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Revista Tributaria / Instituto Uruguayo de Estudios Tributarios (Montevideo, Uruguay) . v. 47, n. 274Fecha de aparición: 00/00/0000 |
[número]
[número] v. 47, n. 274 - Enero-Febrero [texto impreso] . - 167 p.
Doctrina: Determinación tributaria y verificación de créditos en el concurso. Félix Abadi Pilosof, Francisco Cobas Etchegoimberry. -- El delito de defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos. Juan Manuel Albacete. -- Fondos de inversión. Fabián Birnbaum. -- Deducción de intereses: la implementación de la Acción 4 del Plan BEPS. Donación Sr. Juez Dr. Taró de la Hanty Idioma : Español (spa)
[número] v. 47, n. 274 - Enero-Febrero. Revista Tributaria. v. 47, n. 274. (Enero-Febrero) 167 p.. Doctrina: Determinación tributaria y verificación de créditos en el concurso. Félix Abadi Pilosof, Francisco Cobas Etchegoimberry. -- El delito de defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos. Juan Manuel Albacete. -- Fondos de inversión. Fabián Birnbaum. -- Deducción de intereses: la implementación de la Acción 4 del Plan BEPS. Donación Sr. Juez Dr. Taró de la Hanty Idioma : Español (spa)
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Código de barras | Signatura | Tipo de medio | Ubicación | Sección | Estado |
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20117 | 343.04 TRI 274 | Publicación periódica | Biblioteca sede principal | Hemeroteca | Disponible |
Artículos
Determinación tributaria y verificación de créditos en el concurso / Félix Abadi Pilosof en Revista Tributaria, v. 47, n. 274 (Enero-Febrero)
[artículo]
Título : Determinación tributaria y verificación de créditos en el concurso Tipo de documento: texto impreso Autores: Félix Abadi Pilosof ; Francisco Cobas Etchegoimberry Artículo en la página: p. 11-39 Idioma : Español (spa) Palabras clave: ACTO DE DETERMINACION, COMPETENCIA, CONCURSO JUDICIAL DE ACREEDORES, VERIFICACION DE CREDITOS TRIBUTARIOS, CARGA DE LA PRUEBA Resumen: En el presente trabajo abordaremos las particularidades del crédito tributario frente al proceso de verificación de créditos en el ámbito concursal, analizando si existe en él alguna prerrogativa en beneficio de la Administración Tributaria, clasificación de dicho crédito y, como aspecto fundamental, si en el marco de dicha verificación se puede o inclusive, debe, ingresarse al análisis sustancial del adeudo recogido en un acto administrativo, o si dicho análisis es resorte puramente del procedimiento administrativo y contencioso anulatorio. Finalmente, se analizan posibles casos prácticos que pueden suscitarse dependiendo de si el crédito se encuentra admitido, recogido en un convenio, plasmado en una declaración jurada o acta o si se ha determinado en vía administrativa su existencia y cuantía y el eventual conflicto de compentencias entre el Poder Judicial (Juzgados Concursales) y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA). Nota de contenido: Introducción. -- La verificación de créditos en el concurso judicial de acreedores. -- Trámite para verificar los créditos en el concurso. -- Los organismos tributarios ante la verificación de créditos. -- La carga de comparecer a verificar el crédito tributario. -- La determinación tributaria y su alcance. -- La moratoria provisional no impide el inicio o desarrollo del procedimiento administrativo. -- Presunción de ilegitimidad del acto administrativo. -- Facultad del Poder Judicial para analizar la regularidad del acto administrativo. -- Clasificación del crédito tributario en el proceso de verificación de créditos. -- Distinción entre crédito concursal y postconcursal. -- Situación de los convenios suscritos y de las declaraciones juradas elaboradas por el contribuyente. -- Situación del crédito tributario prescripto. -- Situación de los créditos en vías de determinación. -- Efectos de la aprobación de la lista de acreedores y posible conflicto de competencias. -- El organismo recaudador ante el crédito tributario postconcursal. -- Conclusiones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21435
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 11-39[artículo] Determinación tributaria y verificación de créditos en el concurso [texto impreso] / Félix Abadi Pilosof ; Francisco Cobas Etchegoimberry . - p. 11-39.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 11-39
