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10 - Enero-Diciembre 2013 [texto impreso] . - 2013 . - 1273 p.
Idioma : Español (spa)
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10 - Enero-Diciembre 2013. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) 1273 p. Idioma : Español (spa)
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| 17208 | 050 RCDP 10 | Publicación periódica | Biblioteca sede principal | Hemeroteca | Disponible |
Artículos

Ideas para una visión crítica sobre la decisión judicial / Luis Meliante Garcé en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Ideas para una visión crítica sobre la decisión judicial Tipo de documento: texto impreso Autores: Luis Meliante Garcé, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 17-38 Idioma : Español (spa) Resumen: Discurrir sobre la temática de la decisión judicial, es una cuestión problemática y controversial. Puede herir además muchas sensibilidades. No por ello ha de dejarse de formar opinión. Hacerlo es saludable para instalar - en el mejor de los casos- un debate, pero sí así no ocurre, de todos modos contribuye sanamente al quehacer democrático a la búsqueda de desmitificaciones. La puesta en cuestión que del tema se hace en este trabajo, recorre en parte un itinerario expositivo acotado pero, generalmente ya transitado y conocido. Las opiniones de autores contemporáneos (Latino) Americanos, así como la central de Duncan Kennedy, aunque no se compartan, resultan ser las que debería ser mayormente atendidas. Nota de contenido: Introducción. -- Breve análisis de distintas perspectivas de la modelación decisional. -- Un valor agregado: el entorno comprensivista que opera en todo proceso decisional a través de la hermenéutica filosófica de Hans Georg Gadamer. -- Una visión crítica de la decisión judicial. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26121
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 17-38[artículo] Ideas para una visión crítica sobre la decisión judicial [texto impreso] / Luis Meliante Garcé, Autor . - 2013 . - p. 17-38.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 17-38
Resumen: Discurrir sobre la temática de la decisión judicial, es una cuestión problemática y controversial. Puede herir además muchas sensibilidades. No por ello ha de dejarse de formar opinión. Hacerlo es saludable para instalar - en el mejor de los casos- un debate, pero sí así no ocurre, de todos modos contribuye sanamente al quehacer democrático a la búsqueda de desmitificaciones. La puesta en cuestión que del tema se hace en este trabajo, recorre en parte un itinerario expositivo acotado pero, generalmente ya transitado y conocido. Las opiniones de autores contemporáneos (Latino) Americanos, así como la central de Duncan Kennedy, aunque no se compartan, resultan ser las que debería ser mayormente atendidas. Nota de contenido: Introducción. -- Breve análisis de distintas perspectivas de la modelación decisional. -- Un valor agregado: el entorno comprensivista que opera en todo proceso decisional a través de la hermenéutica filosófica de Hans Georg Gadamer. -- Una visión crítica de la decisión judicial. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26121 [artículo] Meliante Garcé, Luis (2013). Ideas para una visión crítica sobre la decisión judicial. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 17-38.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 17-38
Resumen: Discurrir sobre la temática de la decisión judicial, es una cuestión problemática y controversial. Puede herir además muchas sensibilidades. No por ello ha de dejarse de formar opinión. Hacerlo es saludable para instalar - en el mejor de los casos- un debate, pero sí así no ocurre, de todos modos contribuye sanamente al quehacer democrático a la búsqueda de desmitificaciones. La puesta en cuestión que del tema se hace en este trabajo, recorre en parte un itinerario expositivo acotado pero, generalmente ya transitado y conocido. Las opiniones de autores contemporáneos (Latino) Americanos, así como la central de Duncan Kennedy, aunque no se compartan, resultan ser las que debería ser mayormente atendidas. Nota de contenido: Introducción. -- Breve análisis de distintas perspectivas de la modelación decisional. -- Un valor agregado: el entorno comprensivista que opera en todo proceso decisional a través de la hermenéutica filosófica de Hans Georg Gadamer. -- Una visión crítica de la decisión judicial. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26121 Aspectos varios de la investigación jurídica. La Santísima Trinidad. El estudio de la historia y los errores / Moisset Espanés, Luis en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Aspectos varios de la investigación jurídica. La Santísima Trinidad. El estudio de la historia y los errores Tipo de documento: texto impreso Autores: Moisset Espanés, Luis, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 39-51 Idioma : Español (spa) Resumen: La historia resulta imprescindible en nuestra ciencia sociales. Para tener una visión más completa, es indispensable estudiar lo que ha sucedido en otras épocas, en sociedades en la cuales se haya dados situaciones de vida similares, que permitan encontrar respuestas semejantes a las que hoy se dan y, de esa forma, ampliar el repertorio de datos que nos permitan realizar una investigación más completa. El error está siempre en la tarea del investigador y desempeña un papel a veces fundamental; es el motor que impulsa al investigador en la búsqueda de la verdad; si no existiese el error y no tratase el investigador de superarlo, no tendríamos nosotros nunca un avance ni en la ciencias jurídicas ni otro campo de la ciencia. Distingamos, el error de la discordancia con la realidad latente en la práctica, porque no son cosas iguales. En esa tarea de búsqueda uno de los elementos fundamentales para que la investigación histórica o el análisis presente de la dogmática sea superadora, es la crítica. Crítica que debe realizarse por el propio autor de la investigación desde el momento inicial; crítica que no significa destruir sino que significa analizar que es uno de los sentidos principales del vocablo crítica. Todo autor, todo investigador, todo abogado práctico debe someter a crítica los resultados de su esfuerzo. La crítica resulta indispensable, primero desde el ángulo del propio autor, pero también debe estar dispuesto a aceptar la crítica que viene desde afuera, cualquiera sea la característica de la crítica, que debe ser benevolente o puede ser destructiva y saber dar las respuestas adecuadas o también callar frente a las críticas, pero aceptarlas como algo superador en el camino recorrido. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26125
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 39-51[artículo] Aspectos varios de la investigación jurídica. La Santísima Trinidad. El estudio de la historia y los errores [texto impreso] / Moisset Espanés, Luis, Autor . - 2013 . - p. 39-51.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 39-51
Resumen: La historia resulta imprescindible en nuestra ciencia sociales. Para tener una visión más completa, es indispensable estudiar lo que ha sucedido en otras épocas, en sociedades en la cuales se haya dados situaciones de vida similares, que permitan encontrar respuestas semejantes a las que hoy se dan y, de esa forma, ampliar el repertorio de datos que nos permitan realizar una investigación más completa. El error está siempre en la tarea del investigador y desempeña un papel a veces fundamental; es el motor que impulsa al investigador en la búsqueda de la verdad; si no existiese el error y no tratase el investigador de superarlo, no tendríamos nosotros nunca un avance ni en la ciencias jurídicas ni otro campo de la ciencia. Distingamos, el error de la discordancia con la realidad latente en la práctica, porque no son cosas iguales. En esa tarea de búsqueda uno de los elementos fundamentales para que la investigación histórica o el análisis presente de la dogmática sea superadora, es la crítica. Crítica que debe realizarse por el propio autor de la investigación desde el momento inicial; crítica que no significa destruir sino que significa analizar que es uno de los sentidos principales del vocablo crítica. Todo autor, todo investigador, todo abogado práctico debe someter a crítica los resultados de su esfuerzo. La crítica resulta indispensable, primero desde el ángulo del propio autor, pero también debe estar dispuesto a aceptar la crítica que viene desde afuera, cualquiera sea la característica de la crítica, que debe ser benevolente o puede ser destructiva y saber dar las respuestas adecuadas o también callar frente a las críticas, pero aceptarlas como algo superador en el camino recorrido. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26125 [artículo] Moisset Espanés, Luis (2013). Aspectos varios de la investigación jurídica. La Santísima Trinidad. El estudio de la historia y los errores. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 39-51.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 39-51
Resumen: La historia resulta imprescindible en nuestra ciencia sociales. Para tener una visión más completa, es indispensable estudiar lo que ha sucedido en otras épocas, en sociedades en la cuales se haya dados situaciones de vida similares, que permitan encontrar respuestas semejantes a las que hoy se dan y, de esa forma, ampliar el repertorio de datos que nos permitan realizar una investigación más completa. El error está siempre en la tarea del investigador y desempeña un papel a veces fundamental; es el motor que impulsa al investigador en la búsqueda de la verdad; si no existiese el error y no tratase el investigador de superarlo, no tendríamos nosotros nunca un avance ni en la ciencias jurídicas ni otro campo de la ciencia. Distingamos, el error de la discordancia con la realidad latente en la práctica, porque no son cosas iguales. En esa tarea de búsqueda uno de los elementos fundamentales para que la investigación histórica o el análisis presente de la dogmática sea superadora, es la crítica. Crítica que debe realizarse por el propio autor de la investigación desde el momento inicial; crítica que no significa destruir sino que significa analizar que es uno de los sentidos principales del vocablo crítica. Todo autor, todo investigador, todo abogado práctico debe someter a crítica los resultados de su esfuerzo. La crítica resulta indispensable, primero desde el ángulo del propio autor, pero también debe estar dispuesto a aceptar la crítica que viene desde afuera, cualquiera sea la característica de la crítica, que debe ser benevolente o puede ser destructiva y saber dar las respuestas adecuadas o también callar frente a las críticas, pero aceptarlas como algo superador en el camino recorrido. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26125 Inversiones calamitosas. Solución anulatoria y solución resolutoria. La ruina de paradigma uruguayo / Marcelo Amorín en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Inversiones calamitosas. Solución anulatoria y solución resolutoria. La ruina de paradigma uruguayo : "No responde por el total porque no es un depósito, solo de indemniza a la parte" Tipo de documento: texto impreso Autores: Marcelo Amorín, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 55-70 Idioma : Español (spa) Clasificación: INVERSIONES EXTRANJERAS Resumen: Situación de inversor no informado adecuadamente, conocimiento de la entidad de la situación de riego de insolvencia del emisor o deber de conocerla, conocimiento posterior o no aviso. situación de la entidad asesora "colocador", jurisprudencia europea, la postura de la justicia uruguaya sobre "pérdida de chance" como único daño indemnizable mención. Solución anulatoria para contratos de adhesión el Comisionista -entidad financiera- deviene titular de los créditos (bonos, obligaciones, debentures) adquiridos y debe reintegrar lo pagado. Solución resolutoria, reintegros recíprocos, más daños por pérdida de chance. Régimen para el caso que se entienda de aplicación el régimen de los Códigos Decimonónicos. El fin del paradigma "como no es un depósito solo responde por la pérdida de chance" en el Uruguay. Nota de contenido: Diez años de la Revista Crítica de Derecho Privado. -- La hipótesis planteada. -- La Jurisprudencia Europea. -- La situación como Relación de Consumo en Uruguay. -- Régimen de los Códigos Decimonónicos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26127
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 55-70[artículo] Inversiones calamitosas. Solución anulatoria y solución resolutoria. La ruina de paradigma uruguayo : "No responde por el total porque no es un depósito, solo de indemniza a la parte" [texto impreso] / Marcelo Amorín, Autor . - 2013 . - p. 55-70.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 55-70
Clasificación: INVERSIONES EXTRANJERAS Resumen: Situación de inversor no informado adecuadamente, conocimiento de la entidad de la situación de riego de insolvencia del emisor o deber de conocerla, conocimiento posterior o no aviso. situación de la entidad asesora "colocador", jurisprudencia europea, la postura de la justicia uruguaya sobre "pérdida de chance" como único daño indemnizable mención. Solución anulatoria para contratos de adhesión el Comisionista -entidad financiera- deviene titular de los créditos (bonos, obligaciones, debentures) adquiridos y debe reintegrar lo pagado. Solución resolutoria, reintegros recíprocos, más daños por pérdida de chance. Régimen para el caso que se entienda de aplicación el régimen de los Códigos Decimonónicos. El fin del paradigma "como no es un depósito solo responde por la pérdida de chance" en el Uruguay. Nota de contenido: Diez años de la Revista Crítica de Derecho Privado. -- La hipótesis planteada. -- La Jurisprudencia Europea. -- La situación como Relación de Consumo en Uruguay. -- Régimen de los Códigos Decimonónicos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26127 [artículo] Amorín, Marcelo (2013). Inversiones calamitosas. Solución anulatoria y solución resolutoria. La ruina de paradigma uruguayo : "No responde por el total porque no es un depósito, solo de indemniza a la parte". Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 55-70.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 55-70
Clasificación: INVERSIONES EXTRANJERAS Resumen: Situación de inversor no informado adecuadamente, conocimiento de la entidad de la situación de riego de insolvencia del emisor o deber de conocerla, conocimiento posterior o no aviso. situación de la entidad asesora "colocador", jurisprudencia europea, la postura de la justicia uruguaya sobre "pérdida de chance" como único daño indemnizable mención. Solución anulatoria para contratos de adhesión el Comisionista -entidad financiera- deviene titular de los créditos (bonos, obligaciones, debentures) adquiridos y debe reintegrar lo pagado. Solución resolutoria, reintegros recíprocos, más daños por pérdida de chance. Régimen para el caso que se entienda de aplicación el régimen de los Códigos Decimonónicos. El fin del paradigma "como no es un depósito solo responde por la pérdida de chance" en el Uruguay. Nota de contenido: Diez años de la Revista Crítica de Derecho Privado. -- La hipótesis planteada. -- La Jurisprudencia Europea. -- La situación como Relación de Consumo en Uruguay. -- Régimen de los Códigos Decimonónicos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26127 Prácticas anticompetitivas de empresas emisoras de tarjetas de crédito que incluyen en sus cláusulas contractuales un seguro de vida obligatorio sobre el saldo deudor / Elisa Buschiazzo Figares en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Prácticas anticompetitivas de empresas emisoras de tarjetas de crédito que incluyen en sus cláusulas contractuales un seguro de vida obligatorio sobre el saldo deudor Tipo de documento: texto impreso Autores: Elisa Buschiazzo Figares, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 71-101 Idioma : Español (spa) Clasificación: DEFENSA DE LA COMPETENCIA / TARJETA DE CRÉDITO / CLÁUSULAS ABUSIVAS Resumen: La ley de defensa de la competencia Nº 18.159 se funda en un principio constitucional de libre competencia entre los operadores económicos, consistente en que toda empresa debe permitir el libre acceso, permanencia y crecimiento de un competidor un un mercado geográfico y respecto a un producto determinado. La infracción al principio se produce cuando se coarta ka libertad de iniciativa o de acceso a la actividad económica, así como la libertad para determinar las circunstancias y el modo o forma de su actividad (calidad, modelos, cantidad, producción, etc.) y la igualdad entre los competidores. El inc. segundo del artículo 2 de la referida ley prohíbe de posición dominante en el mercado, "así como todas las prácticas, conductas, recomendaciones, individuales o concretadas, que tengan por efecto u objeto, restringir limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia actual o futura en el mercado relevante". Mientras que el artículo 4º establece una enumeración (no taxativa) de "Practicas Prohibidas", en tantp configuren situaciones de violación de la libre competencia. Nota de contenido: Introducción. -- Marco normativo nacional y regional. -- Acuerdos y prácticas concertadas. -- Mercado relevante. -- El abuso de posición dominante. -- Responsabilidad civil emanada del incumplimiento de la LDC. -- ¿Es posible calificar de anticompetitiva, la práctica de las empresas de emisoras de tarjetas de crédito que incluyen en sus cláusulas contractuales un seguro de vida obligatorio sobre el saldo deudor? -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26132
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 71-101[artículo] Prácticas anticompetitivas de empresas emisoras de tarjetas de crédito que incluyen en sus cláusulas contractuales un seguro de vida obligatorio sobre el saldo deudor [texto impreso] / Elisa Buschiazzo Figares, Autor . - 2013 . - p. 71-101.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 71-101
Clasificación: DEFENSA DE LA COMPETENCIA / TARJETA DE CRÉDITO / CLÁUSULAS ABUSIVAS Resumen: La ley de defensa de la competencia Nº 18.159 se funda en un principio constitucional de libre competencia entre los operadores económicos, consistente en que toda empresa debe permitir el libre acceso, permanencia y crecimiento de un competidor un un mercado geográfico y respecto a un producto determinado. La infracción al principio se produce cuando se coarta ka libertad de iniciativa o de acceso a la actividad económica, así como la libertad para determinar las circunstancias y el modo o forma de su actividad (calidad, modelos, cantidad, producción, etc.) y la igualdad entre los competidores. El inc. segundo del artículo 2 de la referida ley prohíbe de posición dominante en el mercado, "así como todas las prácticas, conductas, recomendaciones, individuales o concretadas, que tengan por efecto u objeto, restringir limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia actual o futura en el mercado relevante". Mientras que el artículo 4º establece una enumeración (no taxativa) de "Practicas Prohibidas", en tantp configuren situaciones de violación de la libre competencia. Nota de contenido: Introducción. -- Marco normativo nacional y regional. -- Acuerdos y prácticas concertadas. -- Mercado relevante. -- El abuso de posición dominante. -- Responsabilidad civil emanada del incumplimiento de la LDC. -- ¿Es posible calificar de anticompetitiva, la práctica de las empresas de emisoras de tarjetas de crédito que incluyen en sus cláusulas contractuales un seguro de vida obligatorio sobre el saldo deudor? -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26132 [artículo] Buschiazzo Figares, Elisa (2013). Prácticas anticompetitivas de empresas emisoras de tarjetas de crédito que incluyen en sus cláusulas contractuales un seguro de vida obligatorio sobre el saldo deudor. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 71-101.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 71-101
Clasificación: DEFENSA DE LA COMPETENCIA / TARJETA DE CRÉDITO / CLÁUSULAS ABUSIVAS Resumen: La ley de defensa de la competencia Nº 18.159 se funda en un principio constitucional de libre competencia entre los operadores económicos, consistente en que toda empresa debe permitir el libre acceso, permanencia y crecimiento de un competidor un un mercado geográfico y respecto a un producto determinado. La infracción al principio se produce cuando se coarta ka libertad de iniciativa o de acceso a la actividad económica, así como la libertad para determinar las circunstancias y el modo o forma de su actividad (calidad, modelos, cantidad, producción, etc.) y la igualdad entre los competidores. El inc. segundo del artículo 2 de la referida ley prohíbe de posición dominante en el mercado, "así como todas las prácticas, conductas, recomendaciones, individuales o concretadas, que tengan por efecto u objeto, restringir limitar, obstaculizar, distorsionar o impedir la competencia actual o futura en el mercado relevante". Mientras que el artículo 4º establece una enumeración (no taxativa) de "Practicas Prohibidas", en tantp configuren situaciones de violación de la libre competencia. Nota de contenido: Introducción. -- Marco normativo nacional y regional. -- Acuerdos y prácticas concertadas. -- Mercado relevante. -- El abuso de posición dominante. -- Responsabilidad civil emanada del incumplimiento de la LDC. -- ¿Es posible calificar de anticompetitiva, la práctica de las empresas de emisoras de tarjetas de crédito que incluyen en sus cláusulas contractuales un seguro de vida obligatorio sobre el saldo deudor? -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26132 Regulación del transporte internacional terrestre en el ámbito Latinoamericano y en Uruguay / Roxana Corbran Rizzo en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Regulación del transporte internacional terrestre en el ámbito Latinoamericano y en Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Roxana Corbran Rizzo, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 103-120 Idioma : Español (spa) Clasificación: TRANSPORTE TERRESTRE / MERCOSUR / DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Resumen: Este trabajo pretende hacer un breve análisis del transporte terrestre internacional en el ámbito latinoamericano ofreciendo una visión de las pendientes de ratificación así como las vigentes en las región demostrando como deben o deberían aplicarse en Uruguay conforme a la existencia delas mismas y la posición doctrinaria existente. Nota de contenido: Introducción. -- Regulación del transporte internacional terrestre en América Latina. -- Posiciones sobre la regulación del transporte terrestre internacional en los Tratados de Montevideo de 1889 ¿se aplican o no se aplican? -- Posiciones sobre la regulación del transporte terrestre internacional ante inexistencia de Tratado Uruguay. -- Sugerencias para la aplicación de las normas de transporte terrestre internacional. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26134
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 103-120[artículo] Regulación del transporte internacional terrestre en el ámbito Latinoamericano y en Uruguay [texto impreso] / Roxana Corbran Rizzo, Autor . - 2013 . - p. 103-120.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 103-120
Clasificación: TRANSPORTE TERRESTRE / MERCOSUR / DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Resumen: Este trabajo pretende hacer un breve análisis del transporte terrestre internacional en el ámbito latinoamericano ofreciendo una visión de las pendientes de ratificación así como las vigentes en las región demostrando como deben o deberían aplicarse en Uruguay conforme a la existencia delas mismas y la posición doctrinaria existente. Nota de contenido: Introducción. -- Regulación del transporte internacional terrestre en América Latina. -- Posiciones sobre la regulación del transporte terrestre internacional en los Tratados de Montevideo de 1889 ¿se aplican o no se aplican? -- Posiciones sobre la regulación del transporte terrestre internacional ante inexistencia de Tratado Uruguay. -- Sugerencias para la aplicación de las normas de transporte terrestre internacional. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26134 [artículo] Corbran Rizzo, Roxana (2013). Regulación del transporte internacional terrestre en el ámbito Latinoamericano y en Uruguay. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 103-120.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 103-120
Clasificación: TRANSPORTE TERRESTRE / MERCOSUR / DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO Resumen: Este trabajo pretende hacer un breve análisis del transporte terrestre internacional en el ámbito latinoamericano ofreciendo una visión de las pendientes de ratificación así como las vigentes en las región demostrando como deben o deberían aplicarse en Uruguay conforme a la existencia delas mismas y la posición doctrinaria existente. Nota de contenido: Introducción. -- Regulación del transporte internacional terrestre en América Latina. -- Posiciones sobre la regulación del transporte terrestre internacional en los Tratados de Montevideo de 1889 ¿se aplican o no se aplican? -- Posiciones sobre la regulación del transporte terrestre internacional ante inexistencia de Tratado Uruguay. -- Sugerencias para la aplicación de las normas de transporte terrestre internacional. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26134 La simulación de los actos jurídicos / Luis Daniel Crovi en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La simulación de los actos jurídicos Tipo de documento: texto impreso Autores: Luis Daniel Crovi, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 121-136 Idioma : Español (spa) Clasificación: SIMULACIÓN Resumen: La simulación es un vicio propio de los actos jurídicos que afecta la buena fe y consiste en la discordancia consiente y acordada entre la voluntad real y la declarada por los otorgantes del acto, efectuado con el ánimo de engañar, de donde puede resultar, o no, lesión al orden normativo o los terceros ajenos al acto. En toda simulación puede distinguirse el acuerdo simulatorio que pertenece oculto y negocio simulado que se exterioriza, este último puede esconder un acto verdadero o presentarse como mera apariencia detrás de la cual no hay ningún acto oculto. La simulación frecuentemente sirve para perjudicar derechos de terceros, es tarea de los jueces descubrirla y declarar su ineficiencia. Nota de contenido: Introducción. -- Consideraciones generales. -- El acuerdo simulatorio. -- El negocio simulado. -- Las clases de simulación. -- La ineficiencia del acto. -- La prueba de la simulación. -- La proyectada reforma del derecho argentino. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26136
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 121-136[artículo] La simulación de los actos jurídicos [texto impreso] / Luis Daniel Crovi, Autor . - 2013 . - p. 121-136.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 121-136
Clasificación: SIMULACIÓN Resumen: La simulación es un vicio propio de los actos jurídicos que afecta la buena fe y consiste en la discordancia consiente y acordada entre la voluntad real y la declarada por los otorgantes del acto, efectuado con el ánimo de engañar, de donde puede resultar, o no, lesión al orden normativo o los terceros ajenos al acto. En toda simulación puede distinguirse el acuerdo simulatorio que pertenece oculto y negocio simulado que se exterioriza, este último puede esconder un acto verdadero o presentarse como mera apariencia detrás de la cual no hay ningún acto oculto. La simulación frecuentemente sirve para perjudicar derechos de terceros, es tarea de los jueces descubrirla y declarar su ineficiencia. Nota de contenido: Introducción. -- Consideraciones generales. -- El acuerdo simulatorio. -- El negocio simulado. -- Las clases de simulación. -- La ineficiencia del acto. -- La prueba de la simulación. -- La proyectada reforma del derecho argentino. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26136 [artículo] Crovi, Luis Daniel (2013). La simulación de los actos jurídicos. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 121-136.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 121-136
