Internacional de Justicia [texto impreso] / Laura Arévalo ; Perrone, Joaquín . - 2025 . - p. 895-920.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 895-920
Nota de contenido: Del debate en la OIT al escenario internacional. -- Estado del trámite ante la Corte Internacional de Justicia. -- Un desacuerdo persistente con efectos sistémicos. -- Posición del Grupo de Empleadores. Entre el reconocimiento general y la exclusión convencional. -- Posición de los trabajadores. Libertad sindical: huelga como instrumento esencial de acción colectiva. -- Las posiciones europeas ante la Corte Internacional de Justicia sobre el derecho de huelga y el Convenio nº 87. -- América ante la CIJ: intervenciones selectivas y énfasis pro-efectividad. -- Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia: una defensa pro-efectividad del derecho de huelga y del sistema de control de la OIT. -- Libertad sindical y gobernanza global del trabajo: por qué la opinión consultiva importa. -- Comentarios finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27457 [artículo] Arévalo, Laura (2025). La huelga en juicio : El convenio Nº 87 y el pulso global ante la Corte Internacional de Justicia. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 895-920.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 895-920
Nota de contenido: Del debate en la OIT al escenario internacional. -- Estado del trámite ante la Corte Internacional de Justicia. -- Un desacuerdo persistente con efectos sistémicos. -- Posición del Grupo de Empleadores. Entre el reconocimiento general y la exclusión convencional. -- Posición de los trabajadores. Libertad sindical: huelga como instrumento esencial de acción colectiva. -- Las posiciones europeas ante la Corte Internacional de Justicia sobre el derecho de huelga y el Convenio nº 87. -- América ante la CIJ: intervenciones selectivas y énfasis pro-efectividad. -- Uruguay ante la Corte Internacional de Justicia: una defensa pro-efectividad del derecho de huelga y del sistema de control de la OIT. -- Libertad sindical y gobernanza global del trabajo: por qué la opinión consultiva importa. -- Comentarios finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27457 Funcionario estatal y relación funcional / Baz, Federico en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : Funcionario estatal y relación funcional Tipo de documento: texto impreso Autores: Baz, Federico Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 921-940 Idioma : Español (spa) Palabras clave: FUNCION PUBLICA, RELACION FUNCIONAL, FUNCIONARIO ESTATAL Resumen: Las funciones jurídicas y los cometidos estatales adquieren efectividad mediante la actuación de los funcionarios públicos. El trabajo humano en la función pública se orienta a la concreción del bien común, al cual la Administración Pública debe servir conforme a su finalidad institucional. Los modelos de Administración sustentan el funcionamiento del Estado y permiten conceptualizar el alcance y significado del funcionario público. Ello se refleja en la naturaleza jurídica de la relación de subordinación estatal, así como en al definición amplia adoptada por el ordenamiento respecto del concepto de funcionario. La relación funcional se rige por principios propios y presenta características vinculadas al desempeño laboral en condición de integrante de una dependencia estatal. Nota de contenido: Precisiones preliminares. -- Modelo de administración pública adoptado por nuestro país. -- Naturaleza jurídica de la función pública. -- Teoría estatutaria o del acto condición. -- Teoría contractualista. -- Teoría de la relación especial de sujeción. -- El régimen estatutario adoptado por nuestro país. -- Posiciones conceptuales doctrinales. -- Evolución del concepto legal de funcionario público en nuestro país. -- La definición legal actualmente vigente y sus elementos. -- Prestación laboral humana subordinada. -- La forma de ingreso o selección es indistinta (designación, elección, accesión por ejercer otro cargo, sorteo, contratación, etc.). -- Implica el desempeño de un cargo o contrato determinado. -- Incorporación y ejercicio de función pública. -- Persona pública estatal. -- Actuación conforme al servicio de la Nación. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27458
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 921-940[artículo] Funcionario estatal y relación funcional [texto impreso] / Baz, Federico . - 2025 . - p. 921-940.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 921-940