Palabras clave: ACTO DE DETERMINACION, COMPETENCIA, CONCURSO JUDICIAL DE ACREEDORES, VERIFICACION DE CREDITOS TRIBUTARIOS, CARGA DE LA PRUEBA Resumen: En el presente trabajo abordaremos las particularidades del crédito tributario frente al proceso de verificación de créditos en el ámbito concursal, analizando si existe en él alguna prerrogativa en beneficio de la Administración Tributaria, clasificación de dicho crédito y, como aspecto fundamental, si en el marco de dicha verificación se puede o inclusive, debe, ingresarse al análisis sustancial del adeudo recogido en un acto administrativo, o si dicho análisis es resorte puramente del procedimiento administrativo y contencioso anulatorio. Finalmente, se analizan posibles casos prácticos que pueden suscitarse dependiendo de si el crédito se encuentra admitido, recogido en un convenio, plasmado en una declaración jurada o acta o si se ha determinado en vía administrativa su existencia y cuantía y el eventual conflicto de compentencias entre el Poder Judicial (Juzgados Concursales) y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA). Nota de contenido: Introducción. -- La verificación de créditos en el concurso judicial de acreedores. -- Trámite para verificar los créditos en el concurso. -- Los organismos tributarios ante la verificación de créditos. -- La carga de comparecer a verificar el crédito tributario. -- La determinación tributaria y su alcance. -- La moratoria provisional no impide el inicio o desarrollo del procedimiento administrativo. -- Presunción de ilegitimidad del acto administrativo. -- Facultad del Poder Judicial para analizar la regularidad del acto administrativo. -- Clasificación del crédito tributario en el proceso de verificación de créditos. -- Distinción entre crédito concursal y postconcursal. -- Situación de los convenios suscritos y de las declaraciones juradas elaboradas por el contribuyente. -- Situación del crédito tributario prescripto. -- Situación de los créditos en vías de determinación. -- Efectos de la aprobación de la lista de acreedores y posible conflicto de competencias. -- El organismo recaudador ante el crédito tributario postconcursal. -- Conclusiones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21435 [artículo] Abadi Pilosof, Félix. Determinación tributaria y verificación de créditos en el concurso. Revista Tributaria. v. 47, n. 274. (Enero-Febrero) p. 11-39.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 11-39
Palabras clave: ACTO DE DETERMINACION, COMPETENCIA, CONCURSO JUDICIAL DE ACREEDORES, VERIFICACION DE CREDITOS TRIBUTARIOS, CARGA DE LA PRUEBA Resumen: En el presente trabajo abordaremos las particularidades del crédito tributario frente al proceso de verificación de créditos en el ámbito concursal, analizando si existe en él alguna prerrogativa en beneficio de la Administración Tributaria, clasificación de dicho crédito y, como aspecto fundamental, si en el marco de dicha verificación se puede o inclusive, debe, ingresarse al análisis sustancial del adeudo recogido en un acto administrativo, o si dicho análisis es resorte puramente del procedimiento administrativo y contencioso anulatorio. Finalmente, se analizan posibles casos prácticos que pueden suscitarse dependiendo de si el crédito se encuentra admitido, recogido en un convenio, plasmado en una declaración jurada o acta o si se ha determinado en vía administrativa su existencia y cuantía y el eventual conflicto de compentencias entre el Poder Judicial (Juzgados Concursales) y el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA). Nota de contenido: Introducción. -- La verificación de créditos en el concurso judicial de acreedores. -- Trámite para verificar los créditos en el concurso. -- Los organismos tributarios ante la verificación de créditos. -- La carga de comparecer a verificar el crédito tributario. -- La determinación tributaria y su alcance. -- La moratoria provisional no impide el inicio o desarrollo del procedimiento administrativo. -- Presunción de ilegitimidad del acto administrativo. -- Facultad del Poder Judicial para analizar la regularidad del acto administrativo. -- Clasificación del crédito tributario en el proceso de verificación de créditos. -- Distinción entre crédito concursal y postconcursal. -- Situación de los convenios suscritos y de las declaraciones juradas elaboradas por el contribuyente. -- Situación del crédito tributario prescripto. -- Situación de los créditos en vías de determinación. -- Efectos de la aprobación de la lista de acreedores y posible conflicto de competencias. -- El organismo recaudador ante el crédito tributario postconcursal. -- Conclusiones. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21435 El delito de defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos / Juan Manuel Albacete en Revista Tributaria, v. 47, n. 274 (Enero-Febrero)