Clasificación: SIMULACIÓN Resumen: La simulación es un vicio propio de los actos jurídicos que afecta la buena fe y consiste en la discordancia consiente y acordada entre la voluntad real y la declarada por los otorgantes del acto, efectuado con el ánimo de engañar, de donde puede resultar, o no, lesión al orden normativo o los terceros ajenos al acto. En toda simulación puede distinguirse el acuerdo simulatorio que pertenece oculto y negocio simulado que se exterioriza, este último puede esconder un acto verdadero o presentarse como mera apariencia detrás de la cual no hay ningún acto oculto. La simulación frecuentemente sirve para perjudicar derechos de terceros, es tarea de los jueces descubrirla y declarar su ineficiencia. Nota de contenido: Introducción. -- Consideraciones generales. -- El acuerdo simulatorio. -- El negocio simulado. -- Las clases de simulación. -- La ineficiencia del acto. -- La prueba de la simulación. -- La proyectada reforma del derecho argentino. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26136 Algunas preocupaciones que plantea el fideicomiso público / Delpiazzo, Carlos E. en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Algunas preocupaciones que plantea el fideicomiso público Tipo de documento: texto impreso Autores: Delpiazzo, Carlos E., Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: 137-150 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO ADMINISTRATIVO / DERECHO PÚBLICO / FIDEICOMISO Resumen: El negocio jurídico fideicomiso fue admitido a texto expreso en nuestro ordenamiento jurídico a partir de la sanción de la ley No. 17.703, de 27 de octubre de 2003, y es una figura que por su regulación demuestra una notable flexibilidad para adaptarse a una gran cantidad de situaciones en diferentes sectores del derecho. En materia de Derecho Público la figura del fideicomiso también puede emplearse con diferentes fines y parece estar en aumento. Sin embargo, en este terreno surgen determinados problemas, que resultan necesario observar, propios de la rama donde se inserta la figura, y que se relaciona con cuestiones de competencia, de preprocesamiento y de control. Nota de contenido: Introducción. Cuestión conceptual. -- Problemas de inserción en el ordenamiento. Cuestiones del origen y la variedad. -- Problemas de competencia. Cuestiones referidas a la materia y los poderes jurídicos. -- Problemas de procedimiento. Cuestiones referidas a la celebración del negocio. -- Problemas de control. Cuestiones referidas a la Hacienda Pública. -- Conclusión. Cuestiones de no convertir el fideicomiso público en un instrumento de "liga" del Derecho Administrativo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26140
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - 137-150[artículo] Algunas preocupaciones que plantea el fideicomiso público [texto impreso] / Delpiazzo, Carlos E., Autor . - 2013 . - 137-150.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - 137-150
Clasificación: DERECHO ADMINISTRATIVO / DERECHO PÚBLICO / FIDEICOMISO Resumen: El negocio jurídico fideicomiso fue admitido a texto expreso en nuestro ordenamiento jurídico a partir de la sanción de la ley No. 17.703, de 27 de octubre de 2003, y es una figura que por su regulación demuestra una notable flexibilidad para adaptarse a una gran cantidad de situaciones en diferentes sectores del derecho. En materia de Derecho Público la figura del fideicomiso también puede emplearse con diferentes fines y parece estar en aumento. Sin embargo, en este terreno surgen determinados problemas, que resultan necesario observar, propios de la rama donde se inserta la figura, y que se relaciona con cuestiones de competencia, de preprocesamiento y de control. Nota de contenido: Introducción. Cuestión conceptual. -- Problemas de inserción en el ordenamiento. Cuestiones del origen y la variedad. -- Problemas de competencia. Cuestiones referidas a la materia y los poderes jurídicos. -- Problemas de procedimiento. Cuestiones referidas a la celebración del negocio. -- Problemas de control. Cuestiones referidas a la Hacienda Pública. -- Conclusión. Cuestiones de no convertir el fideicomiso público en un instrumento de "liga" del Derecho Administrativo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26140 [artículo] Delpiazzo, Carlos E. (2013). Algunas preocupaciones que plantea el fideicomiso público. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) 137-150.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - 137-150
Clasificación: DERECHO ADMINISTRATIVO / DERECHO PÚBLICO / FIDEICOMISO Resumen: El negocio jurídico fideicomiso fue admitido a texto expreso en nuestro ordenamiento jurídico a partir de la sanción de la ley No. 17.703, de 27 de octubre de 2003, y es una figura que por su regulación demuestra una notable flexibilidad para adaptarse a una gran cantidad de situaciones en diferentes sectores del derecho. En materia de Derecho Público la figura del fideicomiso también puede emplearse con diferentes fines y parece estar en aumento. Sin embargo, en este terreno surgen determinados problemas, que resultan necesario observar, propios de la rama donde se inserta la figura, y que se relaciona con cuestiones de competencia, de preprocesamiento y de control. Nota de contenido: Introducción. Cuestión conceptual. -- Problemas de inserción en el ordenamiento. Cuestiones del origen y la variedad. -- Problemas de competencia. Cuestiones referidas a la materia y los poderes jurídicos. -- Problemas de procedimiento. Cuestiones referidas a la celebración del negocio. -- Problemas de control. Cuestiones referidas a la Hacienda Pública. -- Conclusión. Cuestiones de no convertir el fideicomiso público en un instrumento de "liga" del Derecho Administrativo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26140 Los intereses y las tasas de interés en los títulos valores / Andrés Mariño López en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Los intereses y las tasas de interés en los títulos valores Tipo de documento: texto impreso Autores: Andrés Mariño López, Autor ; Enrique A. Falco Iriondo, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 151-179 Idioma : Español (spa) Clasificación: TITULOS A LA ORDEN / CHEQUES / PAGARÉS / CUENTA CORRIENTE BANCARIA / TASAS / LEY 14500 Resumen: En los títulos valores incumplidos librados en moneda nacional, el acreedor podrá reclamar al obligado la suma adeudada reajustada según el sistema de actualización previsto por el Decreto Ley No. 14.500, más los intereses moratorios que surgen del documento o los del tipo corriente bancario según corresponda. Tratándose de obligaciones asumidas en moneda extranjera, sólo se aplicará como interés moratorio el que surge del documento o en su defecto el legalmente establecido. En los cheques, no se pueden estipular interés. Ante el incumplimiento de la obligación que surge del mismo, el tenedor puede reclamar al obligado, además del importe por el cual se libró del cheque, los intereses del tipo corriente bancario para las operaciones activas en el lugar de pago, a partir del día de la presentación al cobro. En la letra de cambio sólo se pueden estipular intereses compensatorios cuando su vencimiento "es la vista" o "a cierto plazo desde la vista". Se pueden estipular interese moratorios cualquiera sea el vencimiento. Si no se estipulan intereses moratorios se pueden reclamar los interese del tipo corriente bancario a la fecha del pago. En los vales, pagarés y conformes, se pueden estipular intereses compensatorios, cualquiera sea el vencimiento. Se pueden estipular interese moratorios. Si no se estipulan intereses moratorios, son de aplicación las normas que respecto regulan las letras de cambio. La tasa de interés del tipo corriente bancario a aplicarse, corresponde a la tasa de interés del tipo corriente bancario para operaciones activas generadas ante el incumplimiento del deudor. Puede asimilarse a la tasa media de interés moratorio del mercado de operaciones corrientes de crédito bancario que publica el Banco Central del Uruguay. Cuando se estipulan intereses compensatorios de tasa de interés a aplicarse en un letra de cambio. vale, pagaré o conforme, cuando ésta no se estipuló, se establece aumentado el interés compensatorio en un monto razonable que permita cubrir todos perjuicios padecidos, el cual se estima entre un diez y un quince por ciento. Si no se estipulan intereses compensatorios ni moratorios en una letra de cambio, vale, pagaré o conforme, la tasa de interés moratorio a aplicarse será la tasa media de interés de mora para operaciones bancarias activas publicada por el Banco Central, más un porcentaje razonable de entre un diez y quince por ciento. Esta solución es aplicable en materia de cheque impagos, tomando en consideración su naturaleza variable. Nota de contenido: Introducción. -- Obligación de dar suma de dinero. Intereses compensatorios y moratorios. Capitalización. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26144
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 151-179[artículo] Los intereses y las tasas de interés en los títulos valores [texto impreso] / Andrés Mariño López, Autor ; Enrique A. Falco Iriondo, Autor . - 2013 . - p. 151-179.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 151-179
Clasificación: TITULOS A LA ORDEN / CHEQUES / PAGARÉS / CUENTA CORRIENTE BANCARIA / TASAS / LEY 14500 Resumen: En los títulos valores incumplidos librados en moneda nacional, el acreedor podrá reclamar al obligado la suma adeudada reajustada según el sistema de actualización previsto por el Decreto Ley No. 14.500, más los intereses moratorios que surgen del documento o los del tipo corriente bancario según corresponda. Tratándose de obligaciones asumidas en moneda extranjera, sólo se aplicará como interés moratorio el que surge del documento o en su defecto el legalmente establecido. En los cheques, no se pueden estipular interés. Ante el incumplimiento de la obligación que surge del mismo, el tenedor puede reclamar al obligado, además del importe por el cual se libró del cheque, los intereses del tipo corriente bancario para las operaciones activas en el lugar de pago, a partir del día de la presentación al cobro. En la letra de cambio sólo se pueden estipular intereses compensatorios cuando su vencimiento "es la vista" o "a cierto plazo desde la vista". Se pueden estipular interese moratorios cualquiera sea el vencimiento. Si no se estipulan intereses moratorios se pueden reclamar los interese del tipo corriente bancario a la fecha del pago. En los vales, pagarés y conformes, se pueden estipular intereses compensatorios, cualquiera sea el vencimiento. Se pueden estipular interese moratorios. Si no se estipulan intereses moratorios, son de aplicación las normas que respecto regulan las letras de cambio. La tasa de interés del tipo corriente bancario a aplicarse, corresponde a la tasa de interés del tipo corriente bancario para operaciones activas generadas ante el incumplimiento del deudor. Puede asimilarse a la tasa media de interés moratorio del mercado de operaciones corrientes de crédito bancario que publica el Banco Central del Uruguay. Cuando se estipulan intereses compensatorios de tasa de interés a aplicarse en un letra de cambio. vale, pagaré o conforme, cuando ésta no se estipuló, se establece aumentado el interés compensatorio en un monto razonable que permita cubrir todos perjuicios padecidos, el cual se estima entre un diez y un quince por ciento. Si no se estipulan intereses compensatorios ni moratorios en una letra de cambio, vale, pagaré o conforme, la tasa de interés moratorio a aplicarse será la tasa media de interés de mora para operaciones bancarias activas publicada por el Banco Central, más un porcentaje razonable de entre un diez y quince por ciento. Esta solución es aplicable en materia de cheque impagos, tomando en consideración su naturaleza variable. Nota de contenido: Introducción. -- Obligación de dar suma de dinero. Intereses compensatorios y moratorios. Capitalización. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26144 [artículo] Mariño López, Andrés (2013). Los intereses y las tasas de interés en los títulos valores. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 151-179.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 151-179
Clasificación: TITULOS A LA ORDEN / CHEQUES / PAGARÉS / CUENTA CORRIENTE BANCARIA / TASAS / LEY 14500 Resumen: En los títulos valores incumplidos librados en moneda nacional, el acreedor podrá reclamar al obligado la suma adeudada reajustada según el sistema de actualización previsto por el Decreto Ley No. 14.500, más los intereses moratorios que surgen del documento o los del tipo corriente bancario según corresponda. Tratándose de obligaciones asumidas en moneda extranjera, sólo se aplicará como interés moratorio el que surge del documento o en su defecto el legalmente establecido. En los cheques, no se pueden estipular interés. Ante el incumplimiento de la obligación que surge del mismo, el tenedor puede reclamar al obligado, además del importe por el cual se libró del cheque, los intereses del tipo corriente bancario para las operaciones activas en el lugar de pago, a partir del día de la presentación al cobro. En la letra de cambio sólo se pueden estipular intereses compensatorios cuando su vencimiento "es la vista" o "a cierto plazo desde la vista". Se pueden estipular interese moratorios cualquiera sea el vencimiento. Si no se estipulan intereses moratorios se pueden reclamar los interese del tipo corriente bancario a la fecha del pago. En los vales, pagarés y conformes, se pueden estipular intereses compensatorios, cualquiera sea el vencimiento. Se pueden estipular interese moratorios. Si no se estipulan intereses moratorios, son de aplicación las normas que respecto regulan las letras de cambio. La tasa de interés del tipo corriente bancario a aplicarse, corresponde a la tasa de interés del tipo corriente bancario para operaciones activas generadas ante el incumplimiento del deudor. Puede asimilarse a la tasa media de interés moratorio del mercado de operaciones corrientes de crédito bancario que publica el Banco Central del Uruguay. Cuando se estipulan intereses compensatorios de tasa de interés a aplicarse en un letra de cambio. vale, pagaré o conforme, cuando ésta no se estipuló, se establece aumentado el interés compensatorio en un monto razonable que permita cubrir todos perjuicios padecidos, el cual se estima entre un diez y un quince por ciento. Si no se estipulan intereses compensatorios ni moratorios en una letra de cambio, vale, pagaré o conforme, la tasa de interés moratorio a aplicarse será la tasa media de interés de mora para operaciones bancarias activas publicada por el Banco Central, más un porcentaje razonable de entre un diez y quince por ciento. Esta solución es aplicable en materia de cheque impagos, tomando en consideración su naturaleza variable. Nota de contenido: Introducción. -- Obligación de dar suma de dinero. Intereses compensatorios y moratorios. Capitalización. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26144 Los Protocolos Familiares y su publicidad / Jorge Feliu Rey en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Los Protocolos Familiares y su publicidad : La apertura del Registro Mercantil Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Feliu Rey, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 181-207 Idioma : Español (spa) Clasificación: EMPRESA FAMILIAR / REGISTRO DE COMERCIO Resumen: Resulta patente la importancia social y económica de la empresa familiar en las economías actuales. Su número elevado revierte en un porcentaje alto de participación en el PBI y una importante aportación en el empleo de cualquier país. El problema que subyace en estos tipos de empresas es la diversidad de intereses que existe en su seno, intereses no solo económicos, sino también de índole personal, familiar o social, lo que hace de su regulación una tarea compleja. Esta complejidad se agrava, en particular, cuando revisten estas empresas la forma de sociedad de capital. Como consecuencia de ello, surgen lo denominados Protocolos familiares que intentan solventar en la medida de los posible los problemas propios de la empresa familiar en el marco de la forma organizativa societaria. Entender los protocolos familiares y estudias su acceso al sistema registral de acuerdo con la normativa española plantea cuestiones de interés práctica y resulta particularmente necesario para dotar de fuerza a esta figura jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- El protocolo Familiar. -- La apertura del Registro. -- La publicidad del Protocolo Familiar. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26146
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 181-207[artículo] Los Protocolos Familiares y su publicidad : La apertura del Registro Mercantil [texto impreso] / Jorge Feliu Rey, Autor . - 2013 . - p. 181-207.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 181-207
Clasificación: EMPRESA FAMILIAR / REGISTRO DE COMERCIO Resumen: Resulta patente la importancia social y económica de la empresa familiar en las economías actuales. Su número elevado revierte en un porcentaje alto de participación en el PBI y una importante aportación en el empleo de cualquier país. El problema que subyace en estos tipos de empresas es la diversidad de intereses que existe en su seno, intereses no solo económicos, sino también de índole personal, familiar o social, lo que hace de su regulación una tarea compleja. Esta complejidad se agrava, en particular, cuando revisten estas empresas la forma de sociedad de capital. Como consecuencia de ello, surgen lo denominados Protocolos familiares que intentan solventar en la medida de los posible los problemas propios de la empresa familiar en el marco de la forma organizativa societaria. Entender los protocolos familiares y estudias su acceso al sistema registral de acuerdo con la normativa española plantea cuestiones de interés práctica y resulta particularmente necesario para dotar de fuerza a esta figura jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- El protocolo Familiar. -- La apertura del Registro. -- La publicidad del Protocolo Familiar. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26146 [artículo] Feliu Rey, Jorge (2013). Los Protocolos Familiares y su publicidad : La apertura del Registro Mercantil. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 181-207.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 181-207
Clasificación: EMPRESA FAMILIAR / REGISTRO DE COMERCIO Resumen: Resulta patente la importancia social y económica de la empresa familiar en las economías actuales. Su número elevado revierte en un porcentaje alto de participación en el PBI y una importante aportación en el empleo de cualquier país. El problema que subyace en estos tipos de empresas es la diversidad de intereses que existe en su seno, intereses no solo económicos, sino también de índole personal, familiar o social, lo que hace de su regulación una tarea compleja. Esta complejidad se agrava, en particular, cuando revisten estas empresas la forma de sociedad de capital. Como consecuencia de ello, surgen lo denominados Protocolos familiares que intentan solventar en la medida de los posible los problemas propios de la empresa familiar en el marco de la forma organizativa societaria. Entender los protocolos familiares y estudias su acceso al sistema registral de acuerdo con la normativa española plantea cuestiones de interés práctica y resulta particularmente necesario para dotar de fuerza a esta figura jurídica. Nota de contenido: Introducción. -- El protocolo Familiar. -- La apertura del Registro. -- La publicidad del Protocolo Familiar. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26146 Interpretación de los contratos. Interrogantes y respuestas en el Sistema General de los Códigos y en el Régimen Protectorio del Consumidor / María Belén Japaze en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Interpretación de los contratos. Interrogantes y respuestas en el Sistema General de los Códigos y en el Régimen Protectorio del Consumidor Tipo de documento: texto impreso Autores: María Belén Japaze, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 209-247 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONTRATOS / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: La problemática referida a las interpretación de los contratos es motivo de estudio recurrente. Los sistemas jurídicos adoptan una primera decisión al resolver su regulación o no regulación en los códigos de fondo y,en el primer caso, establecen los principios y reglas que guiarán la tarea del interprete. Se impone hacer un repaso de los elementos del acto de interpretación, repensar del proceso interpretativo y las operaciones jurídicas que lo integran, identificar las fuentes a las que recurre el interprete y precisar los principios y las reglas que rigen su labor. Sólo de este modo podremos sentar las directivas de interpretación en las distintas categorías contractuales, su actualidad y eficiencia. Este estudio impone cotejar la evolución del sistema jurídico de Derecho Privado y las propuestas de reforma en debate. Nota de contenido: La interpretación: delimitación conceptual. -- Interpretación de la ley del contrato: posiciones doctrinarias. Sistema unitario, dualista e intermedio. -- Principales interrogantes en materia de interpretación del contrato. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26148
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 209-247[artículo] Interpretación de los contratos. Interrogantes y respuestas en el Sistema General de los Códigos y en el Régimen Protectorio del Consumidor [texto impreso] / María Belén Japaze, Autor . - 2013 . - p. 209-247.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 209-247
Clasificación: CONTRATOS / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: La problemática referida a las interpretación de los contratos es motivo de estudio recurrente. Los sistemas jurídicos adoptan una primera decisión al resolver su regulación o no regulación en los códigos de fondo y,en el primer caso, establecen los principios y reglas que guiarán la tarea del interprete. Se impone hacer un repaso de los elementos del acto de interpretación, repensar del proceso interpretativo y las operaciones jurídicas que lo integran, identificar las fuentes a las que recurre el interprete y precisar los principios y las reglas que rigen su labor. Sólo de este modo podremos sentar las directivas de interpretación en las distintas categorías contractuales, su actualidad y eficiencia. Este estudio impone cotejar la evolución del sistema jurídico de Derecho Privado y las propuestas de reforma en debate. Nota de contenido: La interpretación: delimitación conceptual. -- Interpretación de la ley del contrato: posiciones doctrinarias. Sistema unitario, dualista e intermedio. -- Principales interrogantes en materia de interpretación del contrato. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26148 [artículo] Japaze, María Belén (2013). Interpretación de los contratos. Interrogantes y respuestas en el Sistema General de los Códigos y en el Régimen Protectorio del Consumidor. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 209-247.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 209-247
Clasificación: CONTRATOS / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: La problemática referida a las interpretación de los contratos es motivo de estudio recurrente. Los sistemas jurídicos adoptan una primera decisión al resolver su regulación o no regulación en los códigos de fondo y,en el primer caso, establecen los principios y reglas que guiarán la tarea del interprete. Se impone hacer un repaso de los elementos del acto de interpretación, repensar del proceso interpretativo y las operaciones jurídicas que lo integran, identificar las fuentes a las que recurre el interprete y precisar los principios y las reglas que rigen su labor. Sólo de este modo podremos sentar las directivas de interpretación en las distintas categorías contractuales, su actualidad y eficiencia. Este estudio impone cotejar la evolución del sistema jurídico de Derecho Privado y las propuestas de reforma en debate. Nota de contenido: La interpretación: delimitación conceptual. -- Interpretación de la ley del contrato: posiciones doctrinarias. Sistema unitario, dualista e intermedio. -- Principales interrogantes en materia de interpretación del contrato. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26148 De la construcción social contractual. Derribando mitos en orden al logos de lo razonable / Alvaro Machado en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : De la construcción social contractual. Derribando mitos en orden al logos de lo razonable Tipo de documento: texto impreso Autores: Alvaro Machado, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 249-268 Idioma : Español (spa) Resumen: En las sociedades definitorias de la contemporaneidad actual, globalizada, la dinámica arrolladora de los vínculos intersubjetivos ha puesto su marca registrada en las diferentes y variadas instancias de carácter negocial. De tal modo, que las redes sociatales complejas fueros dando lugar paulatinamente a negocios complejos, en donde el poderío polarizado en clave sectorial a sabido capitalizar en su haber las ventajas de nuevo paradigma en marcha. Si bien los hechos constatados no pertenecen a novedades de los últimos días, de toda forma se impone la urgencia de trasladar estos hechos a la mecánicas del circuito jurídico, en aras de la debida y justa concordancia con la realidad reinante. Tal es así que se viene manejando la idea de un Derecho Civil con contenido "social", como una alternativa plausible para la protección de sectores vulnerables. Nota de contenido: Marco introductorio. -- Lógica formal vs. lógica razonable. -- En torno a las relaciones de poder. -- Acerca del ¿mito de Superman? -- Echar mano al Constructivismo. -- Una mirada desde el paradigma cualitativo. -- Revisión del circuito jurídico. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26168
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 249-268[artículo] De la construcción social contractual. Derribando mitos en orden al logos de lo razonable [texto impreso] / Alvaro Machado, Autor . - 2013 . - p. 249-268.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 249-268
Resumen: En las sociedades definitorias de la contemporaneidad actual, globalizada, la dinámica arrolladora de los vínculos intersubjetivos ha puesto su marca registrada en las diferentes y variadas instancias de carácter negocial. De tal modo, que las redes sociatales complejas fueros dando lugar paulatinamente a negocios complejos, en donde el poderío polarizado en clave sectorial a sabido capitalizar en su haber las ventajas de nuevo paradigma en marcha. Si bien los hechos constatados no pertenecen a novedades de los últimos días, de toda forma se impone la urgencia de trasladar estos hechos a la mecánicas del circuito jurídico, en aras de la debida y justa concordancia con la realidad reinante. Tal es así que se viene manejando la idea de un Derecho Civil con contenido "social", como una alternativa plausible para la protección de sectores vulnerables. Nota de contenido: Marco introductorio. -- Lógica formal vs. lógica razonable. -- En torno a las relaciones de poder. -- Acerca del ¿mito de Superman? -- Echar mano al Constructivismo. -- Una mirada desde el paradigma cualitativo. -- Revisión del circuito jurídico. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26168 [artículo] Machado, Alvaro (2013). De la construcción social contractual. Derribando mitos en orden al logos de lo razonable. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 249-268.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 249-268
