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07 - Enero-Diciembre 2010 [texto impreso] . - 2010 . - 1246 p.
Idioma : Español (spa)
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07 - Enero-Diciembre 2010. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) 1246 p. Idioma : Español (spa)
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| 16481 | 346 RCDP 07 | Publicación periódica | Biblioteca sede principal | Hemeroteca | Disponible |
Artículos

Las crisis como 'catalizadoras' del derecho / Marichal, María Eugenia en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Las crisis como 'catalizadoras' del derecho : el caso de las recientes crísis alimentarias en la Unión Europea y la instauración del concepto de seguridad alimentaria Tipo de documento: texto impreso Autores: Marichal, María Eugenia, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 3-22 Idioma : Español (spa) Clasificación: SALUD PÚBLICA / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Este artículo analiza los procesos por los cuales importantes conceptos jurídicos e instituciones se originan para dar respuesta a crisis concretas, a partir del caso paradigmático del surgimiento del concepto de Seguridad Alimentaria en el Derecho Europeo luego de las crisis alimentarias sufridas a mediados de los '80' y en los '90'. Se intentan describir las razones económicas, sociales y científicas que condujeron a las autoridades europeas, cuya atención estaba originalmente enfocada en la libre circulación de los bienes, hacia una creciente preocupación por la salud de los consumidores y el ambiente. Primero, brevemente se relata las mencionadas crisis alimentarias que evidenciaron la necesidad de nuevos instrumentos legales. Segundo, se delinean los principales rasgos de nueva legislación y las instituciones para lidiar con estos problemas. Tercero, luego de una caracterización de la regulación existente antes de las crisis, se describen las herramientas jurídicas y las prácticas institucionales que cambiaron a raíz de la introducción de la Seguridad Alimentaria. Finalmente, esbozamos cómo el principio precautorio fue ampliado desde el derecho ambiental hacia el derecho alimentario en Europa para hacer frente al problema de la incerteza científica en esta área. Nota de contenido: Las recientes crisis alimentarias en Europa. -- Las repuestas a las crisis. -- Seguridad Alimentaria. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26733
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 3-22[artículo] Las crisis como 'catalizadoras' del derecho : el caso de las recientes crísis alimentarias en la Unión Europea y la instauración del concepto de seguridad alimentaria [texto impreso] / Marichal, María Eugenia, Autor . - 2010 . - p. 3-22.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 3-22
Clasificación: SALUD PÚBLICA / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Este artículo analiza los procesos por los cuales importantes conceptos jurídicos e instituciones se originan para dar respuesta a crisis concretas, a partir del caso paradigmático del surgimiento del concepto de Seguridad Alimentaria en el Derecho Europeo luego de las crisis alimentarias sufridas a mediados de los '80' y en los '90'. Se intentan describir las razones económicas, sociales y científicas que condujeron a las autoridades europeas, cuya atención estaba originalmente enfocada en la libre circulación de los bienes, hacia una creciente preocupación por la salud de los consumidores y el ambiente. Primero, brevemente se relata las mencionadas crisis alimentarias que evidenciaron la necesidad de nuevos instrumentos legales. Segundo, se delinean los principales rasgos de nueva legislación y las instituciones para lidiar con estos problemas. Tercero, luego de una caracterización de la regulación existente antes de las crisis, se describen las herramientas jurídicas y las prácticas institucionales que cambiaron a raíz de la introducción de la Seguridad Alimentaria. Finalmente, esbozamos cómo el principio precautorio fue ampliado desde el derecho ambiental hacia el derecho alimentario en Europa para hacer frente al problema de la incerteza científica en esta área. Nota de contenido: Las recientes crisis alimentarias en Europa. -- Las repuestas a las crisis. -- Seguridad Alimentaria. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26733 [artículo] Marichal, María Eugenia (2010). Las crisis como 'catalizadoras' del derecho : el caso de las recientes crísis alimentarias en la Unión Europea y la instauración del concepto de seguridad alimentaria. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 3-22.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 3-22
Clasificación: SALUD PÚBLICA / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Este artículo analiza los procesos por los cuales importantes conceptos jurídicos e instituciones se originan para dar respuesta a crisis concretas, a partir del caso paradigmático del surgimiento del concepto de Seguridad Alimentaria en el Derecho Europeo luego de las crisis alimentarias sufridas a mediados de los '80' y en los '90'. Se intentan describir las razones económicas, sociales y científicas que condujeron a las autoridades europeas, cuya atención estaba originalmente enfocada en la libre circulación de los bienes, hacia una creciente preocupación por la salud de los consumidores y el ambiente. Primero, brevemente se relata las mencionadas crisis alimentarias que evidenciaron la necesidad de nuevos instrumentos legales. Segundo, se delinean los principales rasgos de nueva legislación y las instituciones para lidiar con estos problemas. Tercero, luego de una caracterización de la regulación existente antes de las crisis, se describen las herramientas jurídicas y las prácticas institucionales que cambiaron a raíz de la introducción de la Seguridad Alimentaria. Finalmente, esbozamos cómo el principio precautorio fue ampliado desde el derecho ambiental hacia el derecho alimentario en Europa para hacer frente al problema de la incerteza científica en esta área. Nota de contenido: Las recientes crisis alimentarias en Europa. -- Las repuestas a las crisis. -- Seguridad Alimentaria. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26733 La decisión judicial y las garantías para las personas / Andrés Mariño López en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La decisión judicial y las garantías para las personas Tipo de documento: texto impreso Autores: Andrés Mariño López, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 23-34 Idioma : Español (spa) Clasificación: JUEZ / FILOSOFÍA DEL DERECHO Resumen: Se debate sobre la función del Juez y los fundamentos de la decisión judicial. Una posición de raíz iusnaturalista, con importantes representantes en nuestra comunidad jurídica, postula la utilización del método tópico. Según éste, el juez debe aplicar la ley, pero en casos "dificiles", debe buscar una solución justa. Una segunda postura, predominante, considera que, dada la variabilidad de los valores y la vigilancia de un sistema donde el creador de las reglas generales es el legislador, el Juez debe aplicar el Derecho objetivo empleando un método científico jurídico. La Principal garantía para los derechos de las personas es que todo conflicto de intereses sea resuelto de acuerdo con un derecho conocido con anterioridad y no creado por el decisor, aplicado por éste de forma objetiva con la mayor neutralidad valorativa. Nota de contenido: El debate en torno a los fundamentos de la decisión judicial. -- La concepción iusnaturalista del derecho. -- La garantía para las persona de un derecho objetivo y predeterminado. -- El equilibro del poder y la vigencia de la ley. -- El abordaje científico del derecho. -- El modelo científico-jurídico. -- La inducción como instrumento del razonamiento típico. -- La función del Juez en el derecho civil. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26735
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 23-34[artículo] La decisión judicial y las garantías para las personas [texto impreso] / Andrés Mariño López, Autor . - 2010 . - p. 23-34.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 23-34
Clasificación: JUEZ / FILOSOFÍA DEL DERECHO Resumen: Se debate sobre la función del Juez y los fundamentos de la decisión judicial. Una posición de raíz iusnaturalista, con importantes representantes en nuestra comunidad jurídica, postula la utilización del método tópico. Según éste, el juez debe aplicar la ley, pero en casos "dificiles", debe buscar una solución justa. Una segunda postura, predominante, considera que, dada la variabilidad de los valores y la vigilancia de un sistema donde el creador de las reglas generales es el legislador, el Juez debe aplicar el Derecho objetivo empleando un método científico jurídico. La Principal garantía para los derechos de las personas es que todo conflicto de intereses sea resuelto de acuerdo con un derecho conocido con anterioridad y no creado por el decisor, aplicado por éste de forma objetiva con la mayor neutralidad valorativa. Nota de contenido: El debate en torno a los fundamentos de la decisión judicial. -- La concepción iusnaturalista del derecho. -- La garantía para las persona de un derecho objetivo y predeterminado. -- El equilibro del poder y la vigencia de la ley. -- El abordaje científico del derecho. -- El modelo científico-jurídico. -- La inducción como instrumento del razonamiento típico. -- La función del Juez en el derecho civil. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26735 [artículo] Mariño López, Andrés (2010). La decisión judicial y las garantías para las personas. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 23-34.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 23-34
Clasificación: JUEZ / FILOSOFÍA DEL DERECHO Resumen: Se debate sobre la función del Juez y los fundamentos de la decisión judicial. Una posición de raíz iusnaturalista, con importantes representantes en nuestra comunidad jurídica, postula la utilización del método tópico. Según éste, el juez debe aplicar la ley, pero en casos "dificiles", debe buscar una solución justa. Una segunda postura, predominante, considera que, dada la variabilidad de los valores y la vigilancia de un sistema donde el creador de las reglas generales es el legislador, el Juez debe aplicar el Derecho objetivo empleando un método científico jurídico. La Principal garantía para los derechos de las personas es que todo conflicto de intereses sea resuelto de acuerdo con un derecho conocido con anterioridad y no creado por el decisor, aplicado por éste de forma objetiva con la mayor neutralidad valorativa. Nota de contenido: El debate en torno a los fundamentos de la decisión judicial. -- La concepción iusnaturalista del derecho. -- La garantía para las persona de un derecho objetivo y predeterminado. -- El equilibro del poder y la vigencia de la ley. -- El abordaje científico del derecho. -- El modelo científico-jurídico. -- La inducción como instrumento del razonamiento típico. -- La función del Juez en el derecho civil. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26735 Lo público y lo privado. Entre la condena y la absolución / Luis Meliante Garcé en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Lo público y lo privado. Entre la condena y la absolución Tipo de documento: texto impreso Autores: Luis Meliante Garcé, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 35-66 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO PÚBLICO / DERECHO PRIVADO / ORDENAMIENTO TERRITORIAL / FILOSOFÍA DEL DERECHO Resumen: Las categorías de lo público y lo privado, siguen siendo dos de las categorías más influyentes en la sociedad occidental contemporánea. Lo son filosóficamente, social, política y jurídicamente. El Derecho ha promovido y logrado una evocación de las mismas, por lo que cualquier abordaje para desentrañar el sentido, la evolución y el destino de ellas, no puede hacerse sino desde el punto de vista jurídico, que influye con el resto de las lecturas posibles que también se hagan. No puede desdeñarse, por cierto, una lectura ideológica-política, que sirva como metalectura de lo jurídico-normativo en sentido estricto. En la cultura de occidente, por distintas razones, lo privado ha sido separado en forma tajante y radical de los público, lo que llevó a que en el plano epistemológico interno del Derecho, e hincando sus raíces en la tradición jurídica romana más profunda, tuviera origen la distinción más añosa y prestigiosa del mismo: Derecho Público y Derecho Privado. El transcurso del tiempo, va dando cuenta que en las formaciones socio-políticas contemporáneas, están acaeciendo situaciones de diversa índole, que pueden hacer suponer que hay una preeminencia de lo público sobre lo privado. Puede también hacerse otra lectura, cuyo fundamento es que puede haber llegado el momento de un cambio de paradigma, que teniendo en cuenta un punto de vista interdisciplinario, cure las heridas de aquella escisión y salde las cuentas aún pendiente entre lo público y lo privado, sean filosóficas, políticas o ideológicas; y con ello también, entre las respuestas que en ese conflicto el Derecho se ha dado a si mismo: Derecho Público - Derecho Privado. En este trabajo, y en una forma de approach, se intenta acercar una solución posible al problema. Nota de contenido: Lo público, lo privado. Introducción. -- Lo público y lo privado como categorías generales reflexivas. Normación moral y jurídica. La tercia de lo íntimo en Garzón Valdés. -- Lo público y lo privado. Categorización e ideología. -- Una recensión. Un ejemplo y una crisis. La dupla otrora inmóvil público-privado tambalea. La postura de Gonzalo Sozzo. -- Otro ejemplo. El esbozo de un cambio de paradigma expuesto brevemente, sin exégesis. La República Oriental del Uruguay y los llamados principios retores de la ley nº 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26737
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 35-66[artículo] Lo público y lo privado. Entre la condena y la absolución [texto impreso] / Luis Meliante Garcé, Autor . - 2010 . - p. 35-66.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 35-66
Clasificación: DERECHO PÚBLICO / DERECHO PRIVADO / ORDENAMIENTO TERRITORIAL / FILOSOFÍA DEL DERECHO Resumen: Las categorías de lo público y lo privado, siguen siendo dos de las categorías más influyentes en la sociedad occidental contemporánea. Lo son filosóficamente, social, política y jurídicamente. El Derecho ha promovido y logrado una evocación de las mismas, por lo que cualquier abordaje para desentrañar el sentido, la evolución y el destino de ellas, no puede hacerse sino desde el punto de vista jurídico, que influye con el resto de las lecturas posibles que también se hagan. No puede desdeñarse, por cierto, una lectura ideológica-política, que sirva como metalectura de lo jurídico-normativo en sentido estricto. En la cultura de occidente, por distintas razones, lo privado ha sido separado en forma tajante y radical de los público, lo que llevó a que en el plano epistemológico interno del Derecho, e hincando sus raíces en la tradición jurídica romana más profunda, tuviera origen la distinción más añosa y prestigiosa del mismo: Derecho Público y Derecho Privado. El transcurso del tiempo, va dando cuenta que en las formaciones socio-políticas contemporáneas, están acaeciendo situaciones de diversa índole, que pueden hacer suponer que hay una preeminencia de lo público sobre lo privado. Puede también hacerse otra lectura, cuyo fundamento es que puede haber llegado el momento de un cambio de paradigma, que teniendo en cuenta un punto de vista interdisciplinario, cure las heridas de aquella escisión y salde las cuentas aún pendiente entre lo público y lo privado, sean filosóficas, políticas o ideológicas; y con ello también, entre las respuestas que en ese conflicto el Derecho se ha dado a si mismo: Derecho Público - Derecho Privado. En este trabajo, y en una forma de approach, se intenta acercar una solución posible al problema. Nota de contenido: Lo público, lo privado. Introducción. -- Lo público y lo privado como categorías generales reflexivas. Normación moral y jurídica. La tercia de lo íntimo en Garzón Valdés. -- Lo público y lo privado. Categorización e ideología. -- Una recensión. Un ejemplo y una crisis. La dupla otrora inmóvil público-privado tambalea. La postura de Gonzalo Sozzo. -- Otro ejemplo. El esbozo de un cambio de paradigma expuesto brevemente, sin exégesis. La República Oriental del Uruguay y los llamados principios retores de la ley nº 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26737 [artículo] Meliante Garcé, Luis (2010). Lo público y lo privado. Entre la condena y la absolución. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 35-66.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 35-66
Clasificación: DERECHO PÚBLICO / DERECHO PRIVADO / ORDENAMIENTO TERRITORIAL / FILOSOFÍA DEL DERECHO Resumen: Las categorías de lo público y lo privado, siguen siendo dos de las categorías más influyentes en la sociedad occidental contemporánea. Lo son filosóficamente, social, política y jurídicamente. El Derecho ha promovido y logrado una evocación de las mismas, por lo que cualquier abordaje para desentrañar el sentido, la evolución y el destino de ellas, no puede hacerse sino desde el punto de vista jurídico, que influye con el resto de las lecturas posibles que también se hagan. No puede desdeñarse, por cierto, una lectura ideológica-política, que sirva como metalectura de lo jurídico-normativo en sentido estricto. En la cultura de occidente, por distintas razones, lo privado ha sido separado en forma tajante y radical de los público, lo que llevó a que en el plano epistemológico interno del Derecho, e hincando sus raíces en la tradición jurídica romana más profunda, tuviera origen la distinción más añosa y prestigiosa del mismo: Derecho Público y Derecho Privado. El transcurso del tiempo, va dando cuenta que en las formaciones socio-políticas contemporáneas, están acaeciendo situaciones de diversa índole, que pueden hacer suponer que hay una preeminencia de lo público sobre lo privado. Puede también hacerse otra lectura, cuyo fundamento es que puede haber llegado el momento de un cambio de paradigma, que teniendo en cuenta un punto de vista interdisciplinario, cure las heridas de aquella escisión y salde las cuentas aún pendiente entre lo público y lo privado, sean filosóficas, políticas o ideológicas; y con ello también, entre las respuestas que en ese conflicto el Derecho se ha dado a si mismo: Derecho Público - Derecho Privado. En este trabajo, y en una forma de approach, se intenta acercar una solución posible al problema. Nota de contenido: Lo público, lo privado. Introducción. -- Lo público y lo privado como categorías generales reflexivas. Normación moral y jurídica. La tercia de lo íntimo en Garzón Valdés. -- Lo público y lo privado. Categorización e ideología. -- Una recensión. Un ejemplo y una crisis. La dupla otrora inmóvil público-privado tambalea. La postura de Gonzalo Sozzo. -- Otro ejemplo. El esbozo de un cambio de paradigma expuesto brevemente, sin exégesis. La República Oriental del Uruguay y los llamados principios retores de la ley nº 18.308 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26737 Entre la condena y la absolución / Olivero Gómez, Alicia en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Entre la condena y la absolución : la independencia judicial desde la teoría de la argumentación jurídica Tipo de documento: texto impreso Autores: Olivero Gómez, Alicia, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 67-82 Idioma : Español (spa) Clasificación: ARGUMENTACIÓN JURÍDICA / PODER JUDICIAL / FILOSOFÍA DEL DERECHO / JUEZ Resumen: La teoría de la argumentación actual es una apuesta por la racionalidad en el discurso jurídico y, en este sentido, incide directamente en la labor de los jueces. Las sentencias deben estar motivadas a Derecho, es decir siguiendo criterios de racionalidad característicos de la teoría. En el presente estudio se propone un análisis de la independencia de los jueces en el ejercicio de sus funciones desde una perspectiva de la argumentación, y más específicamente, la teoría de la argumentación jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- Recepción en el derecho positivo de la independencia judicial. -- Alcance de la independencia judicial. -- Teoría de la argumentación y decisiones judiciales. -- Reflexiones finales. -- Material bibliográfico consultado. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26740
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 67-82[artículo] Entre la condena y la absolución : la independencia judicial desde la teoría de la argumentación jurídica [texto impreso] / Olivero Gómez, Alicia, Autor . - 2010 . - p. 67-82.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 67-82
Clasificación: ARGUMENTACIÓN JURÍDICA / PODER JUDICIAL / FILOSOFÍA DEL DERECHO / JUEZ Resumen: La teoría de la argumentación actual es una apuesta por la racionalidad en el discurso jurídico y, en este sentido, incide directamente en la labor de los jueces. Las sentencias deben estar motivadas a Derecho, es decir siguiendo criterios de racionalidad característicos de la teoría. En el presente estudio se propone un análisis de la independencia de los jueces en el ejercicio de sus funciones desde una perspectiva de la argumentación, y más específicamente, la teoría de la argumentación jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- Recepción en el derecho positivo de la independencia judicial. -- Alcance de la independencia judicial. -- Teoría de la argumentación y decisiones judiciales. -- Reflexiones finales. -- Material bibliográfico consultado. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26740 [artículo] Olivero Gómez, Alicia (2010). Entre la condena y la absolución : la independencia judicial desde la teoría de la argumentación jurídica. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 67-82.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 67-82
Clasificación: ARGUMENTACIÓN JURÍDICA / PODER JUDICIAL / FILOSOFÍA DEL DERECHO / JUEZ Resumen: La teoría de la argumentación actual es una apuesta por la racionalidad en el discurso jurídico y, en este sentido, incide directamente en la labor de los jueces. Las sentencias deben estar motivadas a Derecho, es decir siguiendo criterios de racionalidad característicos de la teoría. En el presente estudio se propone un análisis de la independencia de los jueces en el ejercicio de sus funciones desde una perspectiva de la argumentación, y más específicamente, la teoría de la argumentación jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- Recepción en el derecho positivo de la independencia judicial. -- Alcance de la independencia judicial. -- Teoría de la argumentación y decisiones judiciales. -- Reflexiones finales. -- Material bibliográfico consultado. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26740 El derecho de la salud en Argentina / Aizenberg, Marisa en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : El derecho de la salud en Argentina : transitando el pasaje del modelo médico hegemónico al modelo del paciente autonómico: el reconocimiento de los derechos de los pacientes a través de la Ley nº 26.529 Tipo de documento: texto impreso Autores: Aizenberg, Marisa, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 85-121 Idioma : Español (spa) Clasificación: SALUD PÚBLICA / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD / CONSENTIMIENTO INFORMADO / ACCESO A LA INFORMACIÓN / VOLUNTAD ANTICIPADA / HISTORIA CLÍNICA Resumen: Con el cambio de paradigma del modelo médico hegemónico el modelo del paciente autonómico, la relación medical y su entorno normativo han sufrido cambios transformadores. Analizaremos su impacto en el sistema de salud argentino y la recepción normativa de los derechos del paciente. Nota de contenido: Notas introductorias. -- Análisis en contexto. -- Los Derechos de los pacientes. El camino recorrido hacia su consagración. Conflicto de constitucionalidad. -- Análisis de la Ley Nº 26.529. Antecedentes y estructura. -- Enumeración y análisis de los derechos de consagración. -- Consentimiento informado. -- Las Directivas Médicas Anticipadas. -- Historia Clínica. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26744
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 85-121[artículo] El derecho de la salud en Argentina : transitando el pasaje del modelo médico hegemónico al modelo del paciente autonómico: el reconocimiento de los derechos de los pacientes a través de la Ley nº 26.529 [texto impreso] / Aizenberg, Marisa, Autor . - 2010 . - p. 85-121.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 85-121
Clasificación: SALUD PÚBLICA / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD / CONSENTIMIENTO INFORMADO / ACCESO A LA INFORMACIÓN / VOLUNTAD ANTICIPADA / HISTORIA CLÍNICA Resumen: Con el cambio de paradigma del modelo médico hegemónico el modelo del paciente autonómico, la relación medical y su entorno normativo han sufrido cambios transformadores. Analizaremos su impacto en el sistema de salud argentino y la recepción normativa de los derechos del paciente. Nota de contenido: Notas introductorias. -- Análisis en contexto. -- Los Derechos de los pacientes. El camino recorrido hacia su consagración. Conflicto de constitucionalidad. -- Análisis de la Ley Nº 26.529. Antecedentes y estructura. -- Enumeración y análisis de los derechos de consagración. -- Consentimiento informado. -- Las Directivas Médicas Anticipadas. -- Historia Clínica. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26744 [artículo] Aizenberg, Marisa (2010). El derecho de la salud en Argentina : transitando el pasaje del modelo médico hegemónico al modelo del paciente autonómico: el reconocimiento de los derechos de los pacientes a través de la Ley nº 26.529. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 85-121.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 85-121
Clasificación: SALUD PÚBLICA / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD / CONSENTIMIENTO INFORMADO / ACCESO A LA INFORMACIÓN / VOLUNTAD ANTICIPADA / HISTORIA CLÍNICA Resumen: Con el cambio de paradigma del modelo médico hegemónico el modelo del paciente autonómico, la relación medical y su entorno normativo han sufrido cambios transformadores. Analizaremos su impacto en el sistema de salud argentino y la recepción normativa de los derechos del paciente. Nota de contenido: Notas introductorias. -- Análisis en contexto. -- Los Derechos de los pacientes. El camino recorrido hacia su consagración. Conflicto de constitucionalidad. -- Análisis de la Ley Nº 26.529. Antecedentes y estructura. -- Enumeración y análisis de los derechos de consagración. -- Consentimiento informado. -- Las Directivas Médicas Anticipadas. -- Historia Clínica. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26744 Consentimiento informado de niñas, niños y adolescentes. Derechos Personalísimos. Reconocimiento de la capacidad progresiva en la protección de la salud / Lily R. Flah en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Consentimiento informado de niñas, niños y adolescentes. Derechos Personalísimos. Reconocimiento de la capacidad progresiva en la protección de la salud Tipo de documento: texto impreso Autores: Lily R. Flah, Autor ; Nelly Minyersky, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 123-135 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONSENTIMIENTO INFORMADO / MENORES DE EDAD / ACCESO A LA INFORMACIÓN / DERECHOS SEXUALES Resumen: La consideración del niño como sujeto de derechos, reconocida expresamente por la Convención de los Derechos del Niño constituye un punto de inflexión fundamental al conceptuar al niño como sujeto de los mismos derechos que los adultos más un plus de derechos específicos justificados por su condición de persona en desarrollo. Buscar la conciliación entre el concepto capacidad progresiva de los niños y adolescentes con capacidad parental y el sistema legal de representación de los menores de edad, específicamente en lo atinente a los derechos sobre el propio cuerpo. Desde la perspectiva de la capacidad progresiva en materia de consentimiento informado, cuando se trata de decisiones referidas al propio cuerpo y a la salud, el concepto de capacidad no coincide con el bioético de competencia. La capacidad legal para adquirir los derechos y contraer obligaciones debe distinguirse del especial discernimiento que debe tener una persona para asimilar una información brindada respecto del acto médico. Las personas adquieren conciencia sobre el propio cuerpo mucho antes de arribar a la mayoría de edad generalmente estipulada por las leyes. Ellos incide también en la reducción de la morbimortalidad materna e infantil, la prevención de embarazos no deseados y de abortos, la prevención del HIV/Sida y de las enfermedades de transmisión sexual, generando de esta manera la promoción de la responsabilidad y autonomía de las personas de edad fértil. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26745