[artículo]
Título : El delito de defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan Manuel Albacete Artículo en la página: p. 41-76 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DEFRAUDACION TRIBUTARIA, DELITO PRECEDENTE, BLANQUEO O LAVADO DE ACTIVOS, AUTOBLANQUEO, INTERCAMBIO DE INFORMACION Resumen: El delito de defraudación tributaria como delito precedente del blanqueo o lavado de activos presenta una diversidad de problemas desde el punto de vista jurídico no todos resueltos por la ley vigente. Asistimos a una pérdida del sentido original de la figura del blanqueo y a su transformación en un arma poderosa en manos del Estado en detrimento de ciertos derechos de los ciudadanos. Nota de contenido: Introducción. -- Un arma poderosa en manos del Estado. -- Algunos de los problemas que plantea la defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos. -- La ley actualmente vigente en Uruguay que regula en forma integral el lavado de activos. -- Normas con incidencia tributaria previstas en la Ley. -- La defraudación tributaria como actividad delictiva precedente del delito de lavado de activos. -- Conclusiones. -- Agradecimiento. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21436
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 41-76[artículo] El delito de defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos [texto impreso] / Juan Manuel Albacete . - p. 41-76.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 41-76
Palabras clave: DEFRAUDACION TRIBUTARIA, DELITO PRECEDENTE, BLANQUEO O LAVADO DE ACTIVOS, AUTOBLANQUEO, INTERCAMBIO DE INFORMACION Resumen: El delito de defraudación tributaria como delito precedente del blanqueo o lavado de activos presenta una diversidad de problemas desde el punto de vista jurídico no todos resueltos por la ley vigente. Asistimos a una pérdida del sentido original de la figura del blanqueo y a su transformación en un arma poderosa en manos del Estado en detrimento de ciertos derechos de los ciudadanos. Nota de contenido: Introducción. -- Un arma poderosa en manos del Estado. -- Algunos de los problemas que plantea la defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos. -- La ley actualmente vigente en Uruguay que regula en forma integral el lavado de activos. -- Normas con incidencia tributaria previstas en la Ley. -- La defraudación tributaria como actividad delictiva precedente del delito de lavado de activos. -- Conclusiones. -- Agradecimiento. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21436 [artículo] Albacete, Juan Manuel. El delito de defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos. Revista Tributaria. v. 47, n. 274. (Enero-Febrero) p. 41-76.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 41-76
Palabras clave: DEFRAUDACION TRIBUTARIA, DELITO PRECEDENTE, BLANQUEO O LAVADO DE ACTIVOS, AUTOBLANQUEO, INTERCAMBIO DE INFORMACION Resumen: El delito de defraudación tributaria como delito precedente del blanqueo o lavado de activos presenta una diversidad de problemas desde el punto de vista jurídico no todos resueltos por la ley vigente. Asistimos a una pérdida del sentido original de la figura del blanqueo y a su transformación en un arma poderosa en manos del Estado en detrimento de ciertos derechos de los ciudadanos. Nota de contenido: Introducción. -- Un arma poderosa en manos del Estado. -- Algunos de los problemas que plantea la defraudación tributaria como delito precedente del lavado de activos. -- La ley actualmente vigente en Uruguay que regula en forma integral el lavado de activos. -- Normas con incidencia tributaria previstas en la Ley. -- La defraudación tributaria como actividad delictiva precedente del delito de lavado de activos. -- Conclusiones. -- Agradecimiento. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21436 Fondos de inversión / Fabián Birnbaum en Revista Tributaria, v. 47, n. 274 (Enero-Febrero)
[artículo]