Resumen: En las sociedades definitorias de la contemporaneidad actual, globalizada, la dinámica arrolladora de los vínculos intersubjetivos ha puesto su marca registrada en las diferentes y variadas instancias de carácter negocial. De tal modo, que las redes sociatales complejas fueros dando lugar paulatinamente a negocios complejos, en donde el poderío polarizado en clave sectorial a sabido capitalizar en su haber las ventajas de nuevo paradigma en marcha. Si bien los hechos constatados no pertenecen a novedades de los últimos días, de toda forma se impone la urgencia de trasladar estos hechos a la mecánicas del circuito jurídico, en aras de la debida y justa concordancia con la realidad reinante. Tal es así que se viene manejando la idea de un Derecho Civil con contenido "social", como una alternativa plausible para la protección de sectores vulnerables. Nota de contenido: Marco introductorio. -- Lógica formal vs. lógica razonable. -- En torno a las relaciones de poder. -- Acerca del ¿mito de Superman? -- Echar mano al Constructivismo. -- Una mirada desde el paradigma cualitativo. -- Revisión del circuito jurídico. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26168 El sobreendeudamiento de los consmidores. Procedimientos judiciales, administrativos o mixtos. Diversos modelos. Primeras aproximaciones / Maldonado, María Fernanda en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : El sobreendeudamiento de los consmidores. Procedimientos judiciales, administrativos o mixtos. Diversos modelos. Primeras aproximaciones Tipo de documento: texto impreso Autores: Maldonado, María Fernanda, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 269-286 Idioma : Español (spa) Resumen: El sobreendeudamiento de los consumidores, tópico de importante debate, es una temática que tiende a la necesidad de una regulación sobre todo en sus aspectos procedimentales, sean administrativos o judiciales. Una de las alternativas a abordar son los denominados mecanismos de resolución de conflictos, en el que encontramos tanto a la negociación como la mediación; éste último, como una alternativa extra judicial, expedita y gratuita, en que el consumidor sobreendeudado, quien se encuentra en estado de desprotección frente a la créditos que no puede afrontar, a través de este mecanismo puede llegar a un acuerdo en su conflicto con el acreedor como responsable dador del crédito. Nota de contenido: Introducción. -- Tratamiento normativo en Argentina. -- La Mediación como mecanismo alternativo de resolución de conflictos ante el fenómeno del sobreendeudamiento. -- Otros mecanismos alternativos de resolución de conflictos: la negociación y el arbitraje. -- Aporte administrativo en la legislación brasilera: Las denominadas "Nudecons". -- El rol de las asociaciones de consumidores en el grupo de "consumidores afectados". -- Análisis crítico. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26169
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 269-286[artículo] El sobreendeudamiento de los consmidores. Procedimientos judiciales, administrativos o mixtos. Diversos modelos. Primeras aproximaciones [texto impreso] / Maldonado, María Fernanda, Autor . - 2013 . - p. 269-286.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 269-286
Resumen: El sobreendeudamiento de los consumidores, tópico de importante debate, es una temática que tiende a la necesidad de una regulación sobre todo en sus aspectos procedimentales, sean administrativos o judiciales. Una de las alternativas a abordar son los denominados mecanismos de resolución de conflictos, en el que encontramos tanto a la negociación como la mediación; éste último, como una alternativa extra judicial, expedita y gratuita, en que el consumidor sobreendeudado, quien se encuentra en estado de desprotección frente a la créditos que no puede afrontar, a través de este mecanismo puede llegar a un acuerdo en su conflicto con el acreedor como responsable dador del crédito. Nota de contenido: Introducción. -- Tratamiento normativo en Argentina. -- La Mediación como mecanismo alternativo de resolución de conflictos ante el fenómeno del sobreendeudamiento. -- Otros mecanismos alternativos de resolución de conflictos: la negociación y el arbitraje. -- Aporte administrativo en la legislación brasilera: Las denominadas "Nudecons". -- El rol de las asociaciones de consumidores en el grupo de "consumidores afectados". -- Análisis crítico. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26169 [artículo] Maldonado, María Fernanda (2013). El sobreendeudamiento de los consmidores. Procedimientos judiciales, administrativos o mixtos. Diversos modelos. Primeras aproximaciones. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 269-286.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 269-286
Resumen: El sobreendeudamiento de los consumidores, tópico de importante debate, es una temática que tiende a la necesidad de una regulación sobre todo en sus aspectos procedimentales, sean administrativos o judiciales. Una de las alternativas a abordar son los denominados mecanismos de resolución de conflictos, en el que encontramos tanto a la negociación como la mediación; éste último, como una alternativa extra judicial, expedita y gratuita, en que el consumidor sobreendeudado, quien se encuentra en estado de desprotección frente a la créditos que no puede afrontar, a través de este mecanismo puede llegar a un acuerdo en su conflicto con el acreedor como responsable dador del crédito. Nota de contenido: Introducción. -- Tratamiento normativo en Argentina. -- La Mediación como mecanismo alternativo de resolución de conflictos ante el fenómeno del sobreendeudamiento. -- Otros mecanismos alternativos de resolución de conflictos: la negociación y el arbitraje. -- Aporte administrativo en la legislación brasilera: Las denominadas "Nudecons". -- El rol de las asociaciones de consumidores en el grupo de "consumidores afectados". -- Análisis crítico. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26169 Denegación justificada de embarque aéreo / Márquez Lobillo, Patricia en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Denegación justificada de embarque aéreo : la oportunidad perdida en la proyectada reforma de reglamento (CE) Núm. 261/2004 de 13 de marzo de 2013 Tipo de documento: texto impreso Autores: Márquez Lobillo, Patricia, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 289-323 Idioma : Español (spa) Clasificación: TRANSPORTE AÉREO / TRANSPORTE DE PASAJEROS Resumen: El legislador comunitario en el Reglamento (CE) núm. 261/2004 contempla la denegación de embarque como un derecho del transportista aéreo, cuyo ejercicio se fundamenta, bien en una decisión injustificada, sobre la base de sobreocupación de la aeronave o de circunstancias operacionales e incluso extraordinarias bien en una decisión justificada, sustentada en situaciones personales que afectan a los pasajeros. El segundo supuesto no es, sin embargo, abordado de forma suficiente por el legislador, que se limita a su permisión sin establecer los motivos o razones que pueden argüir el transportista y sin consagrar el régimen de responsabilidad en el que puede incurrir. El objeto de este trabajo consiste, precisamente, en proponer el régimen aplicable a los supuestos en los que el transportista deniega de forma justificada el embarque de pasajeros. Nota de contenido: Consideraciones previas. -- La negativa del transportista aéreo al traslado del pasajero de forma justificada. -- Sobre los deberes del transportista aéreo en caso de denegación de embarque justificada. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26172
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 289-323[artículo] Denegación justificada de embarque aéreo : la oportunidad perdida en la proyectada reforma de reglamento (CE) Núm. 261/2004 de 13 de marzo de 2013 [texto impreso] / Márquez Lobillo, Patricia, Autor . - 2013 . - p. 289-323.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 289-323
Clasificación: TRANSPORTE AÉREO / TRANSPORTE DE PASAJEROS Resumen: El legislador comunitario en el Reglamento (CE) núm. 261/2004 contempla la denegación de embarque como un derecho del transportista aéreo, cuyo ejercicio se fundamenta, bien en una decisión injustificada, sobre la base de sobreocupación de la aeronave o de circunstancias operacionales e incluso extraordinarias bien en una decisión justificada, sustentada en situaciones personales que afectan a los pasajeros. El segundo supuesto no es, sin embargo, abordado de forma suficiente por el legislador, que se limita a su permisión sin establecer los motivos o razones que pueden argüir el transportista y sin consagrar el régimen de responsabilidad en el que puede incurrir. El objeto de este trabajo consiste, precisamente, en proponer el régimen aplicable a los supuestos en los que el transportista deniega de forma justificada el embarque de pasajeros. Nota de contenido: Consideraciones previas. -- La negativa del transportista aéreo al traslado del pasajero de forma justificada. -- Sobre los deberes del transportista aéreo en caso de denegación de embarque justificada. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26172 [artículo] Márquez Lobillo, Patricia (2013). Denegación justificada de embarque aéreo : la oportunidad perdida en la proyectada reforma de reglamento (CE) Núm. 261/2004 de 13 de marzo de 2013. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 289-323.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 289-323
Clasificación: TRANSPORTE AÉREO / TRANSPORTE DE PASAJEROS Resumen: El legislador comunitario en el Reglamento (CE) núm. 261/2004 contempla la denegación de embarque como un derecho del transportista aéreo, cuyo ejercicio se fundamenta, bien en una decisión injustificada, sobre la base de sobreocupación de la aeronave o de circunstancias operacionales e incluso extraordinarias bien en una decisión justificada, sustentada en situaciones personales que afectan a los pasajeros. El segundo supuesto no es, sin embargo, abordado de forma suficiente por el legislador, que se limita a su permisión sin establecer los motivos o razones que pueden argüir el transportista y sin consagrar el régimen de responsabilidad en el que puede incurrir. El objeto de este trabajo consiste, precisamente, en proponer el régimen aplicable a los supuestos en los que el transportista deniega de forma justificada el embarque de pasajeros. Nota de contenido: Consideraciones previas. -- La negativa del transportista aéreo al traslado del pasajero de forma justificada. -- Sobre los deberes del transportista aéreo en caso de denegación de embarque justificada. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26172 La fundación de las sociedades anónimas cubana. Especial referencia al capital social / Isnel Martínez Montenegro en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La fundación de las sociedades anónimas cubana. Especial referencia al capital social Tipo de documento: texto impreso Autores: Isnel Martínez Montenegro, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 325-342 Idioma : Español (spa) Clasificación: SOCIEDADES ANÓNIMAS / INVERSIÓN PÚBLICA / INVERSIONES EXTRANJERAS / CAPITAL SOCIAL Resumen: En el presente artículo emprendimos el tema de las sociedades anónimas como forma de organización utilizada por los sujetos dedicados la inversión de capitales de Cuba. De igual manera, abordar las particularidades vigentes en el ordenamiento jurídico cubano de esta forma social capitalista, adquiere un incalculable valor, tanto para sus abogados, como para sus directivos. Empresas mixtas, empresas de capital totalmente cubano o de capital totalmente extranjero siempre que adquieran la forma de sociedad anónima, serán designadas por ser resueltas, para desarrollar las empresas más intrépidas en cualquier modelo de sistema político, social y económico. Nota de contenido: Introducción. -- Las sociedades anónimas: definición y características. -- Fundamento legal dela inversión extranjera en Cuba. -- La sociedad anónima de capital mixto. -- La sociedad anónima de capital totalmente cubano. -- La sociedad anónima de capital totalmente extranjero. -- La acción. -- Aportaciones del capital. -- Notas conclusivas. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26176
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 325-342[artículo] La fundación de las sociedades anónimas cubana. Especial referencia al capital social [texto impreso] / Isnel Martínez Montenegro, Autor . - 2013 . - p. 325-342.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 325-342
Clasificación: SOCIEDADES ANÓNIMAS / INVERSIÓN PÚBLICA / INVERSIONES EXTRANJERAS / CAPITAL SOCIAL Resumen: En el presente artículo emprendimos el tema de las sociedades anónimas como forma de organización utilizada por los sujetos dedicados la inversión de capitales de Cuba. De igual manera, abordar las particularidades vigentes en el ordenamiento jurídico cubano de esta forma social capitalista, adquiere un incalculable valor, tanto para sus abogados, como para sus directivos. Empresas mixtas, empresas de capital totalmente cubano o de capital totalmente extranjero siempre que adquieran la forma de sociedad anónima, serán designadas por ser resueltas, para desarrollar las empresas más intrépidas en cualquier modelo de sistema político, social y económico. Nota de contenido: Introducción. -- Las sociedades anónimas: definición y características. -- Fundamento legal dela inversión extranjera en Cuba. -- La sociedad anónima de capital mixto. -- La sociedad anónima de capital totalmente cubano. -- La sociedad anónima de capital totalmente extranjero. -- La acción. -- Aportaciones del capital. -- Notas conclusivas. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26176 [artículo] Martínez Montenegro, Isnel (2013). La fundación de las sociedades anónimas cubana. Especial referencia al capital social. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 325-342.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 325-342
Clasificación: SOCIEDADES ANÓNIMAS / INVERSIÓN PÚBLICA / INVERSIONES EXTRANJERAS / CAPITAL SOCIAL Resumen: En el presente artículo emprendimos el tema de las sociedades anónimas como forma de organización utilizada por los sujetos dedicados la inversión de capitales de Cuba. De igual manera, abordar las particularidades vigentes en el ordenamiento jurídico cubano de esta forma social capitalista, adquiere un incalculable valor, tanto para sus abogados, como para sus directivos. Empresas mixtas, empresas de capital totalmente cubano o de capital totalmente extranjero siempre que adquieran la forma de sociedad anónima, serán designadas por ser resueltas, para desarrollar las empresas más intrépidas en cualquier modelo de sistema político, social y económico. Nota de contenido: Introducción. -- Las sociedades anónimas: definición y características. -- Fundamento legal dela inversión extranjera en Cuba. -- La sociedad anónima de capital mixto. -- La sociedad anónima de capital totalmente cubano. -- La sociedad anónima de capital totalmente extranjero. -- La acción. -- Aportaciones del capital. -- Notas conclusivas. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26176 La amigable composición colombiana / Oñate Acosta, Tatiana Margarita en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La amigable composición colombiana : ni arbitraje ni conciliación Tipo de documento: texto impreso Autores: Oñate Acosta, Tatiana Margarita, Autor ; Ternera Barrios, Francisco, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 343-361 Idioma : Español (spa) Clasificación: ARBITRAJE / CONTRATOS COMERCIALES Resumen: En este breve ensayo nos ocuparemos de la "amigable composición colombiana": una institución que es a la vez un contrato y un mecanismo alternativo de solución de conflictos. Nos proponemos presentar una institución especial del derecho privado colombiano, que parece no tener mayores referentes en el mundo y que podría ofrecernos diversas bondades en la regulación de intercambios económicos. Como se señala por parte de la doctrina, no son muchos los temas de la teoría del derecho que se producen o se desarrollan en Latinoamérica, de una manera autónoma y original. Nota de contenido: Introducción. -- Contrato de mandato sui generis. -- Mecanismo "mixto" de solución de conflictos. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26180
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 343-361[artículo] La amigable composición colombiana : ni arbitraje ni conciliación [texto impreso] / Oñate Acosta, Tatiana Margarita, Autor ; Ternera Barrios, Francisco, Autor . - 2013 . - p. 343-361.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 343-361
Clasificación: ARBITRAJE / CONTRATOS COMERCIALES Resumen: En este breve ensayo nos ocuparemos de la "amigable composición colombiana": una institución que es a la vez un contrato y un mecanismo alternativo de solución de conflictos. Nos proponemos presentar una institución especial del derecho privado colombiano, que parece no tener mayores referentes en el mundo y que podría ofrecernos diversas bondades en la regulación de intercambios económicos. Como se señala por parte de la doctrina, no son muchos los temas de la teoría del derecho que se producen o se desarrollan en Latinoamérica, de una manera autónoma y original. Nota de contenido: Introducción. -- Contrato de mandato sui generis. -- Mecanismo "mixto" de solución de conflictos. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26180 [artículo] Oñate Acosta, Tatiana Margarita (2013). La amigable composición colombiana : ni arbitraje ni conciliación. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 343-361.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 343-361
Clasificación: ARBITRAJE / CONTRATOS COMERCIALES Resumen: En este breve ensayo nos ocuparemos de la "amigable composición colombiana": una institución que es a la vez un contrato y un mecanismo alternativo de solución de conflictos. Nos proponemos presentar una institución especial del derecho privado colombiano, que parece no tener mayores referentes en el mundo y que podría ofrecernos diversas bondades en la regulación de intercambios económicos. Como se señala por parte de la doctrina, no son muchos los temas de la teoría del derecho que se producen o se desarrollan en Latinoamérica, de una manera autónoma y original. Nota de contenido: Introducción. -- Contrato de mandato sui generis. -- Mecanismo "mixto" de solución de conflictos. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26180 La donación en el Código Civil cubano en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
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Título : La donación en el Código Civil cubano : ¿contrato con eficiencia promisoria o dispositiva? Notas para atizar una polémica Tipo de documento: texto impreso Fecha de publicación: 2013 Idioma : Español (spa) Clasificación: DONACIÓN / CONTRATOS Resumen: Las normas de nuestro Código Civil en materia de donación, fiel trasunto de las de su predecesor español, despejan algunas interrogantes en torno a su naturaleza jurídica, de modo que el valor de la variable donación, en esta compleja ecuación jurídica, es de contrato, pero aún siendo contrato, la donación resulta el menos convencional de todos los regulados y ello se siente no solo en las normas que le dan cobertura, sino también que la interpretación jurisprudencial y en la doctrina científica que le atribuye un peculiar significado. Nota de contenido: Donación: etimología de un término movido a la equivocidad. -- ¿Qué es la donación para el Código Civil cubano? Argumentos que justifican su naturaleza contractual. -- Y entonces ¿No hay dudad de que es un contrato?, ¿Acaso siempre la donación es promisoria? ¿No cabría una donación dispositiva? -- Una polémica ya atizada. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26181
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)[artículo] La donación en el Código Civil cubano : ¿contrato con eficiencia promisoria o dispositiva? Notas para atizar una polémica [texto impreso] . - 2013.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)
Clasificación: DONACIÓN / CONTRATOS Resumen: Las normas de nuestro Código Civil en materia de donación, fiel trasunto de las de su predecesor español, despejan algunas interrogantes en torno a su naturaleza jurídica, de modo que el valor de la variable donación, en esta compleja ecuación jurídica, es de contrato, pero aún siendo contrato, la donación resulta el menos convencional de todos los regulados y ello se siente no solo en las normas que le dan cobertura, sino también que la interpretación jurisprudencial y en la doctrina científica que le atribuye un peculiar significado. Nota de contenido: Donación: etimología de un término movido a la equivocidad. -- ¿Qué es la donación para el Código Civil cubano? Argumentos que justifican su naturaleza contractual. -- Y entonces ¿No hay dudad de que es un contrato?, ¿Acaso siempre la donación es promisoria? ¿No cabría una donación dispositiva? -- Una polémica ya atizada. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26181 [artículo] La donación en el Código Civil cubano : ¿contrato con eficiencia promisoria o dispositiva? Notas para atizar una polémica. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013).
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)
Clasificación: DONACIÓN / CONTRATOS Resumen: Las normas de nuestro Código Civil en materia de donación, fiel trasunto de las de su predecesor español, despejan algunas interrogantes en torno a su naturaleza jurídica, de modo que el valor de la variable donación, en esta compleja ecuación jurídica, es de contrato, pero aún siendo contrato, la donación resulta el menos convencional de todos los regulados y ello se siente no solo en las normas que le dan cobertura, sino también que la interpretación jurisprudencial y en la doctrina científica que le atribuye un peculiar significado. Nota de contenido: Donación: etimología de un término movido a la equivocidad. -- ¿Qué es la donación para el Código Civil cubano? Argumentos que justifican su naturaleza contractual. -- Y entonces ¿No hay dudad de que es un contrato?, ¿Acaso siempre la donación es promisoria? ¿No cabría una donación dispositiva? -- Una polémica ya atizada. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26181 El nuevo (proyecto de) Código Civil y Comercial de Argentina y la unificación del derecho de obligaciones y contratos / Francisco Javier Pérez en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : El nuevo (proyecto de) Código Civil y Comercial de Argentina y la unificación del derecho de obligaciones y contratos Tipo de documento: texto impreso Autores: Francisco Javier Pérez, Autor ; González, Serrabona, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 381-401 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO MERCANTIL / CONTRATOS / CÓDIGOS EXTRANJEROS Resumen: El presente trabajo está constituido por una nueva reflexión sobre la unificación del Derecho de Obligaciones y Contratos, con motivo de la presentación -y del inicio de su discusión parlamentaria- en Argentina de un Proyecto de Código Civil y Comercial, que modifica el Derecho contractual en aquel país. Se hace referencia a las soluciones ofrecidas por el legislador, con una valoración crítica de las mismas -que merecen una opinión positiva- y se relacionan con la situación en el ámbito internacional y comparado, y, en concreto, en el Derecho español. Nota de contenido: La regulación de las obligaciones y contratos de Argentina. Los dos Códigos. -- Lo innecesario de la doble regulación. -- Algunas experiencias legislativas y pre legislativas. -- Consideración final. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26184
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 381-401[artículo] El nuevo (proyecto de) Código Civil y Comercial de Argentina y la unificación del derecho de obligaciones y contratos [texto impreso] / Francisco Javier Pérez, Autor ; González, Serrabona, Autor . - 2013 . - p. 381-401.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 381-401
Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO MERCANTIL / CONTRATOS / CÓDIGOS EXTRANJEROS Resumen: El presente trabajo está constituido por una nueva reflexión sobre la unificación del Derecho de Obligaciones y Contratos, con motivo de la presentación -y del inicio de su discusión parlamentaria- en Argentina de un Proyecto de Código Civil y Comercial, que modifica el Derecho contractual en aquel país. Se hace referencia a las soluciones ofrecidas por el legislador, con una valoración crítica de las mismas -que merecen una opinión positiva- y se relacionan con la situación en el ámbito internacional y comparado, y, en concreto, en el Derecho español. Nota de contenido: La regulación de las obligaciones y contratos de Argentina. Los dos Códigos. -- Lo innecesario de la doble regulación. -- Algunas experiencias legislativas y pre legislativas. -- Consideración final. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26184 [artículo] Pérez, Francisco Javier (2013). El nuevo (proyecto de) Código Civil y Comercial de Argentina y la unificación del derecho de obligaciones y contratos. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 381-401.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 381-401
Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO MERCANTIL / CONTRATOS / CÓDIGOS EXTRANJEROS Resumen: El presente trabajo está constituido por una nueva reflexión sobre la unificación del Derecho de Obligaciones y Contratos, con motivo de la presentación -y del inicio de su discusión parlamentaria- en Argentina de un Proyecto de Código Civil y Comercial, que modifica el Derecho contractual en aquel país. Se hace referencia a las soluciones ofrecidas por el legislador, con una valoración crítica de las mismas -que merecen una opinión positiva- y se relacionan con la situación en el ámbito internacional y comparado, y, en concreto, en el Derecho español. Nota de contenido: La regulación de las obligaciones y contratos de Argentina. Los dos Códigos. -- Lo innecesario de la doble regulación. -- Algunas experiencias legislativas y pre legislativas. -- Consideración final. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26184 Elusión y evasión fiscal en el Derecho Tributario uruguayo / Sánchez, Álvaro en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
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Título : Elusión y evasión fiscal en el Derecho Tributario uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Sánchez, Álvaro, Autor Fecha de publicación: 2013 Idioma : Español (spa) Clasificación: EVASIÓN TRIBUTARIA Resumen: El presente trabajo busca sintetizar aquellos aspectos que ya autorizada doctrina ha puesto de relieve en tan importante tema, ya que la jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo desde el "leading case", constituido por la sentencia No. 17/17, ha reiterado con sus diferentes integraciones. Obviamente se hace referencia a las definiciones de los institutos y a su vinculación con otros, como "la Economía de Opción". También se menciona la especial aplicación del artículo 6o. del Código Tributario, y a la supuesta identidad entre su inciso 2o. y el instituto del "Disgregard og legal entity". Se reseñan aquellas pautas para poder diferenciar las conductas lícitas (elusión) de las ilícitas (evasión), en que pueda incurrir el sujeto pasivo del tributo. Por último, se incluyen las conclusiones a las que arribamos luego del estudio realizado. Nota de contenido: Introducción. -- Conceptos. -- Pautas a aplicar para determinar la licitud o ilicitud de la conducta del sujeto pasivo del tributo. -- Casos jurisprudenciales. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26185
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)[artículo] Elusión y evasión fiscal en el Derecho Tributario uruguayo [texto impreso] / Sánchez, Álvaro, Autor . - 2013.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)
Clasificación: EVASIÓN TRIBUTARIA Resumen: El presente trabajo busca sintetizar aquellos aspectos que ya autorizada doctrina ha puesto de relieve en tan importante tema, ya que la jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo desde el "leading case", constituido por la sentencia No. 17/17, ha reiterado con sus diferentes integraciones. Obviamente se hace referencia a las definiciones de los institutos y a su vinculación con otros, como "la Economía de Opción". También se menciona la especial aplicación del artículo 6o. del Código Tributario, y a la supuesta identidad entre su inciso 2o. y el instituto del "Disgregard og legal entity". Se reseñan aquellas pautas para poder diferenciar las conductas lícitas (elusión) de las ilícitas (evasión), en que pueda incurrir el sujeto pasivo del tributo. Por último, se incluyen las conclusiones a las que arribamos luego del estudio realizado. Nota de contenido: Introducción. -- Conceptos. -- Pautas a aplicar para determinar la licitud o ilicitud de la conducta del sujeto pasivo del tributo. -- Casos jurisprudenciales. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26185 [artículo] Sánchez, Álvaro (2013). Elusión y evasión fiscal en el Derecho Tributario uruguayo. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013).