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 123-135[artículo] Consentimiento informado de niñas, niños y adolescentes. Derechos Personalísimos. Reconocimiento de la capacidad progresiva en la protección de la salud [texto impreso] / Lily R. Flah, Autor ; Nelly Minyersky, Autor . - 2010 . - p. 123-135.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 123-135
Clasificación: CONSENTIMIENTO INFORMADO / MENORES DE EDAD / ACCESO A LA INFORMACIÓN / DERECHOS SEXUALES Resumen: La consideración del niño como sujeto de derechos, reconocida expresamente por la Convención de los Derechos del Niño constituye un punto de inflexión fundamental al conceptuar al niño como sujeto de los mismos derechos que los adultos más un plus de derechos específicos justificados por su condición de persona en desarrollo. Buscar la conciliación entre el concepto capacidad progresiva de los niños y adolescentes con capacidad parental y el sistema legal de representación de los menores de edad, específicamente en lo atinente a los derechos sobre el propio cuerpo. Desde la perspectiva de la capacidad progresiva en materia de consentimiento informado, cuando se trata de decisiones referidas al propio cuerpo y a la salud, el concepto de capacidad no coincide con el bioético de competencia. La capacidad legal para adquirir los derechos y contraer obligaciones debe distinguirse del especial discernimiento que debe tener una persona para asimilar una información brindada respecto del acto médico. Las personas adquieren conciencia sobre el propio cuerpo mucho antes de arribar a la mayoría de edad generalmente estipulada por las leyes. Ellos incide también en la reducción de la morbimortalidad materna e infantil, la prevención de embarazos no deseados y de abortos, la prevención del HIV/Sida y de las enfermedades de transmisión sexual, generando de esta manera la promoción de la responsabilidad y autonomía de las personas de edad fértil. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26745 [artículo] Flah, Lily R. (2010). Consentimiento informado de niñas, niños y adolescentes. Derechos Personalísimos. Reconocimiento de la capacidad progresiva en la protección de la salud. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 123-135.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 123-135
Clasificación: CONSENTIMIENTO INFORMADO / MENORES DE EDAD / ACCESO A LA INFORMACIÓN / DERECHOS SEXUALES Resumen: La consideración del niño como sujeto de derechos, reconocida expresamente por la Convención de los Derechos del Niño constituye un punto de inflexión fundamental al conceptuar al niño como sujeto de los mismos derechos que los adultos más un plus de derechos específicos justificados por su condición de persona en desarrollo. Buscar la conciliación entre el concepto capacidad progresiva de los niños y adolescentes con capacidad parental y el sistema legal de representación de los menores de edad, específicamente en lo atinente a los derechos sobre el propio cuerpo. Desde la perspectiva de la capacidad progresiva en materia de consentimiento informado, cuando se trata de decisiones referidas al propio cuerpo y a la salud, el concepto de capacidad no coincide con el bioético de competencia. La capacidad legal para adquirir los derechos y contraer obligaciones debe distinguirse del especial discernimiento que debe tener una persona para asimilar una información brindada respecto del acto médico. Las personas adquieren conciencia sobre el propio cuerpo mucho antes de arribar a la mayoría de edad generalmente estipulada por las leyes. Ellos incide también en la reducción de la morbimortalidad materna e infantil, la prevención de embarazos no deseados y de abortos, la prevención del HIV/Sida y de las enfermedades de transmisión sexual, generando de esta manera la promoción de la responsabilidad y autonomía de las personas de edad fértil. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26745 Des-pensar la educación jurídica / María Valeria Berros en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Des-pensar la educación jurídica : reformismo y democracia como desafíos Tipo de documento: texto impreso Autores: María Valeria Berros, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 137-171 Idioma : Español (spa) Clasificación: ENSEÑANZA DEL DERECHO / DEMOCRACIA Resumen: Reformismo y democracia son dos procesos cuya convergencia excede la cronología de los aniversarios, en tanto trasuntan un espíritu común emancipador. Tomando como base los escritos y reivindicaciones reformistas, así como algunos pilares democráticos básicos (en términos de una democracia concebida como diálogo, como gobierno del pueblo y como respeto de las diferencias) en este trabajo indagamos en qué medida el modelo de enseñanza jurídica vigente contribuye u obstaculiza la realización efectiva de aquel espíritu emancipador. En ese sentido, proponemos enfocar la democracia y el reformismo no sólo como grandes conquistas del pasado que merecen ser ampliamente celebradas sino, también, como desafíos urgentes para nuestro presente y futuro. El análisis se presenta como un intento de "des-pensamiento" (Boaventura de Sousa Santos), rechazando la naturalización de las prácticas existentes y resaltando su contingencia, en pos de generar un campo propicio para la imaginación de alternativas. Se estructura en base a cinco ejes, abocados a la siguiente problemáticas: el silencio en las aulas, la pretensión de una enseñanza científica del derecho, el modelo de democracia presupuesto en la formación de "abogados para la democracia", el estudio del Derecho como dimensión interna en la lucha por la transformación social y el respeto por las diferencias en las prácticas de enseñanza y recepción de conocimiento. Nota de contenido: Introducción. -- Contra el silencio en las aulas. -- Encuentros y desencuentros en la enseñanza "científica" del derecho. -- Abogados y abogadas para la democracia, pero ¿para qué democracia? -- Educación jurídica y respeto de las diferencias. -- Conclusión: a diez de los cien. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26746
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 137-171[artículo] Des-pensar la educación jurídica : reformismo y democracia como desafíos [texto impreso] / María Valeria Berros, Autor . - 2010 . - p. 137-171.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 137-171
Clasificación: ENSEÑANZA DEL DERECHO / DEMOCRACIA Resumen: Reformismo y democracia son dos procesos cuya convergencia excede la cronología de los aniversarios, en tanto trasuntan un espíritu común emancipador. Tomando como base los escritos y reivindicaciones reformistas, así como algunos pilares democráticos básicos (en términos de una democracia concebida como diálogo, como gobierno del pueblo y como respeto de las diferencias) en este trabajo indagamos en qué medida el modelo de enseñanza jurídica vigente contribuye u obstaculiza la realización efectiva de aquel espíritu emancipador. En ese sentido, proponemos enfocar la democracia y el reformismo no sólo como grandes conquistas del pasado que merecen ser ampliamente celebradas sino, también, como desafíos urgentes para nuestro presente y futuro. El análisis se presenta como un intento de "des-pensamiento" (Boaventura de Sousa Santos), rechazando la naturalización de las prácticas existentes y resaltando su contingencia, en pos de generar un campo propicio para la imaginación de alternativas. Se estructura en base a cinco ejes, abocados a la siguiente problemáticas: el silencio en las aulas, la pretensión de una enseñanza científica del derecho, el modelo de democracia presupuesto en la formación de "abogados para la democracia", el estudio del Derecho como dimensión interna en la lucha por la transformación social y el respeto por las diferencias en las prácticas de enseñanza y recepción de conocimiento. Nota de contenido: Introducción. -- Contra el silencio en las aulas. -- Encuentros y desencuentros en la enseñanza "científica" del derecho. -- Abogados y abogadas para la democracia, pero ¿para qué democracia? -- Educación jurídica y respeto de las diferencias. -- Conclusión: a diez de los cien. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26746 [artículo] Berros, María Valeria (2010). Des-pensar la educación jurídica : reformismo y democracia como desafíos. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 137-171.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 137-171
Clasificación: ENSEÑANZA DEL DERECHO / DEMOCRACIA Resumen: Reformismo y democracia son dos procesos cuya convergencia excede la cronología de los aniversarios, en tanto trasuntan un espíritu común emancipador. Tomando como base los escritos y reivindicaciones reformistas, así como algunos pilares democráticos básicos (en términos de una democracia concebida como diálogo, como gobierno del pueblo y como respeto de las diferencias) en este trabajo indagamos en qué medida el modelo de enseñanza jurídica vigente contribuye u obstaculiza la realización efectiva de aquel espíritu emancipador. En ese sentido, proponemos enfocar la democracia y el reformismo no sólo como grandes conquistas del pasado que merecen ser ampliamente celebradas sino, también, como desafíos urgentes para nuestro presente y futuro. El análisis se presenta como un intento de "des-pensamiento" (Boaventura de Sousa Santos), rechazando la naturalización de las prácticas existentes y resaltando su contingencia, en pos de generar un campo propicio para la imaginación de alternativas. Se estructura en base a cinco ejes, abocados a la siguiente problemáticas: el silencio en las aulas, la pretensión de una enseñanza científica del derecho, el modelo de democracia presupuesto en la formación de "abogados para la democracia", el estudio del Derecho como dimensión interna en la lucha por la transformación social y el respeto por las diferencias en las prácticas de enseñanza y recepción de conocimiento. Nota de contenido: Introducción. -- Contra el silencio en las aulas. -- Encuentros y desencuentros en la enseñanza "científica" del derecho. -- Abogados y abogadas para la democracia, pero ¿para qué democracia? -- Educación jurídica y respeto de las diferencias. -- Conclusión: a diez de los cien. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26746 Personalidad civil, ciudadanía y no discriminación / María del Carmen Gete-Alonso y Calera en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Personalidad civil, ciudadanía y no discriminación : Notas para una construcción jurídica Tipo de documento: texto impreso Autores: María del Carmen Gete-Alonso y Calera, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 173-216 Idioma : Español (spa) Clasificación: DISCRIMINACIÓN / PRINCIPIO DE IGUALDAD / ESTADO CIVIL Resumen: En este estudio, bajo el prisma del principio de igualdad y no discriminación que se erige en fundamental de la mayor parte de los ordenamientos jurídicos, se analiza el impacto que tiene en la configuración jurídica que las leyes positivas hacen de la personalidad civil. Se analizan los factores que pueden actuar como causa de discriminación desde el punto de vista del derecho privado a fin de comprobar cual es su función en las normas civiles y si en las instituciones comporta o no discriminación injustificada. De otra parte se reflexiona acerca de la aplicación del concepto de ciudadanía al ámbito privado. Nota de contenido: Presentación. -- El principio de igualdad. -- Los factores de discriminación in genere. -- Los factores de naturales o biológicos. -- -Estado civil-condiciones civiles emergentes. -- Los factores adquiridos. -- Del estado civil a la ciudadanía. -- Reflexión final: a modo conclusivo. -- Bibliografía citada. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26747
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 173-216[artículo] Personalidad civil, ciudadanía y no discriminación : Notas para una construcción jurídica [texto impreso] / María del Carmen Gete-Alonso y Calera, Autor . - 2010 . - p. 173-216.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 173-216
Clasificación: DISCRIMINACIÓN / PRINCIPIO DE IGUALDAD / ESTADO CIVIL Resumen: En este estudio, bajo el prisma del principio de igualdad y no discriminación que se erige en fundamental de la mayor parte de los ordenamientos jurídicos, se analiza el impacto que tiene en la configuración jurídica que las leyes positivas hacen de la personalidad civil. Se analizan los factores que pueden actuar como causa de discriminación desde el punto de vista del derecho privado a fin de comprobar cual es su función en las normas civiles y si en las instituciones comporta o no discriminación injustificada. De otra parte se reflexiona acerca de la aplicación del concepto de ciudadanía al ámbito privado. Nota de contenido: Presentación. -- El principio de igualdad. -- Los factores de discriminación in genere. -- Los factores de naturales o biológicos. -- -Estado civil-condiciones civiles emergentes. -- Los factores adquiridos. -- Del estado civil a la ciudadanía. -- Reflexión final: a modo conclusivo. -- Bibliografía citada. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26747 [artículo] Gete-Alonso y Calera, María del Carmen (2010). Personalidad civil, ciudadanía y no discriminación : Notas para una construcción jurídica. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 173-216.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 173-216
Clasificación: DISCRIMINACIÓN / PRINCIPIO DE IGUALDAD / ESTADO CIVIL Resumen: En este estudio, bajo el prisma del principio de igualdad y no discriminación que se erige en fundamental de la mayor parte de los ordenamientos jurídicos, se analiza el impacto que tiene en la configuración jurídica que las leyes positivas hacen de la personalidad civil. Se analizan los factores que pueden actuar como causa de discriminación desde el punto de vista del derecho privado a fin de comprobar cual es su función en las normas civiles y si en las instituciones comporta o no discriminación injustificada. De otra parte se reflexiona acerca de la aplicación del concepto de ciudadanía al ámbito privado. Nota de contenido: Presentación. -- El principio de igualdad. -- Los factores de discriminación in genere. -- Los factores de naturales o biológicos. -- -Estado civil-condiciones civiles emergentes. -- Los factores adquiridos. -- Del estado civil a la ciudadanía. -- Reflexión final: a modo conclusivo. -- Bibliografía citada. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26747 De la eficacia de las enajenaciones otorgadas por herederos aparentes y la publicidad registral / Raúl Anido Bonilla en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : De la eficacia de las enajenaciones otorgadas por herederos aparentes y la publicidad registral Tipo de documento: texto impreso Autores: Raúl Anido Bonilla, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 219-241 Idioma : Español (spa) Clasificación: HEREDERO APARENTE / PUBLICIDAD REGISTRAL / SEGURIDAD JURÍDICA Resumen: Se percibe en la eficacia de las enajenaciones otorgadas por el heredero aparente una mutua limitación entre los principios de legitimidad y de apariencia, confianza, buena fe y su subrogación real; haciéndose relevante, en tal sentido la publicidad registral como apariencia protegida, en la que observamos la mutua limitación de dichos principios concretados, junto al de inoponibilidad, en concretas normas jurídicas que soportan la mutua limitación axiológica referida. Nota de contenido: Del principio de legitimidad. -- De la pariencia. -- De la solución del código general del proceso. -- De la buena fe. -- De la subrogación real que conduce a recuperar el equilibrio perturbado. -- De la publicidad registral como apariencia jurídica protegida. -- Del régimen de publicidad a la protección de la apariencia. -- De la seguridad jurídica. -- De la inoponibilidad. -- Del mantenimiento de la eficacia de la enajenación aún cuando fuere otorgada por un non dominio. -- Del art. 8º de la Ley 5391 y la Publicidad Registral. -- De la afección de lo inscrito a favor de terceros adquirientes. -- De la inoponibilidad registral a la apariencia jurídica. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26748
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 219-241[artículo] De la eficacia de las enajenaciones otorgadas por herederos aparentes y la publicidad registral [texto impreso] / Raúl Anido Bonilla, Autor . - 2010 . - p. 219-241.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 219-241
Clasificación: HEREDERO APARENTE / PUBLICIDAD REGISTRAL / SEGURIDAD JURÍDICA Resumen: Se percibe en la eficacia de las enajenaciones otorgadas por el heredero aparente una mutua limitación entre los principios de legitimidad y de apariencia, confianza, buena fe y su subrogación real; haciéndose relevante, en tal sentido la publicidad registral como apariencia protegida, en la que observamos la mutua limitación de dichos principios concretados, junto al de inoponibilidad, en concretas normas jurídicas que soportan la mutua limitación axiológica referida. Nota de contenido: Del principio de legitimidad. -- De la pariencia. -- De la solución del código general del proceso. -- De la buena fe. -- De la subrogación real que conduce a recuperar el equilibrio perturbado. -- De la publicidad registral como apariencia jurídica protegida. -- Del régimen de publicidad a la protección de la apariencia. -- De la seguridad jurídica. -- De la inoponibilidad. -- Del mantenimiento de la eficacia de la enajenación aún cuando fuere otorgada por un non dominio. -- Del art. 8º de la Ley 5391 y la Publicidad Registral. -- De la afección de lo inscrito a favor de terceros adquirientes. -- De la inoponibilidad registral a la apariencia jurídica. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26748 [artículo] Anido Bonilla, Raúl (2010). De la eficacia de las enajenaciones otorgadas por herederos aparentes y la publicidad registral. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 219-241.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 219-241
Clasificación: HEREDERO APARENTE / PUBLICIDAD REGISTRAL / SEGURIDAD JURÍDICA Resumen: Se percibe en la eficacia de las enajenaciones otorgadas por el heredero aparente una mutua limitación entre los principios de legitimidad y de apariencia, confianza, buena fe y su subrogación real; haciéndose relevante, en tal sentido la publicidad registral como apariencia protegida, en la que observamos la mutua limitación de dichos principios concretados, junto al de inoponibilidad, en concretas normas jurídicas que soportan la mutua limitación axiológica referida. Nota de contenido: Del principio de legitimidad. -- De la pariencia. -- De la solución del código general del proceso. -- De la buena fe. -- De la subrogación real que conduce a recuperar el equilibrio perturbado. -- De la publicidad registral como apariencia jurídica protegida. -- Del régimen de publicidad a la protección de la apariencia. -- De la seguridad jurídica. -- De la inoponibilidad. -- Del mantenimiento de la eficacia de la enajenación aún cuando fuere otorgada por un non dominio. -- Del art. 8º de la Ley 5391 y la Publicidad Registral. -- De la afección de lo inscrito a favor de terceros adquirientes. -- De la inoponibilidad registral a la apariencia jurídica. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26748 La acción directa como instituto de la tutela de crédito / Jaime Berdaguer en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La acción directa como instituto de la tutela de crédito Tipo de documento: texto impreso Autores: Jaime Berdaguer, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 243-261 Idioma : Español (spa) Clasificación: CRÉDITO / CONTRATOS / TUTELA Resumen: La acción directa es un instrumento jurídico que puede enfocarse como un importante instituto de tutela del crédito, de gran utilidad a nivel de derecho comparado como en nuestro país. En este sentido, este trabajo se presenta como una contribución a la construcción de una teoría general de las acciones directas, partiendo del aspecto conceptual, el fundamento de las mismas, de las mismas, las condiciones para su ejercicio, observando su naturaleza y sus efectos, diferenciándolas de la acción subrogatoria y abordando la interrogante de su posible extensión analógica a casos no previstos. Nota de contenido: Concepto, diversas hipótesis y clasificación de las acciones directas. -- Hipótesis típicas de acción directa. -- Acciones directas de responsabilidad. -- Acciones directas fuera del área de los sub-contratos. -- Otras hipótesis especiales de acciones directas. -- Clasificación. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26751
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 243-261[artículo] La acción directa como instituto de la tutela de crédito [texto impreso] / Jaime Berdaguer, Autor . - 2010 . - p. 243-261.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 243-261
Clasificación: CRÉDITO / CONTRATOS / TUTELA Resumen: La acción directa es un instrumento jurídico que puede enfocarse como un importante instituto de tutela del crédito, de gran utilidad a nivel de derecho comparado como en nuestro país. En este sentido, este trabajo se presenta como una contribución a la construcción de una teoría general de las acciones directas, partiendo del aspecto conceptual, el fundamento de las mismas, de las mismas, las condiciones para su ejercicio, observando su naturaleza y sus efectos, diferenciándolas de la acción subrogatoria y abordando la interrogante de su posible extensión analógica a casos no previstos. Nota de contenido: Concepto, diversas hipótesis y clasificación de las acciones directas. -- Hipótesis típicas de acción directa. -- Acciones directas de responsabilidad. -- Acciones directas fuera del área de los sub-contratos. -- Otras hipótesis especiales de acciones directas. -- Clasificación. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26751 [artículo] Berdaguer, Jaime (2010). La acción directa como instituto de la tutela de crédito. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 243-261.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 243-261
Clasificación: CRÉDITO / CONTRATOS / TUTELA Resumen: La acción directa es un instrumento jurídico que puede enfocarse como un importante instituto de tutela del crédito, de gran utilidad a nivel de derecho comparado como en nuestro país. En este sentido, este trabajo se presenta como una contribución a la construcción de una teoría general de las acciones directas, partiendo del aspecto conceptual, el fundamento de las mismas, de las mismas, las condiciones para su ejercicio, observando su naturaleza y sus efectos, diferenciándolas de la acción subrogatoria y abordando la interrogante de su posible extensión analógica a casos no previstos. Nota de contenido: Concepto, diversas hipótesis y clasificación de las acciones directas. -- Hipótesis típicas de acción directa. -- Acciones directas de responsabilidad. -- Acciones directas fuera del área de los sub-contratos. -- Otras hipótesis especiales de acciones directas. -- Clasificación. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26751 La conexidad contractual desde una matriz signico discursiva para analizar nuevas maneras de contratación / Arturo Caumont en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La conexidad contractual desde una matriz signico discursiva para analizar nuevas maneras de contratación : Causa, finalidad supranegocial y objeto en los negocios jurídicos coligados Tipo de documento: texto impreso Autores: Arturo Caumont, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 263- Idioma : Español (spa) Clasificación: CONTRATOS CONEXOS / NEGOCIO JURIDICO Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26756
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 263-[artículo] La conexidad contractual desde una matriz signico discursiva para analizar nuevas maneras de contratación : Causa, finalidad supranegocial y objeto en los negocios jurídicos coligados [texto impreso] / Arturo Caumont, Autor . - 2010 . - p. 263-.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 263-
Clasificación: CONTRATOS CONEXOS / NEGOCIO JURIDICO Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26756 [artículo] Caumont, Arturo (2010). La conexidad contractual desde una matriz signico discursiva para analizar nuevas maneras de contratación : Causa, finalidad supranegocial y objeto en los negocios jurídicos coligados. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 263-.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 263-
Clasificación: CONTRATOS CONEXOS / NEGOCIO JURIDICO Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26756 Teoría contractual y futuro / Arturo Caumont en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Teoría contractual y futuro : la irresistible necesidad de pensar en abstracto Tipo de documento: texto impreso Autores: Arturo Caumont, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 277-284 Idioma : Español (spa) Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26757
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 277-284[artículo] Teoría contractual y futuro : la irresistible necesidad de pensar en abstracto [texto impreso] / Arturo Caumont, Autor . - 2010 . - p. 277-284.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 277-284
Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26757 [artículo] Caumont, Arturo (2010). Teoría contractual y futuro : la irresistible necesidad de pensar en abstracto. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 277-284.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 277-284
Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26757 Apreciaciones críticas en torno a la naturaleza jurídica del comodato modal / Dávila Collazo, Pedro en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Apreciaciones críticas en torno a la naturaleza jurídica del comodato modal Tipo de documento: texto impreso Autores: Dávila Collazo, Pedro, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 285-300 Idioma : Español (spa) Clasificación: COMODATO / COMODATO MODAL Resumen: El presente trabajo doctrinario tiene por finalidad esbozar algunas apreciaciones críticas respecto a la naturaleza jurídica del Comodato Modal. Se abordará en el mismo la conceptualización de la figura en estudio, así como el estudio de diferentes derechos positivos de distintos países, posiciones doctrinarias y una breve visión del derecho comparado. El planteo central de la temática radica en definir si el contrato de comodato por la inserción de la variable modo, desnaturaliza o no la convención. Es decir, si por el modo el negocio jurídico deja ser comodato, para pasar a ser otro negocio jurídico obligacional, con las consecuencias que se derivan o, si por el contrario la presencia del modo no es de por sí suficiente, para alterar la naturaleza jurídica del negocio jurídico en estudio. Ello tomando en consideración la inagotable casuística que el caso en estudio, plantea - desde un simple pago por concepto de consumo de servicios públicos, cuando de bienes inmuebles se trata, hasta sumas superiores, que no impliquen correspectividad en las prestaciones que cada contratante da uno respecto del otro - lo que ha llevado a la necesidad de readecuación de enfoques doctrinarios, a efectos de ilustrar al decisor y así calibrar una acotada resolución judicial, tomando en cuenta la realidad de los hechos, para resolver las situaciones jurídicas que la precitada casuística plantee. Nota de contenido: Introducción al tema. -- Consideraciones generales del contrato de comodato. -- Planteo del problema. -- Puesta a punto jurisprudencial. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26758