Título : Fondos de inversión Tipo de documento: texto impreso Autores: Fabián Birnbaum Artículo en la página: p. 77-101 Idioma : Español (spa) Palabras clave: FIDEICOMISO, FONDOS DE INVERSION, PRINCIPIO DE LA FUENTE, CONVENIOS FISCALES, INVERSORES Resumen: Uruguay cuenta con una economía pequeña cuyas empresas se financian principalmente con capital propio o mediante préstamos de instituciones financieras. Esto deriva en una economía que no exporta capital ni utiliza el mercado de capitales para financiar a sus empresas. Lo anterior explica la falta de instrumentos jurídicos y medidas tributarias relacionadas con vehículos de inversión colectivos tales como fondos de inversión. Sin perjuicio de lo anterior, existen instrumentos para facilitar la inversión colectiva y promover el mercado de valores en el país. Estos instrumentos refieren a la Ley 16774 de fondos de inversión y también a la Ley 17703 de fideicomisos. El presente trabajo se enfoca en los aspectos fiscales tanto desde el punto de vista del vehículo adoptado como el administrador y los inversores repasando en cada caso el correspondiente tratamiento tributario. En materia internacional, Uruguay no cuenta con experiencia crítica en la materia en la medida de que comenzó a transitar este camino a partir del 2009 cuando fue incluido dentro de la lista "negra" de la OCDE. Sumado a esto, Uruguay sigue afiliado, salvo excepciones como en el IRPF capital mobiliario, al principio de la fuente territorial. Tal como se podrá apreciar en el trabajo, en materia tributaria existen varias desgravaciones ya sea en aplicación del principio de la fuente o por la existencia de medidas que buscan evitar la doble imposición económica o fomentar la inversión en algún instrumento financiero local. Nota de contenido: Normativa tributaria. -- Impuestos. -- Impuesto a las Rentas de Actividades Económicas (IRAE). -- Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). -- Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR). -- Impuesto al Patrimonio (IP). -- Otra normativa tributaria de interés. -- Ley de Mercado de Valores. -- Ley de Instrumentos Derivados. -- Intercambio automático de información. -- Base Erosion and Profit Shifting ("BEPS"). -- Convención Multilateral. -- Fondos de inversión. -- Ley de Fondos de Inversión. -- Fideicomisos. -- Tratamiento tributario. -- Inversores en fondos de inversión. -- Inversores residentes invirtiendo en fondos en Uruguay. -- Inversores residentes invirtiendo fondos en el exterior. -- Inversores no residentes invirtiendo en fondos en Uruguay. -- Inversores no residentes invirtiendo en fondos en el exterior. -- Administradores. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21437
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 77-101[artículo] Fondos de inversión [texto impreso] / Fabián Birnbaum . - p. 77-101.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 77-101
Palabras clave: FIDEICOMISO, FONDOS DE INVERSION, PRINCIPIO DE LA FUENTE, CONVENIOS FISCALES, INVERSORES Resumen: Uruguay cuenta con una economía pequeña cuyas empresas se financian principalmente con capital propio o mediante préstamos de instituciones financieras. Esto deriva en una economía que no exporta capital ni utiliza el mercado de capitales para financiar a sus empresas. Lo anterior explica la falta de instrumentos jurídicos y medidas tributarias relacionadas con vehículos de inversión colectivos tales como fondos de inversión. Sin perjuicio de lo anterior, existen instrumentos para facilitar la inversión colectiva y promover el mercado de valores en el país. Estos instrumentos refieren a la Ley 16774 de fondos de inversión y también a la Ley 17703 de fideicomisos. El presente trabajo se enfoca en los aspectos fiscales tanto desde el punto de vista del vehículo adoptado como el administrador y los inversores repasando en cada caso el correspondiente tratamiento tributario. En materia internacional, Uruguay no cuenta con experiencia crítica en la materia en la medida de que comenzó a transitar este camino a partir del 2009 cuando fue incluido dentro de la lista "negra" de la OCDE. Sumado a esto, Uruguay sigue afiliado, salvo excepciones como en el IRPF capital mobiliario, al principio de la fuente territorial. Tal como se podrá apreciar en el trabajo, en materia tributaria existen varias desgravaciones ya sea en aplicación del principio de la fuente o por la existencia de medidas que buscan evitar la doble imposición económica o fomentar la inversión en algún instrumento financiero local. Nota de contenido: Normativa tributaria. -- Impuestos. -- Impuesto a las Rentas de Actividades Económicas (IRAE). -- Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). -- Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR). -- Impuesto al Patrimonio (IP). -- Otra normativa tributaria de interés. -- Ley de Mercado de Valores. -- Ley de Instrumentos Derivados. -- Intercambio automático de información. -- Base Erosion and Profit Shifting ("BEPS"). -- Convención Multilateral. -- Fondos de inversión. -- Ley de Fondos de Inversión. -- Fideicomisos. -- Tratamiento tributario. -- Inversores en fondos de inversión. -- Inversores residentes invirtiendo en fondos en Uruguay. -- Inversores residentes invirtiendo fondos en el exterior. -- Inversores no residentes invirtiendo en fondos en Uruguay. -- Inversores no residentes invirtiendo en fondos en el exterior. -- Administradores. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21437 [artículo] Birnbaum, Fabián. Fondos de inversión. Revista Tributaria. v. 47, n. 274. (Enero-Febrero) p. 77-101.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 77-101