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)
Clasificación: EVASIÓN TRIBUTARIA Resumen: El presente trabajo busca sintetizar aquellos aspectos que ya autorizada doctrina ha puesto de relieve en tan importante tema, ya que la jurisprudencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo desde el "leading case", constituido por la sentencia No. 17/17, ha reiterado con sus diferentes integraciones. Obviamente se hace referencia a las definiciones de los institutos y a su vinculación con otros, como "la Economía de Opción". También se menciona la especial aplicación del artículo 6o. del Código Tributario, y a la supuesta identidad entre su inciso 2o. y el instituto del "Disgregard og legal entity". Se reseñan aquellas pautas para poder diferenciar las conductas lícitas (elusión) de las ilícitas (evasión), en que pueda incurrir el sujeto pasivo del tributo. Por último, se incluyen las conclusiones a las que arribamos luego del estudio realizado. Nota de contenido: Introducción. -- Conceptos. -- Pautas a aplicar para determinar la licitud o ilicitud de la conducta del sujeto pasivo del tributo. -- Casos jurisprudenciales. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26185 Algunas reflexiones sobre el régimen doctrinario y legal de fenómeno de la precontractualidad / Edgardo Ignacio Saux en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
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Título : Algunas reflexiones sobre el régimen doctrinario y legal de fenómeno de la precontractualidad Tipo de documento: texto impreso Autores: Edgardo Ignacio Saux, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 427-441 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONTRATOS Resumen: La ausencia de regulación legal del régimen de la responsabilidad civil precontractual en los Códigos decimonónicos, generando debates doctrinarios y jurisprudenciales vinculados a temas como la naturaleza jurídica del vínculo generado, o el alcance de la reparación de los daños que se ocasionaren, mas allá de las escuetas previsiones en materia de emisión de la oferta simple o revocable en el Código de Vélez, y de las singulares directivas sobre el tema en la legislación de protección de consumidores o usuarios, ha sido suplida en el Proyecto argentino de Código Civil y Comercial unificados del año 2012 con lo previsto en una Sección específica ("Tratativas contractuales") dentro del Capítulo 3 ("Formación del consentimiento") del Título II ("Contratos en general") del Libro III ("Derechos personales"); en cuatro artículos (990/993) que guardan correlación con lo normado en materia de regulación del consentimiento, la oferta y la aceptación (arts. 971/983), y con las directivas singulares de los contratos consumeristas (arts. 1.110 y ss.), integrados al mismo texto codificante. Nota de contenido: La responsabilidad civil en la etapa previa al contrato. -- El tiempo precontractual. -- Sus elementos. -- Deberes precontractuales. -- El ámbito de la responsabilidad. -- El concepto de lo indemnizatorio. -- El Proyecto argentino de 2012. -- Lo precontractual en los contratos de consumo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26186
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 427-441[artículo] Algunas reflexiones sobre el régimen doctrinario y legal de fenómeno de la precontractualidad [texto impreso] / Edgardo Ignacio Saux, Autor . - 2013 . - p. 427-441.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 427-441
Clasificación: CONTRATOS Resumen: La ausencia de regulación legal del régimen de la responsabilidad civil precontractual en los Códigos decimonónicos, generando debates doctrinarios y jurisprudenciales vinculados a temas como la naturaleza jurídica del vínculo generado, o el alcance de la reparación de los daños que se ocasionaren, mas allá de las escuetas previsiones en materia de emisión de la oferta simple o revocable en el Código de Vélez, y de las singulares directivas sobre el tema en la legislación de protección de consumidores o usuarios, ha sido suplida en el Proyecto argentino de Código Civil y Comercial unificados del año 2012 con lo previsto en una Sección específica ("Tratativas contractuales") dentro del Capítulo 3 ("Formación del consentimiento") del Título II ("Contratos en general") del Libro III ("Derechos personales"); en cuatro artículos (990/993) que guardan correlación con lo normado en materia de regulación del consentimiento, la oferta y la aceptación (arts. 971/983), y con las directivas singulares de los contratos consumeristas (arts. 1.110 y ss.), integrados al mismo texto codificante. Nota de contenido: La responsabilidad civil en la etapa previa al contrato. -- El tiempo precontractual. -- Sus elementos. -- Deberes precontractuales. -- El ámbito de la responsabilidad. -- El concepto de lo indemnizatorio. -- El Proyecto argentino de 2012. -- Lo precontractual en los contratos de consumo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26186 [artículo] Saux, Edgardo Ignacio (2013). Algunas reflexiones sobre el régimen doctrinario y legal de fenómeno de la precontractualidad. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 427-441.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 427-441
Clasificación: CONTRATOS Resumen: La ausencia de regulación legal del régimen de la responsabilidad civil precontractual en los Códigos decimonónicos, generando debates doctrinarios y jurisprudenciales vinculados a temas como la naturaleza jurídica del vínculo generado, o el alcance de la reparación de los daños que se ocasionaren, mas allá de las escuetas previsiones en materia de emisión de la oferta simple o revocable en el Código de Vélez, y de las singulares directivas sobre el tema en la legislación de protección de consumidores o usuarios, ha sido suplida en el Proyecto argentino de Código Civil y Comercial unificados del año 2012 con lo previsto en una Sección específica ("Tratativas contractuales") dentro del Capítulo 3 ("Formación del consentimiento") del Título II ("Contratos en general") del Libro III ("Derechos personales"); en cuatro artículos (990/993) que guardan correlación con lo normado en materia de regulación del consentimiento, la oferta y la aceptación (arts. 971/983), y con las directivas singulares de los contratos consumeristas (arts. 1.110 y ss.), integrados al mismo texto codificante. Nota de contenido: La responsabilidad civil en la etapa previa al contrato. -- El tiempo precontractual. -- Sus elementos. -- Deberes precontractuales. -- El ámbito de la responsabilidad. -- El concepto de lo indemnizatorio. -- El Proyecto argentino de 2012. -- Lo precontractual en los contratos de consumo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26186 Los créditos con garantía hipotecaria y las formas previstas para su ejecución en el sistema hipotecario uruguayo / Ignacio M. Soba Bracesco en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Los créditos con garantía hipotecaria y las formas previstas para su ejecución en el sistema hipotecario uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Ignacio M. Soba Bracesco, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 443-475 Idioma : Español (spa) Clasificación: HIPOTECAS / EMBARGO / PROCESO DE EJECUCIÓN / HIPOTECA RECIPROCA / CRÉDITO Resumen: El funcionamiento eficiente del mercado hipotecario es una de las temáticas más relevantes luego de la crisis financiera internacional en los años 2007 y 2008, en parte vinculada al auge de las denominadas hipotecas subprime. La ejecución de los créditos con garantía hipotecaria se presenta, hoy en día, como un aspecto fundamental en el diseño del sistema. Las formas previstas para la ejecución deben procurar un adecuado equilibrio entre celeridad, costos y debido proceso, para evitar el encarecimiento del crédito, y facilitar el acceso al mismo. En Uruguay, la normativa relevante se encuentra dispersa en el Código Civil, Código de Comercio, Código General del Proceso, Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay, leyes 18.125, 18.387, 18.574, 18.795, entre otras. La multiplicidad de normas susceptibles de ser aplicadas va en desmedro de la racionalidad en el sistema y dificultan las tareas de los operadores pudiendo afectar incluso la seguridad jurídica. Nota de contenido: La ejecución de los créditos con garantía hipotecaria y su relevancia en el contexto de la crisis. -- Contratos y derecho real de hipoteca deslinde de algunos conceptos básicos. -- Algunas hipotecas con rasgos particulares. -- Los títulos de ejecución y Tribunales competentes. -- Hipoteca y embargo. Diferencias y similitudes. -- Otas particularidades procesales en la vía de apremio. -- Las ejecuciones de crédito con garantía hipotecaria extra CGP. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26192
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 443-475[artículo] Los créditos con garantía hipotecaria y las formas previstas para su ejecución en el sistema hipotecario uruguayo [texto impreso] / Ignacio M. Soba Bracesco, Autor . - 2013 . - p. 443-475.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 443-475
Clasificación: HIPOTECAS / EMBARGO / PROCESO DE EJECUCIÓN / HIPOTECA RECIPROCA / CRÉDITO Resumen: El funcionamiento eficiente del mercado hipotecario es una de las temáticas más relevantes luego de la crisis financiera internacional en los años 2007 y 2008, en parte vinculada al auge de las denominadas hipotecas subprime. La ejecución de los créditos con garantía hipotecaria se presenta, hoy en día, como un aspecto fundamental en el diseño del sistema. Las formas previstas para la ejecución deben procurar un adecuado equilibrio entre celeridad, costos y debido proceso, para evitar el encarecimiento del crédito, y facilitar el acceso al mismo. En Uruguay, la normativa relevante se encuentra dispersa en el Código Civil, Código de Comercio, Código General del Proceso, Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay, leyes 18.125, 18.387, 18.574, 18.795, entre otras. La multiplicidad de normas susceptibles de ser aplicadas va en desmedro de la racionalidad en el sistema y dificultan las tareas de los operadores pudiendo afectar incluso la seguridad jurídica. Nota de contenido: La ejecución de los créditos con garantía hipotecaria y su relevancia en el contexto de la crisis. -- Contratos y derecho real de hipoteca deslinde de algunos conceptos básicos. -- Algunas hipotecas con rasgos particulares. -- Los títulos de ejecución y Tribunales competentes. -- Hipoteca y embargo. Diferencias y similitudes. -- Otas particularidades procesales en la vía de apremio. -- Las ejecuciones de crédito con garantía hipotecaria extra CGP. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26192 [artículo] Soba Bracesco, Ignacio M. (2013). Los créditos con garantía hipotecaria y las formas previstas para su ejecución en el sistema hipotecario uruguayo. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 443-475.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 443-475
Clasificación: HIPOTECAS / EMBARGO / PROCESO DE EJECUCIÓN / HIPOTECA RECIPROCA / CRÉDITO Resumen: El funcionamiento eficiente del mercado hipotecario es una de las temáticas más relevantes luego de la crisis financiera internacional en los años 2007 y 2008, en parte vinculada al auge de las denominadas hipotecas subprime. La ejecución de los créditos con garantía hipotecaria se presenta, hoy en día, como un aspecto fundamental en el diseño del sistema. Las formas previstas para la ejecución deben procurar un adecuado equilibrio entre celeridad, costos y debido proceso, para evitar el encarecimiento del crédito, y facilitar el acceso al mismo. En Uruguay, la normativa relevante se encuentra dispersa en el Código Civil, Código de Comercio, Código General del Proceso, Carta Orgánica del Banco Hipotecario del Uruguay, Carta Orgánica del Banco de la República Oriental del Uruguay, leyes 18.125, 18.387, 18.574, 18.795, entre otras. La multiplicidad de normas susceptibles de ser aplicadas va en desmedro de la racionalidad en el sistema y dificultan las tareas de los operadores pudiendo afectar incluso la seguridad jurídica. Nota de contenido: La ejecución de los créditos con garantía hipotecaria y su relevancia en el contexto de la crisis. -- Contratos y derecho real de hipoteca deslinde de algunos conceptos básicos. -- Algunas hipotecas con rasgos particulares. -- Los títulos de ejecución y Tribunales competentes. -- Hipoteca y embargo. Diferencias y similitudes. -- Otas particularidades procesales en la vía de apremio. -- Las ejecuciones de crédito con garantía hipotecaria extra CGP. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26192 Defensa del consumidor y "elogio de los jueces" / Gabriel Stiglitz en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Defensa del consumidor y "elogio de los jueces" Tipo de documento: texto impreso Autores: Gabriel Stiglitz, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 477-489 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONSUMO / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Atravesamos en Argentina momentos en los cuales creemos relevante, expresar el sincero respeto y consideración que el ejercicio de la función judicial nos merece, desde los ámbitos académico, de la abogacía y la ciudadanía. El Poder Judicial representa siempre -y muy particularmente hoy- la garantía de una plena República, amenazada por actitudes invasivas y restrictivas de la necesaria división e independencia, con evidente mengua de la calidad institucional. En la Argentina el Derecho del Consumidor ha progresado, esencialmente, al calor de las sentencias judiciales que en todo el país (tanto en el marco de acciones individuales como colectivas), han mayoritariamente reconocido los derechos de los consumidores, tutelándolos como parte débil en sus relaciones con empresarios y corporaciones económicas. Mientras que como contrapartida, las autoridades administrativas, a nivel nacional, han omitido el desarrollo de políticas públicas de defensa del consumidor (como la educación para el consumo, la divulgación de sus derechos, los controles preventivos, etc.), a pesar de que le son exigidas por la Constitución Nacional (art. 42) y la ley 24.240 de defensa del consumidor (art. 43). En breve resumen exponemos, en el contexto de centenares de fallos recaídos en todo el país, que en el marco jurisprudencial, campea un desenvolvimiento sobre la defensa del consumidor, de inmensa valía institucional. Los Jueces argentinos, de esta manera, han cumplido su misión y han estado cerca de la gente, resolviendo sus problemas en cuanto consumidores. Nota de contenido: "Elogio de los jueces". -- La defensa del consumidor en la jurisprudencia. -- Jurisprudencia progresiva, sobre responsabilidad por productos. -- Indemnizaciones punitivas y discriminación. -- Lealtad comercial y publicidad engañosa. -- El activismo judicial y una "nueva neutralidad". -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26194
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 477-489[artículo] Defensa del consumidor y "elogio de los jueces" [texto impreso] / Gabriel Stiglitz, Autor . - 2013 . - p. 477-489.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 477-489
Clasificación: CONSUMO / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Atravesamos en Argentina momentos en los cuales creemos relevante, expresar el sincero respeto y consideración que el ejercicio de la función judicial nos merece, desde los ámbitos académico, de la abogacía y la ciudadanía. El Poder Judicial representa siempre -y muy particularmente hoy- la garantía de una plena República, amenazada por actitudes invasivas y restrictivas de la necesaria división e independencia, con evidente mengua de la calidad institucional. En la Argentina el Derecho del Consumidor ha progresado, esencialmente, al calor de las sentencias judiciales que en todo el país (tanto en el marco de acciones individuales como colectivas), han mayoritariamente reconocido los derechos de los consumidores, tutelándolos como parte débil en sus relaciones con empresarios y corporaciones económicas. Mientras que como contrapartida, las autoridades administrativas, a nivel nacional, han omitido el desarrollo de políticas públicas de defensa del consumidor (como la educación para el consumo, la divulgación de sus derechos, los controles preventivos, etc.), a pesar de que le son exigidas por la Constitución Nacional (art. 42) y la ley 24.240 de defensa del consumidor (art. 43). En breve resumen exponemos, en el contexto de centenares de fallos recaídos en todo el país, que en el marco jurisprudencial, campea un desenvolvimiento sobre la defensa del consumidor, de inmensa valía institucional. Los Jueces argentinos, de esta manera, han cumplido su misión y han estado cerca de la gente, resolviendo sus problemas en cuanto consumidores. Nota de contenido: "Elogio de los jueces". -- La defensa del consumidor en la jurisprudencia. -- Jurisprudencia progresiva, sobre responsabilidad por productos. -- Indemnizaciones punitivas y discriminación. -- Lealtad comercial y publicidad engañosa. -- El activismo judicial y una "nueva neutralidad". -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26194 [artículo] Stiglitz, Gabriel (2013). Defensa del consumidor y "elogio de los jueces". Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 477-489.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 477-489
Clasificación: CONSUMO / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR Resumen: Atravesamos en Argentina momentos en los cuales creemos relevante, expresar el sincero respeto y consideración que el ejercicio de la función judicial nos merece, desde los ámbitos académico, de la abogacía y la ciudadanía. El Poder Judicial representa siempre -y muy particularmente hoy- la garantía de una plena República, amenazada por actitudes invasivas y restrictivas de la necesaria división e independencia, con evidente mengua de la calidad institucional. En la Argentina el Derecho del Consumidor ha progresado, esencialmente, al calor de las sentencias judiciales que en todo el país (tanto en el marco de acciones individuales como colectivas), han mayoritariamente reconocido los derechos de los consumidores, tutelándolos como parte débil en sus relaciones con empresarios y corporaciones económicas. Mientras que como contrapartida, las autoridades administrativas, a nivel nacional, han omitido el desarrollo de políticas públicas de defensa del consumidor (como la educación para el consumo, la divulgación de sus derechos, los controles preventivos, etc.), a pesar de que le son exigidas por la Constitución Nacional (art. 42) y la ley 24.240 de defensa del consumidor (art. 43). En breve resumen exponemos, en el contexto de centenares de fallos recaídos en todo el país, que en el marco jurisprudencial, campea un desenvolvimiento sobre la defensa del consumidor, de inmensa valía institucional. Los Jueces argentinos, de esta manera, han cumplido su misión y han estado cerca de la gente, resolviendo sus problemas en cuanto consumidores. Nota de contenido: "Elogio de los jueces". -- La defensa del consumidor en la jurisprudencia. -- Jurisprudencia progresiva, sobre responsabilidad por productos. -- Indemnizaciones punitivas y discriminación. -- Lealtad comercial y publicidad engañosa. -- El activismo judicial y una "nueva neutralidad". -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26194 La protección del particular insolvente en el Derecho español / Zabaleta Díaz, Marta en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La protección del particular insolvente en el Derecho español Tipo de documento: texto impreso Autores: Zabaleta Díaz, Marta, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 491-521 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONCURSO / INSOLVENCIA FRAUDULENTA / HIPOTECAS Resumen: El presente trabajo tiene por objeto el estudio del tratamiento del particular insolvente en el Derecho español, así como el análisis de la reciente normativa sobre protección de los deudores hipotecarios y los efectos sobre la misma de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de marzo de 2013, sobre la conformidad del sistema español de ejecución hipotecaria con el Derecho comunitario. Nota de contenido: Introducción. -- El tratamiento del particular insolvente en la ley concursal de 2003. -- La inexistencia de un procedimiento específico para la insolvencia del particular. -- La insolvencia hipotecaria: un problema creciente. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26196
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 491-521[artículo] La protección del particular insolvente en el Derecho español [texto impreso] / Zabaleta Díaz, Marta, Autor . - 2013 . - p. 491-521.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 491-521
Clasificación: CONCURSO / INSOLVENCIA FRAUDULENTA / HIPOTECAS Resumen: El presente trabajo tiene por objeto el estudio del tratamiento del particular insolvente en el Derecho español, así como el análisis de la reciente normativa sobre protección de los deudores hipotecarios y los efectos sobre la misma de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de marzo de 2013, sobre la conformidad del sistema español de ejecución hipotecaria con el Derecho comunitario. Nota de contenido: Introducción. -- El tratamiento del particular insolvente en la ley concursal de 2003. -- La inexistencia de un procedimiento específico para la insolvencia del particular. -- La insolvencia hipotecaria: un problema creciente. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26196 [artículo] Zabaleta Díaz, Marta (2013). La protección del particular insolvente en el Derecho español. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 491-521.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 491-521
Clasificación: CONCURSO / INSOLVENCIA FRAUDULENTA / HIPOTECAS Resumen: El presente trabajo tiene por objeto el estudio del tratamiento del particular insolvente en el Derecho español, así como el análisis de la reciente normativa sobre protección de los deudores hipotecarios y los efectos sobre la misma de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 14 de marzo de 2013, sobre la conformidad del sistema español de ejecución hipotecaria con el Derecho comunitario. Nota de contenido: Introducción. -- El tratamiento del particular insolvente en la ley concursal de 2003. -- La inexistencia de un procedimiento específico para la insolvencia del particular. -- La insolvencia hipotecaria: un problema creciente. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26196 Responsabilidad civil de los sitios web de venta online / Carnikian, Federico en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Responsabilidad civil de los sitios web de venta online Tipo de documento: texto impreso Autores: Carnikian, Federico, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 525-540 Idioma : Español (spa) Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / CORRETAJE Resumen: Es moneda corriente que en la actualidad, muchas transacciones se realizan a través de Internet, y a medida que la confianza del usuario en las nuevas tecnologías se vaya acrecentando, creemos que el número de estas irá creciendo, lo que vuelve necesario el estudio desde el ángulo del Derecho. El consumidor en Internet, asume varios riesgos a la hora de buscar productos o servicios que pretenda adquirir. La circunstancia que las tecnologías no nacen acompañadas de las normas jurídicas y la complejidad de la gran telaraña de Internet, producen una seria dificultad a la hora de identificar a los responsables, así como atribuir las responsabilidades a los distintos actores involucrados en este tipo de servicios. El presente trabajo, pretende ser un intento de aproximación al régimen de responsabilidad aplicable a los sitios web de venta online, reconociendo de antemano la dificultad de su abordaje por lo enunciado precedentemente, pero sin que ello resulte un escollo a la hora de intentar dar algunas posibles soluciones jurídicas de respuesta, ante la causación de un daño a los consumidores cuando utilizan dichos sitios. Nota de contenido: Introducción. -- Consideraciones preliminares. -- Las calidades jurídicas heterogéneas del sitio web diferente a aceptaciones del concepto de proveedor. -- La responsabilidad civil de los sitios web de venta online. -- Reflexiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26199
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 525-540[artículo] Responsabilidad civil de los sitios web de venta online [texto impreso] / Carnikian, Federico, Autor . - 2013 . - p. 525-540.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 525-540
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / CORRETAJE Resumen: Es moneda corriente que en la actualidad, muchas transacciones se realizan a través de Internet, y a medida que la confianza del usuario en las nuevas tecnologías se vaya acrecentando, creemos que el número de estas irá creciendo, lo que vuelve necesario el estudio desde el ángulo del Derecho. El consumidor en Internet, asume varios riesgos a la hora de buscar productos o servicios que pretenda adquirir. La circunstancia que las tecnologías no nacen acompañadas de las normas jurídicas y la complejidad de la gran telaraña de Internet, producen una seria dificultad a la hora de identificar a los responsables, así como atribuir las responsabilidades a los distintos actores involucrados en este tipo de servicios. El presente trabajo, pretende ser un intento de aproximación al régimen de responsabilidad aplicable a los sitios web de venta online, reconociendo de antemano la dificultad de su abordaje por lo enunciado precedentemente, pero sin que ello resulte un escollo a la hora de intentar dar algunas posibles soluciones jurídicas de respuesta, ante la causación de un daño a los consumidores cuando utilizan dichos sitios. Nota de contenido: Introducción. -- Consideraciones preliminares. -- Las calidades jurídicas heterogéneas del sitio web diferente a aceptaciones del concepto de proveedor. -- La responsabilidad civil de los sitios web de venta online. -- Reflexiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26199 [artículo] Carnikian, Federico (2013). Responsabilidad civil de los sitios web de venta online. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 525-540.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 525-540
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR / CORRETAJE Resumen: Es moneda corriente que en la actualidad, muchas transacciones se realizan a través de Internet, y a medida que la confianza del usuario en las nuevas tecnologías se vaya acrecentando, creemos que el número de estas irá creciendo, lo que vuelve necesario el estudio desde el ángulo del Derecho. El consumidor en Internet, asume varios riesgos a la hora de buscar productos o servicios que pretenda adquirir. La circunstancia que las tecnologías no nacen acompañadas de las normas jurídicas y la complejidad de la gran telaraña de Internet, producen una seria dificultad a la hora de identificar a los responsables, así como atribuir las responsabilidades a los distintos actores involucrados en este tipo de servicios. El presente trabajo, pretende ser un intento de aproximación al régimen de responsabilidad aplicable a los sitios web de venta online, reconociendo de antemano la dificultad de su abordaje por lo enunciado precedentemente, pero sin que ello resulte un escollo a la hora de intentar dar algunas posibles soluciones jurídicas de respuesta, ante la causación de un daño a los consumidores cuando utilizan dichos sitios. Nota de contenido: Introducción. -- Consideraciones preliminares. -- Las calidades jurídicas heterogéneas del sitio web diferente a aceptaciones del concepto de proveedor. -- La responsabilidad civil de los sitios web de venta online. -- Reflexiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26199 Derecho de daños y derecho ambiental. Método y sistematización teórica. Los aportes ius ambientalistas en la categorización del Daño y su incidencia en la Teoría de la Responsabilidad Civil / Arturo Caumont en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Derecho de daños y derecho ambiental. Método y sistematización teórica. Los aportes ius ambientalistas en la categorización del Daño y su incidencia en la Teoría de la Responsabilidad Civil Tipo de documento: texto impreso Autores: Arturo Caumont, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 541-557 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / RESPONSABILIDAD CIVIL / MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / INDEMNIZACION Resumen: El pensamiento sistemático funda su arraigo cognoscente en la teorización sobre los fenómenos observables por su concreta realidad y concibiéndoseles en sus sesgos intemporales e inespaciales. Por su parte, el pensamiento casuístico se corresponde con una manera de abordaje cognitivo que se sustenta en la acumulación cuantitativa de los datos que se muestran a la observación empírica y su capacitación a través de la propia existencia de los mismos tal como se les percibe en su exteriorización. Se advierte el sobresaliente mérito del Derecho Ambiental al desarrollar avances significativos en la sistematización conceptual del Daño. La organización del sistema se erige sobre pensamiento casuístico. El Derecho Ambiental ha reafirmado las bases sobre las cuales la jurisprudencia debe construir su camino decisorio. Actualmente se concibe a daño en función de su bifrontalidad, su posibilidad colectiva, su potencialidad intergeneracional, su presencia de antelación bajo la vestidura del riesgo, su autonomía técnica respecto de la antijuridicidad y su inserción como variable de admisibilidad que lo genera o lo arriesga. La incidencia técnica del redimensionamiento del elemento daño radica fundamentalmente en aspectos tales como: la profundización de la expansión de los factores objetivos de atribución de responsabilidad; la valoración jurigenética de las conductas de Prevención y de Precaución; la nueva manera de abordaje del Nexo Causal como componente estructural del estatuto de convocatoria de la responsabilidad civil; el redimensionamiento de medios procesales, cuyos cauces se ensanchan en lo concerniente a la legitimación ad causam y ad processum, en las dimensiones activas y pasivas, que encuentran campo fértil en accionamientos que desbordan a la Acción de Amparo y trascendencia al territorio de las Acciones de Clase; y la consolidación de la preocupación por indagar críticamente sobre la validez de los conceptos de reparación, indemnización, resarciento. Nota de contenido: Marco teórico. -- La redimensión de las categorías del perjuicio y su incidencia en la teoría general del daño. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26202
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 541-557[artículo] Derecho de daños y derecho ambiental. Método y sistematización teórica. Los aportes ius ambientalistas en la categorización del Daño y su incidencia en la Teoría de la Responsabilidad Civil [texto impreso] / Arturo Caumont, Autor . - 2013 . - p. 541-557.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 541-557
Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / RESPONSABILIDAD CIVIL / MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / INDEMNIZACION Resumen: El pensamiento sistemático funda su arraigo cognoscente en la teorización sobre los fenómenos observables por su concreta realidad y concibiéndoseles en sus sesgos intemporales e inespaciales. Por su parte, el pensamiento casuístico se corresponde con una manera de abordaje cognitivo que se sustenta en la acumulación cuantitativa de los datos que se muestran a la observación empírica y su capacitación a través de la propia existencia de los mismos tal como se les percibe en su exteriorización. Se advierte el sobresaliente mérito del Derecho Ambiental al desarrollar avances significativos en la sistematización conceptual del Daño. La organización del sistema se erige sobre pensamiento casuístico. El Derecho Ambiental ha reafirmado las bases sobre las cuales la jurisprudencia debe construir su camino decisorio. Actualmente se concibe a daño en función de su bifrontalidad, su posibilidad colectiva, su potencialidad intergeneracional, su presencia de antelación bajo la vestidura del riesgo, su autonomía técnica respecto de la antijuridicidad y su inserción como variable de admisibilidad que lo genera o lo arriesga. La incidencia técnica del redimensionamiento del elemento daño radica fundamentalmente en aspectos tales como: la profundización de la expansión de los factores objetivos de atribución de responsabilidad; la valoración jurigenética de las conductas de Prevención y de Precaución; la nueva manera de abordaje del Nexo Causal como componente estructural del estatuto de convocatoria de la responsabilidad civil; el redimensionamiento de medios procesales, cuyos cauces se ensanchan en lo concerniente a la legitimación ad causam y ad processum, en las dimensiones activas y pasivas, que encuentran campo fértil en accionamientos que desbordan a la Acción de Amparo y trascendencia al territorio de las Acciones de Clase; y la consolidación de la preocupación por indagar críticamente sobre la validez de los conceptos de reparación, indemnización, resarciento. Nota de contenido: Marco teórico. -- La redimensión de las categorías del perjuicio y su incidencia en la teoría general del daño. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26202 [artículo] Caumont, Arturo (2013). Derecho de daños y derecho ambiental. Método y sistematización teórica. Los aportes ius ambientalistas en la categorización del Daño y su incidencia en la Teoría de la Responsabilidad Civil. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 541-557.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 541-557
Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / RESPONSABILIDAD CIVIL / MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / INDEMNIZACION Resumen: El pensamiento sistemático funda su arraigo cognoscente en la teorización sobre los fenómenos observables por su concreta realidad y concibiéndoseles en sus sesgos intemporales e inespaciales. Por su parte, el pensamiento casuístico se corresponde con una manera de abordaje cognitivo que se sustenta en la acumulación cuantitativa de los datos que se muestran a la observación empírica y su capacitación a través de la propia existencia de los mismos tal como se les percibe en su exteriorización. Se advierte el sobresaliente mérito del Derecho Ambiental al desarrollar avances significativos en la sistematización conceptual del Daño. La organización del sistema se erige sobre pensamiento casuístico. El Derecho Ambiental ha reafirmado las bases sobre las cuales la jurisprudencia debe construir su camino decisorio. Actualmente se concibe a daño en función de su bifrontalidad, su posibilidad colectiva, su potencialidad intergeneracional, su presencia de antelación bajo la vestidura del riesgo, su autonomía técnica respecto de la antijuridicidad y su inserción como variable de admisibilidad que lo genera o lo arriesga. La incidencia técnica del redimensionamiento del elemento daño radica fundamentalmente en aspectos tales como: la profundización de la expansión de los factores objetivos de atribución de responsabilidad; la valoración jurigenética de las conductas de Prevención y de Precaución; la nueva manera de abordaje del Nexo Causal como componente estructural del estatuto de convocatoria de la responsabilidad civil; el redimensionamiento de medios procesales, cuyos cauces se ensanchan en lo concerniente a la legitimación ad causam y ad processum, en las dimensiones activas y pasivas, que encuentran campo fértil en accionamientos que desbordan a la Acción de Amparo y trascendencia al territorio de las Acciones de Clase; y la consolidación de la preocupación por indagar críticamente sobre la validez de los conceptos de reparación, indemnización, resarciento. Nota de contenido: Marco teórico. -- La redimensión de las categorías del perjuicio y su incidencia en la teoría general del daño. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26202 El daño ambiental en el Derecho uruguayo / Hugo Díaz Fernández en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : El daño ambiental en el Derecho uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Hugo Díaz Fernández, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 559-589 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: En la protección jurídica del ambiente el bien jurídico es la integridad ambiental, que refiere tanto al ambiente natural como al ambiente artificial. La integridad ambiental es un bien común o colectivo. Daño ambiental es la lesión al interés ambiental. Interés ambiental es la posibilidad de satisfacción de las necesidades humanas que satisface la integridad ambiental. Esencialmente, la integridad ambiental posibilita la satisfacción de las necesidades de desarrollo de la vida humana, de calidad de vida humana y de salud humana. Estos intereses pueden llamarse, respectivamente, interés ambiental de desarrollo de la vida, interés ambiental de calidad de vida e interés ambiental de salud. Daño ambiental en sentido estricto es el daño ambiental supraindividual. El daño ambiental supraindividual es la lesión al interés ambiental supraindividual. El interés supraindividual es un interés común de la comunidad abstractamente considerada como unidad respecto a un bien común. El daño ambiental en sentido amplio comprende el daño ambiental individual. El daño ambiental individual es la lesión al interés ambiental individual. El interés ambiental individual es el interés ambiental de una o varias personas individualmente consideradas respecto a la integridad ambiental. El daño ambiental individual puede ser un daño transindividual o masivo. Cuando la contaminación ambiental lesiona el interés ambiental individual homogéneo de un grupo de personas se produce daño individual ambiental transindividual. Por otra parte pueden existir daños no ambientales a través del ambiente. Estos consisten en la lesión a intereses no ambientales producida por contaminación ambiental. Los daños ambientales se producen por contaminación ambiental significativa. La determinación del grado significativo de contaminación ambiental, con la consecuente verificación del daño ambiental, puede realizarse en base a criterios de estándares ambientales normativos, criterio de capacidad regenerativa natural del ambiente o criterios de intereses afectados. Nota de contenido: Introducción. -- El bien jurídico integridad ambiental. -- Daño ambiental. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26207