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 285-300[artículo] Apreciaciones críticas en torno a la naturaleza jurídica del comodato modal [texto impreso] / Dávila Collazo, Pedro, Autor . - 2010 . - p. 285-300.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 285-300
Clasificación: COMODATO / COMODATO MODAL Resumen: El presente trabajo doctrinario tiene por finalidad esbozar algunas apreciaciones críticas respecto a la naturaleza jurídica del Comodato Modal. Se abordará en el mismo la conceptualización de la figura en estudio, así como el estudio de diferentes derechos positivos de distintos países, posiciones doctrinarias y una breve visión del derecho comparado. El planteo central de la temática radica en definir si el contrato de comodato por la inserción de la variable modo, desnaturaliza o no la convención. Es decir, si por el modo el negocio jurídico deja ser comodato, para pasar a ser otro negocio jurídico obligacional, con las consecuencias que se derivan o, si por el contrario la presencia del modo no es de por sí suficiente, para alterar la naturaleza jurídica del negocio jurídico en estudio. Ello tomando en consideración la inagotable casuística que el caso en estudio, plantea - desde un simple pago por concepto de consumo de servicios públicos, cuando de bienes inmuebles se trata, hasta sumas superiores, que no impliquen correspectividad en las prestaciones que cada contratante da uno respecto del otro - lo que ha llevado a la necesidad de readecuación de enfoques doctrinarios, a efectos de ilustrar al decisor y así calibrar una acotada resolución judicial, tomando en cuenta la realidad de los hechos, para resolver las situaciones jurídicas que la precitada casuística plantee. Nota de contenido: Introducción al tema. -- Consideraciones generales del contrato de comodato. -- Planteo del problema. -- Puesta a punto jurisprudencial. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26758 [artículo] Dávila Collazo, Pedro (2010). Apreciaciones críticas en torno a la naturaleza jurídica del comodato modal. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 285-300.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 285-300
Clasificación: COMODATO / COMODATO MODAL Resumen: El presente trabajo doctrinario tiene por finalidad esbozar algunas apreciaciones críticas respecto a la naturaleza jurídica del Comodato Modal. Se abordará en el mismo la conceptualización de la figura en estudio, así como el estudio de diferentes derechos positivos de distintos países, posiciones doctrinarias y una breve visión del derecho comparado. El planteo central de la temática radica en definir si el contrato de comodato por la inserción de la variable modo, desnaturaliza o no la convención. Es decir, si por el modo el negocio jurídico deja ser comodato, para pasar a ser otro negocio jurídico obligacional, con las consecuencias que se derivan o, si por el contrario la presencia del modo no es de por sí suficiente, para alterar la naturaleza jurídica del negocio jurídico en estudio. Ello tomando en consideración la inagotable casuística que el caso en estudio, plantea - desde un simple pago por concepto de consumo de servicios públicos, cuando de bienes inmuebles se trata, hasta sumas superiores, que no impliquen correspectividad en las prestaciones que cada contratante da uno respecto del otro - lo que ha llevado a la necesidad de readecuación de enfoques doctrinarios, a efectos de ilustrar al decisor y así calibrar una acotada resolución judicial, tomando en cuenta la realidad de los hechos, para resolver las situaciones jurídicas que la precitada casuística plantee. Nota de contenido: Introducción al tema. -- Consideraciones generales del contrato de comodato. -- Planteo del problema. -- Puesta a punto jurisprudencial. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26758 Contrato que daña a terceros, terceros que dañan al contrato / de Lorenzo, Miguel Federico en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Contrato que daña a terceros, terceros que dañan al contrato Tipo de documento: texto impreso Autores: de Lorenzo, Miguel Federico, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 301-367 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONTRATOS / INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO / DAÑOS / TERCEROS Resumen: Existe un fenómeno jurídico, amplio y variado, que se produce en la zona de confluencia entre el contrato y la responsabilidad aquiliana. Se trata de casos que suelen catalogarse como supuestos de "lesión al crédito", aunque esta fórmula ha quedado estrecha como para englobar todos los supuestos en los cuales el acto de un sujeto puede inferir con intereses vinculados al crédito de un tercero. Asimismo, la etiqueta "tutela aquiliana del crédito" se ha convertido en una sinécdoque que representa imperfectamente expresiones de problemas bien diversos entre ellos. Nota de contenido: La protección extracontractual del contrato: líneas de una evolución. -- Terceros que dañan al contrato. -- Contratos que dañan a un tercero. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26759
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 301-367[artículo] Contrato que daña a terceros, terceros que dañan al contrato [texto impreso] / de Lorenzo, Miguel Federico, Autor . - 2010 . - p. 301-367.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 301-367
Clasificación: CONTRATOS / INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO / DAÑOS / TERCEROS Resumen: Existe un fenómeno jurídico, amplio y variado, que se produce en la zona de confluencia entre el contrato y la responsabilidad aquiliana. Se trata de casos que suelen catalogarse como supuestos de "lesión al crédito", aunque esta fórmula ha quedado estrecha como para englobar todos los supuestos en los cuales el acto de un sujeto puede inferir con intereses vinculados al crédito de un tercero. Asimismo, la etiqueta "tutela aquiliana del crédito" se ha convertido en una sinécdoque que representa imperfectamente expresiones de problemas bien diversos entre ellos. Nota de contenido: La protección extracontractual del contrato: líneas de una evolución. -- Terceros que dañan al contrato. -- Contratos que dañan a un tercero. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26759 [artículo] de Lorenzo, Miguel Federico (2010). Contrato que daña a terceros, terceros que dañan al contrato. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 301-367.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 301-367
Clasificación: CONTRATOS / INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO / DAÑOS / TERCEROS Resumen: Existe un fenómeno jurídico, amplio y variado, que se produce en la zona de confluencia entre el contrato y la responsabilidad aquiliana. Se trata de casos que suelen catalogarse como supuestos de "lesión al crédito", aunque esta fórmula ha quedado estrecha como para englobar todos los supuestos en los cuales el acto de un sujeto puede inferir con intereses vinculados al crédito de un tercero. Asimismo, la etiqueta "tutela aquiliana del crédito" se ha convertido en una sinécdoque que representa imperfectamente expresiones de problemas bien diversos entre ellos. Nota de contenido: La protección extracontractual del contrato: líneas de una evolución. -- Terceros que dañan al contrato. -- Contratos que dañan a un tercero. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26759 Deberes y derechos de los usuarios de servicios públicos en Uruguay / Delpiazzo, Carlos E. en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Deberes y derechos de los usuarios de servicios públicos en Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Delpiazzo, Carlos E., Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 369-395 Idioma : Español (spa) Clasificación: SERVICIOS PÚBLICOS / TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACION - TICs Resumen: En la medida que no existe en el Uruguay una normativa específicamente dedicada a regular orgánicamente el estatuto jurídico de los receptores de servicios públicos prestados por el Estado o por su cuenta, no es tarea describir sus deberes y derechos. Frente a las mutables categorías de la doctrina y los vaivenes del Derecho Positivo, es necesario insistir en la centralidad de la persona como destinataria del quehacer estatal y foco para la interpretación de las relaciones emergentes de la variedad de servicios que la Administración le brinda, sea en forma directa o indirecta. En base a ello se procura presentar la construcción de un estatuto del usuario, ese sujeto al que, a pesar de razonables críticas seguimos llamando "administrado" y que no es más que la persona considerada desde su posición privada respecto a la Administración o sus agentes. Nota de contenido: Introducción. -- Mutación del concepto de servicio público. -- Evolución de la noción de usuario. -- Estatuto del usuario. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26760
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 369-395[artículo] Deberes y derechos de los usuarios de servicios públicos en Uruguay [texto impreso] / Delpiazzo, Carlos E., Autor . - 2010 . - p. 369-395.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 369-395
Clasificación: SERVICIOS PÚBLICOS / TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACION - TICs Resumen: En la medida que no existe en el Uruguay una normativa específicamente dedicada a regular orgánicamente el estatuto jurídico de los receptores de servicios públicos prestados por el Estado o por su cuenta, no es tarea describir sus deberes y derechos. Frente a las mutables categorías de la doctrina y los vaivenes del Derecho Positivo, es necesario insistir en la centralidad de la persona como destinataria del quehacer estatal y foco para la interpretación de las relaciones emergentes de la variedad de servicios que la Administración le brinda, sea en forma directa o indirecta. En base a ello se procura presentar la construcción de un estatuto del usuario, ese sujeto al que, a pesar de razonables críticas seguimos llamando "administrado" y que no es más que la persona considerada desde su posición privada respecto a la Administración o sus agentes. Nota de contenido: Introducción. -- Mutación del concepto de servicio público. -- Evolución de la noción de usuario. -- Estatuto del usuario. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26760 [artículo] Delpiazzo, Carlos E. (2010). Deberes y derechos de los usuarios de servicios públicos en Uruguay. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 369-395.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 369-395
Clasificación: SERVICIOS PÚBLICOS / TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACION - TICs Resumen: En la medida que no existe en el Uruguay una normativa específicamente dedicada a regular orgánicamente el estatuto jurídico de los receptores de servicios públicos prestados por el Estado o por su cuenta, no es tarea describir sus deberes y derechos. Frente a las mutables categorías de la doctrina y los vaivenes del Derecho Positivo, es necesario insistir en la centralidad de la persona como destinataria del quehacer estatal y foco para la interpretación de las relaciones emergentes de la variedad de servicios que la Administración le brinda, sea en forma directa o indirecta. En base a ello se procura presentar la construcción de un estatuto del usuario, ese sujeto al que, a pesar de razonables críticas seguimos llamando "administrado" y que no es más que la persona considerada desde su posición privada respecto a la Administración o sus agentes. Nota de contenido: Introducción. -- Mutación del concepto de servicio público. -- Evolución de la noción de usuario. -- Estatuto del usuario. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26760 Buena fe contractual / Jorge Gamarra en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Buena fe contractual Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Gamarra (1922-), Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 397-408 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONTRATOS Resumen: Se analizan distintas especies de buena fe. El "sabotaje contractual" atiende a los comportamientos omisivos y de obstrucción en los cuales el sujeto obra con deslealtad, en su interés y con perjuicio de la contraparte. Surge así la siguiente máxima: la buena fe excluye que las partes contratantes pueden ejercer sus poderes de un modo formalmente lícito pero sustancialmente desleal. Otro comportamiento que combate la buena fe es el de la conducta de tolencia asumida por un contratante que recibe una prestación inexacta o deforme y continúa cumpliendo el contrato tal como si no existieran irregularidades. En ambos supuestos se condena al sujeto por obrar deslealmente. Asimismo, la "buena fe solidaria" se manifiesta a través de los deberes de dar aviso, suministrar información, colaboración o cooperación y la obligación de salvaguarda del interés ajeno. Esta crea obligaciones de obrar en beneficio de la otra parte para evitarle perjuicios que no causó. Se denomina "buena fe del buen samaritano". Se condena al sujeto por no obrar solidariamente. Las tres especies de buena fe se distinguen porque la buena fe del buen samaritano se expresa mediante los deberes activos de cooperación o colaboración que benefician a la otra parte en la ejecución del contrato, mientras que en las actividades desleales u obstruccionistas o de tolerancia, no se exigen conductas activas destinadas a tutelar el interés de la otra parte. Nota de contenido: Introducción. -- El sabotaje contractual. -- La tolerancia del acreedor. -- Comportamientos activos en el interés de la otra parte. -- La buena fe solidaria. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26761
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 397-408[artículo] Buena fe contractual [texto impreso] / Jorge Gamarra (1922-), Autor . - 2010 . - p. 397-408.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 397-408
Clasificación: CONTRATOS Resumen: Se analizan distintas especies de buena fe. El "sabotaje contractual" atiende a los comportamientos omisivos y de obstrucción en los cuales el sujeto obra con deslealtad, en su interés y con perjuicio de la contraparte. Surge así la siguiente máxima: la buena fe excluye que las partes contratantes pueden ejercer sus poderes de un modo formalmente lícito pero sustancialmente desleal. Otro comportamiento que combate la buena fe es el de la conducta de tolencia asumida por un contratante que recibe una prestación inexacta o deforme y continúa cumpliendo el contrato tal como si no existieran irregularidades. En ambos supuestos se condena al sujeto por obrar deslealmente. Asimismo, la "buena fe solidaria" se manifiesta a través de los deberes de dar aviso, suministrar información, colaboración o cooperación y la obligación de salvaguarda del interés ajeno. Esta crea obligaciones de obrar en beneficio de la otra parte para evitarle perjuicios que no causó. Se denomina "buena fe del buen samaritano". Se condena al sujeto por no obrar solidariamente. Las tres especies de buena fe se distinguen porque la buena fe del buen samaritano se expresa mediante los deberes activos de cooperación o colaboración que benefician a la otra parte en la ejecución del contrato, mientras que en las actividades desleales u obstruccionistas o de tolerancia, no se exigen conductas activas destinadas a tutelar el interés de la otra parte. Nota de contenido: Introducción. -- El sabotaje contractual. -- La tolerancia del acreedor. -- Comportamientos activos en el interés de la otra parte. -- La buena fe solidaria. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26761 [artículo] Gamarra, Jorge (2010). Buena fe contractual. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 397-408.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 397-408
Clasificación: CONTRATOS Resumen: Se analizan distintas especies de buena fe. El "sabotaje contractual" atiende a los comportamientos omisivos y de obstrucción en los cuales el sujeto obra con deslealtad, en su interés y con perjuicio de la contraparte. Surge así la siguiente máxima: la buena fe excluye que las partes contratantes pueden ejercer sus poderes de un modo formalmente lícito pero sustancialmente desleal. Otro comportamiento que combate la buena fe es el de la conducta de tolencia asumida por un contratante que recibe una prestación inexacta o deforme y continúa cumpliendo el contrato tal como si no existieran irregularidades. En ambos supuestos se condena al sujeto por obrar deslealmente. Asimismo, la "buena fe solidaria" se manifiesta a través de los deberes de dar aviso, suministrar información, colaboración o cooperación y la obligación de salvaguarda del interés ajeno. Esta crea obligaciones de obrar en beneficio de la otra parte para evitarle perjuicios que no causó. Se denomina "buena fe del buen samaritano". Se condena al sujeto por no obrar solidariamente. Las tres especies de buena fe se distinguen porque la buena fe del buen samaritano se expresa mediante los deberes activos de cooperación o colaboración que benefician a la otra parte en la ejecución del contrato, mientras que en las actividades desleales u obstruccionistas o de tolerancia, no se exigen conductas activas destinadas a tutelar el interés de la otra parte. Nota de contenido: Introducción. -- El sabotaje contractual. -- La tolerancia del acreedor. -- Comportamientos activos en el interés de la otra parte. -- La buena fe solidaria. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26761 La objeción de conciencia en la Ley nº 18.473, sobre voluntad anticipada / González Merlano, Gabriel en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La objeción de conciencia en la Ley nº 18.473, sobre voluntad anticipada Tipo de documento: texto impreso Autores: González Merlano, Gabriel, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 409-424 Idioma : Español (spa) Clasificación: VOLUNTAD ANTICIPADA / OBJECION DE CONCIENCIA Resumen: El objetivo de este trabajo es realizar un análisis sobre la objeción de conciencia prevista en la Ley nº 18.473, sobre Voluntad Anticipada. Para ello, pretendemos definir el alcance de este instituto jurídico de la objeción de conciencia, expresión de las convicciones íntimas de la persona. Creemos interesante la presencia de este instituto en la referida ley, debido a que en nuestro ordenamiento jurídico, a diferencia de lo que acontece en el derecho comparado, la objeción de conciencia, en sus diferentes campos, ha sido casi ignorada. El incumplimiento frente al deber jurídico, en cuanto rechazo a la conducta exigida - dar, hacer o no hacer-, encuentra en la invocación a la conciencia su justificativo para no hacer efectiva la obediencia a la norma. No constituye, sin embargo, un recurso que tiene como fin contravenir el orden jurídico, sino un instrumento que garantiza el respecto a los derechos fundamentales. Nota de contenido: Objeción de conciencia y Libertad de conciencia. -- La Objeción de conciencia en el ordenamiento jurídico uruguayo. -- La objeción de conciencia: definición, tipos y límites. -- Antecedentes a la Ley sobre Voluntad Anticipada. -- -Del Proyecto a la Ley de Voluntad Anticipada. La objeción de conciencia. -- A modo de conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26762
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 409-424[artículo] La objeción de conciencia en la Ley nº 18.473, sobre voluntad anticipada [texto impreso] / González Merlano, Gabriel, Autor . - 2010 . - p. 409-424.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 409-424
Clasificación: VOLUNTAD ANTICIPADA / OBJECION DE CONCIENCIA Resumen: El objetivo de este trabajo es realizar un análisis sobre la objeción de conciencia prevista en la Ley nº 18.473, sobre Voluntad Anticipada. Para ello, pretendemos definir el alcance de este instituto jurídico de la objeción de conciencia, expresión de las convicciones íntimas de la persona. Creemos interesante la presencia de este instituto en la referida ley, debido a que en nuestro ordenamiento jurídico, a diferencia de lo que acontece en el derecho comparado, la objeción de conciencia, en sus diferentes campos, ha sido casi ignorada. El incumplimiento frente al deber jurídico, en cuanto rechazo a la conducta exigida - dar, hacer o no hacer-, encuentra en la invocación a la conciencia su justificativo para no hacer efectiva la obediencia a la norma. No constituye, sin embargo, un recurso que tiene como fin contravenir el orden jurídico, sino un instrumento que garantiza el respecto a los derechos fundamentales. Nota de contenido: Objeción de conciencia y Libertad de conciencia. -- La Objeción de conciencia en el ordenamiento jurídico uruguayo. -- La objeción de conciencia: definición, tipos y límites. -- Antecedentes a la Ley sobre Voluntad Anticipada. -- -Del Proyecto a la Ley de Voluntad Anticipada. La objeción de conciencia. -- A modo de conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26762 [artículo] González Merlano, Gabriel (2010). La objeción de conciencia en la Ley nº 18.473, sobre voluntad anticipada. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 409-424.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 409-424
Clasificación: VOLUNTAD ANTICIPADA / OBJECION DE CONCIENCIA Resumen: El objetivo de este trabajo es realizar un análisis sobre la objeción de conciencia prevista en la Ley nº 18.473, sobre Voluntad Anticipada. Para ello, pretendemos definir el alcance de este instituto jurídico de la objeción de conciencia, expresión de las convicciones íntimas de la persona. Creemos interesante la presencia de este instituto en la referida ley, debido a que en nuestro ordenamiento jurídico, a diferencia de lo que acontece en el derecho comparado, la objeción de conciencia, en sus diferentes campos, ha sido casi ignorada. El incumplimiento frente al deber jurídico, en cuanto rechazo a la conducta exigida - dar, hacer o no hacer-, encuentra en la invocación a la conciencia su justificativo para no hacer efectiva la obediencia a la norma. No constituye, sin embargo, un recurso que tiene como fin contravenir el orden jurídico, sino un instrumento que garantiza el respecto a los derechos fundamentales. Nota de contenido: Objeción de conciencia y Libertad de conciencia. -- La Objeción de conciencia en el ordenamiento jurídico uruguayo. -- La objeción de conciencia: definición, tipos y límites. -- Antecedentes a la Ley sobre Voluntad Anticipada. -- -Del Proyecto a la Ley de Voluntad Anticipada. La objeción de conciencia. -- A modo de conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26762 Informe para la reforma del Código Civil Argentino en materia de contratos conexos / Carlos A. Hernández en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Informe para la reforma del Código Civil Argentino en materia de contratos conexos Tipo de documento: texto impreso Autores: Carlos A. Hernández, Autor ; Sebastián Picasso, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 425-440 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONTRATOS CONEXOS Nota de contenido: Introducción al tema. -- De la autonomía o independencia de los contratos a las redes y cadenas negociales. -- Efectos de la conexidad. -- Antecedentes normativos relevantes en la materia. -- Conclusiones: bases para una regulación de los contratos conexos en el Código Civil argentino. -- Las normas proyectadas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26763
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 425-440[artículo] Informe para la reforma del Código Civil Argentino en materia de contratos conexos [texto impreso] / Carlos A. Hernández, Autor ; Sebastián Picasso, Autor . - 2010 . - p. 425-440.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 425-440
Clasificación: CONTRATOS CONEXOS Nota de contenido: Introducción al tema. -- De la autonomía o independencia de los contratos a las redes y cadenas negociales. -- Efectos de la conexidad. -- Antecedentes normativos relevantes en la materia. -- Conclusiones: bases para una regulación de los contratos conexos en el Código Civil argentino. -- Las normas proyectadas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26763 [artículo] Hernández, Carlos A. (2010). Informe para la reforma del Código Civil Argentino en materia de contratos conexos. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 425-440.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 425-440
Clasificación: CONTRATOS CONEXOS Nota de contenido: Introducción al tema. -- De la autonomía o independencia de los contratos a las redes y cadenas negociales. -- Efectos de la conexidad. -- Antecedentes normativos relevantes en la materia. -- Conclusiones: bases para una regulación de los contratos conexos en el Código Civil argentino. -- Las normas proyectadas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26763 Enajenación de automotores - Régimen vigente - Derecho Positivo uruguayo / Sconfienza Pérez, Roberto en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Enajenación de automotores - Régimen vigente - Derecho Positivo uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Sconfienza Pérez, Roberto, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 441-470 Idioma : Español (spa) Clasificación: AUTOMOTORES / PUBLICIDAD REGISTRAL Resumen: El contrato de compraventa de vehículos automotores es un negocio consensual, la yuxtaposición funcional del título más el modo darán como consecuencia necesaria de ser el tradens dueño, la mutación dominal derivada, la enajenación podrá tener carácter oneroso (compraventa, permuta, renta vitalicia (negocio solemne), cesión de derechos posesorios a título oneroso) o no (donación) el Registro sigue el denominado tracto sucesivo, pero existe una atenuación a dicho principio en la materia, previa por la R/08 de la DGR. (cesión de derechos posesorios) La "promesa atípica" de enajenación de automotor es un contrato definitivo y no preliminar. Los plazos de caducidad respecto de los vicios redhibitorios, así como la responsabilidad por falta de calidad de la cosa, serán distintos según se aplique al caso concreto el CC o la ley 17.250. Nota de contenido: Presentación. -- Título y modo. -- La enajenación. -- Concepto de automotor. -- La evolución del negocio jurídico traslativo en la materia en el Uruguay. -- Régimen actual. -- Prescripción en Sede Administrativa (Registral). -- Función actual del Registro de Automotores y efectos de la inscripción de la enajenación. -- La prioridad registral. -- La registración y transferencia municipal. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26765
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 441-470[artículo] Enajenación de automotores - Régimen vigente - Derecho Positivo uruguayo [texto impreso] / Sconfienza Pérez, Roberto, Autor . - 2010 . - p. 441-470.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 441-470