Palabras clave: FUNCION PUBLICA, RELACION FUNCIONAL, FUNCIONARIO ESTATAL Resumen: Las funciones jurídicas y los cometidos estatales adquieren efectividad mediante la actuación de los funcionarios públicos. El trabajo humano en la función pública se orienta a la concreción del bien común, al cual la Administración Pública debe servir conforme a su finalidad institucional. Los modelos de Administración sustentan el funcionamiento del Estado y permiten conceptualizar el alcance y significado del funcionario público. Ello se refleja en la naturaleza jurídica de la relación de subordinación estatal, así como en al definición amplia adoptada por el ordenamiento respecto del concepto de funcionario. La relación funcional se rige por principios propios y presenta características vinculadas al desempeño laboral en condición de integrante de una dependencia estatal. Nota de contenido: Precisiones preliminares. -- Modelo de administración pública adoptado por nuestro país. -- Naturaleza jurídica de la función pública. -- Teoría estatutaria o del acto condición. -- Teoría contractualista. -- Teoría de la relación especial de sujeción. -- El régimen estatutario adoptado por nuestro país. -- Posiciones conceptuales doctrinales. -- Evolución del concepto legal de funcionario público en nuestro país. -- La definición legal actualmente vigente y sus elementos. -- Prestación laboral humana subordinada. -- La forma de ingreso o selección es indistinta (designación, elección, accesión por ejercer otro cargo, sorteo, contratación, etc.). -- Implica el desempeño de un cargo o contrato determinado. -- Incorporación y ejercicio de función pública. -- Persona pública estatal. -- Actuación conforme al servicio de la Nación. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27458 [artículo] Baz, Federico (2025). Funcionario estatal y relación funcional. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 921-940.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 921-940
Palabras clave: FUNCION PUBLICA, RELACION FUNCIONAL, FUNCIONARIO ESTATAL Resumen: Las funciones jurídicas y los cometidos estatales adquieren efectividad mediante la actuación de los funcionarios públicos. El trabajo humano en la función pública se orienta a la concreción del bien común, al cual la Administración Pública debe servir conforme a su finalidad institucional. Los modelos de Administración sustentan el funcionamiento del Estado y permiten conceptualizar el alcance y significado del funcionario público. Ello se refleja en la naturaleza jurídica de la relación de subordinación estatal, así como en al definición amplia adoptada por el ordenamiento respecto del concepto de funcionario. La relación funcional se rige por principios propios y presenta características vinculadas al desempeño laboral en condición de integrante de una dependencia estatal. Nota de contenido: Precisiones preliminares. -- Modelo de administración pública adoptado por nuestro país. -- Naturaleza jurídica de la función pública. -- Teoría estatutaria o del acto condición. -- Teoría contractualista. -- Teoría de la relación especial de sujeción. -- El régimen estatutario adoptado por nuestro país. -- Posiciones conceptuales doctrinales. -- Evolución del concepto legal de funcionario público en nuestro país. -- La definición legal actualmente vigente y sus elementos. -- Prestación laboral humana subordinada. -- La forma de ingreso o selección es indistinta (designación, elección, accesión por ejercer otro cargo, sorteo, contratación, etc.). -- Implica el desempeño de un cargo o contrato determinado. -- Incorporación y ejercicio de función pública. -- Persona pública estatal. -- Actuación conforme al servicio de la Nación. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27458 Ilegitimidad de la revocación de prestaciones otorgadas por el Banco de Previsión Social; legitimación pasiva en caso de prestaciones civiles / Gabriel Salsamendi en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : Ilegitimidad de la revocación de prestaciones otorgadas por el Banco de Previsión Social; legitimación pasiva en caso de prestaciones civiles Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Salsamendi Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 941-961 Idioma : Español (spa) Palabras clave: REVOCACION, ACTO ADMINISTRATIVO, DELEGACION DE ATRIBUCIONES, FRACCIONAMIENTO DE SERVICIOS Resumen: A raíz del dictado de una nueva sentencia , volvemos sobre el tema de la revocación de las prestaciones otorgadas por el Banco de Previsión Social. En este caso, el organismo reinterpreta la normativa aplicable, contradiciendo incluso los informes efectuados hace más de una década por sus servicios jurídicos y, con base en dicha reinterpretación, revoca la prestación de jubilación otorgada a la persona, estableciendo que le descontará todo lo abonado en futuras prestaciones. La jubilación que percibía la persona era del ámbito de afiliación civil, por lo cual el organismo la otorga en ejercicio de la delegación efectuada por el Poder Ejecutivo. Históricamente el Banco de Previsión Social ha entendido que en estos casos toda demanda de anulación debe ser dirigida pura y exclusivamente al delegante y no al delegado, y en todos los casos terminan compareciendo ambas instituciones sin que el Ministerio de Trabajo haya tenido ninguna participación en el asunto. O sea, el Banco de Previsión Social otorga o rechaza, computa, calcula, paga, pero en el momento de promoverse la anulación, sostiene que el ciudadano debe demandar al delegante. En la sentencia que nos ocupa, la justicia ratifica el criterio que viene sosteniendo respecto a que la delegación de atribuciones es efectuada a un sistema orgánico como lo es el Banco de Previsión Social, y que al dictar este todos los actos tendientes a la resolución definitiva así como el acto confirmatorio, se traslada la atribución a dicho sistema y es contra este que deben orientarse tanto los recursos como la acción de nulidad. Nota de contenido: El caso. -- Delegación de atribuciones; legitimación pasiva del BPS en caso de prestaciones civiles. -- Revocación de prestación ya otorgada. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27459