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 559-589[artículo] El daño ambiental en el Derecho uruguayo [texto impreso] / Hugo Díaz Fernández, Autor . - 2013 . - p. 559-589.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 559-589
Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: En la protección jurídica del ambiente el bien jurídico es la integridad ambiental, que refiere tanto al ambiente natural como al ambiente artificial. La integridad ambiental es un bien común o colectivo. Daño ambiental es la lesión al interés ambiental. Interés ambiental es la posibilidad de satisfacción de las necesidades humanas que satisface la integridad ambiental. Esencialmente, la integridad ambiental posibilita la satisfacción de las necesidades de desarrollo de la vida humana, de calidad de vida humana y de salud humana. Estos intereses pueden llamarse, respectivamente, interés ambiental de desarrollo de la vida, interés ambiental de calidad de vida e interés ambiental de salud. Daño ambiental en sentido estricto es el daño ambiental supraindividual. El daño ambiental supraindividual es la lesión al interés ambiental supraindividual. El interés supraindividual es un interés común de la comunidad abstractamente considerada como unidad respecto a un bien común. El daño ambiental en sentido amplio comprende el daño ambiental individual. El daño ambiental individual es la lesión al interés ambiental individual. El interés ambiental individual es el interés ambiental de una o varias personas individualmente consideradas respecto a la integridad ambiental. El daño ambiental individual puede ser un daño transindividual o masivo. Cuando la contaminación ambiental lesiona el interés ambiental individual homogéneo de un grupo de personas se produce daño individual ambiental transindividual. Por otra parte pueden existir daños no ambientales a través del ambiente. Estos consisten en la lesión a intereses no ambientales producida por contaminación ambiental. Los daños ambientales se producen por contaminación ambiental significativa. La determinación del grado significativo de contaminación ambiental, con la consecuente verificación del daño ambiental, puede realizarse en base a criterios de estándares ambientales normativos, criterio de capacidad regenerativa natural del ambiente o criterios de intereses afectados. Nota de contenido: Introducción. -- El bien jurídico integridad ambiental. -- Daño ambiental. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26207 [artículo] Díaz Fernández, Hugo (2013). El daño ambiental en el Derecho uruguayo. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 559-589.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 559-589
Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: En la protección jurídica del ambiente el bien jurídico es la integridad ambiental, que refiere tanto al ambiente natural como al ambiente artificial. La integridad ambiental es un bien común o colectivo. Daño ambiental es la lesión al interés ambiental. Interés ambiental es la posibilidad de satisfacción de las necesidades humanas que satisface la integridad ambiental. Esencialmente, la integridad ambiental posibilita la satisfacción de las necesidades de desarrollo de la vida humana, de calidad de vida humana y de salud humana. Estos intereses pueden llamarse, respectivamente, interés ambiental de desarrollo de la vida, interés ambiental de calidad de vida e interés ambiental de salud. Daño ambiental en sentido estricto es el daño ambiental supraindividual. El daño ambiental supraindividual es la lesión al interés ambiental supraindividual. El interés supraindividual es un interés común de la comunidad abstractamente considerada como unidad respecto a un bien común. El daño ambiental en sentido amplio comprende el daño ambiental individual. El daño ambiental individual es la lesión al interés ambiental individual. El interés ambiental individual es el interés ambiental de una o varias personas individualmente consideradas respecto a la integridad ambiental. El daño ambiental individual puede ser un daño transindividual o masivo. Cuando la contaminación ambiental lesiona el interés ambiental individual homogéneo de un grupo de personas se produce daño individual ambiental transindividual. Por otra parte pueden existir daños no ambientales a través del ambiente. Estos consisten en la lesión a intereses no ambientales producida por contaminación ambiental. Los daños ambientales se producen por contaminación ambiental significativa. La determinación del grado significativo de contaminación ambiental, con la consecuente verificación del daño ambiental, puede realizarse en base a criterios de estándares ambientales normativos, criterio de capacidad regenerativa natural del ambiente o criterios de intereses afectados. Nota de contenido: Introducción. -- El bien jurídico integridad ambiental. -- Daño ambiental. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26207 El principio precautorio en la responsabilidad ambiental / Aída Kemelmajer de Carlucci en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : El principio precautorio en la responsabilidad ambiental Tipo de documento: texto impreso Autores: Aída Kemelmajer de Carlucci, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 591-640 Idioma : Español (spa) Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Un análisis de la jurisprudencia publicada en las revistas de mayor difusión en la Argentina muestra que en algo más de doce años, los jueces han manejado con prudencia la figura jurídica del principio de precaución, que tanto temor genera en algunos espíritus excesivamente conservadores del statu quo, defensores, en la mayoría de los casos, del "Dios Mercado". Es verdad que el camino definitivo no está trazado y aún quedan muchas líneas generales por fijar, pero estimo que no tardará demasiado en terminarse. Se exponen aquí diferentes aspectos del principio de precaución que han sido tratados desde su previsión, por la doctrina, la jurisprudencia y algunas instituciones. Nota de contenido: Preliminares. -- Etimología. -- Concepto. -- Naturaleza jurídica (principio, regla, guía). -- Requisitos para la configuración del PP y para la aplicación de medidas. -- Principales posiciones frente al PP. -- Pros y contras del PP. -- Prevención y precaución engarzadas en la práctica. -- Implicancias procesales de la aceptación del PP. -- Medidas posibles. -- El principio de precaución en la ley 25.675 (art. 4) y sus fuentes. -- El PP en los tribunales argentinos, Otros casos. -- Casos vinculados a campos electromagnéticos. -- Algunas reflexiones de cierre. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26208
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 591-640[artículo] El principio precautorio en la responsabilidad ambiental [texto impreso] / Aída Kemelmajer de Carlucci, Autor . - 2013 . - p. 591-640.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 591-640
Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Un análisis de la jurisprudencia publicada en las revistas de mayor difusión en la Argentina muestra que en algo más de doce años, los jueces han manejado con prudencia la figura jurídica del principio de precaución, que tanto temor genera en algunos espíritus excesivamente conservadores del statu quo, defensores, en la mayoría de los casos, del "Dios Mercado". Es verdad que el camino definitivo no está trazado y aún quedan muchas líneas generales por fijar, pero estimo que no tardará demasiado en terminarse. Se exponen aquí diferentes aspectos del principio de precaución que han sido tratados desde su previsión, por la doctrina, la jurisprudencia y algunas instituciones. Nota de contenido: Preliminares. -- Etimología. -- Concepto. -- Naturaleza jurídica (principio, regla, guía). -- Requisitos para la configuración del PP y para la aplicación de medidas. -- Principales posiciones frente al PP. -- Pros y contras del PP. -- Prevención y precaución engarzadas en la práctica. -- Implicancias procesales de la aceptación del PP. -- Medidas posibles. -- El principio de precaución en la ley 25.675 (art. 4) y sus fuentes. -- El PP en los tribunales argentinos, Otros casos. -- Casos vinculados a campos electromagnéticos. -- Algunas reflexiones de cierre. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26208 [artículo] Kemelmajer de Carlucci, Aída (2013). El principio precautorio en la responsabilidad ambiental. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 591-640.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 591-640
Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / PRINCIPIO DE PRECLUSIÓN / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Un análisis de la jurisprudencia publicada en las revistas de mayor difusión en la Argentina muestra que en algo más de doce años, los jueces han manejado con prudencia la figura jurídica del principio de precaución, que tanto temor genera en algunos espíritus excesivamente conservadores del statu quo, defensores, en la mayoría de los casos, del "Dios Mercado". Es verdad que el camino definitivo no está trazado y aún quedan muchas líneas generales por fijar, pero estimo que no tardará demasiado en terminarse. Se exponen aquí diferentes aspectos del principio de precaución que han sido tratados desde su previsión, por la doctrina, la jurisprudencia y algunas instituciones. Nota de contenido: Preliminares. -- Etimología. -- Concepto. -- Naturaleza jurídica (principio, regla, guía). -- Requisitos para la configuración del PP y para la aplicación de medidas. -- Principales posiciones frente al PP. -- Pros y contras del PP. -- Prevención y precaución engarzadas en la práctica. -- Implicancias procesales de la aceptación del PP. -- Medidas posibles. -- El principio de precaución en la ley 25.675 (art. 4) y sus fuentes. -- El PP en los tribunales argentinos, Otros casos. -- Casos vinculados a campos electromagnéticos. -- Algunas reflexiones de cierre. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26208 Acoso moral en el trabajo (mobbing) y reparación del daño / Cristina Mangarelli en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Acoso moral en el trabajo (mobbing) y reparación del daño Tipo de documento: texto impreso Autores: Cristina Mangarelli, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 641-654 Idioma : Español (spa) Clasificación: ACOSO MORAL / DAÑO MORAL / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Al no definir la ley el concepto debe recurrirse a la noción doctrinaria. El "concepto jurídico" de acoso moral en el trabajo no tiene por qué coincidir con la noción que brinda la psicología o la psiquiatría. El acoso moral en el trabajo y el "mobbing" refieren al mismo fenómeno de violencia psicológica. Se trata de un proceso constituído por vejaciones, humillaciones, ataques reiterados y que se prolongan en el tiempo, con entidad suficiente para vulnerar bienes jurídicos protegidos y causar daño. Debe distinguirse el acoso moral de los conflictos en el trabajo, del estrés laboral y del ejercicio del poder de dirección y control del empleador. No existiendo ley laboral sobre el punto, la reparación del daño moral causado por este fenómeno debe fundarse en las normas de la responsabilidad civil. En caso de acoso moral cometido por compañeros de la víctima, el empleador es responsable si estando en conocimiento de la situación no tomó medidas para que cesara, sin perjuicio de la responsabilidad del autor del acoso. La avaluación del daño moral se fija en unidades de indemnización por despido, o en una suma de dinero sin tomar como pauta la indemnización tarifada. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de acoso moral en el trabajo (mobbing). -- Distinción del acoso moral e el tranbajo de otra situaciones que no constituyen acoso. -- Prueba del mobbing. -- Obligación del empleador de respetar la dignidad del trabajador. Obligación de protección y de prevención del daño. -- Reparación del daño moral en caso de mobbing. -- Prueba de daño moral. -- Avaluación del daño moral. -- Responsabilidad del empleador. -- Incumplimiento del empleador que no son acoso, pero que dan lugar a la reparación del daño. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26211
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 641-654[artículo] Acoso moral en el trabajo (mobbing) y reparación del daño [texto impreso] / Cristina Mangarelli, Autor . - 2013 . - p. 641-654.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 641-654
Clasificación: ACOSO MORAL / DAÑO MORAL / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Al no definir la ley el concepto debe recurrirse a la noción doctrinaria. El "concepto jurídico" de acoso moral en el trabajo no tiene por qué coincidir con la noción que brinda la psicología o la psiquiatría. El acoso moral en el trabajo y el "mobbing" refieren al mismo fenómeno de violencia psicológica. Se trata de un proceso constituído por vejaciones, humillaciones, ataques reiterados y que se prolongan en el tiempo, con entidad suficiente para vulnerar bienes jurídicos protegidos y causar daño. Debe distinguirse el acoso moral de los conflictos en el trabajo, del estrés laboral y del ejercicio del poder de dirección y control del empleador. No existiendo ley laboral sobre el punto, la reparación del daño moral causado por este fenómeno debe fundarse en las normas de la responsabilidad civil. En caso de acoso moral cometido por compañeros de la víctima, el empleador es responsable si estando en conocimiento de la situación no tomó medidas para que cesara, sin perjuicio de la responsabilidad del autor del acoso. La avaluación del daño moral se fija en unidades de indemnización por despido, o en una suma de dinero sin tomar como pauta la indemnización tarifada. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de acoso moral en el trabajo (mobbing). -- Distinción del acoso moral e el tranbajo de otra situaciones que no constituyen acoso. -- Prueba del mobbing. -- Obligación del empleador de respetar la dignidad del trabajador. Obligación de protección y de prevención del daño. -- Reparación del daño moral en caso de mobbing. -- Prueba de daño moral. -- Avaluación del daño moral. -- Responsabilidad del empleador. -- Incumplimiento del empleador que no son acoso, pero que dan lugar a la reparación del daño. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26211 [artículo] Mangarelli, Cristina (2013). Acoso moral en el trabajo (mobbing) y reparación del daño. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 641-654.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 641-654
Clasificación: ACOSO MORAL / DAÑO MORAL / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Al no definir la ley el concepto debe recurrirse a la noción doctrinaria. El "concepto jurídico" de acoso moral en el trabajo no tiene por qué coincidir con la noción que brinda la psicología o la psiquiatría. El acoso moral en el trabajo y el "mobbing" refieren al mismo fenómeno de violencia psicológica. Se trata de un proceso constituído por vejaciones, humillaciones, ataques reiterados y que se prolongan en el tiempo, con entidad suficiente para vulnerar bienes jurídicos protegidos y causar daño. Debe distinguirse el acoso moral de los conflictos en el trabajo, del estrés laboral y del ejercicio del poder de dirección y control del empleador. No existiendo ley laboral sobre el punto, la reparación del daño moral causado por este fenómeno debe fundarse en las normas de la responsabilidad civil. En caso de acoso moral cometido por compañeros de la víctima, el empleador es responsable si estando en conocimiento de la situación no tomó medidas para que cesara, sin perjuicio de la responsabilidad del autor del acoso. La avaluación del daño moral se fija en unidades de indemnización por despido, o en una suma de dinero sin tomar como pauta la indemnización tarifada. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de acoso moral en el trabajo (mobbing). -- Distinción del acoso moral e el tranbajo de otra situaciones que no constituyen acoso. -- Prueba del mobbing. -- Obligación del empleador de respetar la dignidad del trabajador. Obligación de protección y de prevención del daño. -- Reparación del daño moral en caso de mobbing. -- Prueba de daño moral. -- Avaluación del daño moral. -- Responsabilidad del empleador. -- Incumplimiento del empleador que no son acoso, pero que dan lugar a la reparación del daño. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26211 Nuevas perspectivas del factor de la atribución y la causa eximente en la responsabilidad contractual a partir de los proyectos de armonización y modernización del derecho de los contratos / Andrés Mariño López en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Nuevas perspectivas del factor de la atribución y la causa eximente en la responsabilidad contractual a partir de los proyectos de armonización y modernización del derecho de los contratos Tipo de documento: texto impreso Autores: Andrés Mariño López, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 655-684 Idioma : Español (spa) Clasificación: RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES / DEUDOR COMÚN Resumen: El factor de atribución y la causa eximente de responsabilidad configuran dos elementos sobre los cuales se construye el sistema de la responsabilidad contractual. La subjetividad u objetividad de ésta, lo cual en definitiva es determinante para establecer a qué se obligan los contratantes, depende de cómo se construyen esos dos elementos. En la actualidad, se está produciendo un proceso de armonización y modernización del derecho de los contratos. En los diferentes instrumentos y proyectos podemos encontrar tres sistemas diferentes, pero la mayoría de ellos rechaza la teoría de las obligaciones de medios y de resultado, adopta un factor de atribución objetivo y una causa eximente relativa Nota de contenido: Introducción. -- Bases subjetivas y objetivas de la responsabilidad contractual. -- El factor de atribución. -- El evento eximente de responsabilidad: la causa extraña no imputable. -- El factor de atribución y la causa eximente de responsabilidad en el proceso de modernización y armonización del derecho de las obligaciones y los contratos. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26212
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 655-684[artículo] Nuevas perspectivas del factor de la atribución y la causa eximente en la responsabilidad contractual a partir de los proyectos de armonización y modernización del derecho de los contratos [texto impreso] / Andrés Mariño López, Autor . - 2013 . - p. 655-684.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 655-684
Clasificación: RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES / DEUDOR COMÚN Resumen: El factor de atribución y la causa eximente de responsabilidad configuran dos elementos sobre los cuales se construye el sistema de la responsabilidad contractual. La subjetividad u objetividad de ésta, lo cual en definitiva es determinante para establecer a qué se obligan los contratantes, depende de cómo se construyen esos dos elementos. En la actualidad, se está produciendo un proceso de armonización y modernización del derecho de los contratos. En los diferentes instrumentos y proyectos podemos encontrar tres sistemas diferentes, pero la mayoría de ellos rechaza la teoría de las obligaciones de medios y de resultado, adopta un factor de atribución objetivo y una causa eximente relativa Nota de contenido: Introducción. -- Bases subjetivas y objetivas de la responsabilidad contractual. -- El factor de atribución. -- El evento eximente de responsabilidad: la causa extraña no imputable. -- El factor de atribución y la causa eximente de responsabilidad en el proceso de modernización y armonización del derecho de las obligaciones y los contratos. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26212 [artículo] Mariño López, Andrés (2013). Nuevas perspectivas del factor de la atribución y la causa eximente en la responsabilidad contractual a partir de los proyectos de armonización y modernización del derecho de los contratos. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 655-684.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 655-684
Clasificación: RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL / INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES / DEUDOR COMÚN Resumen: El factor de atribución y la causa eximente de responsabilidad configuran dos elementos sobre los cuales se construye el sistema de la responsabilidad contractual. La subjetividad u objetividad de ésta, lo cual en definitiva es determinante para establecer a qué se obligan los contratantes, depende de cómo se construyen esos dos elementos. En la actualidad, se está produciendo un proceso de armonización y modernización del derecho de los contratos. En los diferentes instrumentos y proyectos podemos encontrar tres sistemas diferentes, pero la mayoría de ellos rechaza la teoría de las obligaciones de medios y de resultado, adopta un factor de atribución objetivo y una causa eximente relativa Nota de contenido: Introducción. -- Bases subjetivas y objetivas de la responsabilidad contractual. -- El factor de atribución. -- El evento eximente de responsabilidad: la causa extraña no imputable. -- El factor de atribución y la causa eximente de responsabilidad en el proceso de modernización y armonización del derecho de las obligaciones y los contratos. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26212 Principios o reglas del tránsito / Juan José Martínez Mercadal en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Principios o reglas del tránsito : glosas de los artículos 5 a 8 de la Ley 18.191 de Tránsito y Seguridad Vial, su incidencia en el juicio culpabilidad y en la pretendida objetivación de la responsabilidad civil Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan José Martínez Mercadal, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 685-707 Idioma : Español (spa) Clasificación: TRANSITO / ACCIDENTES DE TRÁNSITO / SEGURIDAD VIAL / RESPONSABILIDAD CIVIL / PRINCIPIOS JURIDICOS Resumen: En ocasiones, la simple deducción de las soluciones jurídicas a aplicar no nos exigen grandes y encumbrados análisis jurídicos, pero a medida que nos adentramos en aquellos casos que se presentan como "difíciles", no porque merezcan un mayor estudio o complejidad de razonamientos a la hora de juzgar, sino por lo difícil del sistema normativo a aplicar, es en ese estadio del razonamiento jurídico en dónde más que nunca debemos aferrarnos a análisis sistemáticos y reflexivos que incluyan como primera asignatura el desentrañar la naturaleza jurídica del enunciado convocado a regular la relación. En el presente trabajo hemos asumido el desafío de analizar los pretendidos principios consagrados por el legislador en la Ley 18.191, respecto de los cuales cabe preguntarse: ¿son verdaderos principios de un pretendido Derecho de Tránsito o son reglas que deben de aplicarse directamente por el juzgador?; ¿podemos acaso pensar que la nueva normatividad ha modificado el estándar de diligencia que subyace en la culpa para sumergirse en mayores exigencias al buen padre de familia que discurren en la culpa levísima como fundamento de la responsabilidad?. Los deberes de diligencia debida para los usuarios de las vías de tránsito se han extremado, más allá de consideraciones jusfilosóficas. Y tales deberes también inciden en el comportamiento que debe de adoptar la víctima a la hora de analizar su hecho como eximente de responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- generales desde R. Alexy a R. L. Lorenzetti. -- Algunas conceptualizaciones sobre los "Principios" desde la iusfilosofía finlandesa. -- Conceptualización desde la Descodificación y subsistemas. -- Reflexiones: ¿la resurrección de la culpa levísima como regla general de los usuarios de las vías de tránsito? -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26216
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 685-707[artículo] Principios o reglas del tránsito : glosas de los artículos 5 a 8 de la Ley 18.191 de Tránsito y Seguridad Vial, su incidencia en el juicio culpabilidad y en la pretendida objetivación de la responsabilidad civil [texto impreso] / Juan José Martínez Mercadal, Autor . - 2013 . - p. 685-707.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 685-707
Clasificación: TRANSITO / ACCIDENTES DE TRÁNSITO / SEGURIDAD VIAL / RESPONSABILIDAD CIVIL / PRINCIPIOS JURIDICOS Resumen: En ocasiones, la simple deducción de las soluciones jurídicas a aplicar no nos exigen grandes y encumbrados análisis jurídicos, pero a medida que nos adentramos en aquellos casos que se presentan como "difíciles", no porque merezcan un mayor estudio o complejidad de razonamientos a la hora de juzgar, sino por lo difícil del sistema normativo a aplicar, es en ese estadio del razonamiento jurídico en dónde más que nunca debemos aferrarnos a análisis sistemáticos y reflexivos que incluyan como primera asignatura el desentrañar la naturaleza jurídica del enunciado convocado a regular la relación. En el presente trabajo hemos asumido el desafío de analizar los pretendidos principios consagrados por el legislador en la Ley 18.191, respecto de los cuales cabe preguntarse: ¿son verdaderos principios de un pretendido Derecho de Tránsito o son reglas que deben de aplicarse directamente por el juzgador?; ¿podemos acaso pensar que la nueva normatividad ha modificado el estándar de diligencia que subyace en la culpa para sumergirse en mayores exigencias al buen padre de familia que discurren en la culpa levísima como fundamento de la responsabilidad?. Los deberes de diligencia debida para los usuarios de las vías de tránsito se han extremado, más allá de consideraciones jusfilosóficas. Y tales deberes también inciden en el comportamiento que debe de adoptar la víctima a la hora de analizar su hecho como eximente de responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- generales desde R. Alexy a R. L. Lorenzetti. -- Algunas conceptualizaciones sobre los "Principios" desde la iusfilosofía finlandesa. -- Conceptualización desde la Descodificación y subsistemas. -- Reflexiones: ¿la resurrección de la culpa levísima como regla general de los usuarios de las vías de tránsito? -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26216 [artículo] Martínez Mercadal, Juan José (2013). Principios o reglas del tránsito : glosas de los artículos 5 a 8 de la Ley 18.191 de Tránsito y Seguridad Vial, su incidencia en el juicio culpabilidad y en la pretendida objetivación de la responsabilidad civil. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 685-707.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 685-707
Clasificación: TRANSITO / ACCIDENTES DE TRÁNSITO / SEGURIDAD VIAL / RESPONSABILIDAD CIVIL / PRINCIPIOS JURIDICOS Resumen: En ocasiones, la simple deducción de las soluciones jurídicas a aplicar no nos exigen grandes y encumbrados análisis jurídicos, pero a medida que nos adentramos en aquellos casos que se presentan como "difíciles", no porque merezcan un mayor estudio o complejidad de razonamientos a la hora de juzgar, sino por lo difícil del sistema normativo a aplicar, es en ese estadio del razonamiento jurídico en dónde más que nunca debemos aferrarnos a análisis sistemáticos y reflexivos que incluyan como primera asignatura el desentrañar la naturaleza jurídica del enunciado convocado a regular la relación. En el presente trabajo hemos asumido el desafío de analizar los pretendidos principios consagrados por el legislador en la Ley 18.191, respecto de los cuales cabe preguntarse: ¿son verdaderos principios de un pretendido Derecho de Tránsito o son reglas que deben de aplicarse directamente por el juzgador?; ¿podemos acaso pensar que la nueva normatividad ha modificado el estándar de diligencia que subyace en la culpa para sumergirse en mayores exigencias al buen padre de familia que discurren en la culpa levísima como fundamento de la responsabilidad?. Los deberes de diligencia debida para los usuarios de las vías de tránsito se han extremado, más allá de consideraciones jusfilosóficas. Y tales deberes también inciden en el comportamiento que debe de adoptar la víctima a la hora de analizar su hecho como eximente de responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- generales desde R. Alexy a R. L. Lorenzetti. -- Algunas conceptualizaciones sobre los "Principios" desde la iusfilosofía finlandesa. -- Conceptualización desde la Descodificación y subsistemas. -- Reflexiones: ¿la resurrección de la culpa levísima como regla general de los usuarios de las vías de tránsito? -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26216 Responsabilidad de los directores de sociedades en casos de tomas de control, fusiones y adquisiciones en Estados Unidos / Miguens, Héctor José en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Responsabilidad de los directores de sociedades en casos de tomas de control, fusiones y adquisiciones en Estados Unidos Tipo de documento: texto impreso Autores: Miguens, Héctor José, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 709-734 Idioma : Español (spa) Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / CONTROL DE SOCIEDADES Resumen: En el presente trabajo estudiamos la responsabilidad de los directores en casos de tomas de control, fusiones y adquisiciones de paquetes accionarios o partes de interés en el sistema de derecho de los Estados Unidos. El derecho local y federal de la responsabilidad de los directores de sociedades de los Estados Unidos tiene un notable desarrollo y específicamente en el tema de las tomas de control, fusiones y adquisiciones de sociedades en particular, especialmente desde mediados de la década de los ochenta del siglo pasado. Una parte importante de las demandas de daños contra directores está constituida por la problemática de las fusiones y adquisiciones. Existen desde hace por lo menos dos décadas algunas decisiones trascendentes acerca de cuán informada debe ser la decisión del directorio de adquirir una empresa, especialmente de los primeros años de la década de 1980 en la que existió una verdadera "mergermania" en los Estados Unidos. Asimismo, frente a la oferta hostil de adquisición de control societario los directores pueden oponer defensas tendientes a impedir el éxito de la adquisición societaria. Estas defensas pueden asumir distintas y numerosas formas jurídicas. La evolución de las normas sobre responsabilidad civil de los directores en Estados Unidos se encuentra muy desarrollada en el marco del derecho comparado, lo que amerita un estudio pormenorizado y comparatístico sobre sus posibles virtudes, ventajas y desventajas, desde la óptica del sistema continental europeo. Nota de contenido: Introducción. -- El control societario. -- Causales de demanda. -- Decisión informada. -- Modificaciones a la Business Judgment Rule. -- Directores que actúan como rematadores. -- Defensas oponibles a la oferta de adquisiciones del control societario. -- Responsabilidades de los directores conforme al régimen del Employee Retirement Income Security Act de 1974("ERISA"). -- Legislación Estatal. -- Minority Shareholder Squezze out. -- Leveraged Buyouts (LBO). -- Conclusiones de la investigación. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26217
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 709-734[artículo] Responsabilidad de los directores de sociedades en casos de tomas de control, fusiones y adquisiciones en Estados Unidos [texto impreso] / Miguens, Héctor José, Autor . - 2013 . - p. 709-734.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 709-734
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / CONTROL DE SOCIEDADES Resumen: En el presente trabajo estudiamos la responsabilidad de los directores en casos de tomas de control, fusiones y adquisiciones de paquetes accionarios o partes de interés en el sistema de derecho de los Estados Unidos. El derecho local y federal de la responsabilidad de los directores de sociedades de los Estados Unidos tiene un notable desarrollo y específicamente en el tema de las tomas de control, fusiones y adquisiciones de sociedades en particular, especialmente desde mediados de la década de los ochenta del siglo pasado. Una parte importante de las demandas de daños contra directores está constituida por la problemática de las fusiones y adquisiciones. Existen desde hace por lo menos dos décadas algunas decisiones trascendentes acerca de cuán informada debe ser la decisión del directorio de adquirir una empresa, especialmente de los primeros años de la década de 1980 en la que existió una verdadera "mergermania" en los Estados Unidos. Asimismo, frente a la oferta hostil de adquisición de control societario los directores pueden oponer defensas tendientes a impedir el éxito de la adquisición societaria. Estas defensas pueden asumir distintas y numerosas formas jurídicas. La evolución de las normas sobre responsabilidad civil de los directores en Estados Unidos se encuentra muy desarrollada en el marco del derecho comparado, lo que amerita un estudio pormenorizado y comparatístico sobre sus posibles virtudes, ventajas y desventajas, desde la óptica del sistema continental europeo. Nota de contenido: Introducción. -- El control societario. -- Causales de demanda. -- Decisión informada. -- Modificaciones a la Business Judgment Rule. -- Directores que actúan como rematadores. -- Defensas oponibles a la oferta de adquisiciones del control societario. -- Responsabilidades de los directores conforme al régimen del Employee Retirement Income Security Act de 1974("ERISA"). -- Legislación Estatal. -- Minority Shareholder Squezze out. -- Leveraged Buyouts (LBO). -- Conclusiones de la investigación. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26217 [artículo] Miguens, Héctor José (2013). Responsabilidad de los directores de sociedades en casos de tomas de control, fusiones y adquisiciones en Estados Unidos. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 709-734.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 709-734
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / CONTROL DE SOCIEDADES Resumen: En el presente trabajo estudiamos la responsabilidad de los directores en casos de tomas de control, fusiones y adquisiciones de paquetes accionarios o partes de interés en el sistema de derecho de los Estados Unidos. El derecho local y federal de la responsabilidad de los directores de sociedades de los Estados Unidos tiene un notable desarrollo y específicamente en el tema de las tomas de control, fusiones y adquisiciones de sociedades en particular, especialmente desde mediados de la década de los ochenta del siglo pasado. Una parte importante de las demandas de daños contra directores está constituida por la problemática de las fusiones y adquisiciones. Existen desde hace por lo menos dos décadas algunas decisiones trascendentes acerca de cuán informada debe ser la decisión del directorio de adquirir una empresa, especialmente de los primeros años de la década de 1980 en la que existió una verdadera "mergermania" en los Estados Unidos. Asimismo, frente a la oferta hostil de adquisición de control societario los directores pueden oponer defensas tendientes a impedir el éxito de la adquisición societaria. Estas defensas pueden asumir distintas y numerosas formas jurídicas. La evolución de las normas sobre responsabilidad civil de los directores en Estados Unidos se encuentra muy desarrollada en el marco del derecho comparado, lo que amerita un estudio pormenorizado y comparatístico sobre sus posibles virtudes, ventajas y desventajas, desde la óptica del sistema continental europeo. Nota de contenido: Introducción. -- El control societario. -- Causales de demanda. -- Decisión informada. -- Modificaciones a la Business Judgment Rule. -- Directores que actúan como rematadores. -- Defensas oponibles a la oferta de adquisiciones del control societario. -- Responsabilidades de los directores conforme al régimen del Employee Retirement Income Security Act de 1974("ERISA"). -- Legislación Estatal. -- Minority Shareholder Squezze out. -- Leveraged Buyouts (LBO). -- Conclusiones de la investigación. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26217 Muestras biológicas, biobancos e investigación biomédica / Morillas Jarillo, María José en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Muestras biológicas, biobancos e investigación biomédica : algunos problemas jurídicos Tipo de documento: texto impreso Autores: Morillas Jarillo, María José, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 735-768 Idioma : Español (spa) Clasificación: BIOÉTICA / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Aunque la recolección de muestras biológicas humanas no es algo nuevo, sí lo es la manera de organizarlas y procesar la información relacionada con ellas. El análisis del régimen jurídico de los biobancos y de las muestras biológicas humanas utilizadas con fines de investigación es el objeto de este trabajo en el que se analizan algunos de los problemas jurídicos más relevantes, en particular, los contratos y el aseguramiento de los daños y las responsabilidades. Nota de contenido: Clarificación de conceptos. -- Realidad e importancia. -- Régimen jurídico. -- Algunos problemas jurídicos. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26219
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 735-768[artículo] Muestras biológicas, biobancos e investigación biomédica : algunos problemas jurídicos [texto impreso] / Morillas Jarillo, María José, Autor . - 2013 . - p. 735-768.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 735-768
Clasificación: BIOÉTICA / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Aunque la recolección de muestras biológicas humanas no es algo nuevo, sí lo es la manera de organizarlas y procesar la información relacionada con ellas. El análisis del régimen jurídico de los biobancos y de las muestras biológicas humanas utilizadas con fines de investigación es el objeto de este trabajo en el que se analizan algunos de los problemas jurídicos más relevantes, en particular, los contratos y el aseguramiento de los daños y las responsabilidades. Nota de contenido: Clarificación de conceptos. -- Realidad e importancia. -- Régimen jurídico. -- Algunos problemas jurídicos. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26219 [artículo] Morillas Jarillo, María José (2013). Muestras biológicas, biobancos e investigación biomédica : algunos problemas jurídicos. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 735-768.