Clasificación: AUTOMOTORES / PUBLICIDAD REGISTRAL Resumen: El contrato de compraventa de vehículos automotores es un negocio consensual, la yuxtaposición funcional del título más el modo darán como consecuencia necesaria de ser el tradens dueño, la mutación dominal derivada, la enajenación podrá tener carácter oneroso (compraventa, permuta, renta vitalicia (negocio solemne), cesión de derechos posesorios a título oneroso) o no (donación) el Registro sigue el denominado tracto sucesivo, pero existe una atenuación a dicho principio en la materia, previa por la R/08 de la DGR. (cesión de derechos posesorios) La "promesa atípica" de enajenación de automotor es un contrato definitivo y no preliminar. Los plazos de caducidad respecto de los vicios redhibitorios, así como la responsabilidad por falta de calidad de la cosa, serán distintos según se aplique al caso concreto el CC o la ley 17.250. Nota de contenido: Presentación. -- Título y modo. -- La enajenación. -- Concepto de automotor. -- La evolución del negocio jurídico traslativo en la materia en el Uruguay. -- Régimen actual. -- Prescripción en Sede Administrativa (Registral). -- Función actual del Registro de Automotores y efectos de la inscripción de la enajenación. -- La prioridad registral. -- La registración y transferencia municipal. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26765 [artículo] Sconfienza Pérez, Roberto (2010). Enajenación de automotores - Régimen vigente - Derecho Positivo uruguayo. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 441-470.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 441-470
Clasificación: AUTOMOTORES / PUBLICIDAD REGISTRAL Resumen: El contrato de compraventa de vehículos automotores es un negocio consensual, la yuxtaposición funcional del título más el modo darán como consecuencia necesaria de ser el tradens dueño, la mutación dominal derivada, la enajenación podrá tener carácter oneroso (compraventa, permuta, renta vitalicia (negocio solemne), cesión de derechos posesorios a título oneroso) o no (donación) el Registro sigue el denominado tracto sucesivo, pero existe una atenuación a dicho principio en la materia, previa por la R/08 de la DGR. (cesión de derechos posesorios) La "promesa atípica" de enajenación de automotor es un contrato definitivo y no preliminar. Los plazos de caducidad respecto de los vicios redhibitorios, así como la responsabilidad por falta de calidad de la cosa, serán distintos según se aplique al caso concreto el CC o la ley 17.250. Nota de contenido: Presentación. -- Título y modo. -- La enajenación. -- Concepto de automotor. -- La evolución del negocio jurídico traslativo en la materia en el Uruguay. -- Régimen actual. -- Prescripción en Sede Administrativa (Registral). -- Función actual del Registro de Automotores y efectos de la inscripción de la enajenación. -- La prioridad registral. -- La registración y transferencia municipal. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26765 La profesionalización del administrador en materia de propiedad horizontal / Smayevsky, Miriam en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La profesionalización del administrador en materia de propiedad horizontal Tipo de documento: texto impreso Autores: Smayevsky, Miriam, Autor ; Penna, Marcela Adriana, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 471-482 Idioma : Español (spa) Clasificación: PROPIEDAD HORIZONTAL / ADMINISTRADOR (P. HORIZONTAL) Resumen: El objetivo del trabajo se dirige hacia mejorar el desenvolvimiento de la propiedad horizontal, evitando los múltiples conflictos que en su devenir se suscitan, profesionalizando la figura del administrador. En tal sentido será necesario modificar o sancionar una ley de fondo que legisle sobre el instituto con exigencias y requerimientos personales y técnicos de tal manera que el gerenciamiento sea de la más alta eficiencia y calidad. Nota de contenido: El rol del administrador. -- La legislación argentina. -- Disposiciones del gobierno de la ciudad de Buenos Aires. -- La situación legal en la República Oriental del Uruguay. -- Como final. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26768
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 471-482[artículo] La profesionalización del administrador en materia de propiedad horizontal [texto impreso] / Smayevsky, Miriam, Autor ; Penna, Marcela Adriana, Autor . - 2010 . - p. 471-482.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 471-482
Clasificación: PROPIEDAD HORIZONTAL / ADMINISTRADOR (P. HORIZONTAL) Resumen: El objetivo del trabajo se dirige hacia mejorar el desenvolvimiento de la propiedad horizontal, evitando los múltiples conflictos que en su devenir se suscitan, profesionalizando la figura del administrador. En tal sentido será necesario modificar o sancionar una ley de fondo que legisle sobre el instituto con exigencias y requerimientos personales y técnicos de tal manera que el gerenciamiento sea de la más alta eficiencia y calidad. Nota de contenido: El rol del administrador. -- La legislación argentina. -- Disposiciones del gobierno de la ciudad de Buenos Aires. -- La situación legal en la República Oriental del Uruguay. -- Como final. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26768 [artículo] Smayevsky, Miriam (2010). La profesionalización del administrador en materia de propiedad horizontal. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 471-482.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 471-482
Clasificación: PROPIEDAD HORIZONTAL / ADMINISTRADOR (P. HORIZONTAL) Resumen: El objetivo del trabajo se dirige hacia mejorar el desenvolvimiento de la propiedad horizontal, evitando los múltiples conflictos que en su devenir se suscitan, profesionalizando la figura del administrador. En tal sentido será necesario modificar o sancionar una ley de fondo que legisle sobre el instituto con exigencias y requerimientos personales y técnicos de tal manera que el gerenciamiento sea de la más alta eficiencia y calidad. Nota de contenido: El rol del administrador. -- La legislación argentina. -- Disposiciones del gobierno de la ciudad de Buenos Aires. -- La situación legal en la República Oriental del Uruguay. -- Como final. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26768 Un fallo como pincel para colorear un río / Heber Arbuet Vignali en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Un fallo como pincel para colorear un río : caso de las fábricas de celulosa sobre el Río Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Heber Arbuet Vignali, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 485-522 Idioma : Español (spa) Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑO AMBIENTAL Resumen: El objeto de este artículo consiste en analizar el fallo de la Corte Internacional de Justicia en el Caso nº 135 de las fábricas de pasta de celulosa sobre el río Uruguay, entre Argentina y Uruguay, dictado el 20 de abril de 2010. Se preocura demostrar que el fallo, aunque jurídicamente inobjetable, resulta conservador el atender solamente a los problemas de la modernidad, sin atreverse a encarar los desafíos de la civilización posmoderna. Se procura también un prolijo análisis jurídico del fallo, parágrafo por parágrafo, y demostrar que el mismo deja en evidencia lo arriesgada y poco fundada de las pretensiones argentinas y la preocupación que origina la falta de cooperación regional para enfrentar los desafíos crea la posmodernidad en materia de protección ambiental. Nota de contenido: Reflexiones jurídicas y socio-políticas previas. -- Los antecedentes socio-politicos. -- Análisis critico del fallo. -- Análisis jurídico del fallo. -- Conclusiones finales y fallo (267 a 282). -- Las opiniones disidentes o individuales y declaraciones. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26775
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 485-522[artículo] Un fallo como pincel para colorear un río : caso de las fábricas de celulosa sobre el Río Uruguay [texto impreso] / Heber Arbuet Vignali, Autor . - 2010 . - p. 485-522.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 485-522
Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑO AMBIENTAL Resumen: El objeto de este artículo consiste en analizar el fallo de la Corte Internacional de Justicia en el Caso nº 135 de las fábricas de pasta de celulosa sobre el río Uruguay, entre Argentina y Uruguay, dictado el 20 de abril de 2010. Se preocura demostrar que el fallo, aunque jurídicamente inobjetable, resulta conservador el atender solamente a los problemas de la modernidad, sin atreverse a encarar los desafíos de la civilización posmoderna. Se procura también un prolijo análisis jurídico del fallo, parágrafo por parágrafo, y demostrar que el mismo deja en evidencia lo arriesgada y poco fundada de las pretensiones argentinas y la preocupación que origina la falta de cooperación regional para enfrentar los desafíos crea la posmodernidad en materia de protección ambiental. Nota de contenido: Reflexiones jurídicas y socio-políticas previas. -- Los antecedentes socio-politicos. -- Análisis critico del fallo. -- Análisis jurídico del fallo. -- Conclusiones finales y fallo (267 a 282). -- Las opiniones disidentes o individuales y declaraciones. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26775 [artículo] Arbuet Vignali, Heber (2010). Un fallo como pincel para colorear un río : caso de las fábricas de celulosa sobre el Río Uruguay. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 485-522.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 485-522
Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑO AMBIENTAL Resumen: El objeto de este artículo consiste en analizar el fallo de la Corte Internacional de Justicia en el Caso nº 135 de las fábricas de pasta de celulosa sobre el río Uruguay, entre Argentina y Uruguay, dictado el 20 de abril de 2010. Se preocura demostrar que el fallo, aunque jurídicamente inobjetable, resulta conservador el atender solamente a los problemas de la modernidad, sin atreverse a encarar los desafíos de la civilización posmoderna. Se procura también un prolijo análisis jurídico del fallo, parágrafo por parágrafo, y demostrar que el mismo deja en evidencia lo arriesgada y poco fundada de las pretensiones argentinas y la preocupación que origina la falta de cooperación regional para enfrentar los desafíos crea la posmodernidad en materia de protección ambiental. Nota de contenido: Reflexiones jurídicas y socio-políticas previas. -- Los antecedentes socio-politicos. -- Análisis critico del fallo. -- Análisis jurídico del fallo. -- Conclusiones finales y fallo (267 a 282). -- Las opiniones disidentes o individuales y declaraciones. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26775 El daño moral en el transporte aéreo frente al derecho interno y los convenios internacionales / Roxana Corbran Rizzo en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : El daño moral en el transporte aéreo frente al derecho interno y los convenios internacionales Tipo de documento: texto impreso Autores: Roxana Corbran Rizzo, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 523-545 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑO MORAL / TRANSPORTE AÉREO / RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / ACUERDOS INTERNACIONALES Resumen: El presente trabajo se refiere a las situaciones que configuran daño moral en el trasporte aéreo en especial en el ámbito internacional. Destacándose la especial relevancia de la primacía del derecho internacional sobre el interno ante las eventuales situaciones que se planteen. Nota de contenido: Daño moral en el transporte aéreo. -- Los Convenios Internacionales. -- Primacía de los Convenios Internacionales sobre el Derecho Interno. -- Derecho Interno. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26776
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 523-545[artículo] El daño moral en el transporte aéreo frente al derecho interno y los convenios internacionales [texto impreso] / Roxana Corbran Rizzo, Autor . - 2010 . - p. 523-545.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 523-545
Clasificación: DAÑO MORAL / TRANSPORTE AÉREO / RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / ACUERDOS INTERNACIONALES Resumen: El presente trabajo se refiere a las situaciones que configuran daño moral en el trasporte aéreo en especial en el ámbito internacional. Destacándose la especial relevancia de la primacía del derecho internacional sobre el interno ante las eventuales situaciones que se planteen. Nota de contenido: Daño moral en el transporte aéreo. -- Los Convenios Internacionales. -- Primacía de los Convenios Internacionales sobre el Derecho Interno. -- Derecho Interno. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26776 [artículo] Corbran Rizzo, Roxana (2010). El daño moral en el transporte aéreo frente al derecho interno y los convenios internacionales. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 523-545.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 523-545
Clasificación: DAÑO MORAL / TRANSPORTE AÉREO / RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / ACUERDOS INTERNACIONALES Resumen: El presente trabajo se refiere a las situaciones que configuran daño moral en el trasporte aéreo en especial en el ámbito internacional. Destacándose la especial relevancia de la primacía del derecho internacional sobre el interno ante las eventuales situaciones que se planteen. Nota de contenido: Daño moral en el transporte aéreo. -- Los Convenios Internacionales. -- Primacía de los Convenios Internacionales sobre el Derecho Interno. -- Derecho Interno. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26776 La legitimación en los daños masivos en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La legitimación en los daños masivos Tipo de documento: texto impreso Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 547-584 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑOS / LEGITIMACIÓN ACTIVA / INTERÉS DIFUSO / DEBIDO PROCESO Resumen: Los procesos colectivos se instalaron como una necesidad fundamental, de la proteger los nuevos derechos, no como una herramienta de economía procesal, sino como la forma específica de proveer a la tutela jurisdiccional de derechos especiales, que de otro modo carecerían de posibilidades relevantes de efectividad. Suele creerse que, en general, el sistema de acciones de clase funciona exclusivamente para litigar el resarcimiento de daños masivos, lo cual es completamente errado, en tanto estos procesos también son utilizables para el mismo tipo de finalidad con que ha sido concebido el amparo colectivo argentino. De hecho, el célebre caso "Brown v. Board of Education" de segregación racial en las escuela públicas, que constituyó una piedra angular de uno de los grandes cambios sociales y constitucionales de los Estados Unidos y uno de los precedentes más influyentes de la historia constitucional comparada fue una class action. En lo que refiere específicamente al tema de la legislación se usa habitualmente como una herramienta para no resolver la cuestión de fondoinvolucrada en el asunto, o para evitar resolver casos difíciles. La legitimación no puede ser denegada simplemente porque mucha gente sufre el mismo perjuicio. Nota de contenido: Introducción. -- Origen y finalidad de las acciones colectivas. -- Definiciones. -- La legitimación individual y la legitimación colectiva. -- Nueva interpretación sobre los derechos de incidencia colectiva. -- Caracterización de un caso colectivo. -- Las combinaciones de los elementos. -- El debido proceso y el acceso a la justicia. -- Las acciones colectivas como herramientas de acceso a la justicia. -- Legitimación para accionar en los procesos colectivos. -- La legislación en el derecho argentino. -- Las asociaciones y otras organizaciones. -- La legitimación en las asociaciones. -- Requisitos en EEUU. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26777
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 547-584[artículo] La legitimación en los daños masivos [texto impreso] . - 2010 . - p. 547-584.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 547-584
Clasificación: DAÑOS / LEGITIMACIÓN ACTIVA / INTERÉS DIFUSO / DEBIDO PROCESO Resumen: Los procesos colectivos se instalaron como una necesidad fundamental, de la proteger los nuevos derechos, no como una herramienta de economía procesal, sino como la forma específica de proveer a la tutela jurisdiccional de derechos especiales, que de otro modo carecerían de posibilidades relevantes de efectividad. Suele creerse que, en general, el sistema de acciones de clase funciona exclusivamente para litigar el resarcimiento de daños masivos, lo cual es completamente errado, en tanto estos procesos también son utilizables para el mismo tipo de finalidad con que ha sido concebido el amparo colectivo argentino. De hecho, el célebre caso "Brown v. Board of Education" de segregación racial en las escuela públicas, que constituyó una piedra angular de uno de los grandes cambios sociales y constitucionales de los Estados Unidos y uno de los precedentes más influyentes de la historia constitucional comparada fue una class action. En lo que refiere específicamente al tema de la legislación se usa habitualmente como una herramienta para no resolver la cuestión de fondoinvolucrada en el asunto, o para evitar resolver casos difíciles. La legitimación no puede ser denegada simplemente porque mucha gente sufre el mismo perjuicio. Nota de contenido: Introducción. -- Origen y finalidad de las acciones colectivas. -- Definiciones. -- La legitimación individual y la legitimación colectiva. -- Nueva interpretación sobre los derechos de incidencia colectiva. -- Caracterización de un caso colectivo. -- Las combinaciones de los elementos. -- El debido proceso y el acceso a la justicia. -- Las acciones colectivas como herramientas de acceso a la justicia. -- Legitimación para accionar en los procesos colectivos. -- La legislación en el derecho argentino. -- Las asociaciones y otras organizaciones. -- La legitimación en las asociaciones. -- Requisitos en EEUU. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26777 [artículo] La legitimación en los daños masivos. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 547-584.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 547-584
Clasificación: DAÑOS / LEGITIMACIÓN ACTIVA / INTERÉS DIFUSO / DEBIDO PROCESO Resumen: Los procesos colectivos se instalaron como una necesidad fundamental, de la proteger los nuevos derechos, no como una herramienta de economía procesal, sino como la forma específica de proveer a la tutela jurisdiccional de derechos especiales, que de otro modo carecerían de posibilidades relevantes de efectividad. Suele creerse que, en general, el sistema de acciones de clase funciona exclusivamente para litigar el resarcimiento de daños masivos, lo cual es completamente errado, en tanto estos procesos también son utilizables para el mismo tipo de finalidad con que ha sido concebido el amparo colectivo argentino. De hecho, el célebre caso "Brown v. Board of Education" de segregación racial en las escuela públicas, que constituyó una piedra angular de uno de los grandes cambios sociales y constitucionales de los Estados Unidos y uno de los precedentes más influyentes de la historia constitucional comparada fue una class action. En lo que refiere específicamente al tema de la legislación se usa habitualmente como una herramienta para no resolver la cuestión de fondoinvolucrada en el asunto, o para evitar resolver casos difíciles. La legitimación no puede ser denegada simplemente porque mucha gente sufre el mismo perjuicio. Nota de contenido: Introducción. -- Origen y finalidad de las acciones colectivas. -- Definiciones. -- La legitimación individual y la legitimación colectiva. -- Nueva interpretación sobre los derechos de incidencia colectiva. -- Caracterización de un caso colectivo. -- Las combinaciones de los elementos. -- El debido proceso y el acceso a la justicia. -- Las acciones colectivas como herramientas de acceso a la justicia. -- Legitimación para accionar en los procesos colectivos. -- La legislación en el derecho argentino. -- Las asociaciones y otras organizaciones. -- La legitimación en las asociaciones. -- Requisitos en EEUU. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26777 Los daños masivos, el proceso colectivo y la causa "Halabi" / Jorge Mario Galdós en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Los daños masivos, el proceso colectivo y la causa "Halabi" Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Mario Galdós, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 585-611 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑOS / PROCESO Resumen: Creemos que la denominación más usual de proceso colectivo es más amplia y abarcadora que la de acciones colectivas porque involucra todas las etapas y problemas de tinte instrumental mientras que las acciones colectivas representan, más bien, la vía de apertura y acceso a la litigación masiva. Los daños masivos y el proceso colectivo (la faz sustancial y la procesal del mismo fenómeno), están interconectados por la actual clasificación tripartita de los derechos que se dividen en individuales homogéneos y colectivos. En "Halabi" la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina reafirma su rol de tribunal de garantías constitucionales cuando está en juego la privacidad, resolviendo la tensión constitucional entre los derechos y obligaciones consagrados en la Constitución y el conflicto "intimidad versus seguridad, inviolabilidad de la correspondencia versus avance tecnológico" acudiendo a varios principios y standards de interpretación consecuencias. El caso "Halabi" se erige en un señero antecedente, que ya comenzó a calar hondo en la jurisprudencia argentina, y aborda, al menos de modo conexo, los otros dos tópicos: los daños masivos y el proceso colectivo, temas éstos que -creemos- requerirán en el futuro preferente atención de los estudios del derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Los daños masivos y el proceso colectivo. -- Elproceso colectivo. Nociones conceptuales. Principios generales. El caso " Halabi". -- Cierre conclusivo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26778
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 585-611[artículo] Los daños masivos, el proceso colectivo y la causa "Halabi" [texto impreso] / Jorge Mario Galdós, Autor . - 2010 . - p. 585-611.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 585-611
Clasificación: DAÑOS / PROCESO Resumen: Creemos que la denominación más usual de proceso colectivo es más amplia y abarcadora que la de acciones colectivas porque involucra todas las etapas y problemas de tinte instrumental mientras que las acciones colectivas representan, más bien, la vía de apertura y acceso a la litigación masiva. Los daños masivos y el proceso colectivo (la faz sustancial y la procesal del mismo fenómeno), están interconectados por la actual clasificación tripartita de los derechos que se dividen en individuales homogéneos y colectivos. En "Halabi" la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina reafirma su rol de tribunal de garantías constitucionales cuando está en juego la privacidad, resolviendo la tensión constitucional entre los derechos y obligaciones consagrados en la Constitución y el conflicto "intimidad versus seguridad, inviolabilidad de la correspondencia versus avance tecnológico" acudiendo a varios principios y standards de interpretación consecuencias. El caso "Halabi" se erige en un señero antecedente, que ya comenzó a calar hondo en la jurisprudencia argentina, y aborda, al menos de modo conexo, los otros dos tópicos: los daños masivos y el proceso colectivo, temas éstos que -creemos- requerirán en el futuro preferente atención de los estudios del derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Los daños masivos y el proceso colectivo. -- Elproceso colectivo. Nociones conceptuales. Principios generales. El caso " Halabi". -- Cierre conclusivo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26778 [artículo] Galdós, Jorge Mario (2010). Los daños masivos, el proceso colectivo y la causa "Halabi". Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 585-611.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 585-611
Clasificación: DAÑOS / PROCESO Resumen: Creemos que la denominación más usual de proceso colectivo es más amplia y abarcadora que la de acciones colectivas porque involucra todas las etapas y problemas de tinte instrumental mientras que las acciones colectivas representan, más bien, la vía de apertura y acceso a la litigación masiva. Los daños masivos y el proceso colectivo (la faz sustancial y la procesal del mismo fenómeno), están interconectados por la actual clasificación tripartita de los derechos que se dividen en individuales homogéneos y colectivos. En "Halabi" la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina reafirma su rol de tribunal de garantías constitucionales cuando está en juego la privacidad, resolviendo la tensión constitucional entre los derechos y obligaciones consagrados en la Constitución y el conflicto "intimidad versus seguridad, inviolabilidad de la correspondencia versus avance tecnológico" acudiendo a varios principios y standards de interpretación consecuencias. El caso "Halabi" se erige en un señero antecedente, que ya comenzó a calar hondo en la jurisprudencia argentina, y aborda, al menos de modo conexo, los otros dos tópicos: los daños masivos y el proceso colectivo, temas éstos que -creemos- requerirán en el futuro preferente atención de los estudios del derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Los daños masivos y el proceso colectivo. -- Elproceso colectivo. Nociones conceptuales. Principios generales. El caso " Halabi". -- Cierre conclusivo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26778 Una interpretación necesaria / García Ugolino, Pablo en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Una interpretación necesaria : control de la representatividad adecuada en el daño ambiental Tipo de documento: texto impreso Autores: García Ugolino, Pablo, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 613-631 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / INTERÉS DIFUSO Resumen: El proceso colectivo, herramienta fundamental para el reconocimiento judicial del derecho ambiental, constituye un cambio sustancial en el pensamiento procesal clásico, donde se reconfiguran elementos como la legitimación. Dentro de la legitimación procesal, la litis colectiva incorpora la figura de la representatividad adecuada, imprescindible para justificar el efecto erga omnes de la sentencia de condena colectiva. Esta representatividad adecuada adopta diferentes formas de control según el sistema procesal, con una multiplicidad de requisitos. El cumplimiento de éste, ante la ausencia de normativa especifica en nuestro país, será el objeto de análisis de este estudio. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de representatividad adecuada. -- Control de la representatividad. -- Limitaciones a la representatividad adecuada. -- Breves consideraciones acerca de la limitación. -- Conclusiones. --Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26781
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 613-631[artículo] Una interpretación necesaria : control de la representatividad adecuada en el daño ambiental [texto impreso] / García Ugolino, Pablo, Autor . - 2010 . - p. 613-631.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 613-631
Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / INTERÉS DIFUSO Resumen: El proceso colectivo, herramienta fundamental para el reconocimiento judicial del derecho ambiental, constituye un cambio sustancial en el pensamiento procesal clásico, donde se reconfiguran elementos como la legitimación. Dentro de la legitimación procesal, la litis colectiva incorpora la figura de la representatividad adecuada, imprescindible para justificar el efecto erga omnes de la sentencia de condena colectiva. Esta representatividad adecuada adopta diferentes formas de control según el sistema procesal, con una multiplicidad de requisitos. El cumplimiento de éste, ante la ausencia de normativa especifica en nuestro país, será el objeto de análisis de este estudio. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de representatividad adecuada. -- Control de la representatividad. -- Limitaciones a la representatividad adecuada. -- Breves consideraciones acerca de la limitación. -- Conclusiones. --Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26781 [artículo] García Ugolino, Pablo (2010). Una interpretación necesaria : control de la representatividad adecuada en el daño ambiental. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 613-631.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 613-631
Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / INTERÉS DIFUSO Resumen: El proceso colectivo, herramienta fundamental para el reconocimiento judicial del derecho ambiental, constituye un cambio sustancial en el pensamiento procesal clásico, donde se reconfiguran elementos como la legitimación. Dentro de la legitimación procesal, la litis colectiva incorpora la figura de la representatividad adecuada, imprescindible para justificar el efecto erga omnes de la sentencia de condena colectiva. Esta representatividad adecuada adopta diferentes formas de control según el sistema procesal, con una multiplicidad de requisitos. El cumplimiento de éste, ante la ausencia de normativa especifica en nuestro país, será el objeto de análisis de este estudio. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de representatividad adecuada. -- Control de la representatividad. -- Limitaciones a la representatividad adecuada. -- Breves consideraciones acerca de la limitación. -- Conclusiones. --Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26781 Responsabilidad por edificación en inmuebles / Ghersi, Carlos en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Responsabilidad por edificación en inmuebles : arquitectos e ingenieros Tipo de documento: texto impreso Autores: Ghersi, Carlos, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 633-648 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑO MORAL / VICIOS REDHIBITORIOS / CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS Resumen: La construcción de edificios determina la participación de distintos profesionales en diferentes roles y funciones, que convergen en que el resultado o su "finalidad" sea la total terminación y que la misma sea segura y habitable. Los defectos aparentes, los vicios ocultos y la ruina, son conceptos diferentes que dan lugar a acciones y reclamos también distintos. Debemos relacionar los defectos aparentes con dos variables: una objetiva y otra subjetiva. La objetiva, se trata de una situación jurídica de incumplimiento, por lo cual pueden presentarse dos alternativas: el incumplimiento absoluto o el incumplimiento relativo. La subjetiva trata de la calidad personal del receptor, es diferente si se trata de una persona lega o se trata de persona con conocimientos. En el caso de los vicios ocultos estamos en presencia del efecto cumplimiento y el ejercicio de una garantía legal. La diferencia sustancial es que estos vicios ocultos necesitan "manifestarse" para ser advertido por el receptor. Debemos diferenciar el error esencial en sustancia del bien o servicio, como vicio de la voluntad en la formación del consentimiento, y el error esencial como supuesto de incumplimiento. La constatación de los vicios ocultos hace funcionar la responsabilidad objetiva que da lugar a la rescisión del contrato o a la reducción del precio como contraprestación (quanti minoris). Constatado el vicio redhibitorio, simultáneamente con el daño económico puede producir un daño moral. Respecto a la ruina, el vicio redhibitorio no impide el uso y disfrute de la cosa en forma total, en cambio la ruina la torna de imposible uso y goce. La ley de defensa de los derechos del consumidor no abordó la temática relacionada con los vicios en la construcción, sin embargo esperamos una aplicación jurisprudencial no restrictiva y ejercida en el marco de la teleología del art. 1071 C.C. Los profesionales —en general— han querido absurdamente escindirse de la aplicación de la Ley de Derechos del Consumidor sin embargo cada día con mayor fuerza la jurisprudencia esta incluyéndolos. Nota de contenido: Introducción. -- Los defectos aparentes. -- Vicios ocultos. -- La naturaleza jurídica y las acciones por los vicios ocultos. -- El daño moral por vicios redhibitorios y cláusulas abusivas. -- Ruina de edificio : responsabilidad compleja. -- Los contratos de construcción y las relaciones de consumo. -- Los profesionales de la construcción : arquitectos e ingenieros. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26785
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 633-648[artículo] Responsabilidad por edificación en inmuebles : arquitectos e ingenieros [texto impreso] / Ghersi, Carlos, Autor . - 2010 . - p. 633-648.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 633-648
Clasificación: DAÑO MORAL / VICIOS REDHIBITORIOS / CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS Resumen: La construcción de edificios determina la participación de distintos profesionales en diferentes roles y funciones, que convergen en que el resultado o su "finalidad" sea la total terminación y que la misma sea segura y habitable. Los defectos aparentes, los vicios ocultos y la ruina, son conceptos diferentes que dan lugar a acciones y reclamos también distintos. Debemos relacionar los defectos aparentes con dos variables: una objetiva y otra subjetiva. La objetiva, se trata de una situación jurídica de incumplimiento, por lo cual pueden presentarse dos alternativas: el incumplimiento absoluto o el incumplimiento relativo. La subjetiva trata de la calidad personal del receptor, es diferente si se trata de una persona lega o se trata de persona con conocimientos. En el caso de los vicios ocultos estamos en presencia del efecto cumplimiento y el ejercicio de una garantía legal. La diferencia sustancial es que estos vicios ocultos necesitan "manifestarse" para ser advertido por el receptor. Debemos diferenciar el error esencial en sustancia del bien o servicio, como vicio de la voluntad en la formación del consentimiento, y el error esencial como supuesto de incumplimiento. La constatación de los vicios ocultos hace funcionar la responsabilidad objetiva que da lugar a la rescisión del contrato o a la reducción del precio como contraprestación (quanti minoris). Constatado el vicio redhibitorio, simultáneamente con el daño económico puede producir un daño moral. Respecto a la ruina, el vicio redhibitorio no impide el uso y disfrute de la cosa en forma total, en cambio la ruina la torna de imposible uso y goce. La ley de defensa de los derechos del consumidor no abordó la temática relacionada con los vicios en la construcción, sin embargo esperamos una aplicación jurisprudencial no restrictiva y ejercida en el marco de la teleología del art. 1071 C.C. Los profesionales —en general— han querido absurdamente escindirse de la aplicación de la Ley de Derechos del Consumidor sin embargo cada día con mayor fuerza la jurisprudencia esta incluyéndolos. Nota de contenido: Introducción. -- Los defectos aparentes. -- Vicios ocultos. -- La naturaleza jurídica y las acciones por los vicios ocultos. -- El daño moral por vicios redhibitorios y cláusulas abusivas. -- Ruina de edificio : responsabilidad compleja. -- Los contratos de construcción y las relaciones de consumo. -- Los profesionales de la construcción : arquitectos e ingenieros. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26785 [artículo] Ghersi, Carlos (2010). Responsabilidad por edificación en inmuebles : arquitectos e ingenieros. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 633-648.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 633-648
Clasificación: DAÑO MORAL / VICIOS REDHIBITORIOS / CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS Resumen: La construcción de edificios determina la participación de distintos profesionales en diferentes roles y funciones, que convergen en que el resultado o su "finalidad" sea la total terminación y que la misma sea segura y habitable. Los defectos aparentes, los vicios ocultos y la ruina, son conceptos diferentes que dan lugar a acciones y reclamos también distintos. Debemos relacionar los defectos aparentes con dos variables: una objetiva y otra subjetiva. La objetiva, se trata de una situación jurídica de incumplimiento, por lo cual pueden presentarse dos alternativas: el incumplimiento absoluto o el incumplimiento relativo. La subjetiva trata de la calidad personal del receptor, es diferente si se trata de una persona lega o se trata de persona con conocimientos. En el caso de los vicios ocultos estamos en presencia del efecto cumplimiento y el ejercicio de una garantía legal. La diferencia sustancial es que estos vicios ocultos necesitan "manifestarse" para ser advertido por el receptor. Debemos diferenciar el error esencial en sustancia del bien o servicio, como vicio de la voluntad en la formación del consentimiento, y el error esencial como supuesto de incumplimiento. La constatación de los vicios ocultos hace funcionar la responsabilidad objetiva que da lugar a la rescisión del contrato o a la reducción del precio como contraprestación (quanti minoris). Constatado el vicio redhibitorio, simultáneamente con el daño económico puede producir un daño moral. Respecto a la ruina, el vicio redhibitorio no impide el uso y disfrute de la cosa en forma total, en cambio la ruina la torna de imposible uso y goce. La ley de defensa de los derechos del consumidor no abordó la temática relacionada con los vicios en la construcción, sin embargo esperamos una aplicación jurisprudencial no restrictiva y ejercida en el marco de la teleología del art. 1071 C.C. Los profesionales —en general— han querido absurdamente escindirse de la aplicación de la Ley de Derechos del Consumidor sin embargo cada día con mayor fuerza la jurisprudencia esta incluyéndolos. Nota de contenido: Introducción. -- Los defectos aparentes. -- Vicios ocultos. -- La naturaleza jurídica y las acciones por los vicios ocultos. -- El daño moral por vicios redhibitorios y cláusulas abusivas. -- Ruina de edificio : responsabilidad compleja. -- Los contratos de construcción y las relaciones de consumo. -- Los profesionales de la construcción : arquitectos e ingenieros. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26785 Protección legal contra el ruido y la contaminación acústica / Néstor A Gutiérrez Cuña en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Protección legal contra el ruido y la contaminación acústica Tipo de documento: texto impreso Autores: Néstor A Gutiérrez Cuña (1974-), Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 649-693 Nota general: Si bien la contaminación acústica reconoce profundas raíces históricas, actualmente se encuentra exacerbada y genera una importante incidencia negativa para las personas y el medio ambiente. No obstante, existe regulación tanto en el plano internacional como nacional, de la cual es posible extraer soluciones que permitan no solo prevenir, sino también reparar los daños que se causan como consecuencia del ruido. El ruido es evitable o pasible de ser atenuado, y no existe una obligación de tolerancia hacia quienes contaminan el medio ambiente o invaden la privacidad de las personas. En relación a los daños generados por el ruido, ya sea a nivel de contaminación acústica general, o incluso a nivel individual, el sistema de responsabilidad civil tradicional consagrado en el Código Civil, ha resultado modificado por las normas destinadas a regular la problemática, básicamente en relación a la antijuridicidad y el factor de atribución. En base a ello, es posible ejercer el derecho a hacer cesar el ruido, y evidentemente, también a la corrección o reparación de todos los daños que el mismo provoque. Idioma : Español (spa) Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / CONTAMINACIÓN Resumen: Nota de contenido: Planteo del tema. -- La contaminación acústica como forma de afectación del medio ambiente. Evolución sobre la protección contra tal forma de inmisión. Panorama general sobre su protección nacional e internacional. -- Historia. -- Evolución. Situación actual. -- El medio ambiente y la contaminación acústica a nivel nacional. -- El ruido y sus efectos. -- Ámbito de aplicación de la Ley nº 17.852. Ámbito privado y contaminación acústica. -- Ruido y prevención del daño. Fundamentos para el ejercicio de la función preventiva. -- Ruido y reparación de los daños que ocasiona. Funciones correctiva y reparatoria. Análisis de los elementos de la reparación por daños ocasionados por ruidos. -- Tolerancia del ruido. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26787
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 649-693[artículo] Protección legal contra el ruido y la contaminación acústica [texto impreso] / Néstor A Gutiérrez Cuña (1974-), Autor . - 2010 . - p. 649-693.
Si bien la contaminación acústica reconoce profundas raíces históricas, actualmente se encuentra exacerbada y genera una importante incidencia negativa para las personas y el medio ambiente. No obstante, existe regulación tanto en el plano internacional como nacional, de la cual es posible extraer soluciones que permitan no solo prevenir, sino también reparar los daños que se causan como consecuencia del ruido. El ruido es evitable o pasible de ser atenuado, y no existe una obligación de tolerancia hacia quienes contaminan el medio ambiente o invaden la privacidad de las personas. En relación a los daños generados por el ruido, ya sea a nivel de contaminación acústica general, o incluso a nivel individual, el sistema de responsabilidad civil tradicional consagrado en el Código Civil, ha resultado modificado por las normas destinadas a regular la problemática, básicamente en relación a la antijuridicidad y el factor de atribución. En base a ello, es posible ejercer el derecho a hacer cesar el ruido, y evidentemente, también a la corrección o reparación de todos los daños que el mismo provoque.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 649-693
Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / CONTAMINACIÓN Resumen: Nota de contenido: Planteo del tema. -- La contaminación acústica como forma de afectación del medio ambiente. Evolución sobre la protección contra tal forma de inmisión. Panorama general sobre su protección nacional e internacional. -- Historia. -- Evolución. Situación actual. -- El medio ambiente y la contaminación acústica a nivel nacional. -- El ruido y sus efectos. -- Ámbito de aplicación de la Ley nº 17.852. Ámbito privado y contaminación acústica. -- Ruido y prevención del daño. Fundamentos para el ejercicio de la función preventiva. -- Ruido y reparación de los daños que ocasiona. Funciones correctiva y reparatoria. Análisis de los elementos de la reparación por daños ocasionados por ruidos. -- Tolerancia del ruido. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26787 [artículo] Gutiérrez Cuña, Néstor A (2010). Protección legal contra el ruido y la contaminación acústica. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 649-693.
Si bien la contaminación acústica reconoce profundas raíces históricas, actualmente se encuentra exacerbada y genera una importante incidencia negativa para las personas y el medio ambiente. No obstante, existe regulación tanto en el plano internacional como nacional, de la cual es posible extraer soluciones que permitan no solo prevenir, sino también reparar los daños que se causan como consecuencia del ruido. El ruido es evitable o pasible de ser atenuado, y no existe una obligación de tolerancia hacia quienes contaminan el medio ambiente o invaden la privacidad de las personas. En relación a los daños generados por el ruido, ya sea a nivel de contaminación acústica general, o incluso a nivel individual, el sistema de responsabilidad civil tradicional consagrado en el Código Civil, ha resultado modificado por las normas destinadas a regular la problemática, básicamente en relación a la antijuridicidad y el factor de atribución. En base a ello, es posible ejercer el derecho a hacer cesar el ruido, y evidentemente, también a la corrección o reparación de todos los daños que el mismo provoque.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 649-693
Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / CONTAMINACIÓN Resumen: Nota de contenido: Planteo del tema. -- La contaminación acústica como forma de afectación del medio ambiente. Evolución sobre la protección contra tal forma de inmisión. Panorama general sobre su protección nacional e internacional. -- Historia. -- Evolución. Situación actual. -- El medio ambiente y la contaminación acústica a nivel nacional. -- El ruido y sus efectos. -- Ámbito de aplicación de la Ley nº 17.852. Ámbito privado y contaminación acústica. -- Ruido y prevención del daño. Fundamentos para el ejercicio de la función preventiva. -- Ruido y reparación de los daños que ocasiona. Funciones correctiva y reparatoria. Análisis de los elementos de la reparación por daños ocasionados por ruidos. -- Tolerancia del ruido. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26787 Viabilidad del proceso colectivo en tutela de daños masivos / Machado Laborda, Gabiela en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Viabilidad del proceso colectivo en tutela de daños masivos Tipo de documento: texto impreso Autores: Machado Laborda, Gabiela, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 695-711 Idioma : Español (spa) Resumen: En la responsabilidad colectiva el papel del hombre individual pierde importancia frente al grupo que integra. El daño padecido por un sujeto puede no ser relevante y no ameritar un reclamo individual, pero sí lo será unido a un grupo de personas, que al igual que él, padecieron los mismos daños, es decir que existe causa fáctica común, que habilita el reclamo colectivo, pues, los grupos son más fuertes que el individuo. El grupo se presenta como un vehículo para canalizar la realización y salvaguarda de los valores e intereses en que está comprometida la persona humana. Aunque no existe precepto legal en nuestro Código Civil que imponga responsabilidad por daños masivos, es viable imputar responsabilidad por los mismos. Ese presunto vacío legal no es óbice para que los jueces arbitren las medidas apropiadas y oportunas para una tutela efectiva de los derechos constitucionales que se aducen vulnerados. Nota de contenido: Introducción. -- Derechos de incidencia colectiva. -- Daño colectivo. -- Caracteres tipificantes del daño colectivo. -- Proceso colectivo. -- La acción de clase (Class Actions). -- Conclusión. -- Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26788
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 695-711[artículo] Viabilidad del proceso colectivo en tutela de daños masivos [texto impreso] / Machado Laborda, Gabiela, Autor . - 2010 . - p. 695-711.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 695-711
Resumen: En la responsabilidad colectiva el papel del hombre individual pierde importancia frente al grupo que integra. El daño padecido por un sujeto puede no ser relevante y no ameritar un reclamo individual, pero sí lo será unido a un grupo de personas, que al igual que él, padecieron los mismos daños, es decir que existe causa fáctica común, que habilita el reclamo colectivo, pues, los grupos son más fuertes que el individuo. El grupo se presenta como un vehículo para canalizar la realización y salvaguarda de los valores e intereses en que está comprometida la persona humana. Aunque no existe precepto legal en nuestro Código Civil que imponga responsabilidad por daños masivos, es viable imputar responsabilidad por los mismos. Ese presunto vacío legal no es óbice para que los jueces arbitren las medidas apropiadas y oportunas para una tutela efectiva de los derechos constitucionales que se aducen vulnerados. Nota de contenido: Introducción. -- Derechos de incidencia colectiva. -- Daño colectivo. -- Caracteres tipificantes del daño colectivo. -- Proceso colectivo. -- La acción de clase (Class Actions). -- Conclusión. -- Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26788 [artículo] Machado Laborda, Gabiela (2010). Viabilidad del proceso colectivo en tutela de daños masivos. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 695-711.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 695-711
Resumen: En la responsabilidad colectiva el papel del hombre individual pierde importancia frente al grupo que integra. El daño padecido por un sujeto puede no ser relevante y no ameritar un reclamo individual, pero sí lo será unido a un grupo de personas, que al igual que él, padecieron los mismos daños, es decir que existe causa fáctica común, que habilita el reclamo colectivo, pues, los grupos son más fuertes que el individuo. El grupo se presenta como un vehículo para canalizar la realización y salvaguarda de los valores e intereses en que está comprometida la persona humana. Aunque no existe precepto legal en nuestro Código Civil que imponga responsabilidad por daños masivos, es viable imputar responsabilidad por los mismos. Ese presunto vacío legal no es óbice para que los jueces arbitren las medidas apropiadas y oportunas para una tutela efectiva de los derechos constitucionales que se aducen vulnerados. Nota de contenido: Introducción. -- Derechos de incidencia colectiva. -- Daño colectivo. -- Caracteres tipificantes del daño colectivo. -- Proceso colectivo. -- La acción de clase (Class Actions). -- Conclusión. -- Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26788 Contaminación acústica por utilización de explosivos en explotación minera / Alvaro Machado en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Contaminación acústica por utilización de explosivos en explotación minera : incidencia en la produccion agtopecuaria Tipo de documento: texto impreso Autores: Alvaro Machado, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 713-734 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONTAMINACIÓN Resumen: El presente trabajo apunta al planteamiento, debate crítico y formulación de criterios para la solución de la problemática en torno a la pugna de intereses entre la industria minera y la empresa agropecuaria, teniendo como telón de fondo al ruido como factor degradante del normal funcionamiento de esta última. A tal efecto, se aspira a fomentar un nuevo abordaje epistemológico de un tema que puede ser el germen de un inminente escenario de situaciones jurídicas en conflicto. Nota de contenido: Introducción. -- Esencia de la problemática. -- Iter formativo del perjuicios: actividad minera, medio ambiente e ilicitud. -- Breve señalamiento de las vía jurídicas de posible solución al conflicto de intereses. -- Proposiciones conclusivas, perspectivas del diálogo como instrumento mediador. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26792
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 713-734[artículo] Contaminación acústica por utilización de explosivos en explotación minera : incidencia en la produccion agtopecuaria [texto impreso] / Alvaro Machado, Autor . - 2010 . - p. 713-734.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 713-734
Clasificación: CONTAMINACIÓN Resumen: El presente trabajo apunta al planteamiento, debate crítico y formulación de criterios para la solución de la problemática en torno a la pugna de intereses entre la industria minera y la empresa agropecuaria, teniendo como telón de fondo al ruido como factor degradante del normal funcionamiento de esta última. A tal efecto, se aspira a fomentar un nuevo abordaje epistemológico de un tema que puede ser el germen de un inminente escenario de situaciones jurídicas en conflicto. Nota de contenido: Introducción. -- Esencia de la problemática. -- Iter formativo del perjuicios: actividad minera, medio ambiente e ilicitud. -- Breve señalamiento de las vía jurídicas de posible solución al conflicto de intereses. -- Proposiciones conclusivas, perspectivas del diálogo como instrumento mediador. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26792 [artículo] Machado, Alvaro (2010). Contaminación acústica por utilización de explosivos en explotación minera : incidencia en la produccion agtopecuaria. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 713-734.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 713-734
Clasificación: CONTAMINACIÓN Resumen: El presente trabajo apunta al planteamiento, debate crítico y formulación de criterios para la solución de la problemática en torno a la pugna de intereses entre la industria minera y la empresa agropecuaria, teniendo como telón de fondo al ruido como factor degradante del normal funcionamiento de esta última. A tal efecto, se aspira a fomentar un nuevo abordaje epistemológico de un tema que puede ser el germen de un inminente escenario de situaciones jurídicas en conflicto. Nota de contenido: Introducción. -- Esencia de la problemática. -- Iter formativo del perjuicios: actividad minera, medio ambiente e ilicitud. -- Breve señalamiento de las vía jurídicas de posible solución al conflicto de intereses. -- Proposiciones conclusivas, perspectivas del diálogo como instrumento mediador. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26792 Reparación por pérdida de chances / José Fernando Marquez en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Reparación por pérdida de chances : Problemas de valoración y cuantificación Tipo de documento: texto impreso Autores: José Fernando Marquez, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 735-757 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑOS Y PERJUICIOS / DAÑO RESARCIBLE / INDEMNIZACION Resumen: La chance, como rubro reparable, es la frustración de la oportunidad futura, incierta y probablemente suficiente, de obtener una ganancia o de conjurar un peligro y para el cual la víctima se encontraba en situación jurídica idónea para aspirar a la obtención de esas ventajas. A fin de valorar la existencia de chance se puede utilizar como criterio las reglas usadas para determinar la relación causal entre el hecho y el daño, de tal modo que será indemnizable cuando, probablemente, según el curso normal y ordinario de las cosas, se hubiese concretado la ganancia o se hubiera evitado el peligro. A los fines de determinar la cuantía de la indemnización se deberá estimar el mayor o menor grado de probabilidad de ocurrencia de la oportunidad, en base a elementos técnicos o de experiencias comprobables. Nota de contenido: Introducción. -- El daño como elemento de la responsabilidad civil. -- Indemnización de la pérdida de chances. -- Valoración y cuantificación del daño producido por pérdida de chances. -- La necesidad de explicitar los elementos tenidos en cuenta para determinar la existencia de chance, y su cuantía. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26817
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 735-757[artículo] Reparación por pérdida de chances : Problemas de valoración y cuantificación [texto impreso] / José Fernando Marquez, Autor . - 2010 . - p. 735-757.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 735-757
Clasificación: DAÑOS Y PERJUICIOS / DAÑO RESARCIBLE / INDEMNIZACION Resumen: La chance, como rubro reparable, es la frustración de la oportunidad futura, incierta y probablemente suficiente, de obtener una ganancia o de conjurar un peligro y para el cual la víctima se encontraba en situación jurídica idónea para aspirar a la obtención de esas ventajas. A fin de valorar la existencia de chance se puede utilizar como criterio las reglas usadas para determinar la relación causal entre el hecho y el daño, de tal modo que será indemnizable cuando, probablemente, según el curso normal y ordinario de las cosas, se hubiese concretado la ganancia o se hubiera evitado el peligro. A los fines de determinar la cuantía de la indemnización se deberá estimar el mayor o menor grado de probabilidad de ocurrencia de la oportunidad, en base a elementos técnicos o de experiencias comprobables. Nota de contenido: Introducción. -- El daño como elemento de la responsabilidad civil. -- Indemnización de la pérdida de chances. -- Valoración y cuantificación del daño producido por pérdida de chances. -- La necesidad de explicitar los elementos tenidos en cuenta para determinar la existencia de chance, y su cuantía. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26817 [artículo] Marquez, José Fernando (2010). Reparación por pérdida de chances : Problemas de valoración y cuantificación. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 735-757.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 735-757