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 941-961[artículo] Ilegitimidad de la revocación de prestaciones otorgadas por el Banco de Previsión Social; legitimación pasiva en caso de prestaciones civiles [texto impreso] / Gabriel Salsamendi . - 2025 . - p. 941-961.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 941-961
Palabras clave: REVOCACION, ACTO ADMINISTRATIVO, DELEGACION DE ATRIBUCIONES, FRACCIONAMIENTO DE SERVICIOS Resumen: A raíz del dictado de una nueva sentencia , volvemos sobre el tema de la revocación de las prestaciones otorgadas por el Banco de Previsión Social. En este caso, el organismo reinterpreta la normativa aplicable, contradiciendo incluso los informes efectuados hace más de una década por sus servicios jurídicos y, con base en dicha reinterpretación, revoca la prestación de jubilación otorgada a la persona, estableciendo que le descontará todo lo abonado en futuras prestaciones. La jubilación que percibía la persona era del ámbito de afiliación civil, por lo cual el organismo la otorga en ejercicio de la delegación efectuada por el Poder Ejecutivo. Históricamente el Banco de Previsión Social ha entendido que en estos casos toda demanda de anulación debe ser dirigida pura y exclusivamente al delegante y no al delegado, y en todos los casos terminan compareciendo ambas instituciones sin que el Ministerio de Trabajo haya tenido ninguna participación en el asunto. O sea, el Banco de Previsión Social otorga o rechaza, computa, calcula, paga, pero en el momento de promoverse la anulación, sostiene que el ciudadano debe demandar al delegante. En la sentencia que nos ocupa, la justicia ratifica el criterio que viene sosteniendo respecto a que la delegación de atribuciones es efectuada a un sistema orgánico como lo es el Banco de Previsión Social, y que al dictar este todos los actos tendientes a la resolución definitiva así como el acto confirmatorio, se traslada la atribución a dicho sistema y es contra este que deben orientarse tanto los recursos como la acción de nulidad. Nota de contenido: El caso. -- Delegación de atribuciones; legitimación pasiva del BPS en caso de prestaciones civiles. -- Revocación de prestación ya otorgada. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27459 [artículo] Salsamendi, Gabriel (2025). Ilegitimidad de la revocación de prestaciones otorgadas por el Banco de Previsión Social; legitimación pasiva en caso de prestaciones civiles. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 941-961.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 941-961
Palabras clave: REVOCACION, ACTO ADMINISTRATIVO, DELEGACION DE ATRIBUCIONES, FRACCIONAMIENTO DE SERVICIOS Resumen: A raíz del dictado de una nueva sentencia , volvemos sobre el tema de la revocación de las prestaciones otorgadas por el Banco de Previsión Social. En este caso, el organismo reinterpreta la normativa aplicable, contradiciendo incluso los informes efectuados hace más de una década por sus servicios jurídicos y, con base en dicha reinterpretación, revoca la prestación de jubilación otorgada a la persona, estableciendo que le descontará todo lo abonado en futuras prestaciones. La jubilación que percibía la persona era del ámbito de afiliación civil, por lo cual el organismo la otorga en ejercicio de la delegación efectuada por el Poder Ejecutivo. Históricamente el Banco de Previsión Social ha entendido que en estos casos toda demanda de anulación debe ser dirigida pura y exclusivamente al delegante y no al delegado, y en todos los casos terminan compareciendo ambas instituciones sin que el Ministerio de Trabajo haya tenido ninguna participación en el asunto. O sea, el Banco de Previsión Social otorga o rechaza, computa, calcula, paga, pero en el momento de promoverse la anulación, sostiene que el ciudadano debe demandar al delegante. En la sentencia que nos ocupa, la justicia ratifica el criterio que viene sosteniendo respecto a que la delegación de atribuciones es efectuada a un sistema orgánico como lo es el Banco de Previsión Social, y que al dictar este todos los actos tendientes a la resolución definitiva así como el acto confirmatorio, se traslada la atribución a dicho sistema y es contra este que deben orientarse tanto los recursos como la acción de nulidad. Nota de contenido: El caso. -- Delegación de atribuciones; legitimación pasiva del BPS en caso de prestaciones civiles. -- Revocación de prestación ya otorgada. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27459 Personas físicas y grupos económicos / Mariana Fernández Fasciolo en Derecho Laboral, v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025)