Idioma : Español (spa)
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Clasificación: BIOÉTICA / RESPONSABILIDAD CIVIL Resumen: Aunque la recolección de muestras biológicas humanas no es algo nuevo, sí lo es la manera de organizarlas y procesar la información relacionada con ellas. El análisis del régimen jurídico de los biobancos y de las muestras biológicas humanas utilizadas con fines de investigación es el objeto de este trabajo en el que se analizan algunos de los problemas jurídicos más relevantes, en particular, los contratos y el aseguramiento de los daños y las responsabilidades. Nota de contenido: Clarificación de conceptos. -- Realidad e importancia. -- Régimen jurídico. -- Algunos problemas jurídicos. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26219 El acreedor por indemnización de daños extracontractuales en el proceso concursal / Carlos A. Parellada en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : El acreedor por indemnización de daños extracontractuales en el proceso concursal Tipo de documento: texto impreso Autores: Carlos A. Parellada, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 769-784 Idioma : Español (spa) Clasificación: ACREEDOR / CONCURSO / INDEMNIZACION Resumen: Se aborda el tema de las dificultades de quienes ostentan un derecho indemnizatorio en contra del concursado o fallido y los caminos de los que dispone para ingresar dicho crédito en el pasivo concursal. Los múltiples obstáculos que debe afrontar el acreedor en dichas vías contrasta con la jerarquía constitucional que se reconoce al derecho indemnizatorio, por lo que se propone repensar la situación a la luz de los nuevos principios del Derecho de Daños y la teoría de los derechos fundamentales, en busca de una superación de los escollos actuales, que ya se cuestiona a la luz de cierta jurisprudencia. Nota de contenido: Introducción. -- La denominación del llamado "acreedor extracontractual". -- Tratamiento del llamado "acreedor extracontractual" en la quiebra. -- Tratamiento del llamado "acreedor extracontractual" en el concurso. -- Las raíces constitucionales del derecho a la reparación integral y la Ley de Concursos. -- Casos paradigmáticos que conmueven las soluciones tradicionales. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26221
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 769-784[artículo] El acreedor por indemnización de daños extracontractuales en el proceso concursal [texto impreso] / Carlos A. Parellada, Autor . - 2013 . - p. 769-784.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 769-784
Clasificación: ACREEDOR / CONCURSO / INDEMNIZACION Resumen: Se aborda el tema de las dificultades de quienes ostentan un derecho indemnizatorio en contra del concursado o fallido y los caminos de los que dispone para ingresar dicho crédito en el pasivo concursal. Los múltiples obstáculos que debe afrontar el acreedor en dichas vías contrasta con la jerarquía constitucional que se reconoce al derecho indemnizatorio, por lo que se propone repensar la situación a la luz de los nuevos principios del Derecho de Daños y la teoría de los derechos fundamentales, en busca de una superación de los escollos actuales, que ya se cuestiona a la luz de cierta jurisprudencia. Nota de contenido: Introducción. -- La denominación del llamado "acreedor extracontractual". -- Tratamiento del llamado "acreedor extracontractual" en la quiebra. -- Tratamiento del llamado "acreedor extracontractual" en el concurso. -- Las raíces constitucionales del derecho a la reparación integral y la Ley de Concursos. -- Casos paradigmáticos que conmueven las soluciones tradicionales. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26221 [artículo] Parellada, Carlos A. (2013). El acreedor por indemnización de daños extracontractuales en el proceso concursal. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 769-784.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 769-784
Clasificación: ACREEDOR / CONCURSO / INDEMNIZACION Resumen: Se aborda el tema de las dificultades de quienes ostentan un derecho indemnizatorio en contra del concursado o fallido y los caminos de los que dispone para ingresar dicho crédito en el pasivo concursal. Los múltiples obstáculos que debe afrontar el acreedor en dichas vías contrasta con la jerarquía constitucional que se reconoce al derecho indemnizatorio, por lo que se propone repensar la situación a la luz de los nuevos principios del Derecho de Daños y la teoría de los derechos fundamentales, en busca de una superación de los escollos actuales, que ya se cuestiona a la luz de cierta jurisprudencia. Nota de contenido: Introducción. -- La denominación del llamado "acreedor extracontractual". -- Tratamiento del llamado "acreedor extracontractual" en la quiebra. -- Tratamiento del llamado "acreedor extracontractual" en el concurso. -- Las raíces constitucionales del derecho a la reparación integral y la Ley de Concursos. -- Casos paradigmáticos que conmueven las soluciones tradicionales. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26221 La regulación de las agencias de rating / Rodríguez de la Heras Ballell, Teresa en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La regulación de las agencias de rating : de soluciones de mercado a modelos de supervisión directa Tipo de documento: texto impreso Autores: Rodríguez de la Heras Ballell, Teresa, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 785-812 Idioma : Español (spa) Clasificación: MERCADO DE VALORES Resumen: Los acontecimientos que han marcado la actualidad de los mercados financieros internacionales en los últimos años han dotado de inesperado protagonismo a un conjunto de figuras de variado perfil que comparten una función esencial: la generación de confianza en los mercados mediante la transmisión de información especializada, creíble y precisa sobre los operadores económicos (emisores) y ciertas emisiones. El papel de las entidades o agencias de rating, entre los denominados gatekeepers, ha despertado además especial atención por su dudosa intervención en el desarrollo de la crisis financiera. La clave de las entidades de rating como generadoras de confianza se encuentra en la fiabilidad de sus procesos y la credibilidad de sus calificaciones, valores que se soportan esencialmente en activos reputacionales. En este contexto, el debate sobre la idoneidad de recurrir a mecanismos de control de mercado, o a técnicas de regulación parecía haberse decantado por una clara apuesta por la autorregulación en forma de principios que guíen la actuación de las agencias de rating y códigos de conducta a nivel internacional. Esto venía planteando un interesante debate sobre el papel de la autorregulación para encauzar la actuación de estas entidades, marcar pautas razonables de diligencia y resolver las cuestiones de asignación de riesgos y distribución de la responsabilidad. La situación internacional, sin embargo, aconsejó pronto un replanteamiento del enfoque regulatorio hacia esquemas más estrictos de supervisión directa, más estricta regulación y mecanismos de registro y certificación. Sin embargo, se observa hoy un punto de inflexión en la evolución de la regulación que parece apuntar hacia un cambio de tendencia que recupera el régimen de responsabilidad como pieza básica del sistema regulatorio. Nota de contenido: El contexto: la evolución de la actividad de rating y su papel en los modernos mercados financieros. -- El mercado de la calificación crediticia: funciones, estructuras, participantes y operativa. -- Las respuestas regulatorias. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26222
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 785-812[artículo] La regulación de las agencias de rating : de soluciones de mercado a modelos de supervisión directa [texto impreso] / Rodríguez de la Heras Ballell, Teresa, Autor . - 2013 . - p. 785-812.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 785-812
Clasificación: MERCADO DE VALORES Resumen: Los acontecimientos que han marcado la actualidad de los mercados financieros internacionales en los últimos años han dotado de inesperado protagonismo a un conjunto de figuras de variado perfil que comparten una función esencial: la generación de confianza en los mercados mediante la transmisión de información especializada, creíble y precisa sobre los operadores económicos (emisores) y ciertas emisiones. El papel de las entidades o agencias de rating, entre los denominados gatekeepers, ha despertado además especial atención por su dudosa intervención en el desarrollo de la crisis financiera. La clave de las entidades de rating como generadoras de confianza se encuentra en la fiabilidad de sus procesos y la credibilidad de sus calificaciones, valores que se soportan esencialmente en activos reputacionales. En este contexto, el debate sobre la idoneidad de recurrir a mecanismos de control de mercado, o a técnicas de regulación parecía haberse decantado por una clara apuesta por la autorregulación en forma de principios que guíen la actuación de las agencias de rating y códigos de conducta a nivel internacional. Esto venía planteando un interesante debate sobre el papel de la autorregulación para encauzar la actuación de estas entidades, marcar pautas razonables de diligencia y resolver las cuestiones de asignación de riesgos y distribución de la responsabilidad. La situación internacional, sin embargo, aconsejó pronto un replanteamiento del enfoque regulatorio hacia esquemas más estrictos de supervisión directa, más estricta regulación y mecanismos de registro y certificación. Sin embargo, se observa hoy un punto de inflexión en la evolución de la regulación que parece apuntar hacia un cambio de tendencia que recupera el régimen de responsabilidad como pieza básica del sistema regulatorio. Nota de contenido: El contexto: la evolución de la actividad de rating y su papel en los modernos mercados financieros. -- El mercado de la calificación crediticia: funciones, estructuras, participantes y operativa. -- Las respuestas regulatorias. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26222 [artículo] Rodríguez de la Heras Ballell, Teresa (2013). La regulación de las agencias de rating : de soluciones de mercado a modelos de supervisión directa. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 785-812.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 785-812
Clasificación: MERCADO DE VALORES Resumen: Los acontecimientos que han marcado la actualidad de los mercados financieros internacionales en los últimos años han dotado de inesperado protagonismo a un conjunto de figuras de variado perfil que comparten una función esencial: la generación de confianza en los mercados mediante la transmisión de información especializada, creíble y precisa sobre los operadores económicos (emisores) y ciertas emisiones. El papel de las entidades o agencias de rating, entre los denominados gatekeepers, ha despertado además especial atención por su dudosa intervención en el desarrollo de la crisis financiera. La clave de las entidades de rating como generadoras de confianza se encuentra en la fiabilidad de sus procesos y la credibilidad de sus calificaciones, valores que se soportan esencialmente en activos reputacionales. En este contexto, el debate sobre la idoneidad de recurrir a mecanismos de control de mercado, o a técnicas de regulación parecía haberse decantado por una clara apuesta por la autorregulación en forma de principios que guíen la actuación de las agencias de rating y códigos de conducta a nivel internacional. Esto venía planteando un interesante debate sobre el papel de la autorregulación para encauzar la actuación de estas entidades, marcar pautas razonables de diligencia y resolver las cuestiones de asignación de riesgos y distribución de la responsabilidad. La situación internacional, sin embargo, aconsejó pronto un replanteamiento del enfoque regulatorio hacia esquemas más estrictos de supervisión directa, más estricta regulación y mecanismos de registro y certificación. Sin embargo, se observa hoy un punto de inflexión en la evolución de la regulación que parece apuntar hacia un cambio de tendencia que recupera el régimen de responsabilidad como pieza básica del sistema regulatorio. Nota de contenido: El contexto: la evolución de la actividad de rating y su papel en los modernos mercados financieros. -- El mercado de la calificación crediticia: funciones, estructuras, participantes y operativa. -- Las respuestas regulatorias. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26222 La huella de carbono y el análisis económico del derecho / Sánchez, Adriana en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La huella de carbono y el análisis económico del derecho : Responsabilidad ambiental como estrategia de desarrollo sustentable Tipo de documento: texto impreso Autores: Sánchez, Adriana, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 813-829 Idioma : Español (spa) Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / DAÑO AMBIENTAL / CONTAMINACION AMBIENTAL / DESARROLLO SUSTENTABLE Resumen: El calentamiento global del planeta es un hecho que hay que revertir. Por lo tanto, las empresas cuyas actividades emitan en exceso Gases de Efecto Invernadero (GEI), deben comprometerse a lograr un desarrollo sustentable sin generar conflictos entre la economía y el ambiente. Con el fin de lograr un desarrollo sostenible, se han creado los mercados de Carbono, que permiten negociar los derechos de emisión de GEI atribuidos a los agentes contaminantes en el mercado. El protocolo de Kyoto contempla los Mecanismos de Desarrollo Limpio, con el objetivo de reducir las emisiones de GEI; estimula inversiones de países desarrollados en países subdesarrollados empleando tecnologías modernas. Es una medida ineficiente, porque los países industrializados siguen contaminando en sus lugares de origen, compensando el exceso de emisiones de gases con los bonos obtenidos en los países subdesarrollados. El Análisis Económico del Derecho propone una nueva estrategia en materia ambiental. El objetivo es lograr la internalización y reducción de los daños ambientales mediante mecanismos preventivos como la incorporación de tecnologías avanzadas. Para incentivar a los empresarios a evitar impactos ambientales se aplica el principio de quien contamina paga. Nota de contenido: Introducción. -- Desarrollo sustentable nuevo paradigma empresarial. -- AED nueva estrategia empresarial. -- Herramientas para internalizar los costos ambientales: Hipótesis de Guido Calabresi y Teorema de Ronald Couse. -- Métodos para lograr el desarrollo sustentable: Prevención específica y prevención general. -- Instrumentos económicos y de mercado: Mercados de Carbono. -- Mercados de carbono. -- Mecanismos para un Desarrollo Limpio (MDL). -- Herramientas de coacción directa (Método de prevención específica). -- Responsabilidad ecológica: Principio de quien contamina paga. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26223
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 813-829[artículo] La huella de carbono y el análisis económico del derecho : Responsabilidad ambiental como estrategia de desarrollo sustentable [texto impreso] / Sánchez, Adriana, Autor . - 2013 . - p. 813-829.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 813-829
Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / DAÑO AMBIENTAL / CONTAMINACION AMBIENTAL / DESARROLLO SUSTENTABLE Resumen: El calentamiento global del planeta es un hecho que hay que revertir. Por lo tanto, las empresas cuyas actividades emitan en exceso Gases de Efecto Invernadero (GEI), deben comprometerse a lograr un desarrollo sustentable sin generar conflictos entre la economía y el ambiente. Con el fin de lograr un desarrollo sostenible, se han creado los mercados de Carbono, que permiten negociar los derechos de emisión de GEI atribuidos a los agentes contaminantes en el mercado. El protocolo de Kyoto contempla los Mecanismos de Desarrollo Limpio, con el objetivo de reducir las emisiones de GEI; estimula inversiones de países desarrollados en países subdesarrollados empleando tecnologías modernas. Es una medida ineficiente, porque los países industrializados siguen contaminando en sus lugares de origen, compensando el exceso de emisiones de gases con los bonos obtenidos en los países subdesarrollados. El Análisis Económico del Derecho propone una nueva estrategia en materia ambiental. El objetivo es lograr la internalización y reducción de los daños ambientales mediante mecanismos preventivos como la incorporación de tecnologías avanzadas. Para incentivar a los empresarios a evitar impactos ambientales se aplica el principio de quien contamina paga. Nota de contenido: Introducción. -- Desarrollo sustentable nuevo paradigma empresarial. -- AED nueva estrategia empresarial. -- Herramientas para internalizar los costos ambientales: Hipótesis de Guido Calabresi y Teorema de Ronald Couse. -- Métodos para lograr el desarrollo sustentable: Prevención específica y prevención general. -- Instrumentos económicos y de mercado: Mercados de Carbono. -- Mercados de carbono. -- Mecanismos para un Desarrollo Limpio (MDL). -- Herramientas de coacción directa (Método de prevención específica). -- Responsabilidad ecológica: Principio de quien contamina paga. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26223 [artículo] Sánchez, Adriana (2013). La huella de carbono y el análisis económico del derecho : Responsabilidad ambiental como estrategia de desarrollo sustentable. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 813-829.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 813-829
Clasificación: PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / DAÑO AMBIENTAL / CONTAMINACION AMBIENTAL / DESARROLLO SUSTENTABLE Resumen: El calentamiento global del planeta es un hecho que hay que revertir. Por lo tanto, las empresas cuyas actividades emitan en exceso Gases de Efecto Invernadero (GEI), deben comprometerse a lograr un desarrollo sustentable sin generar conflictos entre la economía y el ambiente. Con el fin de lograr un desarrollo sostenible, se han creado los mercados de Carbono, que permiten negociar los derechos de emisión de GEI atribuidos a los agentes contaminantes en el mercado. El protocolo de Kyoto contempla los Mecanismos de Desarrollo Limpio, con el objetivo de reducir las emisiones de GEI; estimula inversiones de países desarrollados en países subdesarrollados empleando tecnologías modernas. Es una medida ineficiente, porque los países industrializados siguen contaminando en sus lugares de origen, compensando el exceso de emisiones de gases con los bonos obtenidos en los países subdesarrollados. El Análisis Económico del Derecho propone una nueva estrategia en materia ambiental. El objetivo es lograr la internalización y reducción de los daños ambientales mediante mecanismos preventivos como la incorporación de tecnologías avanzadas. Para incentivar a los empresarios a evitar impactos ambientales se aplica el principio de quien contamina paga. Nota de contenido: Introducción. -- Desarrollo sustentable nuevo paradigma empresarial. -- AED nueva estrategia empresarial. -- Herramientas para internalizar los costos ambientales: Hipótesis de Guido Calabresi y Teorema de Ronald Couse. -- Métodos para lograr el desarrollo sustentable: Prevención específica y prevención general. -- Instrumentos económicos y de mercado: Mercados de Carbono. -- Mercados de carbono. -- Mecanismos para un Desarrollo Limpio (MDL). -- Herramientas de coacción directa (Método de prevención específica). -- Responsabilidad ecológica: Principio de quien contamina paga. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26223 En torno a la reparación de los daños ambientales en el derecho español / Santos Morón, María José en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : En torno a la reparación de los daños ambientales en el derecho español Tipo de documento: texto impreso Autores: Santos Morón, María José, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 830-848 Idioma : Español (spa) Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / DAÑO AMBIENTAL / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / RECURSOS NATURALES Resumen: En relación con los daños ambientales es preciso distinguir entre el denominado "daño ecológico puro" (el sufrido por el medio ambiente en sí mismo considerado) y los daños sufridos por particulares como consecuencia de agresiones medioambientales. La diferente naturaleza de uno y otro, así como los diferentes problemas que plantean, ha llevado que en el ámbito europeo se les aplique diverso régimen jurídico. Partiendo de esa premisa, en este trabajo se pretende exponer cómo se lleva a cabo la reparación de los daños ambientales en España. A tal efecto se tiene en cuenta no sólo la normativa aplicable sino también, y especialmente, el modo en que los tribunales españoles vienen interpretándola, por influjo, en algunos casos, de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Nota de contenido: Introducción: la responsabilidad por daños ambientales en España. El régimen comunitario de responsabilidad ambiental. -- La reparación de los daños individuales derivados de agresiones medioambientales. -- La reparación del daño ecológico puro: La Ley 26/07 de Responsabilidad Medioambiental. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26224
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 830-848[artículo] En torno a la reparación de los daños ambientales en el derecho español [texto impreso] / Santos Morón, María José, Autor . - 2013 . - p. 830-848.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 830-848
Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / DAÑO AMBIENTAL / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / RECURSOS NATURALES Resumen: En relación con los daños ambientales es preciso distinguir entre el denominado "daño ecológico puro" (el sufrido por el medio ambiente en sí mismo considerado) y los daños sufridos por particulares como consecuencia de agresiones medioambientales. La diferente naturaleza de uno y otro, así como los diferentes problemas que plantean, ha llevado que en el ámbito europeo se les aplique diverso régimen jurídico. Partiendo de esa premisa, en este trabajo se pretende exponer cómo se lleva a cabo la reparación de los daños ambientales en España. A tal efecto se tiene en cuenta no sólo la normativa aplicable sino también, y especialmente, el modo en que los tribunales españoles vienen interpretándola, por influjo, en algunos casos, de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Nota de contenido: Introducción: la responsabilidad por daños ambientales en España. El régimen comunitario de responsabilidad ambiental. -- La reparación de los daños individuales derivados de agresiones medioambientales. -- La reparación del daño ecológico puro: La Ley 26/07 de Responsabilidad Medioambiental. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26224 [artículo] Santos Morón, María José (2013). En torno a la reparación de los daños ambientales en el derecho español. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 830-848.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 830-848
Clasificación: MEDIOAMBIENTE / DAÑOS / DAÑO AMBIENTAL / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / RECURSOS NATURALES Resumen: En relación con los daños ambientales es preciso distinguir entre el denominado "daño ecológico puro" (el sufrido por el medio ambiente en sí mismo considerado) y los daños sufridos por particulares como consecuencia de agresiones medioambientales. La diferente naturaleza de uno y otro, así como los diferentes problemas que plantean, ha llevado que en el ámbito europeo se les aplique diverso régimen jurídico. Partiendo de esa premisa, en este trabajo se pretende exponer cómo se lleva a cabo la reparación de los daños ambientales en España. A tal efecto se tiene en cuenta no sólo la normativa aplicable sino también, y especialmente, el modo en que los tribunales españoles vienen interpretándola, por influjo, en algunos casos, de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Nota de contenido: Introducción: la responsabilidad por daños ambientales en España. El régimen comunitario de responsabilidad ambiental. -- La reparación de los daños individuales derivados de agresiones medioambientales. -- La reparación del daño ecológico puro: La Ley 26/07 de Responsabilidad Medioambiental. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26224 Responsabilidad de los profesionales de la salud / Smayevsky, Miriam en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Responsabilidad de los profesionales de la salud Tipo de documento: texto impreso Autores: Smayevsky, Miriam, Autor ; Penna, Marcela Adriana, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 850-859 Idioma : Español (spa) Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / CONSENTIMIENTO / DERECHO A LA SALUD / SALUD PÚBLICA Resumen: Las prestaciones de salud son entendidas como un bien público primario, un derecho subjetivo absoluto, de ahí su raigambre constitucional. Los servicios que se prestan en materia de salud, revisten un carácter social ya que sus compromisos transponen del ámbito individual al social, pudiendo encuadrarse como obligación legal. En esos términos se comprometen frente a la sociedad a prestar responsablemente sus servicios y si hay incumplimiento a esos deberes surge la responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- De la medicina. -- Obligaciones de medio y obligaciones de resultado. -- Responsabilidad de las instituciones asistenciales. -- Ideas finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26227
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 850-859[artículo] Responsabilidad de los profesionales de la salud [texto impreso] / Smayevsky, Miriam, Autor ; Penna, Marcela Adriana, Autor . - 2013 . - p. 850-859.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 850-859
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / CONSENTIMIENTO / DERECHO A LA SALUD / SALUD PÚBLICA Resumen: Las prestaciones de salud son entendidas como un bien público primario, un derecho subjetivo absoluto, de ahí su raigambre constitucional. Los servicios que se prestan en materia de salud, revisten un carácter social ya que sus compromisos transponen del ámbito individual al social, pudiendo encuadrarse como obligación legal. En esos términos se comprometen frente a la sociedad a prestar responsablemente sus servicios y si hay incumplimiento a esos deberes surge la responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- De la medicina. -- Obligaciones de medio y obligaciones de resultado. -- Responsabilidad de las instituciones asistenciales. -- Ideas finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26227 [artículo] Smayevsky, Miriam (2013). Responsabilidad de los profesionales de la salud. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 850-859.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 850-859
Clasificación: RESPONSABILIDAD CIVIL / CONSENTIMIENTO / DERECHO A LA SALUD / SALUD PÚBLICA Resumen: Las prestaciones de salud son entendidas como un bien público primario, un derecho subjetivo absoluto, de ahí su raigambre constitucional. Los servicios que se prestan en materia de salud, revisten un carácter social ya que sus compromisos transponen del ámbito individual al social, pudiendo encuadrarse como obligación legal. En esos términos se comprometen frente a la sociedad a prestar responsablemente sus servicios y si hay incumplimiento a esos deberes surge la responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- De la medicina. -- Obligaciones de medio y obligaciones de resultado. -- Responsabilidad de las instituciones asistenciales. -- Ideas finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26227 La problemática mundial de los daños en el Derecho Internacional Privado en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La problemática mundial de los daños en el Derecho Internacional Privado : Visión del derecho comparado Tipo de documento: texto impreso Fecha de publicación: 2013 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO / RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL / DAÑOS Resumen: Las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños produce un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. Se analiza si el DIPr puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Hoy la tecnología y la globalización han provocado grandes efectos en el ámbito de la responsabilidad internacional. Los daños son cada vez más comunes, lo que hace que la doctrina y la jurisprudencia internacional se vean obligadas a realizar un ejercicio argumentativo mayor para proponer soluciones prácticas y eficientes, las cuales se analizan tratando de realizar estudios comparados de los distintos ordenamientos, y observar de esta forma cómo son reguladas las obligaciones extracontractuales. Se estudia el Derecho Inglés, Italiano, Español, Argentino, Alemán y, también como la Comunidad Europea intentan paliar esta problemática a través de reformas y de proyectos conjuntos. Se ha intentado determinar cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización, flexibilización y materialización de las normas de conflicto. A nivel comunitario se analiza el Reglamento Roma II sobre obligaciones extracontractuales, que recoge estas nuevas técnicas. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre el Derecho Internacional Privado. -- El Estatuto Delictual en el Derecho Internacional Privado. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26458
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)[artículo] La problemática mundial de los daños en el Derecho Internacional Privado : Visión del derecho comparado [texto impreso] . - 2013.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)
Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO / RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL / DAÑOS Resumen: Las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños produce un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. Se analiza si el DIPr puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Hoy la tecnología y la globalización han provocado grandes efectos en el ámbito de la responsabilidad internacional. Los daños son cada vez más comunes, lo que hace que la doctrina y la jurisprudencia internacional se vean obligadas a realizar un ejercicio argumentativo mayor para proponer soluciones prácticas y eficientes, las cuales se analizan tratando de realizar estudios comparados de los distintos ordenamientos, y observar de esta forma cómo son reguladas las obligaciones extracontractuales. Se estudia el Derecho Inglés, Italiano, Español, Argentino, Alemán y, también como la Comunidad Europea intentan paliar esta problemática a través de reformas y de proyectos conjuntos. Se ha intentado determinar cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización, flexibilización y materialización de las normas de conflicto. A nivel comunitario se analiza el Reglamento Roma II sobre obligaciones extracontractuales, que recoge estas nuevas técnicas. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre el Derecho Internacional Privado. -- El Estatuto Delictual en el Derecho Internacional Privado. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26458 [artículo] La problemática mundial de los daños en el Derecho Internacional Privado : Visión del derecho comparado. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013).