Clasificación: DAÑOS Y PERJUICIOS / DAÑO RESARCIBLE / INDEMNIZACION Resumen: La chance, como rubro reparable, es la frustración de la oportunidad futura, incierta y probablemente suficiente, de obtener una ganancia o de conjurar un peligro y para el cual la víctima se encontraba en situación jurídica idónea para aspirar a la obtención de esas ventajas. A fin de valorar la existencia de chance se puede utilizar como criterio las reglas usadas para determinar la relación causal entre el hecho y el daño, de tal modo que será indemnizable cuando, probablemente, según el curso normal y ordinario de las cosas, se hubiese concretado la ganancia o se hubiera evitado el peligro. A los fines de determinar la cuantía de la indemnización se deberá estimar el mayor o menor grado de probabilidad de ocurrencia de la oportunidad, en base a elementos técnicos o de experiencias comprobables. Nota de contenido: Introducción. -- El daño como elemento de la responsabilidad civil. -- Indemnización de la pérdida de chances. -- Valoración y cuantificación del daño producido por pérdida de chances. -- La necesidad de explicitar los elementos tenidos en cuenta para determinar la existencia de chance, y su cuantía. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26817 Pay Polluter Principle & The Equator Principles / Juan José Martínez Mercadal en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Pay Polluter Principle & The Equator Principles : ¿Es posible la antijuridicidad bancaria desde los principios de Ecuador? Entre estrategias de creación de valor empresarial y la responsabilidad bancaria por daños al medioambiente: Aportes para el debate Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan José Martínez Mercadal, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 759-864 Idioma : Español (spa) Clasificación: MEDIOAMBIENTE Resumen: La preocupación por la evaluación y consideración de los eventuales riesgos sociales y medioambientales de los proyectos que se financian, principalmente en las denominadas economías emergentes de los países en desarrollo, se nos presenta como una preocupación constante de la propia actividad bancaria, más allá de las regulaciones administrativas y roles de policía del Estado. La irrupción en el escenario mundial de los Principios de Ecuador como nueva prácticas bancarias, creadas por los propios bancos, inspira el presente análisis desde la construcción de una nueva lex mercatoria como marco de la antijuridicidad en el Derecho de Daños. La pretendida Responsabilidad Social Empresaria también ingresa en el debate y no puede ser ignorada por el jurista. En el presente trabajo se procurarán analizar las múltiples categorías que hacen al análisis para determinar si existe, o no, la posibilidad de conductas antijurídicas o susceptibles de causar daños injustos por parte de la Banca que concede préstamos en determinadas condiciones. Nota de contenido: Introducción. -- Los Principios de Ecuador en el escenario mundial. -- La protección de medio ambiente. -- La empresa Bancaria ante los nuevos desafíos empresariales. -- El cuidado del Medio Ambiente por la Banca. -- La Antijuridicidad en los Daños Extracontractuales. -- La exclusión de la Antijuridicidad y el ejercicio abusivo de los derechos. -- Reflexiones finales. -- Anexo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26818
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 759-864[artículo] Pay Polluter Principle & The Equator Principles : ¿Es posible la antijuridicidad bancaria desde los principios de Ecuador? Entre estrategias de creación de valor empresarial y la responsabilidad bancaria por daños al medioambiente: Aportes para el debate [texto impreso] / Juan José Martínez Mercadal, Autor . - 2010 . - p. 759-864.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 759-864
Clasificación: MEDIOAMBIENTE Resumen: La preocupación por la evaluación y consideración de los eventuales riesgos sociales y medioambientales de los proyectos que se financian, principalmente en las denominadas economías emergentes de los países en desarrollo, se nos presenta como una preocupación constante de la propia actividad bancaria, más allá de las regulaciones administrativas y roles de policía del Estado. La irrupción en el escenario mundial de los Principios de Ecuador como nueva prácticas bancarias, creadas por los propios bancos, inspira el presente análisis desde la construcción de una nueva lex mercatoria como marco de la antijuridicidad en el Derecho de Daños. La pretendida Responsabilidad Social Empresaria también ingresa en el debate y no puede ser ignorada por el jurista. En el presente trabajo se procurarán analizar las múltiples categorías que hacen al análisis para determinar si existe, o no, la posibilidad de conductas antijurídicas o susceptibles de causar daños injustos por parte de la Banca que concede préstamos en determinadas condiciones. Nota de contenido: Introducción. -- Los Principios de Ecuador en el escenario mundial. -- La protección de medio ambiente. -- La empresa Bancaria ante los nuevos desafíos empresariales. -- El cuidado del Medio Ambiente por la Banca. -- La Antijuridicidad en los Daños Extracontractuales. -- La exclusión de la Antijuridicidad y el ejercicio abusivo de los derechos. -- Reflexiones finales. -- Anexo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26818 [artículo] Martínez Mercadal, Juan José (2010). Pay Polluter Principle & The Equator Principles : ¿Es posible la antijuridicidad bancaria desde los principios de Ecuador? Entre estrategias de creación de valor empresarial y la responsabilidad bancaria por daños al medioambiente: Aportes para el debate. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 759-864.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 759-864
Clasificación: MEDIOAMBIENTE Resumen: La preocupación por la evaluación y consideración de los eventuales riesgos sociales y medioambientales de los proyectos que se financian, principalmente en las denominadas economías emergentes de los países en desarrollo, se nos presenta como una preocupación constante de la propia actividad bancaria, más allá de las regulaciones administrativas y roles de policía del Estado. La irrupción en el escenario mundial de los Principios de Ecuador como nueva prácticas bancarias, creadas por los propios bancos, inspira el presente análisis desde la construcción de una nueva lex mercatoria como marco de la antijuridicidad en el Derecho de Daños. La pretendida Responsabilidad Social Empresaria también ingresa en el debate y no puede ser ignorada por el jurista. En el presente trabajo se procurarán analizar las múltiples categorías que hacen al análisis para determinar si existe, o no, la posibilidad de conductas antijurídicas o susceptibles de causar daños injustos por parte de la Banca que concede préstamos en determinadas condiciones. Nota de contenido: Introducción. -- Los Principios de Ecuador en el escenario mundial. -- La protección de medio ambiente. -- La empresa Bancaria ante los nuevos desafíos empresariales. -- El cuidado del Medio Ambiente por la Banca. -- La Antijuridicidad en los Daños Extracontractuales. -- La exclusión de la Antijuridicidad y el ejercicio abusivo de los derechos. -- Reflexiones finales. -- Anexo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26818 La idea de aceptacion de riesgos en el derecho de la resposabilidad civil / Jorge A. Mayo en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La idea de aceptacion de riesgos en el derecho de la resposabilidad civil Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge A. Mayo, Autor ; Juan Manuel Prevot, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 865-882 Idioma : Español (spa) Clasificación: CULPA DE LA VÍCTIMA / EXIMENTES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: La aceptación o asunción de riesgos constituye una figura nebulosa, heterogénea, dogmáticamente imprecisa o, si se prefiere, con fronteras oscilantes; lo que la convierte, sin lugar a dudas, en una noción indeterminada y cambiante. A veces, se la erige en eximente autónoma de responsabilidad, mientras que otras tantas se le niega tal carácter. Nota de contenido: Aceptación de riesgos. Dificultades. -- Su aplicación en el marco de la responsabilidad civil. -- Distinción con otras figuras afines. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26819
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 865-882[artículo] La idea de aceptacion de riesgos en el derecho de la resposabilidad civil [texto impreso] / Jorge A. Mayo, Autor ; Juan Manuel Prevot, Autor . - 2010 . - p. 865-882.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 865-882
Clasificación: CULPA DE LA VÍCTIMA / EXIMENTES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: La aceptación o asunción de riesgos constituye una figura nebulosa, heterogénea, dogmáticamente imprecisa o, si se prefiere, con fronteras oscilantes; lo que la convierte, sin lugar a dudas, en una noción indeterminada y cambiante. A veces, se la erige en eximente autónoma de responsabilidad, mientras que otras tantas se le niega tal carácter. Nota de contenido: Aceptación de riesgos. Dificultades. -- Su aplicación en el marco de la responsabilidad civil. -- Distinción con otras figuras afines. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26819 [artículo] Mayo, Jorge A. (2010). La idea de aceptacion de riesgos en el derecho de la resposabilidad civil. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 865-882.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 865-882
Clasificación: CULPA DE LA VÍCTIMA / EXIMENTES DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: La aceptación o asunción de riesgos constituye una figura nebulosa, heterogénea, dogmáticamente imprecisa o, si se prefiere, con fronteras oscilantes; lo que la convierte, sin lugar a dudas, en una noción indeterminada y cambiante. A veces, se la erige en eximente autónoma de responsabilidad, mientras que otras tantas se le niega tal carácter. Nota de contenido: Aceptación de riesgos. Dificultades. -- Su aplicación en el marco de la responsabilidad civil. -- Distinción con otras figuras afines. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26819 Admisibilidad de las acciones de clase y de los daños colectivos en el derecho uruguayo / Andrés Mendive Dubourdieu en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Admisibilidad de las acciones de clase y de los daños colectivos en el derecho uruguayo : un intento de construcción teórica Tipo de documento: texto impreso Autores: Andrés Mendive Dubourdieu, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 883-926 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑOS / INTERÉS DIFUSO / RESPONSABILIDAD CIVIL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Pronunciarse sobre la admisibilidad de las acciones de clase y los daños colectivos en Uruguay exige un análisis lógico. Las acciones de clase son una herramienta posible, junto con otras, para la reclamación judicial de los daños colectivos: aquellos que implican la vulneración de intereses o derechos transindividuales de carácter colectivo. Los intereses o derechos que así se caracterizan son los que pertenecen a una pluralidad de personas, sin que dicha titularidad pueda ser dividida física o idealmente. Nuestro sistema acepta la titularidad colectiva de intereses y derechos por parte de algunos colectivos, siendo que su vulneración conlleva un daño colectivo.
Fuera de la vía de acción consagrada en el artículo 42 del C.G.P. para ciertos casos se puede recurrir al instituto de la gestión de negocio. Los efectos de la sentencia se aplicarán a todos los integrantes del colectivo, a excepción de que sea desfavorable por falta de prueba (artículo 42 del C.G.P.). En cambio, en las situaciones no comprendidas en dicha disposición los efectos de la sentencia si bien alcanzarán a los gestionados, el gestor responderá por los daños ocasionados culpablemente.Nota de contenido: Contexto evolutivo en el cual irrumpe la acción de clase. -- Inadecuación de la matriz tradicional del Derecho de Daños. -- Daños masivos de baja probabilidad y altas consecuencias. -- Concepción política de los Daños Colectivos. -- Gobernación de los daños colectivos. -- Aparición histórica de las acciones de clase. -- Definiciones conceptuales. -- Propuesta metodológica para determinar si las acciones de clase y de daños colectivos resultan admisibles en el Derecho positivo uruguayo. -- Análisis de los presupuestos del daño colectivo y la acción de clase. -- Intereses colectivos en el Derecho positivo uruguayo. -- Legitimación activa. -- Efectos de la sentencia. -- Contenido de la sentencia. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26820
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 883-926[artículo] Admisibilidad de las acciones de clase y de los daños colectivos en el derecho uruguayo : un intento de construcción teórica [texto impreso] / Andrés Mendive Dubourdieu, Autor . - 2010 . - p. 883-926.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 883-926
Clasificación: DAÑOS / INTERÉS DIFUSO / RESPONSABILIDAD CIVIL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Pronunciarse sobre la admisibilidad de las acciones de clase y los daños colectivos en Uruguay exige un análisis lógico. Las acciones de clase son una herramienta posible, junto con otras, para la reclamación judicial de los daños colectivos: aquellos que implican la vulneración de intereses o derechos transindividuales de carácter colectivo. Los intereses o derechos que así se caracterizan son los que pertenecen a una pluralidad de personas, sin que dicha titularidad pueda ser dividida física o idealmente. Nuestro sistema acepta la titularidad colectiva de intereses y derechos por parte de algunos colectivos, siendo que su vulneración conlleva un daño colectivo.
Fuera de la vía de acción consagrada en el artículo 42 del C.G.P. para ciertos casos se puede recurrir al instituto de la gestión de negocio. Los efectos de la sentencia se aplicarán a todos los integrantes del colectivo, a excepción de que sea desfavorable por falta de prueba (artículo 42 del C.G.P.). En cambio, en las situaciones no comprendidas en dicha disposición los efectos de la sentencia si bien alcanzarán a los gestionados, el gestor responderá por los daños ocasionados culpablemente.Nota de contenido: Contexto evolutivo en el cual irrumpe la acción de clase. -- Inadecuación de la matriz tradicional del Derecho de Daños. -- Daños masivos de baja probabilidad y altas consecuencias. -- Concepción política de los Daños Colectivos. -- Gobernación de los daños colectivos. -- Aparición histórica de las acciones de clase. -- Definiciones conceptuales. -- Propuesta metodológica para determinar si las acciones de clase y de daños colectivos resultan admisibles en el Derecho positivo uruguayo. -- Análisis de los presupuestos del daño colectivo y la acción de clase. -- Intereses colectivos en el Derecho positivo uruguayo. -- Legitimación activa. -- Efectos de la sentencia. -- Contenido de la sentencia. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26820 [artículo] Mendive Dubourdieu, Andrés (2010). Admisibilidad de las acciones de clase y de los daños colectivos en el derecho uruguayo : un intento de construcción teórica. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 883-926.
Idioma : Español (spa)
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Clasificación: DAÑOS / INTERÉS DIFUSO / RESPONSABILIDAD CIVIL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Pronunciarse sobre la admisibilidad de las acciones de clase y los daños colectivos en Uruguay exige un análisis lógico. Las acciones de clase son una herramienta posible, junto con otras, para la reclamación judicial de los daños colectivos: aquellos que implican la vulneración de intereses o derechos transindividuales de carácter colectivo. Los intereses o derechos que así se caracterizan son los que pertenecen a una pluralidad de personas, sin que dicha titularidad pueda ser dividida física o idealmente. Nuestro sistema acepta la titularidad colectiva de intereses y derechos por parte de algunos colectivos, siendo que su vulneración conlleva un daño colectivo.
Fuera de la vía de acción consagrada en el artículo 42 del C.G.P. para ciertos casos se puede recurrir al instituto de la gestión de negocio. Los efectos de la sentencia se aplicarán a todos los integrantes del colectivo, a excepción de que sea desfavorable por falta de prueba (artículo 42 del C.G.P.). En cambio, en las situaciones no comprendidas en dicha disposición los efectos de la sentencia si bien alcanzarán a los gestionados, el gestor responderá por los daños ocasionados culpablemente.Nota de contenido: Contexto evolutivo en el cual irrumpe la acción de clase. -- Inadecuación de la matriz tradicional del Derecho de Daños. -- Daños masivos de baja probabilidad y altas consecuencias. -- Concepción política de los Daños Colectivos. -- Gobernación de los daños colectivos. -- Aparición histórica de las acciones de clase. -- Definiciones conceptuales. -- Propuesta metodológica para determinar si las acciones de clase y de daños colectivos resultan admisibles en el Derecho positivo uruguayo. -- Análisis de los presupuestos del daño colectivo y la acción de clase. -- Intereses colectivos en el Derecho positivo uruguayo. -- Legitimación activa. -- Efectos de la sentencia. -- Contenido de la sentencia. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26820 Análisis conceptual del derecho aplicado / Santiago Mirande en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
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Título : Análisis conceptual del derecho aplicado : El rechazo del cultivo de transgénicos en el marco del estudio del riesgo de desarrollo y la perspectiva múltiple del nexo causal: la causalidad tóxica Tipo de documento: texto impreso Autores: Santiago Mirande, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 927-941 Idioma : Español (spa) Clasificación: RELACIÓN DE CAUSALIDAD / DAÑO AMBIENTAL / ALIMENTOS TRANSGÉNICOS Resumen: Se ha decretado una medida cautelar de prohibición del cultivo de transgénicos en el departamento de Montevideo. Se traslucen en esta novedosa y vanguardista sentencia algunos conceptos trabajados anteriormente como la Precaución y el Riesgo de desarrollo. La modificación genética de organismos vivos y la utilización de sustancias tóxicas presentan un nuevo escenario de análisis en el marco de la flexibilización y/o revolución del Derecho de daños. La precaución emerge como algo sistemáticamente autónomo respecto de la prevención y la reparación de los nuevos daños y riesgos en desarrollo. La sistemática de funcionamiento de la teoría de la causalidad adecuada comienza a ser insuficiente. Se hace imprescindible un enfoque múltiple del nexo causal que atienda a cada una de las particularidades de los nuevos daños derivados de la crisis del conocimiento científico y su consecuente aplicación tecnológica. La causalidad tóxica surge como un subtipo de teoría causal múltiple. Se abandonan algunos resabios de la causalidad adecuada, los cuales son sustituidos por una mayor trascendencia de la causalidad fáctica o material frente a los cursos causales anómalos y difusos de los cuales derivan daños tóxicos. La interpretación inobjetivada de algunos textos legales constituye la base normativa que justifica la prescindencia de la absoluta certeza científica y de juicios de probabilidad para enfrentar los daños tóxicos de la sociedad líquida del riesgo y del consumo. Nota de contenido: Estudio de campo aplicado a un proceso judicial atinente al riesgo de desarrollo.-- El derecho de precaución. -- Perspectiva múltiple de nexo causal : la causalidad tóxica. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26821
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 927-941[artículo] Análisis conceptual del derecho aplicado : El rechazo del cultivo de transgénicos en el marco del estudio del riesgo de desarrollo y la perspectiva múltiple del nexo causal: la causalidad tóxica [texto impreso] / Santiago Mirande, Autor . - 2010 . - p. 927-941.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 927-941
Clasificación: RELACIÓN DE CAUSALIDAD / DAÑO AMBIENTAL / ALIMENTOS TRANSGÉNICOS Resumen: Se ha decretado una medida cautelar de prohibición del cultivo de transgénicos en el departamento de Montevideo. Se traslucen en esta novedosa y vanguardista sentencia algunos conceptos trabajados anteriormente como la Precaución y el Riesgo de desarrollo. La modificación genética de organismos vivos y la utilización de sustancias tóxicas presentan un nuevo escenario de análisis en el marco de la flexibilización y/o revolución del Derecho de daños. La precaución emerge como algo sistemáticamente autónomo respecto de la prevención y la reparación de los nuevos daños y riesgos en desarrollo. La sistemática de funcionamiento de la teoría de la causalidad adecuada comienza a ser insuficiente. Se hace imprescindible un enfoque múltiple del nexo causal que atienda a cada una de las particularidades de los nuevos daños derivados de la crisis del conocimiento científico y su consecuente aplicación tecnológica. La causalidad tóxica surge como un subtipo de teoría causal múltiple. Se abandonan algunos resabios de la causalidad adecuada, los cuales son sustituidos por una mayor trascendencia de la causalidad fáctica o material frente a los cursos causales anómalos y difusos de los cuales derivan daños tóxicos. La interpretación inobjetivada de algunos textos legales constituye la base normativa que justifica la prescindencia de la absoluta certeza científica y de juicios de probabilidad para enfrentar los daños tóxicos de la sociedad líquida del riesgo y del consumo. Nota de contenido: Estudio de campo aplicado a un proceso judicial atinente al riesgo de desarrollo.-- El derecho de precaución. -- Perspectiva múltiple de nexo causal : la causalidad tóxica. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26821 [artículo] Mirande, Santiago (2010). Análisis conceptual del derecho aplicado : El rechazo del cultivo de transgénicos en el marco del estudio del riesgo de desarrollo y la perspectiva múltiple del nexo causal: la causalidad tóxica. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 927-941.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 927-941
Clasificación: RELACIÓN DE CAUSALIDAD / DAÑO AMBIENTAL / ALIMENTOS TRANSGÉNICOS Resumen: Se ha decretado una medida cautelar de prohibición del cultivo de transgénicos en el departamento de Montevideo. Se traslucen en esta novedosa y vanguardista sentencia algunos conceptos trabajados anteriormente como la Precaución y el Riesgo de desarrollo. La modificación genética de organismos vivos y la utilización de sustancias tóxicas presentan un nuevo escenario de análisis en el marco de la flexibilización y/o revolución del Derecho de daños. La precaución emerge como algo sistemáticamente autónomo respecto de la prevención y la reparación de los nuevos daños y riesgos en desarrollo. La sistemática de funcionamiento de la teoría de la causalidad adecuada comienza a ser insuficiente. Se hace imprescindible un enfoque múltiple del nexo causal que atienda a cada una de las particularidades de los nuevos daños derivados de la crisis del conocimiento científico y su consecuente aplicación tecnológica. La causalidad tóxica surge como un subtipo de teoría causal múltiple. Se abandonan algunos resabios de la causalidad adecuada, los cuales son sustituidos por una mayor trascendencia de la causalidad fáctica o material frente a los cursos causales anómalos y difusos de los cuales derivan daños tóxicos. La interpretación inobjetivada de algunos textos legales constituye la base normativa que justifica la prescindencia de la absoluta certeza científica y de juicios de probabilidad para enfrentar los daños tóxicos de la sociedad líquida del riesgo y del consumo. Nota de contenido: Estudio de campo aplicado a un proceso judicial atinente al riesgo de desarrollo.-- El derecho de precaución. -- Perspectiva múltiple de nexo causal : la causalidad tóxica. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26821 La protección de los medios de comunicación y de prensa en relación a la sanción de la ley 18.515, de 26 de junio de 2009 / José Luis Nicola Trías en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La protección de los medios de comunicación y de prensa en relación a la sanción de la ley 18.515, de 26 de junio de 2009 Tipo de documento: texto impreso Autores: José Luis Nicola Trías, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 943-960 Idioma : Español (spa) Clasificación: MEDIOS DE COMUNICACION / PRENSA / LIBERTAD DE PRENSA / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: La sanción de la Ley 18.515, de 26 de junio de 2009, determinó un cambio normativo de relevancia en materia de responsabilidad de los medios de comunicación y de prensa en Uruguay. De la lectura los diez artículos que la componen se puede observar de qué manera se protege a los medios de comunicación, tanto en su actividad como en su eventual responsabilidad. En ese sentido, se declara de interés general la actividad de los medios de comunicación, se establecen reglas para la interpretación e integración, se modifican o suprimen delitos, se consagra la real malicia como factor de atribución, se permite la prueba de la verdad y se establece la clausura del proceso ante la publicación anticipada de la respuesta. El presente trabajo tiene como objetivo el análisis de estos cambios, considerando asimismo ideas claves expresadas en el mensaje del Poder Ejecutivo y atendiendo a la realidad nacional e internacional. Nota de contenido: Introducción. -- La promoción de la actividad de los medios de comunicación como asunto de interés general. -- Interpretación e integración. -- Protección de la actividad de los medios frente al poder punitivo del Estado. -- La real malicia y la prueba de la verdad. -- La clausura del proceso donde se ejercita una pretensión fundada en el derecho de respuesta. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26822
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 943-960[artículo] La protección de los medios de comunicación y de prensa en relación a la sanción de la ley 18.515, de 26 de junio de 2009 [texto impreso] / José Luis Nicola Trías, Autor . - 2010 . - p. 943-960.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 943-960
Clasificación: MEDIOS DE COMUNICACION / PRENSA / LIBERTAD DE PRENSA / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: La sanción de la Ley 18.515, de 26 de junio de 2009, determinó un cambio normativo de relevancia en materia de responsabilidad de los medios de comunicación y de prensa en Uruguay. De la lectura los diez artículos que la componen se puede observar de qué manera se protege a los medios de comunicación, tanto en su actividad como en su eventual responsabilidad. En ese sentido, se declara de interés general la actividad de los medios de comunicación, se establecen reglas para la interpretación e integración, se modifican o suprimen delitos, se consagra la real malicia como factor de atribución, se permite la prueba de la verdad y se establece la clausura del proceso ante la publicación anticipada de la respuesta. El presente trabajo tiene como objetivo el análisis de estos cambios, considerando asimismo ideas claves expresadas en el mensaje del Poder Ejecutivo y atendiendo a la realidad nacional e internacional. Nota de contenido: Introducción. -- La promoción de la actividad de los medios de comunicación como asunto de interés general. -- Interpretación e integración. -- Protección de la actividad de los medios frente al poder punitivo del Estado. -- La real malicia y la prueba de la verdad. -- La clausura del proceso donde se ejercita una pretensión fundada en el derecho de respuesta. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26822 [artículo] Nicola Trías, José Luis (2010). La protección de los medios de comunicación y de prensa en relación a la sanción de la ley 18.515, de 26 de junio de 2009. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 943-960.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 943-960
