[artículo] inDerecho Laboral > v. 57 n. 254 (abril - junio 2014) . - p. 333-344 Título : |
Cannabis y trabajo |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Fernando Rovira Villademoros |
Fecha de publicación: |
2014 |
Artículo en la página: |
p. 333-344 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
LEY 19172
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Resumen: |
El decreto Nº 120/2014 reglamentario de la ley de cannabis Nº 19172 regula -en su artículo 42-, la incidencia del consumo de cannabis por parte de los trabajadores en relación al trabajo. Dicha disposición prohíbe el consumo de cannabis en el trabajo, y prohíbe trabajar cuando la capacidad del trabajador se encuentre notoriamente afectada por el consumo previo de cannabis. A tales efectos, prescribe un doble sistema de controles no invasivos (aleatorios y personalizados), que si arrojan resultado negativo habilitan a que el trabajador cumpla normalmente sus tareas, y que si dan resultado positivo, habilitan el ejercicio del poder disciplinario por el empleador, o en su defecto, la decisión adoptada en el ámbito de las Comisiones Bipartitas de Seguridad y Salud (Decreto 291/2007), de someter al trabajador a un protocolo de prevención de consumo de drogas en el ámbito laboral, en cuyo caso la sanción no procede. Se analizan los distintos ámbitos de aplicación de la norma (subjetivo, objetivo, espacial), se interpretan sus disposiciones relativas a controles, resultados, etc., así como las consecuencias jurídicas de tales resultados en relación al poder disciplinario del empleador, concluyendo que el mismo no resulta menoscabado por la nueva norma, sino que, antes bien, deviene fortalecido. |
Nota de contenido: |
Génesis de la nueva ley sobre cannabis. -- La ley Nº19.172 de 20 de diciembre de 2013 sobre control y regulación del mercado de cannabis. -- El cannabis en el ámbito laboral. -- Análisis del art. 42 del decreto reglamentario. -- La reglamentación de la ley de cannabis y el poder disciplinario del empleador. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22095 |
[artículo] Cannabis y trabajo [texto impreso] / Fernando Rovira Villademoros . - 2014 . - p. 333-344. Idioma : Español ( spa) in Derecho Laboral > v. 57 n. 254 (abril - junio 2014) . - p. 333-344 Clasificación: |
LEY 19172
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Resumen: |
El decreto Nº 120/2014 reglamentario de la ley de cannabis Nº 19172 regula -en su artículo 42-, la incidencia del consumo de cannabis por parte de los trabajadores en relación al trabajo. Dicha disposición prohíbe el consumo de cannabis en el trabajo, y prohíbe trabajar cuando la capacidad del trabajador se encuentre notoriamente afectada por el consumo previo de cannabis. A tales efectos, prescribe un doble sistema de controles no invasivos (aleatorios y personalizados), que si arrojan resultado negativo habilitan a que el trabajador cumpla normalmente sus tareas, y que si dan resultado positivo, habilitan el ejercicio del poder disciplinario por el empleador, o en su defecto, la decisión adoptada en el ámbito de las Comisiones Bipartitas de Seguridad y Salud (Decreto 291/2007), de someter al trabajador a un protocolo de prevención de consumo de drogas en el ámbito laboral, en cuyo caso la sanción no procede. Se analizan los distintos ámbitos de aplicación de la norma (subjetivo, objetivo, espacial), se interpretan sus disposiciones relativas a controles, resultados, etc., así como las consecuencias jurídicas de tales resultados en relación al poder disciplinario del empleador, concluyendo que el mismo no resulta menoscabado por la nueva norma, sino que, antes bien, deviene fortalecido. |
Nota de contenido: |
Génesis de la nueva ley sobre cannabis. -- La ley Nº19.172 de 20 de diciembre de 2013 sobre control y regulación del mercado de cannabis. -- El cannabis en el ámbito laboral. -- Análisis del art. 42 del decreto reglamentario. -- La reglamentación de la ley de cannabis y el poder disciplinario del empleador. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22095 |
[artículo] Rovira Villademoros, Fernando (2014). Cannabis y trabajo. Derecho Laboral. v. 57 n. 254. (abril - junio 2014) p. 333-344. Idioma : Español ( spa) in Derecho Laboral > v. 57 n. 254 (abril - junio 2014) . - p. 333-344 Clasificación: |
LEY 19172
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Resumen: |
El decreto Nº 120/2014 reglamentario de la ley de cannabis Nº 19172 regula -en su artículo 42-, la incidencia del consumo de cannabis por parte de los trabajadores en relación al trabajo. Dicha disposición prohíbe el consumo de cannabis en el trabajo, y prohíbe trabajar cuando la capacidad del trabajador se encuentre notoriamente afectada por el consumo previo de cannabis. A tales efectos, prescribe un doble sistema de controles no invasivos (aleatorios y personalizados), que si arrojan resultado negativo habilitan a que el trabajador cumpla normalmente sus tareas, y que si dan resultado positivo, habilitan el ejercicio del poder disciplinario por el empleador, o en su defecto, la decisión adoptada en el ámbito de las Comisiones Bipartitas de Seguridad y Salud (Decreto 291/2007), de someter al trabajador a un protocolo de prevención de consumo de drogas en el ámbito laboral, en cuyo caso la sanción no procede. Se analizan los distintos ámbitos de aplicación de la norma (subjetivo, objetivo, espacial), se interpretan sus disposiciones relativas a controles, resultados, etc., así como las consecuencias jurídicas de tales resultados en relación al poder disciplinario del empleador, concluyendo que el mismo no resulta menoscabado por la nueva norma, sino que, antes bien, deviene fortalecido. |
Nota de contenido: |
Génesis de la nueva ley sobre cannabis. -- La ley Nº19.172 de 20 de diciembre de 2013 sobre control y regulación del mercado de cannabis. -- El cannabis en el ámbito laboral. -- Análisis del art. 42 del decreto reglamentario. -- La reglamentación de la ley de cannabis y el poder disciplinario del empleador. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22095 |
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