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013)
Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO / RESPONSABILIDAD CIVIL / RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL / DAÑOS Resumen: Las nuevas tendencias y el avance obtenido por el derecho de responsabilidad para ciertos tipos de daños produce un fuerte impacto en el DIPr, y éste a través de una norma de conflicto restaurada con caracteres especiales intenta poder otorgar a estos nuevos daños, y a sus microsistemas, una solución más acorde con la evolución que estos han adquirido. Se analiza si el DIPr puede ser consecuente con estas nuevas tendencias y dar el complemento necesario para la obtención de soluciones armonizadas y justas. Hoy la tecnología y la globalización han provocado grandes efectos en el ámbito de la responsabilidad internacional. Los daños son cada vez más comunes, lo que hace que la doctrina y la jurisprudencia internacional se vean obligadas a realizar un ejercicio argumentativo mayor para proponer soluciones prácticas y eficientes, las cuales se analizan tratando de realizar estudios comparados de los distintos ordenamientos, y observar de esta forma cómo son reguladas las obligaciones extracontractuales. Se estudia el Derecho Inglés, Italiano, Español, Argentino, Alemán y, también como la Comunidad Europea intentan paliar esta problemática a través de reformas y de proyectos conjuntos. Se ha intentado determinar cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito del Derecho Internacional Privado a través de los métodos de especialización, flexibilización y materialización de las normas de conflicto. A nivel comunitario se analiza el Reglamento Roma II sobre obligaciones extracontractuales, que recoge estas nuevas técnicas. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas consideraciones sobre el Derecho Internacional Privado. -- El Estatuto Delictual en el Derecho Internacional Privado. -- Criterios tradicionales de conexión y determinación de la ley aplicable en materia de responsabilidad extracontractual. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26458 Nueva regulación de la filiación matrimonial por naturaleza en la ley de matrimonio igualitario / Horacio Bagnasco en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Nueva regulación de la filiación matrimonial por naturaleza en la ley de matrimonio igualitario Tipo de documento: texto impreso Autores: Horacio Bagnasco, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 917-961 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONCUBINATO / FILIACIÓN / ADOPCIÓN / MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO Resumen: La regulación legal de filiación matrimonial por naturaleza fue esencialmente modificada por la nueva Ley de "Matrimonio Igualitario", ya que el legislador, entendió que regular el matrimonio entre personas del mismo sexo, implicaba también, regular la forma en que estos matrimonios podían tener hijos. Desde el punto de vista estrictamente técnico, pensamos que la nueva normativa sobre filiación, no genera un sistema jurídico coherente, siendo muy difícil, encontrar una respuesta racional, que justifique de alguna manera, la obstinada actitud del legislador, de intentar solucionar con las mismas respuestas, situaciones esencialmente diferentes. Las contradicciones más grandes, surgen a partir de la consagración de una nueva presunción de existencia de relación filiatoria, que termina atrapando situaciones en las que, la figura de la presunción, no es aplicable, porque el hecho presumido, simplemente deviene imposible, ya que nunca podrá suceder. Este trabajo, significa un primer análisis de esta nueva normativa y las contradicciones que surgen por simple aplicación de sus soluciones Nota de contenido: Presentación inicial. -- Sobre la filiación en general. -- El nuevo régimen de filiación matrimonial que surge con la Ley Nº19.075. --Sobre las formalidades para el consentimiento de concepción con personas ajenas al matrimonio. -- Sobre la nulidad de los acuerdo de concepción por unión carnal. -- Sobre el derecho del hijo a conocer su ascendencia biológica. -- Algunas situaciones que pensamos que carecen de solución con la nueva regulación. -- A modo de conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26460
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 917-961[artículo] Nueva regulación de la filiación matrimonial por naturaleza en la ley de matrimonio igualitario [texto impreso] / Horacio Bagnasco, Autor . - 2013 . - p. 917-961.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 917-961
Clasificación: CONCUBINATO / FILIACIÓN / ADOPCIÓN / MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO Resumen: La regulación legal de filiación matrimonial por naturaleza fue esencialmente modificada por la nueva Ley de "Matrimonio Igualitario", ya que el legislador, entendió que regular el matrimonio entre personas del mismo sexo, implicaba también, regular la forma en que estos matrimonios podían tener hijos. Desde el punto de vista estrictamente técnico, pensamos que la nueva normativa sobre filiación, no genera un sistema jurídico coherente, siendo muy difícil, encontrar una respuesta racional, que justifique de alguna manera, la obstinada actitud del legislador, de intentar solucionar con las mismas respuestas, situaciones esencialmente diferentes. Las contradicciones más grandes, surgen a partir de la consagración de una nueva presunción de existencia de relación filiatoria, que termina atrapando situaciones en las que, la figura de la presunción, no es aplicable, porque el hecho presumido, simplemente deviene imposible, ya que nunca podrá suceder. Este trabajo, significa un primer análisis de esta nueva normativa y las contradicciones que surgen por simple aplicación de sus soluciones Nota de contenido: Presentación inicial. -- Sobre la filiación en general. -- El nuevo régimen de filiación matrimonial que surge con la Ley Nº19.075. --Sobre las formalidades para el consentimiento de concepción con personas ajenas al matrimonio. -- Sobre la nulidad de los acuerdo de concepción por unión carnal. -- Sobre el derecho del hijo a conocer su ascendencia biológica. -- Algunas situaciones que pensamos que carecen de solución con la nueva regulación. -- A modo de conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26460 [artículo] Bagnasco, Horacio (2013). Nueva regulación de la filiación matrimonial por naturaleza en la ley de matrimonio igualitario. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 917-961.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 917-961
Clasificación: CONCUBINATO / FILIACIÓN / ADOPCIÓN / MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO Resumen: La regulación legal de filiación matrimonial por naturaleza fue esencialmente modificada por la nueva Ley de "Matrimonio Igualitario", ya que el legislador, entendió que regular el matrimonio entre personas del mismo sexo, implicaba también, regular la forma en que estos matrimonios podían tener hijos. Desde el punto de vista estrictamente técnico, pensamos que la nueva normativa sobre filiación, no genera un sistema jurídico coherente, siendo muy difícil, encontrar una respuesta racional, que justifique de alguna manera, la obstinada actitud del legislador, de intentar solucionar con las mismas respuestas, situaciones esencialmente diferentes. Las contradicciones más grandes, surgen a partir de la consagración de una nueva presunción de existencia de relación filiatoria, que termina atrapando situaciones en las que, la figura de la presunción, no es aplicable, porque el hecho presumido, simplemente deviene imposible, ya que nunca podrá suceder. Este trabajo, significa un primer análisis de esta nueva normativa y las contradicciones que surgen por simple aplicación de sus soluciones Nota de contenido: Presentación inicial. -- Sobre la filiación en general. -- El nuevo régimen de filiación matrimonial que surge con la Ley Nº19.075. --Sobre las formalidades para el consentimiento de concepción con personas ajenas al matrimonio. -- Sobre la nulidad de los acuerdo de concepción por unión carnal. -- Sobre el derecho del hijo a conocer su ascendencia biológica. -- Algunas situaciones que pensamos que carecen de solución con la nueva regulación. -- A modo de conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26460 Unión concubinaria / Narcizo Belli Arguimbao en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Unión concubinaria : en los casos de fallecimiento del causante corresponde el proceso extraordinario de disolución de unión concubinaria Tipo de documento: texto impreso Autores: Narcizo Belli Arguimbao, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 963-973 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONCUBINATO / PROCESO EXTRAORDINARIO / MUERTE DE UNA DE LAS PARTES Resumen: El tópico en cuestión refiere a la estructura procesal a desarrollar en los casos de fallecimiento del causante cuando existió convivencia ininterrumpida de al menos cinco años con las características enunciadas por el art. 2 de la ley 18.246. Se puede observar el foro, que los interesados promueven el proceso voluntario de reconocimiento de unión concubinaria, entendiendo el ponente que dicha estructura no se ajusta a derecho; que en realidad corresponde iniciar el proceso extraordinario de disolución de unión concubinaria. Dicho planteo trae aparejado consecuencias importantes desde el punto de vista procesal y desde el punto de vista sustancial. Nota de contenido: Introducción. -- Corresponde la disolución de la unión concubinaria y no el reconocimiento de la unión concubinaria. -- Importancia práctica de tramitar la disolución de unión concubinaria. -- Contenido y naturaleza de la resolución en el proceso de disolución. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26462
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 963-973[artículo] Unión concubinaria : en los casos de fallecimiento del causante corresponde el proceso extraordinario de disolución de unión concubinaria [texto impreso] / Narcizo Belli Arguimbao, Autor . - 2013 . - p. 963-973.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 963-973
Clasificación: CONCUBINATO / PROCESO EXTRAORDINARIO / MUERTE DE UNA DE LAS PARTES Resumen: El tópico en cuestión refiere a la estructura procesal a desarrollar en los casos de fallecimiento del causante cuando existió convivencia ininterrumpida de al menos cinco años con las características enunciadas por el art. 2 de la ley 18.246. Se puede observar el foro, que los interesados promueven el proceso voluntario de reconocimiento de unión concubinaria, entendiendo el ponente que dicha estructura no se ajusta a derecho; que en realidad corresponde iniciar el proceso extraordinario de disolución de unión concubinaria. Dicho planteo trae aparejado consecuencias importantes desde el punto de vista procesal y desde el punto de vista sustancial. Nota de contenido: Introducción. -- Corresponde la disolución de la unión concubinaria y no el reconocimiento de la unión concubinaria. -- Importancia práctica de tramitar la disolución de unión concubinaria. -- Contenido y naturaleza de la resolución en el proceso de disolución. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26462 [artículo] Belli Arguimbao, Narcizo (2013). Unión concubinaria : en los casos de fallecimiento del causante corresponde el proceso extraordinario de disolución de unión concubinaria. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 963-973.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 963-973
Clasificación: CONCUBINATO / PROCESO EXTRAORDINARIO / MUERTE DE UNA DE LAS PARTES Resumen: El tópico en cuestión refiere a la estructura procesal a desarrollar en los casos de fallecimiento del causante cuando existió convivencia ininterrumpida de al menos cinco años con las características enunciadas por el art. 2 de la ley 18.246. Se puede observar el foro, que los interesados promueven el proceso voluntario de reconocimiento de unión concubinaria, entendiendo el ponente que dicha estructura no se ajusta a derecho; que en realidad corresponde iniciar el proceso extraordinario de disolución de unión concubinaria. Dicho planteo trae aparejado consecuencias importantes desde el punto de vista procesal y desde el punto de vista sustancial. Nota de contenido: Introducción. -- Corresponde la disolución de la unión concubinaria y no el reconocimiento de la unión concubinaria. -- Importancia práctica de tramitar la disolución de unión concubinaria. -- Contenido y naturaleza de la resolución en el proceso de disolución. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26462 Pensión alimenticia entre ex cónyuges a partir de la ley 19.075, de matrimonio igualitario / María del Carmen Diaz Sierra en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Pensión alimenticia entre ex cónyuges a partir de la ley 19.075, de matrimonio igualitario : Interpretación y aplicación de acuerdo con sus diferentes naturalezas jurídicas Tipo de documento: texto impreso Autores: María del Carmen Diaz Sierra, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 975-1002 Idioma : Español (spa) Clasificación: CONCUBINATO / PENSIÓN ALIMENTICIA / ALIMENTOS Resumen: El 10 de abril de 2013 se aprobó la ley 19.075, la cual además de producir un cambio revolucionario en nuestro derecho de familia al habilitar el matrimonio entre personas de igual sexo, también realiza otras modificaciones que abarca a todos los matrimonios -en forma independiente de su orientación o identidad sexual-, en tal sentido modifica las relaciones personales de la pareja luego de disuelto el matrimonio. Una de estas modificaciones se relaciona con la adecuación de los alimentos que se deben los ex cónyuges, modificación que desde nuestro punto de vista se viene a adecuar a nuestra sociedad en el siglo XXI, la jurisprudencia vernácula y resulta concordante con las soluciones que dan los ordenamientos jurídicos modernos como veremos. En consecuencia en el presente trabajo analizaremos las modificaciones que se introdujeron en la redacción de los arts. 183 y 194 del Código Civil, partiendo de la naturaleza jurídica de la pensión legislada en el art. 183, única forma que entendemos posible para su correcta interpretación y aplicación Nota de contenido: Introducción. -- Naturaleza jurídica de la pensión alimenticia. -- Compensación económica. -- Diferencia entre las pensiones alimenticias y la compensación económica. -- Legislación uruguaya. Art. 183 Código Civil. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26463
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 975-1002[artículo] Pensión alimenticia entre ex cónyuges a partir de la ley 19.075, de matrimonio igualitario : Interpretación y aplicación de acuerdo con sus diferentes naturalezas jurídicas [texto impreso] / María del Carmen Diaz Sierra, Autor . - 2013 . - p. 975-1002.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 975-1002
Clasificación: CONCUBINATO / PENSIÓN ALIMENTICIA / ALIMENTOS Resumen: El 10 de abril de 2013 se aprobó la ley 19.075, la cual además de producir un cambio revolucionario en nuestro derecho de familia al habilitar el matrimonio entre personas de igual sexo, también realiza otras modificaciones que abarca a todos los matrimonios -en forma independiente de su orientación o identidad sexual-, en tal sentido modifica las relaciones personales de la pareja luego de disuelto el matrimonio. Una de estas modificaciones se relaciona con la adecuación de los alimentos que se deben los ex cónyuges, modificación que desde nuestro punto de vista se viene a adecuar a nuestra sociedad en el siglo XXI, la jurisprudencia vernácula y resulta concordante con las soluciones que dan los ordenamientos jurídicos modernos como veremos. En consecuencia en el presente trabajo analizaremos las modificaciones que se introdujeron en la redacción de los arts. 183 y 194 del Código Civil, partiendo de la naturaleza jurídica de la pensión legislada en el art. 183, única forma que entendemos posible para su correcta interpretación y aplicación Nota de contenido: Introducción. -- Naturaleza jurídica de la pensión alimenticia. -- Compensación económica. -- Diferencia entre las pensiones alimenticias y la compensación económica. -- Legislación uruguaya. Art. 183 Código Civil. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26463 [artículo] Diaz Sierra, María del Carmen (2013). Pensión alimenticia entre ex cónyuges a partir de la ley 19.075, de matrimonio igualitario : Interpretación y aplicación de acuerdo con sus diferentes naturalezas jurídicas. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 975-1002.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 975-1002
Clasificación: CONCUBINATO / PENSIÓN ALIMENTICIA / ALIMENTOS Resumen: El 10 de abril de 2013 se aprobó la ley 19.075, la cual además de producir un cambio revolucionario en nuestro derecho de familia al habilitar el matrimonio entre personas de igual sexo, también realiza otras modificaciones que abarca a todos los matrimonios -en forma independiente de su orientación o identidad sexual-, en tal sentido modifica las relaciones personales de la pareja luego de disuelto el matrimonio. Una de estas modificaciones se relaciona con la adecuación de los alimentos que se deben los ex cónyuges, modificación que desde nuestro punto de vista se viene a adecuar a nuestra sociedad en el siglo XXI, la jurisprudencia vernácula y resulta concordante con las soluciones que dan los ordenamientos jurídicos modernos como veremos. En consecuencia en el presente trabajo analizaremos las modificaciones que se introdujeron en la redacción de los arts. 183 y 194 del Código Civil, partiendo de la naturaleza jurídica de la pensión legislada en el art. 183, única forma que entendemos posible para su correcta interpretación y aplicación Nota de contenido: Introducción. -- Naturaleza jurídica de la pensión alimenticia. -- Compensación económica. -- Diferencia entre las pensiones alimenticias y la compensación económica. -- Legislación uruguaya. Art. 183 Código Civil. -- Conclusión. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26463 La multiculturalidad / Sara Lidia Feldstein de Cárdenas en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La multiculturalidad : un nuevo paradigma en el orden público internacional en materia de familia Tipo de documento: texto impreso Autores: Sara Lidia Feldstein de Cárdenas, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 1003-1034 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO DE FAMILIA / GLOBALIZACIÓN / NUEVAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACION - TICs / PENSIÓN ALIMENTICIA Resumen: Los procesos de integración regional, la globalización económica, las nuevas tecnologías de comunicación, entre otros, han provocado un sustancial incremento tanto cualitativo como cuantitativo de las relaciones jurídicas privadas internacionales que constituyen típicamente el área de pertenencia del Derecho Internacional Privado, y en especial desde el Derecho de Familia. Por añadidura en el siglo veintiuno, se produce un cambio significativo de la concepción de "familia" imperante hasta entonces, dando paso a transformaciones de índole social, política, económica y cultural, con incidencia en el contexto jurídico, el que reclamó ser adecuado a los nuevos paradigmas de las relaciones familiares. Ante tales hechos, cambios sociales, políticos, jurídicos, económicos, culturales el Derecho no puede permanecer ajeno, y en ese contexto el Derecho Internacional Privado, tiene una misión a cumplir, debe volver a sacar de su Caja de Pandora, ideas, propuestas, soluciones para superar los nuevos conflictos ocultos, de civilizaciones, interculturales, multiculturales como lo hizo otrora con los tradicionales conflictos de leyes, de jurisdicciones, de calificaciones. Nota de contenido: Introducción. -- Situación de los países europeos. -- La situación en América Latina y en la República Argentina en particular. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26469
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1003-1034[artículo] La multiculturalidad : un nuevo paradigma en el orden público internacional en materia de familia [texto impreso] / Sara Lidia Feldstein de Cárdenas, Autor . - 2013 . - p. 1003-1034.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1003-1034
Clasificación: DERECHO DE FAMILIA / GLOBALIZACIÓN / NUEVAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACION - TICs / PENSIÓN ALIMENTICIA Resumen: Los procesos de integración regional, la globalización económica, las nuevas tecnologías de comunicación, entre otros, han provocado un sustancial incremento tanto cualitativo como cuantitativo de las relaciones jurídicas privadas internacionales que constituyen típicamente el área de pertenencia del Derecho Internacional Privado, y en especial desde el Derecho de Familia. Por añadidura en el siglo veintiuno, se produce un cambio significativo de la concepción de "familia" imperante hasta entonces, dando paso a transformaciones de índole social, política, económica y cultural, con incidencia en el contexto jurídico, el que reclamó ser adecuado a los nuevos paradigmas de las relaciones familiares. Ante tales hechos, cambios sociales, políticos, jurídicos, económicos, culturales el Derecho no puede permanecer ajeno, y en ese contexto el Derecho Internacional Privado, tiene una misión a cumplir, debe volver a sacar de su Caja de Pandora, ideas, propuestas, soluciones para superar los nuevos conflictos ocultos, de civilizaciones, interculturales, multiculturales como lo hizo otrora con los tradicionales conflictos de leyes, de jurisdicciones, de calificaciones. Nota de contenido: Introducción. -- Situación de los países europeos. -- La situación en América Latina y en la República Argentina en particular. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26469 [artículo] Feldstein de Cárdenas, Sara Lidia (2013). La multiculturalidad : un nuevo paradigma en el orden público internacional en materia de familia. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 1003-1034.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1003-1034
Clasificación: DERECHO DE FAMILIA / GLOBALIZACIÓN / NUEVAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y LA COMUNICACION - TICs / PENSIÓN ALIMENTICIA Resumen: Los procesos de integración regional, la globalización económica, las nuevas tecnologías de comunicación, entre otros, han provocado un sustancial incremento tanto cualitativo como cuantitativo de las relaciones jurídicas privadas internacionales que constituyen típicamente el área de pertenencia del Derecho Internacional Privado, y en especial desde el Derecho de Familia. Por añadidura en el siglo veintiuno, se produce un cambio significativo de la concepción de "familia" imperante hasta entonces, dando paso a transformaciones de índole social, política, económica y cultural, con incidencia en el contexto jurídico, el que reclamó ser adecuado a los nuevos paradigmas de las relaciones familiares. Ante tales hechos, cambios sociales, políticos, jurídicos, económicos, culturales el Derecho no puede permanecer ajeno, y en ese contexto el Derecho Internacional Privado, tiene una misión a cumplir, debe volver a sacar de su Caja de Pandora, ideas, propuestas, soluciones para superar los nuevos conflictos ocultos, de civilizaciones, interculturales, multiculturales como lo hizo otrora con los tradicionales conflictos de leyes, de jurisdicciones, de calificaciones. Nota de contenido: Introducción. -- Situación de los países europeos. -- La situación en América Latina y en la República Argentina en particular. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26469 Aproximación al nuevo registro civil español (de la ley 1957 a la de 2011) / María del Carmen Gete-Alonso y Calera en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Aproximación al nuevo registro civil español (de la ley 1957 a la de 2011) Tipo de documento: texto impreso Autores: María del Carmen Gete-Alonso y Calera, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 1035-1082 Idioma : Español (spa) Clasificación: PERSONAS / ESTADO CIVIL Resumen: Recientemente, en el ordenamiento jurídico español, se ha iniciado la reforma y actualización del Registro Civil, donde se publica, con carácter oficial, el estado civil y las condiciones relevantes que afectan a la persona: Ley 20/2011, de 21 de julio que entrará en vigor en julio de 2014. Hasta entonces continua vigente la legislación (1957-1958). En este artículo se explica la regulación vigente y se presentan los rasgos fundamentales de la nueva norma, con el fin de contrastarlas. Nota de contenido: El registro civil: publicidad de las situaciones personales. -- Procedimiento registral. -- Bibliografía. -- Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26470
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1035-1082[artículo] Aproximación al nuevo registro civil español (de la ley 1957 a la de 2011) [texto impreso] / María del Carmen Gete-Alonso y Calera, Autor . - 2013 . - p. 1035-1082.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1035-1082
Clasificación: PERSONAS / ESTADO CIVIL Resumen: Recientemente, en el ordenamiento jurídico español, se ha iniciado la reforma y actualización del Registro Civil, donde se publica, con carácter oficial, el estado civil y las condiciones relevantes que afectan a la persona: Ley 20/2011, de 21 de julio que entrará en vigor en julio de 2014. Hasta entonces continua vigente la legislación (1957-1958). En este artículo se explica la regulación vigente y se presentan los rasgos fundamentales de la nueva norma, con el fin de contrastarlas. Nota de contenido: El registro civil: publicidad de las situaciones personales. -- Procedimiento registral. -- Bibliografía. -- Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26470 [artículo] Gete-Alonso y Calera, María del Carmen (2013). Aproximación al nuevo registro civil español (de la ley 1957 a la de 2011). Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 1035-1082.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1035-1082