Clasificación: MEDIOS DE COMUNICACION / PRENSA / LIBERTAD DE PRENSA / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: La sanción de la Ley 18.515, de 26 de junio de 2009, determinó un cambio normativo de relevancia en materia de responsabilidad de los medios de comunicación y de prensa en Uruguay. De la lectura los diez artículos que la componen se puede observar de qué manera se protege a los medios de comunicación, tanto en su actividad como en su eventual responsabilidad. En ese sentido, se declara de interés general la actividad de los medios de comunicación, se establecen reglas para la interpretación e integración, se modifican o suprimen delitos, se consagra la real malicia como factor de atribución, se permite la prueba de la verdad y se establece la clausura del proceso ante la publicación anticipada de la respuesta. El presente trabajo tiene como objetivo el análisis de estos cambios, considerando asimismo ideas claves expresadas en el mensaje del Poder Ejecutivo y atendiendo a la realidad nacional e internacional. Nota de contenido: Introducción. -- La promoción de la actividad de los medios de comunicación como asunto de interés general. -- Interpretación e integración. -- Protección de la actividad de los medios frente al poder punitivo del Estado. -- La real malicia y la prueba de la verdad. -- La clausura del proceso donde se ejercita una pretensión fundada en el derecho de respuesta. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26822 Caso fortuito, responsabilidad y riesgo contractual / Ternera Barrios, Francisco en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Caso fortuito, responsabilidad y riesgo contractual Tipo de documento: texto impreso Autores: Ternera Barrios, Francisco, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 961-975 Idioma : Español (spa) Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / FUERZA MAYOR / CASO FORTUITO Resumen: En este artículo estudiaremos las consecuencias de la fuerza mayor o el calificado caso fortuito en la ejecución de un contrato bilateral. Estudiaremos las normas de la Responsabilidad civil contractual y las reglas de la denominada Teoría de los riesgos de los contratos. Nota de contenido: Responsabilidad civil contractual: efectos respecto de la obligación contractual que sufre. -- Teoría de riesgo: efectos respecto de la obligación correlativa y el contrato. -- Bibliografía y jurisprudencia. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26823
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 961-975[artículo] Caso fortuito, responsabilidad y riesgo contractual [texto impreso] / Ternera Barrios, Francisco, Autor . - 2010 . - p. 961-975.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 961-975
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / FUERZA MAYOR / CASO FORTUITO Resumen: En este artículo estudiaremos las consecuencias de la fuerza mayor o el calificado caso fortuito en la ejecución de un contrato bilateral. Estudiaremos las normas de la Responsabilidad civil contractual y las reglas de la denominada Teoría de los riesgos de los contratos. Nota de contenido: Responsabilidad civil contractual: efectos respecto de la obligación contractual que sufre. -- Teoría de riesgo: efectos respecto de la obligación correlativa y el contrato. -- Bibliografía y jurisprudencia. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26823 [artículo] Ternera Barrios, Francisco (2010). Caso fortuito, responsabilidad y riesgo contractual. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 961-975.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 961-975
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / FUERZA MAYOR / CASO FORTUITO Resumen: En este artículo estudiaremos las consecuencias de la fuerza mayor o el calificado caso fortuito en la ejecución de un contrato bilateral. Estudiaremos las normas de la Responsabilidad civil contractual y las reglas de la denominada Teoría de los riesgos de los contratos. Nota de contenido: Responsabilidad civil contractual: efectos respecto de la obligación contractual que sufre. -- Teoría de riesgo: efectos respecto de la obligación correlativa y el contrato. -- Bibliografía y jurisprudencia. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26823 Requisitos que deben cumplirse para solicitar la intervención judicial de una sociedad comercial / Falco Iriondo, Enrique en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
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Título : Requisitos que deben cumplirse para solicitar la intervención judicial de una sociedad comercial : Posibles pretensiones a deducir cuando la intervención sea cautelar o mixta Tipo de documento: texto impreso Autores: Falco Iriondo, Enrique, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 978-998 Idioma : Español (spa) Clasificación: INTERVENCIÓN DE SOCIEDADES Resumen: El contrato de sociedad da nacimiento a un nuevo sujeto de derecho, que en su organización prevé la existencia de órganos que le permiten la adopción de decisiones y su propia gestión. Cuando estos no funcionan correctamente, puede ocurrir que se ponga en peligro la vida del ente societario, lo que puede acarrear importantes perjuicios a los socios, a los terceros que contrataron con la sociedad y la economía en su conjunto. Ante esta situación, el derecho ha reaccionado otorgando la posibilidad de que se adopten medidas, cuyo objeto es impedir la desintegración de la sociedad. La intervención judicial de la sociedad procura satisfacer ese fin; busca: dar protección a la sociedad y el regular funcionamiento de sus órganos. Complementariamente también es un medio de amparo de los derechos del socio. Si se les niega el ejercicio de sus derechos esenciales, la norma societaria plantea también como posibilidad la intervención de la sociedad. De lo expresado, surgen dos tipos de situaciones que pueden motivar una intervención judicial; por un lado aquellas que afectan el normal funcionamiento de la propia sociedad, y por otro lado, las que desconocen los derechos fundamentales de los socios. Asimismo y ante la existencia de variada doctrina, en este trabajo se ha intentado identificar, posibles pretensiones a deducir en el juicio principal cuando la intervención sea cautelar o mixta. Nota de contenido: Introducción. -- Disposiciones legales aplicables. -- Naturaleza jurídica de las medidas del art. 184 de la ley 18.060. -- Requisitos que deben cumplirse, según la ley procesal y sustancial, para solicitar la intervención judicial de una sociedad comercial. -- Posibles pretensiones a deducir en el juicio principal cuando la intervención sea cautelar o mixta. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26825
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 978-998[artículo] Requisitos que deben cumplirse para solicitar la intervención judicial de una sociedad comercial : Posibles pretensiones a deducir cuando la intervención sea cautelar o mixta [texto impreso] / Falco Iriondo, Enrique, Autor . - 2010 . - p. 978-998.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 978-998
Clasificación: INTERVENCIÓN DE SOCIEDADES Resumen: El contrato de sociedad da nacimiento a un nuevo sujeto de derecho, que en su organización prevé la existencia de órganos que le permiten la adopción de decisiones y su propia gestión. Cuando estos no funcionan correctamente, puede ocurrir que se ponga en peligro la vida del ente societario, lo que puede acarrear importantes perjuicios a los socios, a los terceros que contrataron con la sociedad y la economía en su conjunto. Ante esta situación, el derecho ha reaccionado otorgando la posibilidad de que se adopten medidas, cuyo objeto es impedir la desintegración de la sociedad. La intervención judicial de la sociedad procura satisfacer ese fin; busca: dar protección a la sociedad y el regular funcionamiento de sus órganos. Complementariamente también es un medio de amparo de los derechos del socio. Si se les niega el ejercicio de sus derechos esenciales, la norma societaria plantea también como posibilidad la intervención de la sociedad. De lo expresado, surgen dos tipos de situaciones que pueden motivar una intervención judicial; por un lado aquellas que afectan el normal funcionamiento de la propia sociedad, y por otro lado, las que desconocen los derechos fundamentales de los socios. Asimismo y ante la existencia de variada doctrina, en este trabajo se ha intentado identificar, posibles pretensiones a deducir en el juicio principal cuando la intervención sea cautelar o mixta. Nota de contenido: Introducción. -- Disposiciones legales aplicables. -- Naturaleza jurídica de las medidas del art. 184 de la ley 18.060. -- Requisitos que deben cumplirse, según la ley procesal y sustancial, para solicitar la intervención judicial de una sociedad comercial. -- Posibles pretensiones a deducir en el juicio principal cuando la intervención sea cautelar o mixta. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26825 [artículo] Falco Iriondo, Enrique (2010). Requisitos que deben cumplirse para solicitar la intervención judicial de una sociedad comercial : Posibles pretensiones a deducir cuando la intervención sea cautelar o mixta. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 978-998.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 978-998
Clasificación: INTERVENCIÓN DE SOCIEDADES Resumen: El contrato de sociedad da nacimiento a un nuevo sujeto de derecho, que en su organización prevé la existencia de órganos que le permiten la adopción de decisiones y su propia gestión. Cuando estos no funcionan correctamente, puede ocurrir que se ponga en peligro la vida del ente societario, lo que puede acarrear importantes perjuicios a los socios, a los terceros que contrataron con la sociedad y la economía en su conjunto. Ante esta situación, el derecho ha reaccionado otorgando la posibilidad de que se adopten medidas, cuyo objeto es impedir la desintegración de la sociedad. La intervención judicial de la sociedad procura satisfacer ese fin; busca: dar protección a la sociedad y el regular funcionamiento de sus órganos. Complementariamente también es un medio de amparo de los derechos del socio. Si se les niega el ejercicio de sus derechos esenciales, la norma societaria plantea también como posibilidad la intervención de la sociedad. De lo expresado, surgen dos tipos de situaciones que pueden motivar una intervención judicial; por un lado aquellas que afectan el normal funcionamiento de la propia sociedad, y por otro lado, las que desconocen los derechos fundamentales de los socios. Asimismo y ante la existencia de variada doctrina, en este trabajo se ha intentado identificar, posibles pretensiones a deducir en el juicio principal cuando la intervención sea cautelar o mixta. Nota de contenido: Introducción. -- Disposiciones legales aplicables. -- Naturaleza jurídica de las medidas del art. 184 de la ley 18.060. -- Requisitos que deben cumplirse, según la ley procesal y sustancial, para solicitar la intervención judicial de una sociedad comercial. -- Posibles pretensiones a deducir en el juicio principal cuando la intervención sea cautelar o mixta. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26825 Proceso concursal. VIsión latinoamericana / Carlos A. Parrellada en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Proceso concursal. VIsión latinoamericana Tipo de documento: texto impreso Autores: Carlos A. Parrellada, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 999-1033 Idioma : Español (spa) Clasificación: PROCESO CONCURSAL / CONCURSO / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD Resumen: Se analizan las tendencias en materia de procesos concursales en el Derecho Latinoamericano, especialmente, a través de las leyes dictadas en el Siglo XXI, marcando los principios cuya influencia crecen y los que se debilitan. Nota de contenido: Introducción. -- El entorno del proceso concursal latinoamericano. -- las ideas que se fortalecen en las soluciones legales latinoamericanas. -- Las ideas que se debilitan. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26829
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 999-1033[artículo] Proceso concursal. VIsión latinoamericana [texto impreso] / Carlos A. Parrellada, Autor . - 2010 . - p. 999-1033.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 999-1033
Clasificación: PROCESO CONCURSAL / CONCURSO / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD Resumen: Se analizan las tendencias en materia de procesos concursales en el Derecho Latinoamericano, especialmente, a través de las leyes dictadas en el Siglo XXI, marcando los principios cuya influencia crecen y los que se debilitan. Nota de contenido: Introducción. -- El entorno del proceso concursal latinoamericano. -- las ideas que se fortalecen en las soluciones legales latinoamericanas. -- Las ideas que se debilitan. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26829 [artículo] Parrellada, Carlos A. (2010). Proceso concursal. VIsión latinoamericana. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 999-1033.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 999-1033
Clasificación: PROCESO CONCURSAL / CONCURSO / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD Resumen: Se analizan las tendencias en materia de procesos concursales en el Derecho Latinoamericano, especialmente, a través de las leyes dictadas en el Siglo XXI, marcando los principios cuya influencia crecen y los que se debilitan. Nota de contenido: Introducción. -- El entorno del proceso concursal latinoamericano. -- las ideas que se fortalecen en las soluciones legales latinoamericanas. -- Las ideas que se debilitan. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26829 El derecho de impugnación de los acuerdos sociales en derecho español / Viñuelas Sanz, Margarita en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : El derecho de impugnación de los acuerdos sociales en derecho español Tipo de documento: texto impreso Autores: Viñuelas Sanz, Margarita, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: 1035-1059 Idioma : Español (spa) Clasificación: IMPUGNACION / CONTROL DE SOCIEDADES / SOCIEDAD COMERCIAL EXTRANJERA Resumen: El Derecho de sociedades español contempla diferentes técnicas de control frente al abuso por las mayorías del poder para imponer si criterios en contra del interés social. El presente artículo analiza la susceptibilidad del accionista para impugnar ante los tribunales las decisiones adoptadas por la mayoría en la junta o por el consejo de administración que contraríen el interés general o lesionen sus intereses individuales. Nota de contenido: El derecho de impugnación de los acuerdos sociales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26831
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - 1035-1059[artículo] El derecho de impugnación de los acuerdos sociales en derecho español [texto impreso] / Viñuelas Sanz, Margarita, Autor . - 2010 . - 1035-1059.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - 1035-1059
Clasificación: IMPUGNACION / CONTROL DE SOCIEDADES / SOCIEDAD COMERCIAL EXTRANJERA Resumen: El Derecho de sociedades español contempla diferentes técnicas de control frente al abuso por las mayorías del poder para imponer si criterios en contra del interés social. El presente artículo analiza la susceptibilidad del accionista para impugnar ante los tribunales las decisiones adoptadas por la mayoría en la junta o por el consejo de administración que contraríen el interés general o lesionen sus intereses individuales. Nota de contenido: El derecho de impugnación de los acuerdos sociales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26831 [artículo] Viñuelas Sanz, Margarita (2010). El derecho de impugnación de los acuerdos sociales en derecho español. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) 1035-1059.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - 1035-1059
Clasificación: IMPUGNACION / CONTROL DE SOCIEDADES / SOCIEDAD COMERCIAL EXTRANJERA Resumen: El Derecho de sociedades español contempla diferentes técnicas de control frente al abuso por las mayorías del poder para imponer si criterios en contra del interés social. El presente artículo analiza la susceptibilidad del accionista para impugnar ante los tribunales las decisiones adoptadas por la mayoría en la junta o por el consejo de administración que contraríen el interés general o lesionen sus intereses individuales. Nota de contenido: El derecho de impugnación de los acuerdos sociales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26831 Evolución y tendencias en el derecho de defensa de la competencia / Zabaleta Díaz, Marta en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Evolución y tendencias en el derecho de defensa de la competencia Tipo de documento: texto impreso Autores: Zabaleta Díaz, Marta, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 1061-1090 Idioma : Español (spa) Clasificación: DEFENSA DE LA COMPETENCIA / DERECHO COMUNITARIO Resumen: Este trabajo aborda el proceso de modernización del Derecho comunitario de la competencia y sus manifestaciones más recientes. En este contexto, se analizan los efectos del proceso de descentralización en la aplicación de las normas de competencia y la consolidación del análisis económico en el ámbito de los acuerdo restrictivos de la competencia, del abuso de posición de dominio, del control de las concentraciones y de las ayudas estatales. Por último también se analiza la incidencia de la crisis sobre el régimen de las ayudas públicas. Nota de contenido: Introducción. -- El proceso de descentralización y modernización del derecho de defensa de la competencia. -- La reforma de las ayudas estatales. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26834
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1061-1090[artículo] Evolución y tendencias en el derecho de defensa de la competencia [texto impreso] / Zabaleta Díaz, Marta, Autor . - 2010 . - p. 1061-1090.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1061-1090
Clasificación: DEFENSA DE LA COMPETENCIA / DERECHO COMUNITARIO Resumen: Este trabajo aborda el proceso de modernización del Derecho comunitario de la competencia y sus manifestaciones más recientes. En este contexto, se analizan los efectos del proceso de descentralización en la aplicación de las normas de competencia y la consolidación del análisis económico en el ámbito de los acuerdo restrictivos de la competencia, del abuso de posición de dominio, del control de las concentraciones y de las ayudas estatales. Por último también se analiza la incidencia de la crisis sobre el régimen de las ayudas públicas. Nota de contenido: Introducción. -- El proceso de descentralización y modernización del derecho de defensa de la competencia. -- La reforma de las ayudas estatales. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26834 [artículo] Zabaleta Díaz, Marta (2010). Evolución y tendencias en el derecho de defensa de la competencia. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 1061-1090.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1061-1090
Clasificación: DEFENSA DE LA COMPETENCIA / DERECHO COMUNITARIO Resumen: Este trabajo aborda el proceso de modernización del Derecho comunitario de la competencia y sus manifestaciones más recientes. En este contexto, se analizan los efectos del proceso de descentralización en la aplicación de las normas de competencia y la consolidación del análisis económico en el ámbito de los acuerdo restrictivos de la competencia, del abuso de posición de dominio, del control de las concentraciones y de las ayudas estatales. Por último también se analiza la incidencia de la crisis sobre el régimen de las ayudas públicas. Nota de contenido: Introducción. -- El proceso de descentralización y modernización del derecho de defensa de la competencia. -- La reforma de las ayudas estatales. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26834 Obligación de asistencia y responsabilidad por daños a la salud en el consumo sanitario / Hugo Díaz Fernández en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Obligación de asistencia y responsabilidad por daños a la salud en el consumo sanitario Tipo de documento: texto impreso Autores: Hugo Díaz Fernández, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 1093-1122 Idioma : Español (spa) Clasificación: SALUD PÚBLICA / RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / DAÑOS / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: La salud es un bien jurídico constitucionalmente reconocido y el derecho a ser protegido en el goce del mismo es un derecho fundamental de jerarquía supralegal. En el consumo sanitario, los proveedores del servicio de asistencia a la salud deben prestar un servicio de asistencia integral y de calidad a la salud. En el sistema jurídico uruguayo el concepto de "asistencia integral y de calidad a la salud" tiene dos alcances, uno respecto a la asistencia sanitaria que debe prestar el Estado y otro respecto a la asistencia sanitaria que deben prestar los particulares. En la responsabilidad por daños a la salud en el consumo sanitario, el hecho dañante lo constituye el incumplimiento de la prestación de asistencia sanitaria. Dicho incumplimiento se verifica por defecto o falta del servicio sanitario. El defecto o falta de asistencia refiere a la integralidad y calidad de la misma. El sistema uruguayo prevé un régimen de responsabilidad objetiva agravada. El factor de atribución previsto es objetivo y se admite una eximente de responsabilidad. El art. 44 inc. 2 de la Constitución de la República, establece una garantía estatal de la asistencia gratuita integral y de calidad a la salud. En caso de incumplimiento de la obligación impuesta por esta garantía constitucional, el Estado es civilmente responsable. Nota de contenido: Introducción. -- Relación obligacional de asistencia a la salud. -- Obligación estatal de protección de la salud. -- Daño a la salud. -- Responsabilidad por daños a la salud en la prestación de servicios de asistencia sanitaria. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26836
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1093-1122[artículo] Obligación de asistencia y responsabilidad por daños a la salud en el consumo sanitario [texto impreso] / Hugo Díaz Fernández, Autor . - 2010 . - p. 1093-1122.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1093-1122
Clasificación: SALUD PÚBLICA / RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / DAÑOS / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: La salud es un bien jurídico constitucionalmente reconocido y el derecho a ser protegido en el goce del mismo es un derecho fundamental de jerarquía supralegal. En el consumo sanitario, los proveedores del servicio de asistencia a la salud deben prestar un servicio de asistencia integral y de calidad a la salud. En el sistema jurídico uruguayo el concepto de "asistencia integral y de calidad a la salud" tiene dos alcances, uno respecto a la asistencia sanitaria que debe prestar el Estado y otro respecto a la asistencia sanitaria que deben prestar los particulares. En la responsabilidad por daños a la salud en el consumo sanitario, el hecho dañante lo constituye el incumplimiento de la prestación de asistencia sanitaria. Dicho incumplimiento se verifica por defecto o falta del servicio sanitario. El defecto o falta de asistencia refiere a la integralidad y calidad de la misma. El sistema uruguayo prevé un régimen de responsabilidad objetiva agravada. El factor de atribución previsto es objetivo y se admite una eximente de responsabilidad. El art. 44 inc. 2 de la Constitución de la República, establece una garantía estatal de la asistencia gratuita integral y de calidad a la salud. En caso de incumplimiento de la obligación impuesta por esta garantía constitucional, el Estado es civilmente responsable. Nota de contenido: Introducción. -- Relación obligacional de asistencia a la salud. -- Obligación estatal de protección de la salud. -- Daño a la salud. -- Responsabilidad por daños a la salud en la prestación de servicios de asistencia sanitaria. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26836 [artículo] Díaz Fernández, Hugo (2010). Obligación de asistencia y responsabilidad por daños a la salud en el consumo sanitario. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 1093-1122.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1093-1122
Clasificación: SALUD PÚBLICA / RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / DAÑOS / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: La salud es un bien jurídico constitucionalmente reconocido y el derecho a ser protegido en el goce del mismo es un derecho fundamental de jerarquía supralegal. En el consumo sanitario, los proveedores del servicio de asistencia a la salud deben prestar un servicio de asistencia integral y de calidad a la salud. En el sistema jurídico uruguayo el concepto de "asistencia integral y de calidad a la salud" tiene dos alcances, uno respecto a la asistencia sanitaria que debe prestar el Estado y otro respecto a la asistencia sanitaria que deben prestar los particulares. En la responsabilidad por daños a la salud en el consumo sanitario, el hecho dañante lo constituye el incumplimiento de la prestación de asistencia sanitaria. Dicho incumplimiento se verifica por defecto o falta del servicio sanitario. El defecto o falta de asistencia refiere a la integralidad y calidad de la misma. El sistema uruguayo prevé un régimen de responsabilidad objetiva agravada. El factor de atribución previsto es objetivo y se admite una eximente de responsabilidad. El art. 44 inc. 2 de la Constitución de la República, establece una garantía estatal de la asistencia gratuita integral y de calidad a la salud. En caso de incumplimiento de la obligación impuesta por esta garantía constitucional, el Estado es civilmente responsable. Nota de contenido: Introducción. -- Relación obligacional de asistencia a la salud. -- Obligación estatal de protección de la salud. -- Daño a la salud. -- Responsabilidad por daños a la salud en la prestación de servicios de asistencia sanitaria. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26836 La obligación de seguridad en las relaciones de consumo / Japaze, Belén en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : La obligación de seguridad en las relaciones de consumo : Régimen legal en la ley de defensa del consumidor Argentina Tipo de documento: texto impreso Autores: Japaze, Belén, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 1123-1149 Idioma : Español (spa) Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR Resumen: El mandato garantista impartido desde la Constitución Nacional, dirigido a resguardar la salud y la integridad sicofísica del consumidor, se traduce en una serie de deberes correlativos para el sujeto obligado a resguardarlos. El legislador infraconstitucional ha asumido la necesidad de dar contenido sustancial a dicha garantía y la doctrina ha contribuido a definir los contornos y la extensión de la llamada obligación de seguridad. Emplazada en la relación de consumo, la obligación de seguridad desborda su ámbito contractual tradicional y asume caracteres particulares. El sujeto pasivo de la misma se ve impuesto de cumplir con la obligación analizada en todas las etapas: en el momento del diseño del producto o servicio, de elaboración o fabricación, de distribución y comercialización. Resulta indispensable precisar el contenido de la obligación de seguridad, en sus diferentes manifestaciones: como deber de informar, como deber de advertencia, como deber de sustitución y/o adecuación, como deber de rescate o retiro de mercadería. La impronta de la prevención de los daños marca el espíritu del régimen tuitivo. Nota de contenido: Consideraciones generales. -- Precisiones conceptuales. -- Caracteres de la obligación de seguridad. -- Sujetos de la obligación de seguridad. -- Objeto o contenido de la obligación de seguridad. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26839