Palabras clave: FIDEICOMISO, FONDOS DE INVERSION, PRINCIPIO DE LA FUENTE, CONVENIOS FISCALES, INVERSORES Resumen: Uruguay cuenta con una economía pequeña cuyas empresas se financian principalmente con capital propio o mediante préstamos de instituciones financieras. Esto deriva en una economía que no exporta capital ni utiliza el mercado de capitales para financiar a sus empresas. Lo anterior explica la falta de instrumentos jurídicos y medidas tributarias relacionadas con vehículos de inversión colectivos tales como fondos de inversión. Sin perjuicio de lo anterior, existen instrumentos para facilitar la inversión colectiva y promover el mercado de valores en el país. Estos instrumentos refieren a la Ley 16774 de fondos de inversión y también a la Ley 17703 de fideicomisos. El presente trabajo se enfoca en los aspectos fiscales tanto desde el punto de vista del vehículo adoptado como el administrador y los inversores repasando en cada caso el correspondiente tratamiento tributario. En materia internacional, Uruguay no cuenta con experiencia crítica en la materia en la medida de que comenzó a transitar este camino a partir del 2009 cuando fue incluido dentro de la lista "negra" de la OCDE. Sumado a esto, Uruguay sigue afiliado, salvo excepciones como en el IRPF capital mobiliario, al principio de la fuente territorial. Tal como se podrá apreciar en el trabajo, en materia tributaria existen varias desgravaciones ya sea en aplicación del principio de la fuente o por la existencia de medidas que buscan evitar la doble imposición económica o fomentar la inversión en algún instrumento financiero local. Nota de contenido: Normativa tributaria. -- Impuestos. -- Impuesto a las Rentas de Actividades Económicas (IRAE). -- Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). -- Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR). -- Impuesto al Patrimonio (IP). -- Otra normativa tributaria de interés. -- Ley de Mercado de Valores. -- Ley de Instrumentos Derivados. -- Intercambio automático de información. -- Base Erosion and Profit Shifting ("BEPS"). -- Convención Multilateral. -- Fondos de inversión. -- Ley de Fondos de Inversión. -- Fideicomisos. -- Tratamiento tributario. -- Inversores en fondos de inversión. -- Inversores residentes invirtiendo en fondos en Uruguay. -- Inversores residentes invirtiendo fondos en el exterior. -- Inversores no residentes invirtiendo en fondos en Uruguay. -- Inversores no residentes invirtiendo en fondos en el exterior. -- Administradores. -- Bibliografía consultada. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21437 Deducciones de intereses / Javier Otegui en Revista Tributaria, v. 47, n. 274 (Enero-Febrero)
[artículo]
Título : Deducciones de intereses : La implementación de la acción 4 del plan BEPS Tipo de documento: texto impreso Autores: Javier Otegui ; Cecilia Arias Artículo en la página: p. 103-124 Idioma : Español (spa) Palabras clave: BEPS, INTERES, DEDUCCION, CONVENIOS, REGLA CANDADO Resumen: La Acción 4 de BEPS identificó una serie de reglas que son actualesmente empleadas por las autoridades fiscales para contrarrestar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios a través del pago de interese: testeo de valor de mercado, retenciones de impuestos en el pago de intereses, reglas que desconsideran un cierto porcentaje del gasto en intereses, reglas que limitan los intereses o deuda con relación a un ratio fijo, reglas que limitan el nivel de intereses o deuda considerando la posición global de un grupo económico y ciertas reglas anti elusivas que desconsideran el gasto en intereses en transacciones específicas. EL presente trabajo busca determinar cuáles son las normas que limitan de alguna manera la deducción de intereses, así como determinar si por la aplicación de la Acción 4 habían existido o estaban previstos en el futuro cambios en nuestra normativa local y/o en la red de convenios suscriptos por nuestro país. Del análisis realizado se concluye en Uruguay ya utilizaba en forma previa a la implementación`de la Acción 4 un enfoque combinado que incluía más de uno de los grupos de reglas mencionadas anteriormente y que estaban vigentes con anterioridad a la Acción 4 que previenen la erosión fiscal mediante la deducción de intereses. Por tal motivo, se concluye que no existieron cambios en las normas del país derivados de la adopción de las mejores prácticas recomendadas por la Acción 4 de BEPS, a pesar del creciente compromiso de Uruguay con las recomendaciones de OCDE. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21438
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 103-124[artículo] Deducciones de intereses : La implementación de la acción 4 del plan BEPS [texto impreso] / Javier Otegui ; Cecilia Arias . - p. 103-124.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 103-124
Palabras clave: BEPS, INTERES, DEDUCCION, CONVENIOS, REGLA CANDADO Resumen: La Acción 4 de BEPS identificó una serie de reglas que son actualesmente empleadas por las autoridades fiscales para contrarrestar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios a través del pago de interese: testeo de valor de mercado, retenciones de impuestos en el pago de intereses, reglas que desconsideran un cierto porcentaje del gasto en intereses, reglas que limitan los intereses o deuda con relación a un ratio fijo, reglas que limitan el nivel de intereses o deuda considerando la posición global de un grupo económico y ciertas reglas anti elusivas que desconsideran el gasto en intereses en transacciones específicas. EL presente trabajo busca determinar cuáles son las normas que limitan de alguna manera la deducción de intereses, así como determinar si por la aplicación de la Acción 4 habían existido o estaban previstos en el futuro cambios en nuestra normativa local y/o en la red de convenios suscriptos por nuestro país. Del análisis realizado se concluye en Uruguay ya utilizaba en forma previa a la implementación`de la Acción 4 un enfoque combinado que incluía más de uno de los grupos de reglas mencionadas anteriormente y que estaban vigentes con anterioridad a la Acción 4 que previenen la erosión fiscal mediante la deducción de intereses. Por tal motivo, se concluye que no existieron cambios en las normas del país derivados de la adopción de las mejores prácticas recomendadas por la Acción 4 de BEPS, a pesar del creciente compromiso de Uruguay con las recomendaciones de OCDE. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21438 [artículo] Otegui, Javier. Deducciones de intereses : La implementación de la acción 4 del plan BEPS. Revista Tributaria. v. 47, n. 274. (Enero-Febrero) p. 103-124.
Idioma : Español (spa)
in Revista Tributaria > v. 47, n. 274 (Enero-Febrero) . - p. 103-124
Palabras clave: BEPS, INTERES, DEDUCCION, CONVENIOS, REGLA CANDADO Resumen: La Acción 4 de BEPS identificó una serie de reglas que son actualesmente empleadas por las autoridades fiscales para contrarrestar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios a través del pago de interese: testeo de valor de mercado, retenciones de impuestos en el pago de intereses, reglas que desconsideran un cierto porcentaje del gasto en intereses, reglas que limitan los intereses o deuda con relación a un ratio fijo, reglas que limitan el nivel de intereses o deuda considerando la posición global de un grupo económico y ciertas reglas anti elusivas que desconsideran el gasto en intereses en transacciones específicas. EL presente trabajo busca determinar cuáles son las normas que limitan de alguna manera la deducción de intereses, así como determinar si por la aplicación de la Acción 4 habían existido o estaban previstos en el futuro cambios en nuestra normativa local y/o en la red de convenios suscriptos por nuestro país. Del análisis realizado se concluye en Uruguay ya utilizaba en forma previa a la implementación`de la Acción 4 un enfoque combinado que incluía más de uno de los grupos de reglas mencionadas anteriormente y que estaban vigentes con anterioridad a la Acción 4 que previenen la erosión fiscal mediante la deducción de intereses. Por tal motivo, se concluye que no existieron cambios en las normas del país derivados de la adopción de las mejores prácticas recomendadas por la Acción 4 de BEPS, a pesar del creciente compromiso de Uruguay con las recomendaciones de OCDE. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=21438