[artículo]
Título : Personas físicas y grupos económicos : Delimitación de la responsabilidad en la Suprema Corte de Justicia Tipo de documento: texto impreso Autores: Mariana Fernández Fasciolo ; Tejera Guillén, Gisella Fecha de publicación: 2025 Artículo en la página: p. 969-995 Idioma : Español (spa) Palabras clave: GRUPO ECONOMICO, SOCIO, ACCIONISTA, DIRECTOR, RESPONSABILIDAD PERSONAL Resumen: Se analiza la sentencia Nº 164/2025 dictada por la Suprema Corte de Justicia el 27 de febrero de 2025, mediante la que se ampara la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las personas físicas codemandadas, al entenderse que actuaron genuinamente en calidad de directores y accionistas y no a título personal. A partir de este pronunciamiento, se examina el criterio de la Corte respecto de los mecanismos de atribución de responsabilidad personal de socios, accionistas y directores, particularmente la teoría del conjunto económico integrado por personas jurídicas y físicas, así como la teoría de la personería laboral del empleador, todo ello considerado a la luz del principio de la seguridad jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- El conjunto económico. -- El empleador complejo. -- La personería laboral del empleador. -- El fallo de la SCJ. -- Integración del conjunto económico por personas físicas: requisitos. -- El papel de los principios del derecho laboral en la responsabilidad del conjunto económico. -- El conocimiento del trabajador y los límites de la personería laboral del empleador. -- La seguridad jurídica y límites a la extensión de responsabilidad personal. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27460
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 969-995[artículo] Personas físicas y grupos económicos : Delimitación de la responsabilidad en la Suprema Corte de Justicia [texto impreso] / Mariana Fernández Fasciolo ; Tejera Guillén, Gisella . - 2025 . - p. 969-995.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 969-995
Palabras clave: GRUPO ECONOMICO, SOCIO, ACCIONISTA, DIRECTOR, RESPONSABILIDAD PERSONAL Resumen: Se analiza la sentencia Nº 164/2025 dictada por la Suprema Corte de Justicia el 27 de febrero de 2025, mediante la que se ampara la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las personas físicas codemandadas, al entenderse que actuaron genuinamente en calidad de directores y accionistas y no a título personal. A partir de este pronunciamiento, se examina el criterio de la Corte respecto de los mecanismos de atribución de responsabilidad personal de socios, accionistas y directores, particularmente la teoría del conjunto económico integrado por personas jurídicas y físicas, así como la teoría de la personería laboral del empleador, todo ello considerado a la luz del principio de la seguridad jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- El conjunto económico. -- El empleador complejo. -- La personería laboral del empleador. -- El fallo de la SCJ. -- Integración del conjunto económico por personas físicas: requisitos. -- El papel de los principios del derecho laboral en la responsabilidad del conjunto económico. -- El conocimiento del trabajador y los límites de la personería laboral del empleador. -- La seguridad jurídica y límites a la extensión de responsabilidad personal. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27460 [artículo] Fernández Fasciolo, Mariana (2025). Personas físicas y grupos económicos : Delimitación de la responsabilidad en la Suprema Corte de Justicia. Derecho Laboral. v. 68, n. 299-300. (jul. - dic. 2025) p. 969-995.
Idioma : Español (spa)
in Derecho Laboral > v. 68, n. 299-300 (jul. - dic. 2025) . - p. 969-995
Palabras clave: GRUPO ECONOMICO, SOCIO, ACCIONISTA, DIRECTOR, RESPONSABILIDAD PERSONAL Resumen: Se analiza la sentencia Nº 164/2025 dictada por la Suprema Corte de Justicia el 27 de febrero de 2025, mediante la que se ampara la excepción de falta de legitimación pasiva opuesta por las personas físicas codemandadas, al entenderse que actuaron genuinamente en calidad de directores y accionistas y no a título personal. A partir de este pronunciamiento, se examina el criterio de la Corte respecto de los mecanismos de atribución de responsabilidad personal de socios, accionistas y directores, particularmente la teoría del conjunto económico integrado por personas jurídicas y físicas, así como la teoría de la personería laboral del empleador, todo ello considerado a la luz del principio de la seguridad jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- El conjunto económico. -- El empleador complejo. -- La personería laboral del empleador. -- El fallo de la SCJ. -- Integración del conjunto económico por personas físicas: requisitos. -- El papel de los principios del derecho laboral en la responsabilidad del conjunto económico. -- El conocimiento del trabajador y los límites de la personería laboral del empleador. -- La seguridad jurídica y límites a la extensión de responsabilidad personal. -- Reflexiones finales. -- Referencias bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27460