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1123-1149[artículo] La obligación de seguridad en las relaciones de consumo : Régimen legal en la ley de defensa del consumidor Argentina [texto impreso] / Japaze, Belén, Autor . - 2010 . - p. 1123-1149.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1123-1149
Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR Resumen: El mandato garantista impartido desde la Constitución Nacional, dirigido a resguardar la salud y la integridad sicofísica del consumidor, se traduce en una serie de deberes correlativos para el sujeto obligado a resguardarlos. El legislador infraconstitucional ha asumido la necesidad de dar contenido sustancial a dicha garantía y la doctrina ha contribuido a definir los contornos y la extensión de la llamada obligación de seguridad. Emplazada en la relación de consumo, la obligación de seguridad desborda su ámbito contractual tradicional y asume caracteres particulares. El sujeto pasivo de la misma se ve impuesto de cumplir con la obligación analizada en todas las etapas: en el momento del diseño del producto o servicio, de elaboración o fabricación, de distribución y comercialización. Resulta indispensable precisar el contenido de la obligación de seguridad, en sus diferentes manifestaciones: como deber de informar, como deber de advertencia, como deber de sustitución y/o adecuación, como deber de rescate o retiro de mercadería. La impronta de la prevención de los daños marca el espíritu del régimen tuitivo. Nota de contenido: Consideraciones generales. -- Precisiones conceptuales. -- Caracteres de la obligación de seguridad. -- Sujetos de la obligación de seguridad. -- Objeto o contenido de la obligación de seguridad. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26839 [artículo] Japaze, Belén (2010). La obligación de seguridad en las relaciones de consumo : Régimen legal en la ley de defensa del consumidor Argentina. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 1123-1149.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1123-1149
Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR Resumen: El mandato garantista impartido desde la Constitución Nacional, dirigido a resguardar la salud y la integridad sicofísica del consumidor, se traduce en una serie de deberes correlativos para el sujeto obligado a resguardarlos. El legislador infraconstitucional ha asumido la necesidad de dar contenido sustancial a dicha garantía y la doctrina ha contribuido a definir los contornos y la extensión de la llamada obligación de seguridad. Emplazada en la relación de consumo, la obligación de seguridad desborda su ámbito contractual tradicional y asume caracteres particulares. El sujeto pasivo de la misma se ve impuesto de cumplir con la obligación analizada en todas las etapas: en el momento del diseño del producto o servicio, de elaboración o fabricación, de distribución y comercialización. Resulta indispensable precisar el contenido de la obligación de seguridad, en sus diferentes manifestaciones: como deber de informar, como deber de advertencia, como deber de sustitución y/o adecuación, como deber de rescate o retiro de mercadería. La impronta de la prevención de los daños marca el espíritu del régimen tuitivo. Nota de contenido: Consideraciones generales. -- Precisiones conceptuales. -- Caracteres de la obligación de seguridad. -- Sujetos de la obligación de seguridad. -- Objeto o contenido de la obligación de seguridad. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26839 Riesgos del desarrollo y derecho del consumidor / Jorge Federico Maldonado en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Riesgos del desarrollo y derecho del consumidor : Deber de información y fortalecimiento de las obligaciones de seguimiento e investigación Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Federico Maldonado, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 1151-1169 Idioma : Español (spa) Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR Resumen: La elaboración y comercialización masiva de productos y servicios en la actualidad, favorecida por la aparición de nuevas tecnologías y el avance científico, han extendido los riesgos y peligros de daños a los consumidores. Dicha peligrosidad, generalmente desconocida al momento de la fabricación del producto, se estudia bajo la denominación de riesgos del desarrollo, que se erige frente a la comunidad en un potencial generador de daños. En la dogmática consumerista hay posiciones encontradas respecto a si es o no posible responsabilizar al fabricante por los riesgos del desarrollo frente al consumidor, y pareciera que estos riesgos sólo generan responsabilidad en Argentina cuando actúan como defectos de información en caso de que el proveedor no informe que se ha descubierto que el producto es peligroso, fortaleciéndose de esta manera el deber de información, propugnando las obligaciones de vigilancia y de investigación constante y resignificando el principio preventivo, acercándolo a posiciones de mayor certeza dañosa, que es la racionalidad utilizada en nuestro derecho consumerista para regular esta temática. A los fines de buscar una solución que no ponga sólo en cabeza del consumidor el costo de estos daños se sugiere una línea sociabilizadora de asunción de los riesgos del desarrollo. Nota de contenido: Introducción. -- Distintas posiciones en torno a la responsabilidad por los riesgos del desarrollo. -- Debate dogmático: funcionamiento de la eximente de responsabilidad. -- El Derecho del Consumidor y la regulación de los riesgos del desarrollo. -- Responsabilidad por los riesgos del desarrollo en el Desarrollo del Consumidor Argentino. Deber de información, de vigilancia y transparencia. -- Una posible solución : distribuir el riesgo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26841
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1151-1169[artículo] Riesgos del desarrollo y derecho del consumidor : Deber de información y fortalecimiento de las obligaciones de seguimiento e investigación [texto impreso] / Jorge Federico Maldonado, Autor . - 2010 . - p. 1151-1169.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1151-1169
Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR Resumen: La elaboración y comercialización masiva de productos y servicios en la actualidad, favorecida por la aparición de nuevas tecnologías y el avance científico, han extendido los riesgos y peligros de daños a los consumidores. Dicha peligrosidad, generalmente desconocida al momento de la fabricación del producto, se estudia bajo la denominación de riesgos del desarrollo, que se erige frente a la comunidad en un potencial generador de daños. En la dogmática consumerista hay posiciones encontradas respecto a si es o no posible responsabilizar al fabricante por los riesgos del desarrollo frente al consumidor, y pareciera que estos riesgos sólo generan responsabilidad en Argentina cuando actúan como defectos de información en caso de que el proveedor no informe que se ha descubierto que el producto es peligroso, fortaleciéndose de esta manera el deber de información, propugnando las obligaciones de vigilancia y de investigación constante y resignificando el principio preventivo, acercándolo a posiciones de mayor certeza dañosa, que es la racionalidad utilizada en nuestro derecho consumerista para regular esta temática. A los fines de buscar una solución que no ponga sólo en cabeza del consumidor el costo de estos daños se sugiere una línea sociabilizadora de asunción de los riesgos del desarrollo. Nota de contenido: Introducción. -- Distintas posiciones en torno a la responsabilidad por los riesgos del desarrollo. -- Debate dogmático: funcionamiento de la eximente de responsabilidad. -- El Derecho del Consumidor y la regulación de los riesgos del desarrollo. -- Responsabilidad por los riesgos del desarrollo en el Desarrollo del Consumidor Argentino. Deber de información, de vigilancia y transparencia. -- Una posible solución : distribuir el riesgo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26841 [artículo] Maldonado, Jorge Federico (2010). Riesgos del desarrollo y derecho del consumidor : Deber de información y fortalecimiento de las obligaciones de seguimiento e investigación. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 1151-1169.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1151-1169
Clasificación: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / DEBER DE INFORMAR Resumen: La elaboración y comercialización masiva de productos y servicios en la actualidad, favorecida por la aparición de nuevas tecnologías y el avance científico, han extendido los riesgos y peligros de daños a los consumidores. Dicha peligrosidad, generalmente desconocida al momento de la fabricación del producto, se estudia bajo la denominación de riesgos del desarrollo, que se erige frente a la comunidad en un potencial generador de daños. En la dogmática consumerista hay posiciones encontradas respecto a si es o no posible responsabilizar al fabricante por los riesgos del desarrollo frente al consumidor, y pareciera que estos riesgos sólo generan responsabilidad en Argentina cuando actúan como defectos de información en caso de que el proveedor no informe que se ha descubierto que el producto es peligroso, fortaleciéndose de esta manera el deber de información, propugnando las obligaciones de vigilancia y de investigación constante y resignificando el principio preventivo, acercándolo a posiciones de mayor certeza dañosa, que es la racionalidad utilizada en nuestro derecho consumerista para regular esta temática. A los fines de buscar una solución que no ponga sólo en cabeza del consumidor el costo de estos daños se sugiere una línea sociabilizadora de asunción de los riesgos del desarrollo. Nota de contenido: Introducción. -- Distintas posiciones en torno a la responsabilidad por los riesgos del desarrollo. -- Debate dogmático: funcionamiento de la eximente de responsabilidad. -- El Derecho del Consumidor y la regulación de los riesgos del desarrollo. -- Responsabilidad por los riesgos del desarrollo en el Desarrollo del Consumidor Argentino. Deber de información, de vigilancia y transparencia. -- Una posible solución : distribuir el riesgo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26841
[artículo]
Título : Empresa familiar Tipo de documento: texto impreso Autores: Graciela Medina, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 1173-1205 Idioma : Español (spa) Clasificación: EMPRESA FAMILIAR / FAMILIA Resumen: Hasta hace muy poco tiempo ninguna importancia se le daba a la familia como generadora de riquezas y su relación con la economía venía dada solamente por la forma en que ésta afectaba en las relaciones de sus integrantes de allí que resulta necesario un estudio interdisciplinario de todos los elementos jurídicos relacionados con el derecho de familia y sucesiones, que favorezcan tanto a la constitución como a la gestión de las empresas familiares, para evitar que la elección inadecuada de las formas societarias organizativas o una incorrecta administración o una deficitaria liquidación, produzcan consecuencias negativas que impacten perjudicialmente tanto en las relaciones familiares como en las empresariales. La incidencia que en el desarrollo de la economía está teniendo y tendrá en el futuro la empresa familiar, está fuera de toda duda, ya que la gran mayoría de las empresas en todos los países en los que se ha respetado la libertad de iniciativa, son empresas familiares. However, the study also showed a lack of awareness within family businessesSin embargo, se advierte por un lado una falta de sensibilización de las empresas familiaresof the importance of this issue, and of the tools currently available. sobre la importancia de esta cuestión, y por otro, una escasa preocupación de la doctrina jurídica argentina en el estudio de la temática. Nota de contenido: Introducción. -- Importancia económica de la empresa familiar. -- Concepto de empresa familiar. -- Aspectos positivos y negativos de la empresa familiar. -- Soluciones en el ámbito de la Unión Europea. -- Soluciones en Colombia. -- Soluciones en el derecho sucesorio.Posibilidad de celebrar pactos sobre herencia futura en forma excepcional. "Pactos de familia". -- Protocolo familiar. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26851
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1173-1205[artículo] Empresa familiar [texto impreso] / Graciela Medina, Autor . - 2010 . - p. 1173-1205.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1173-1205
Clasificación: EMPRESA FAMILIAR / FAMILIA Resumen: Hasta hace muy poco tiempo ninguna importancia se le daba a la familia como generadora de riquezas y su relación con la economía venía dada solamente por la forma en que ésta afectaba en las relaciones de sus integrantes de allí que resulta necesario un estudio interdisciplinario de todos los elementos jurídicos relacionados con el derecho de familia y sucesiones, que favorezcan tanto a la constitución como a la gestión de las empresas familiares, para evitar que la elección inadecuada de las formas societarias organizativas o una incorrecta administración o una deficitaria liquidación, produzcan consecuencias negativas que impacten perjudicialmente tanto en las relaciones familiares como en las empresariales. La incidencia que en el desarrollo de la economía está teniendo y tendrá en el futuro la empresa familiar, está fuera de toda duda, ya que la gran mayoría de las empresas en todos los países en los que se ha respetado la libertad de iniciativa, son empresas familiares. However, the study also showed a lack of awareness within family businessesSin embargo, se advierte por un lado una falta de sensibilización de las empresas familiaresof the importance of this issue, and of the tools currently available. sobre la importancia de esta cuestión, y por otro, una escasa preocupación de la doctrina jurídica argentina en el estudio de la temática. Nota de contenido: Introducción. -- Importancia económica de la empresa familiar. -- Concepto de empresa familiar. -- Aspectos positivos y negativos de la empresa familiar. -- Soluciones en el ámbito de la Unión Europea. -- Soluciones en Colombia. -- Soluciones en el derecho sucesorio.Posibilidad de celebrar pactos sobre herencia futura en forma excepcional. "Pactos de familia". -- Protocolo familiar. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26851 [artículo] Medina, Graciela (2010). Empresa familiar. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 1173-1205.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1173-1205
Clasificación: EMPRESA FAMILIAR / FAMILIA Resumen: Hasta hace muy poco tiempo ninguna importancia se le daba a la familia como generadora de riquezas y su relación con la economía venía dada solamente por la forma en que ésta afectaba en las relaciones de sus integrantes de allí que resulta necesario un estudio interdisciplinario de todos los elementos jurídicos relacionados con el derecho de familia y sucesiones, que favorezcan tanto a la constitución como a la gestión de las empresas familiares, para evitar que la elección inadecuada de las formas societarias organizativas o una incorrecta administración o una deficitaria liquidación, produzcan consecuencias negativas que impacten perjudicialmente tanto en las relaciones familiares como en las empresariales. La incidencia que en el desarrollo de la economía está teniendo y tendrá en el futuro la empresa familiar, está fuera de toda duda, ya que la gran mayoría de las empresas en todos los países en los que se ha respetado la libertad de iniciativa, son empresas familiares. However, the study also showed a lack of awareness within family businessesSin embargo, se advierte por un lado una falta de sensibilización de las empresas familiaresof the importance of this issue, and of the tools currently available. sobre la importancia de esta cuestión, y por otro, una escasa preocupación de la doctrina jurídica argentina en el estudio de la temática. Nota de contenido: Introducción. -- Importancia económica de la empresa familiar. -- Concepto de empresa familiar. -- Aspectos positivos y negativos de la empresa familiar. -- Soluciones en el ámbito de la Unión Europea. -- Soluciones en Colombia. -- Soluciones en el derecho sucesorio.Posibilidad de celebrar pactos sobre herencia futura en forma excepcional. "Pactos de familia". -- Protocolo familiar. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26851 El matrimonio posterior al concubinato reconocido incide sobre su base fundante y obtaculiza la duplicidad de sociedades legales de bienes / Enrique Malel en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : El matrimonio posterior al concubinato reconocido incide sobre su base fundante y obtaculiza la duplicidad de sociedades legales de bienes Tipo de documento: texto impreso Autores: Enrique Malel, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 1207-1215 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONCUBINATO / ESTADO CIVIL / PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL / BIENES / ASPECTOS PATRIMONIALES DE LA UNION CONCUBINARIA Resumen: El matrimonio posterior al reconocimiento del concubinato podría originar inseguridad en la naturaleza jurídica de los bienes ingresados a la novísima sociedad conyugal que conforman los contrayentes, según controversia jurídica que se resuelve por el autor en el marco jurídico conceptual-sistémico de la "situación fáctica" que está en la base justificante de la Ley de Unión Concubinaria. Nota de contenido: Presentación. -- La ley que viabiliza la unión concubinaria. -- Estado civil, situación de hecho en la legislación uruguaya. -- La disolución del concubinato. -- ¿Existe norma legal que obligue a tramitar la disolución de la unión para contraer matrimonio? -- La teoría de la situación fáctica y las consecuencias variabilidad. -- El matrimonio entre los propios concubinos. -- El matrimonio del concubino con un tercero. -- La publicidad hacia los terceros emerge in re ipsa. Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26854
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1207-1215[artículo] El matrimonio posterior al concubinato reconocido incide sobre su base fundante y obtaculiza la duplicidad de sociedades legales de bienes [texto impreso] / Enrique Malel, Autor . - 2010 . - p. 1207-1215.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1207-1215
Clasificación: CONCUBINATO / ESTADO CIVIL / PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL / BIENES / ASPECTOS PATRIMONIALES DE LA UNION CONCUBINARIA Resumen: El matrimonio posterior al reconocimiento del concubinato podría originar inseguridad en la naturaleza jurídica de los bienes ingresados a la novísima sociedad conyugal que conforman los contrayentes, según controversia jurídica que se resuelve por el autor en el marco jurídico conceptual-sistémico de la "situación fáctica" que está en la base justificante de la Ley de Unión Concubinaria. Nota de contenido: Presentación. -- La ley que viabiliza la unión concubinaria. -- Estado civil, situación de hecho en la legislación uruguaya. -- La disolución del concubinato. -- ¿Existe norma legal que obligue a tramitar la disolución de la unión para contraer matrimonio? -- La teoría de la situación fáctica y las consecuencias variabilidad. -- El matrimonio entre los propios concubinos. -- El matrimonio del concubino con un tercero. -- La publicidad hacia los terceros emerge in re ipsa. Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26854 [artículo] Malel, Enrique (2010). El matrimonio posterior al concubinato reconocido incide sobre su base fundante y obtaculiza la duplicidad de sociedades legales de bienes. Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 1207-1215.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1207-1215
Clasificación: CONCUBINATO / ESTADO CIVIL / PATRIMONIO DE LA SOCIEDAD CONYUGAL / BIENES / ASPECTOS PATRIMONIALES DE LA UNION CONCUBINARIA Resumen: El matrimonio posterior al reconocimiento del concubinato podría originar inseguridad en la naturaleza jurídica de los bienes ingresados a la novísima sociedad conyugal que conforman los contrayentes, según controversia jurídica que se resuelve por el autor en el marco jurídico conceptual-sistémico de la "situación fáctica" que está en la base justificante de la Ley de Unión Concubinaria. Nota de contenido: Presentación. -- La ley que viabiliza la unión concubinaria. -- Estado civil, situación de hecho en la legislación uruguaya. -- La disolución del concubinato. -- ¿Existe norma legal que obligue a tramitar la disolución de la unión para contraer matrimonio? -- La teoría de la situación fáctica y las consecuencias variabilidad. -- El matrimonio entre los propios concubinos. -- El matrimonio del concubino con un tercero. -- La publicidad hacia los terceros emerge in re ipsa. Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26854 Bien de familia. Su protección registral / Luis Moisset de Espanés en Revista Crítica de Derecho Privado, 07 (Enero-Diciembre 2010)
[artículo]
Título : Bien de familia. Su protección registral : (Derecho argentino e Iberoamericano) Tipo de documento: texto impreso Autores: Luis Moisset de Espanés, Autor Fecha de publicación: 2010 Artículo en la página: p. 1217-1246 Idioma : Español (spa) Clasificación: BIEN DE FAMILIA Resumen: En el campo del derecho tiene singular importancia el grado de "oponibilidad" de que gocen las situaciones susceptibles de ser protegidas por el orden jurídico. La oponibilidad y el derecho a la vivienda han conducido a que se disputen en el campo del Derecho dos corrientes principales de pensamiento. Una considera que el "derecho a la vivienda", tiene tal jerarquía que debe ser protegido sin limitación alguna frente a cualquier circunstancia que pudiese afectarlo, de manera que ningún acreedor podrá, por ninguna causa, privar a su deudor de techo. Procura entonces consagrar la inembargabilidad absoluta del hogar, basándose en los mismos fundamentos que llevan a consagrar la inembargabilidad de los bienes muebles indispensables para la subsistencia, como las vestimentas, o el ajuar mínimo de la casa. Frente a esta posición hay otra que, sin descuidar la defensa de la vivienda, deja en manos del titular del bien decidir si desea acogerse a esa protección, o prefiere dejar que integre la garantía patrimonial que le permitirá así obtener crédito con más facilidad y en mayor monto. En este sistema, para mantener equilibrada la relación entre acreedores y deudores, es menester que todos puedan tener conocimiento si la casa ha quedado constituida como un bien inembargable y para el adecuado conocimiento de este derecho y su "oponibilidad", la publicidad registral resulta la herramienta más idónea. Dedicaremos nuestro esfuerzo a estudiar este derecho en la legislación argentina, donde es conocido como "bien de familia", y las figuras similares que aparecen en la mayor parte de los sistemas jurídicos de Iberoamérica. Nota de contenido: Introducción. -- La ley argentina de bien de familia. -- El Registro. Importancia. -- Intentos de proteger el techo familiar al margen de la publicidad registral. -- Otos países de Iberoamérica. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26855
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1217-1246[artículo] Bien de familia. Su protección registral : (Derecho argentino e Iberoamericano) [texto impreso] / Luis Moisset de Espanés, Autor . - 2010 . - p. 1217-1246.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1217-1246
Clasificación: BIEN DE FAMILIA Resumen: En el campo del derecho tiene singular importancia el grado de "oponibilidad" de que gocen las situaciones susceptibles de ser protegidas por el orden jurídico. La oponibilidad y el derecho a la vivienda han conducido a que se disputen en el campo del Derecho dos corrientes principales de pensamiento. Una considera que el "derecho a la vivienda", tiene tal jerarquía que debe ser protegido sin limitación alguna frente a cualquier circunstancia que pudiese afectarlo, de manera que ningún acreedor podrá, por ninguna causa, privar a su deudor de techo. Procura entonces consagrar la inembargabilidad absoluta del hogar, basándose en los mismos fundamentos que llevan a consagrar la inembargabilidad de los bienes muebles indispensables para la subsistencia, como las vestimentas, o el ajuar mínimo de la casa. Frente a esta posición hay otra que, sin descuidar la defensa de la vivienda, deja en manos del titular del bien decidir si desea acogerse a esa protección, o prefiere dejar que integre la garantía patrimonial que le permitirá así obtener crédito con más facilidad y en mayor monto. En este sistema, para mantener equilibrada la relación entre acreedores y deudores, es menester que todos puedan tener conocimiento si la casa ha quedado constituida como un bien inembargable y para el adecuado conocimiento de este derecho y su "oponibilidad", la publicidad registral resulta la herramienta más idónea. Dedicaremos nuestro esfuerzo a estudiar este derecho en la legislación argentina, donde es conocido como "bien de familia", y las figuras similares que aparecen en la mayor parte de los sistemas jurídicos de Iberoamérica. Nota de contenido: Introducción. -- La ley argentina de bien de familia. -- El Registro. Importancia. -- Intentos de proteger el techo familiar al margen de la publicidad registral. -- Otos países de Iberoamérica. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26855 [artículo] Moisset de Espanés, Luis (2010). Bien de familia. Su protección registral : (Derecho argentino e Iberoamericano). Revista Crítica de Derecho Privado. 07. (Enero-Diciembre 2010) p. 1217-1246.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 07 (Enero-Diciembre 2010) . - p. 1217-1246
Clasificación: BIEN DE FAMILIA Resumen: En el campo del derecho tiene singular importancia el grado de "oponibilidad" de que gocen las situaciones susceptibles de ser protegidas por el orden jurídico. La oponibilidad y el derecho a la vivienda han conducido a que se disputen en el campo del Derecho dos corrientes principales de pensamiento. Una considera que el "derecho a la vivienda", tiene tal jerarquía que debe ser protegido sin limitación alguna frente a cualquier circunstancia que pudiese afectarlo, de manera que ningún acreedor podrá, por ninguna causa, privar a su deudor de techo. Procura entonces consagrar la inembargabilidad absoluta del hogar, basándose en los mismos fundamentos que llevan a consagrar la inembargabilidad de los bienes muebles indispensables para la subsistencia, como las vestimentas, o el ajuar mínimo de la casa. Frente a esta posición hay otra que, sin descuidar la defensa de la vivienda, deja en manos del titular del bien decidir si desea acogerse a esa protección, o prefiere dejar que integre la garantía patrimonial que le permitirá así obtener crédito con más facilidad y en mayor monto. En este sistema, para mantener equilibrada la relación entre acreedores y deudores, es menester que todos puedan tener conocimiento si la casa ha quedado constituida como un bien inembargable y para el adecuado conocimiento de este derecho y su "oponibilidad", la publicidad registral resulta la herramienta más idónea. Dedicaremos nuestro esfuerzo a estudiar este derecho en la legislación argentina, donde es conocido como "bien de familia", y las figuras similares que aparecen en la mayor parte de los sistemas jurídicos de Iberoamérica. Nota de contenido: Introducción. -- La ley argentina de bien de familia. -- El Registro. Importancia. -- Intentos de proteger el techo familiar al margen de la publicidad registral. -- Otos países de Iberoamérica. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26855