Clasificación: PERSONAS / ESTADO CIVIL Resumen: Recientemente, en el ordenamiento jurídico español, se ha iniciado la reforma y actualización del Registro Civil, donde se publica, con carácter oficial, el estado civil y las condiciones relevantes que afectan a la persona: Ley 20/2011, de 21 de julio que entrará en vigor en julio de 2014. Hasta entonces continua vigente la legislación (1957-1958). En este artículo se explica la regulación vigente y se presentan los rasgos fundamentales de la nueva norma, con el fin de contrastarlas. Nota de contenido: El registro civil: publicidad de las situaciones personales. -- Procedimiento registral. -- Bibliografía. -- Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26470 La objeción de conciencia y la objeción de ideario en la ley Nro. 18.987, sobre interrupcióm voluntaria del embarazo. Naturaleza y aplicación / González Merlano, Gabriel en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La objeción de conciencia y la objeción de ideario en la ley Nro. 18.987, sobre interrupcióm voluntaria del embarazo. Naturaleza y aplicación Tipo de documento: texto impreso Autores: González Merlano, Gabriel, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 1083-1111 Idioma : Español (spa) Clasificación: ABORTO / DERECHO A LA VIDA / OBJECCIÓN DE CONCIENCIA Resumen: El presente trabajo pretende describir los institutos de objeción de conciencia y objeción de ideario, su naturaleza y fines. A la vez, se trata de evaluar su implementación y problemas de aplicación en nuestro país, al haber sido incluidos en la Ley No. 18.987, sobre Interrupción voluntaria del embarazo. Nos congratulamos que el derecho a la libertad de conciencia se vaya abriendo paso en nuestra legislación, como modo de una tutela más adecuada de este derecho humano fundamental. Pero también preocupa la forma como se ha entendido el mismo, y, en consecuencia, como se lo ha reglamentado, al punto que su regulación puede llevar a someter un principio de rango constitucional a una simple ley positiva. Por otra parte, si se observan dificultades respecto a la objeción de conciencia, mucho más preocupante es lo relativo a la objeción de ideario, figura jurídica muy reciente en el derecho comparado y no apreciada debidamente en la ley objeto de nuestro estudio. Nota de contenido: Introducción. -- La objeción de conciencia en el derecho comparado y en ordenamiento jurídico uruguayo. -- La Objeción de conciencia: definición, tipos y limites. -- La Objeción de conciencia según la Ley Nº18.987. -- La objeción de conciencia según el Colegio Médico del Uruguay. -- La objeción de ideario institucional según la Ley Nº18.987. -- Conclusiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26471
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1083-1111[artículo] La objeción de conciencia y la objeción de ideario en la ley Nro. 18.987, sobre interrupcióm voluntaria del embarazo. Naturaleza y aplicación [texto impreso] / González Merlano, Gabriel, Autor . - 2013 . - p. 1083-1111.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1083-1111
Clasificación: ABORTO / DERECHO A LA VIDA / OBJECCIÓN DE CONCIENCIA Resumen: El presente trabajo pretende describir los institutos de objeción de conciencia y objeción de ideario, su naturaleza y fines. A la vez, se trata de evaluar su implementación y problemas de aplicación en nuestro país, al haber sido incluidos en la Ley No. 18.987, sobre Interrupción voluntaria del embarazo. Nos congratulamos que el derecho a la libertad de conciencia se vaya abriendo paso en nuestra legislación, como modo de una tutela más adecuada de este derecho humano fundamental. Pero también preocupa la forma como se ha entendido el mismo, y, en consecuencia, como se lo ha reglamentado, al punto que su regulación puede llevar a someter un principio de rango constitucional a una simple ley positiva. Por otra parte, si se observan dificultades respecto a la objeción de conciencia, mucho más preocupante es lo relativo a la objeción de ideario, figura jurídica muy reciente en el derecho comparado y no apreciada debidamente en la ley objeto de nuestro estudio. Nota de contenido: Introducción. -- La objeción de conciencia en el derecho comparado y en ordenamiento jurídico uruguayo. -- La Objeción de conciencia: definición, tipos y limites. -- La Objeción de conciencia según la Ley Nº18.987. -- La objeción de conciencia según el Colegio Médico del Uruguay. -- La objeción de ideario institucional según la Ley Nº18.987. -- Conclusiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26471 [artículo] González Merlano, Gabriel (2013). La objeción de conciencia y la objeción de ideario en la ley Nro. 18.987, sobre interrupcióm voluntaria del embarazo. Naturaleza y aplicación. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 1083-1111.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1083-1111
Clasificación: ABORTO / DERECHO A LA VIDA / OBJECCIÓN DE CONCIENCIA Resumen: El presente trabajo pretende describir los institutos de objeción de conciencia y objeción de ideario, su naturaleza y fines. A la vez, se trata de evaluar su implementación y problemas de aplicación en nuestro país, al haber sido incluidos en la Ley No. 18.987, sobre Interrupción voluntaria del embarazo. Nos congratulamos que el derecho a la libertad de conciencia se vaya abriendo paso en nuestra legislación, como modo de una tutela más adecuada de este derecho humano fundamental. Pero también preocupa la forma como se ha entendido el mismo, y, en consecuencia, como se lo ha reglamentado, al punto que su regulación puede llevar a someter un principio de rango constitucional a una simple ley positiva. Por otra parte, si se observan dificultades respecto a la objeción de conciencia, mucho más preocupante es lo relativo a la objeción de ideario, figura jurídica muy reciente en el derecho comparado y no apreciada debidamente en la ley objeto de nuestro estudio. Nota de contenido: Introducción. -- La objeción de conciencia en el derecho comparado y en ordenamiento jurídico uruguayo. -- La Objeción de conciencia: definición, tipos y limites. -- La Objeción de conciencia según la Ley Nº18.987. -- La objeción de conciencia según el Colegio Médico del Uruguay. -- La objeción de ideario institucional según la Ley Nº18.987. -- Conclusiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26471 Análisis de los informes y discusiones parlamentarias previas a la sanción del sistema matrimonial uruguayo / Verónica Martínez Perera en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : Análisis de los informes y discusiones parlamentarias previas a la sanción del sistema matrimonial uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Verónica Martínez Perera, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 1113-1150 Idioma : Español (spa) Clasificación: MATRIMONIO / LIBERTAD RELIGIOSA Resumen: La institución jurídica matrimonio ha cambiado considerablemente en Uruguay desde que el país alcanzó independencia en 1825, sufriendo transformaciones considerables en los últimos años que requieren un estudio detallado y un análisis del sistema matrimonial vigente en el país. Este trabajo presenta el resumen de una extensa investigación realizada por la autora en la que, después de estudiar los antecedentes del matrimonio civil en Uruguay, examina detalladamente los informes y discusiones parlamentarias que precedieron la sanción de la Ley 1.791, que introdujo un sistema monista, de matrimonio civil obligatorio, Examinar a fondo los argumentos empleados en sede parlamentaria para justificar su introducción resulta del mayor interés para considerar si dichos motivos persisten en nuestros días y justifican el mantenimiento del modelo, o si por el contrario debería revisarse, haciéndolo más plural, siguiendo la línea de tendencia que señala el Derecho comparado en distintos países de América y de Europa. Nota de contenido: Introducción. -- Antecedentes del matrimonio civil obligatorio en la República Oriental del Uruguay. -- Análisis de los informes y discusión parlamentarias del proyecto de matrimonio civil obligatorio. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26472
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1113-1150[artículo] Análisis de los informes y discusiones parlamentarias previas a la sanción del sistema matrimonial uruguayo [texto impreso] / Verónica Martínez Perera, Autor . - 2013 . - p. 1113-1150.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1113-1150
Clasificación: MATRIMONIO / LIBERTAD RELIGIOSA Resumen: La institución jurídica matrimonio ha cambiado considerablemente en Uruguay desde que el país alcanzó independencia en 1825, sufriendo transformaciones considerables en los últimos años que requieren un estudio detallado y un análisis del sistema matrimonial vigente en el país. Este trabajo presenta el resumen de una extensa investigación realizada por la autora en la que, después de estudiar los antecedentes del matrimonio civil en Uruguay, examina detalladamente los informes y discusiones parlamentarias que precedieron la sanción de la Ley 1.791, que introdujo un sistema monista, de matrimonio civil obligatorio, Examinar a fondo los argumentos empleados en sede parlamentaria para justificar su introducción resulta del mayor interés para considerar si dichos motivos persisten en nuestros días y justifican el mantenimiento del modelo, o si por el contrario debería revisarse, haciéndolo más plural, siguiendo la línea de tendencia que señala el Derecho comparado en distintos países de América y de Europa. Nota de contenido: Introducción. -- Antecedentes del matrimonio civil obligatorio en la República Oriental del Uruguay. -- Análisis de los informes y discusión parlamentarias del proyecto de matrimonio civil obligatorio. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26472 [artículo] Martínez Perera, Verónica (2013). Análisis de los informes y discusiones parlamentarias previas a la sanción del sistema matrimonial uruguayo. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 1113-1150.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1113-1150
Clasificación: MATRIMONIO / LIBERTAD RELIGIOSA Resumen: La institución jurídica matrimonio ha cambiado considerablemente en Uruguay desde que el país alcanzó independencia en 1825, sufriendo transformaciones considerables en los últimos años que requieren un estudio detallado y un análisis del sistema matrimonial vigente en el país. Este trabajo presenta el resumen de una extensa investigación realizada por la autora en la que, después de estudiar los antecedentes del matrimonio civil en Uruguay, examina detalladamente los informes y discusiones parlamentarias que precedieron la sanción de la Ley 1.791, que introdujo un sistema monista, de matrimonio civil obligatorio, Examinar a fondo los argumentos empleados en sede parlamentaria para justificar su introducción resulta del mayor interés para considerar si dichos motivos persisten en nuestros días y justifican el mantenimiento del modelo, o si por el contrario debería revisarse, haciéndolo más plural, siguiendo la línea de tendencia que señala el Derecho comparado en distintos países de América y de Europa. Nota de contenido: Introducción. -- Antecedentes del matrimonio civil obligatorio en la República Oriental del Uruguay. -- Análisis de los informes y discusión parlamentarias del proyecto de matrimonio civil obligatorio. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26472 El pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña / Susana Navas Navarro en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : El pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña Tipo de documento: texto impreso Autores: Susana Navas Navarro, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 1151-1187 Idioma : Español (spa) Clasificación: DESESTIMIENTO DE ADHESIÓN Resumen: En el presente trabajo se estudia la nueva regulación del pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña con especial atención a la norma que recoge el art. 233-5.2 sobre la facultad de desistir del pacto cuando no se cuenta con asistencia letrada independiente en el momento de su celebración. Asimismo se hace referencia a las posibles fuentes de derecho comparado en las que podría haberse inspirado el legislador catalán a la hora de regular esta materia. Finalmente, se concluye con unas observaciones de carácter general acerca del buen hacer de los abogados de familia. Nota de contenido: Presentación del pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña. -- La celebración de pactos entre cónyuges o convivientes con asistencia letrada independiente desde una perspectiva comparada. -- La facultad de desistir del pacto amistoso de separación. -- Ejercicio de la facultad de desistimiento. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26473
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1151-1187[artículo] El pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña [texto impreso] / Susana Navas Navarro, Autor . - 2013 . - p. 1151-1187.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1151-1187
Clasificación: DESESTIMIENTO DE ADHESIÓN Resumen: En el presente trabajo se estudia la nueva regulación del pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña con especial atención a la norma que recoge el art. 233-5.2 sobre la facultad de desistir del pacto cuando no se cuenta con asistencia letrada independiente en el momento de su celebración. Asimismo se hace referencia a las posibles fuentes de derecho comparado en las que podría haberse inspirado el legislador catalán a la hora de regular esta materia. Finalmente, se concluye con unas observaciones de carácter general acerca del buen hacer de los abogados de familia. Nota de contenido: Presentación del pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña. -- La celebración de pactos entre cónyuges o convivientes con asistencia letrada independiente desde una perspectiva comparada. -- La facultad de desistir del pacto amistoso de separación. -- Ejercicio de la facultad de desistimiento. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26473 [artículo] Navas Navarro, Susana (2013). El pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 1151-1187.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1151-1187
Clasificación: DESESTIMIENTO DE ADHESIÓN Resumen: En el presente trabajo se estudia la nueva regulación del pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña con especial atención a la norma que recoge el art. 233-5.2 sobre la facultad de desistir del pacto cuando no se cuenta con asistencia letrada independiente en el momento de su celebración. Asimismo se hace referencia a las posibles fuentes de derecho comparado en las que podría haberse inspirado el legislador catalán a la hora de regular esta materia. Finalmente, se concluye con unas observaciones de carácter general acerca del buen hacer de los abogados de familia. Nota de contenido: Presentación del pacto amistoso de separación en el Código Civil de Cataluña. -- La celebración de pactos entre cónyuges o convivientes con asistencia letrada independiente desde una perspectiva comparada. -- La facultad de desistir del pacto amistoso de separación. -- Ejercicio de la facultad de desistimiento. -- Conclusiones. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26473 La autonomía privada de los cónyuges / Beatriz Ramos Cabanellas en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : La autonomía privada de los cónyuges : algunas reflexiones sobre el régimen de bienes y otros acuerdos previstos en la Ley 19.075 (matrimonio igualitario) Tipo de documento: texto impreso Autores: Beatriz Ramos Cabanellas, Autor Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 1189-1205 Idioma : Español (spa) Clasificación: SOCIEDAD CONYUGAL / CAPITULACIONES MATRIMONIALES / FILIACIÓN / NOMBRE / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD Resumen: Para nuestro originario Código Civil tanto los efectos personales como patrimoniales del matrimonio prácticamente no podían ser objeto de negociación por parte de los cónyuges. En materia de relaciones personales la autonomía privada de los mismos aun hoy está fuertemente limitada en nuestro ordenamiento jurídico. Con respecto al régimen legal de bienes, si bien es supletorio y por ende puede modificarse mediante capitulaciones matrimoniales, las mismas deben celebrarse antes del matrimonio por quienes aun no tienen la calidad de cónyuges. La inmutabilidad propia del régimen hace que la autonomía de los cónyuges sea prácticamente inexistente ya que durante la vigencia de la sociedad conyugal ésta no puede ser modificada. La ley 19.075 (matrimonio igualitario) parece introducir cambios en cuanto a la autonomía privada de los cónyuges. Dicha ley sustituye, entre otros, la redacción del artículo 214 CC previendo la posibilidad de que las personas imposibilitadas biológicamente entre si para la concepción puedan celebrar "acuerdos" de progenitura jurídica. Además el artículo 25 de dicha norma sustituye el artículo 27 del CNA facultando a los cónyuges para realizar acuerdos respecto al orden de los apellidos de sus hijos. Estos cambios respecto a temas tradicionalmente de orden público habilitan a preguntarse si estamos ante un cambio significativo en materia de autonomía privada de los cónyuges. Finalmente, realizaremos algunas reflexiones respecto al régimen de bienes y analizaremos la posibilidad de introducir algunos cambios por medio de capitulaciones matrimoniales. Nota de contenido: Introducción. -- Autonomía privada de los cónyuges con respecto al régimen matrimonial. -- Supletoriedad e inmutabilidad del Régimen legal de bienes del matrimonio. -- Protección de la ganancialidad en el Régimen legal de bienes matrimoniales. -- Algunos acuerdos posibles. -- La autonomía privada de los cónyuges respecto a otros acuerdos referidos a las relaciones de personales derivadas del matrimonio. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26475
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1189-1205[artículo] La autonomía privada de los cónyuges : algunas reflexiones sobre el régimen de bienes y otros acuerdos previstos en la Ley 19.075 (matrimonio igualitario) [texto impreso] / Beatriz Ramos Cabanellas, Autor . - 2013 . - p. 1189-1205.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1189-1205
Clasificación: SOCIEDAD CONYUGAL / CAPITULACIONES MATRIMONIALES / FILIACIÓN / NOMBRE / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD Resumen: Para nuestro originario Código Civil tanto los efectos personales como patrimoniales del matrimonio prácticamente no podían ser objeto de negociación por parte de los cónyuges. En materia de relaciones personales la autonomía privada de los mismos aun hoy está fuertemente limitada en nuestro ordenamiento jurídico. Con respecto al régimen legal de bienes, si bien es supletorio y por ende puede modificarse mediante capitulaciones matrimoniales, las mismas deben celebrarse antes del matrimonio por quienes aun no tienen la calidad de cónyuges. La inmutabilidad propia del régimen hace que la autonomía de los cónyuges sea prácticamente inexistente ya que durante la vigencia de la sociedad conyugal ésta no puede ser modificada. La ley 19.075 (matrimonio igualitario) parece introducir cambios en cuanto a la autonomía privada de los cónyuges. Dicha ley sustituye, entre otros, la redacción del artículo 214 CC previendo la posibilidad de que las personas imposibilitadas biológicamente entre si para la concepción puedan celebrar "acuerdos" de progenitura jurídica. Además el artículo 25 de dicha norma sustituye el artículo 27 del CNA facultando a los cónyuges para realizar acuerdos respecto al orden de los apellidos de sus hijos. Estos cambios respecto a temas tradicionalmente de orden público habilitan a preguntarse si estamos ante un cambio significativo en materia de autonomía privada de los cónyuges. Finalmente, realizaremos algunas reflexiones respecto al régimen de bienes y analizaremos la posibilidad de introducir algunos cambios por medio de capitulaciones matrimoniales. Nota de contenido: Introducción. -- Autonomía privada de los cónyuges con respecto al régimen matrimonial. -- Supletoriedad e inmutabilidad del Régimen legal de bienes del matrimonio. -- Protección de la ganancialidad en el Régimen legal de bienes matrimoniales. -- Algunos acuerdos posibles. -- La autonomía privada de los cónyuges respecto a otros acuerdos referidos a las relaciones de personales derivadas del matrimonio. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26475 [artículo] Ramos Cabanellas, Beatriz (2013). La autonomía privada de los cónyuges : algunas reflexiones sobre el régimen de bienes y otros acuerdos previstos en la Ley 19.075 (matrimonio igualitario). Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 1189-1205.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1189-1205
Clasificación: SOCIEDAD CONYUGAL / CAPITULACIONES MATRIMONIALES / FILIACIÓN / NOMBRE / AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD Resumen: Para nuestro originario Código Civil tanto los efectos personales como patrimoniales del matrimonio prácticamente no podían ser objeto de negociación por parte de los cónyuges. En materia de relaciones personales la autonomía privada de los mismos aun hoy está fuertemente limitada en nuestro ordenamiento jurídico. Con respecto al régimen legal de bienes, si bien es supletorio y por ende puede modificarse mediante capitulaciones matrimoniales, las mismas deben celebrarse antes del matrimonio por quienes aun no tienen la calidad de cónyuges. La inmutabilidad propia del régimen hace que la autonomía de los cónyuges sea prácticamente inexistente ya que durante la vigencia de la sociedad conyugal ésta no puede ser modificada. La ley 19.075 (matrimonio igualitario) parece introducir cambios en cuanto a la autonomía privada de los cónyuges. Dicha ley sustituye, entre otros, la redacción del artículo 214 CC previendo la posibilidad de que las personas imposibilitadas biológicamente entre si para la concepción puedan celebrar "acuerdos" de progenitura jurídica. Además el artículo 25 de dicha norma sustituye el artículo 27 del CNA facultando a los cónyuges para realizar acuerdos respecto al orden de los apellidos de sus hijos. Estos cambios respecto a temas tradicionalmente de orden público habilitan a preguntarse si estamos ante un cambio significativo en materia de autonomía privada de los cónyuges. Finalmente, realizaremos algunas reflexiones respecto al régimen de bienes y analizaremos la posibilidad de introducir algunos cambios por medio de capitulaciones matrimoniales. Nota de contenido: Introducción. -- Autonomía privada de los cónyuges con respecto al régimen matrimonial. -- Supletoriedad e inmutabilidad del Régimen legal de bienes del matrimonio. -- Protección de la ganancialidad en el Régimen legal de bienes matrimoniales. -- Algunos acuerdos posibles. -- La autonomía privada de los cónyuges respecto a otros acuerdos referidos a las relaciones de personales derivadas del matrimonio. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26475 El desafío de la naturaleza en la procreación asistida en Revista Crítica de Derecho Privado, 10 (Enero-Diciembre 2013)
[artículo]
Título : El desafío de la naturaleza en la procreación asistida Tipo de documento: texto impreso Fecha de publicación: 2013 Artículo en la página: p. 1207Interés superior del -1218 Idioma : Español (spa) Clasificación: REPRODUCCIÓN ASISTIDA / INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO / DERECHO A LA IDENTIDAD / GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN Resumen: El avance de la ciencia repercute en diferentes aspectos de la vida social y en el derecho. En materia de derecho de familia los cambios impulsados por la ciencia y la tecnología plantean un nuevo panorama del cual se desprenden diferentes aspectos y problemas a tratar. Así, en materia de procreación, se presenta la posibilidad de la reproducción asistida, existiendo actualmente un proyecto de ley a estudio del Parlamento Nacional sobre el que es necesario reflexionar. Nota de contenido: Introducción. -- Ciencia y derecho. -- Autonomía privada. -- Reproducción asistida. -- Interés superior del niño. -- Proyecto de ley sobre técnicas de reproducción asistida. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26478
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1207Interés superior del -1218[artículo] El desafío de la naturaleza en la procreación asistida [texto impreso] . - 2013 . - p. 1207Interés superior del -1218.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1207Interés superior del -1218
Clasificación: REPRODUCCIÓN ASISTIDA / INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO / DERECHO A LA IDENTIDAD / GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN Resumen: El avance de la ciencia repercute en diferentes aspectos de la vida social y en el derecho. En materia de derecho de familia los cambios impulsados por la ciencia y la tecnología plantean un nuevo panorama del cual se desprenden diferentes aspectos y problemas a tratar. Así, en materia de procreación, se presenta la posibilidad de la reproducción asistida, existiendo actualmente un proyecto de ley a estudio del Parlamento Nacional sobre el que es necesario reflexionar. Nota de contenido: Introducción. -- Ciencia y derecho. -- Autonomía privada. -- Reproducción asistida. -- Interés superior del niño. -- Proyecto de ley sobre técnicas de reproducción asistida. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26478 [artículo] El desafío de la naturaleza en la procreación asistida. Revista Crítica de Derecho Privado. 10. (Enero-Diciembre 2013) p. 1207Interés superior del -1218.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 10 (Enero-Diciembre 2013) . - p. 1207Interés superior del -1218
Clasificación: REPRODUCCIÓN ASISTIDA / INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO / DERECHO A LA IDENTIDAD / GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN Resumen: El avance de la ciencia repercute en diferentes aspectos de la vida social y en el derecho. En materia de derecho de familia los cambios impulsados por la ciencia y la tecnología plantean un nuevo panorama del cual se desprenden diferentes aspectos y problemas a tratar. Así, en materia de procreación, se presenta la posibilidad de la reproducción asistida, existiendo actualmente un proyecto de ley a estudio del Parlamento Nacional sobre el que es necesario reflexionar. Nota de contenido: Introducción. -- Ciencia y derecho. -- Autonomía privada. -- Reproducción asistida. -- Interés superior del niño. -- Proyecto de ley sobre técnicas de reproducción asistida. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26478










