Título : |
Los hechos nuevos y su prueba en el proceso civil |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Ángel Landoni Sosa (1946-) |
Número de páginas: |
p. 423-441 |
Idioma : |
Español (spa) |
Nota de contenido: |
1. Introducción. -- 2. Concepto de hecho nuevo. -- 3. Características que debe reunir el hecho para ser considerado como nuevo. -- 4. Actitud del tribunal ante el hecho alegado como nuevo. -- 5. Oportunidades en que se pueden plantear los hechos nuevos. -- 5.1 El cambio de la demanda antes de su contestación. -- 5.2 La alegación de hechos nuevos al contestar la reconvención. -- 5.3 La alegación de hechos nuevos en la Audiencia Preliminar. -- 5.3.1 Los hechos nuevos serán admisibles siempre que no modifiquen la pretensión o la defensa. (C.G.P. Art. 341 Nº 1) ¿La previsión legal es de alcance general o limitado? -- Nuestra posición. -- 5.3.2 Cuando se puede producir la modificación de la pretensión o de la defensa y por ende, no sería admisible la alegación del hecho nuevo. -- Situaciones que presentan dificultades para el análisis. -- a)¿Es posible modificar la pretensión en caso de imposibilidad de cumplimiento? -- B) ¿Es posible la ampliación del monto reclamado en los contratos de trato sucesivo en virtud de nuevos vencimientos o nuevas cuotas de la misma obligación que se generaron durante el desarrollo del proceso? -- C) Se pueden alegar hecho nuevos constitutivos, modificativos o extintivos. -- C) Modificación de la causa de la pretensión. -- 6. Alegación, contradicción y prueba del hecho nuevo. -- 6.1 Precisión previa. -- 6.2 Hecho nuevo alegado en la audiencia preliminar. -- 6.3 Hecho nuevo alegado con posterioridad a la Audiencia Preliminar. -- 6.4 Hecho nuevo alegado en segunda instancia. -- 7. Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=23051 |
Los hechos nuevos y su prueba en el proceso civil [texto impreso] / Ángel Landoni Sosa (1946-) . - [s.d.] . - p. 423-441. Idioma : Español ( spa) Nota de contenido: |
1. Introducción. -- 2. Concepto de hecho nuevo. -- 3. Características que debe reunir el hecho para ser considerado como nuevo. -- 4. Actitud del tribunal ante el hecho alegado como nuevo. -- 5. Oportunidades en que se pueden plantear los hechos nuevos. -- 5.1 El cambio de la demanda antes de su contestación. -- 5.2 La alegación de hechos nuevos al contestar la reconvención. -- 5.3 La alegación de hechos nuevos en la Audiencia Preliminar. -- 5.3.1 Los hechos nuevos serán admisibles siempre que no modifiquen la pretensión o la defensa. (C.G.P. Art. 341 Nº 1) ¿La previsión legal es de alcance general o limitado? -- Nuestra posición. -- 5.3.2 Cuando se puede producir la modificación de la pretensión o de la defensa y por ende, no sería admisible la alegación del hecho nuevo. -- Situaciones que presentan dificultades para el análisis. -- a)¿Es posible modificar la pretensión en caso de imposibilidad de cumplimiento? -- B) ¿Es posible la ampliación del monto reclamado en los contratos de trato sucesivo en virtud de nuevos vencimientos o nuevas cuotas de la misma obligación que se generaron durante el desarrollo del proceso? -- C) Se pueden alegar hecho nuevos constitutivos, modificativos o extintivos. -- C) Modificación de la causa de la pretensión. -- 6. Alegación, contradicción y prueba del hecho nuevo. -- 6.1 Precisión previa. -- 6.2 Hecho nuevo alegado en la audiencia preliminar. -- 6.3 Hecho nuevo alegado con posterioridad a la Audiencia Preliminar. -- 6.4 Hecho nuevo alegado en segunda instancia. -- 7. Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=23051 |
Landoni Sosa, Ángel (1999). Los hechos nuevos y su prueba en el proceso civil. En [Ponencias]. Montevideo: Surcos. , 1999. p. 423-441. Idioma : Español ( spa) Nota de contenido: |
1. Introducción. -- 2. Concepto de hecho nuevo. -- 3. Características que debe reunir el hecho para ser considerado como nuevo. -- 4. Actitud del tribunal ante el hecho alegado como nuevo. -- 5. Oportunidades en que se pueden plantear los hechos nuevos. -- 5.1 El cambio de la demanda antes de su contestación. -- 5.2 La alegación de hechos nuevos al contestar la reconvención. -- 5.3 La alegación de hechos nuevos en la Audiencia Preliminar. -- 5.3.1 Los hechos nuevos serán admisibles siempre que no modifiquen la pretensión o la defensa. (C.G.P. Art. 341 Nº 1) ¿La previsión legal es de alcance general o limitado? -- Nuestra posición. -- 5.3.2 Cuando se puede producir la modificación de la pretensión o de la defensa y por ende, no sería admisible la alegación del hecho nuevo. -- Situaciones que presentan dificultades para el análisis. -- a)¿Es posible modificar la pretensión en caso de imposibilidad de cumplimiento? -- B) ¿Es posible la ampliación del monto reclamado en los contratos de trato sucesivo en virtud de nuevos vencimientos o nuevas cuotas de la misma obligación que se generaron durante el desarrollo del proceso? -- C) Se pueden alegar hecho nuevos constitutivos, modificativos o extintivos. -- C) Modificación de la causa de la pretensión. -- 6. Alegación, contradicción y prueba del hecho nuevo. -- 6.1 Precisión previa. -- 6.2 Hecho nuevo alegado en la audiencia preliminar. -- 6.3 Hecho nuevo alegado con posterioridad a la Audiencia Preliminar. -- 6.4 Hecho nuevo alegado en segunda instancia. -- 7. Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=23051 |
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