[artículo] inDoctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil > v. 11, n.11 (ene - dic) . - p. 21-32 Título : |
La prescripción extintiva : Teoría general y causales de interrupción. Análisis de un caso práctico de acuerdo con la LUC (Ley de Urgente Consideración) (Ley nº 19889). |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Jaime Berdaguer |
Fecha de publicación: |
2023 |
Artículo en la página: |
p. 21-32 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
LEY Nº 19889 (LUC) / PRESCRIPCION / PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA
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Nota de contenido: |
Planteo. -- La sanción de la Ley Nº 19889 (LUC). -- Aplicación de la Ley 19889. -- La reinscripción de los embargos originarios. -- La prescripción extintiva. -- Aspectos fundamentales. -- Noción general. -- El valor jurídico tutelado por la prescripción. -- Conflicto entre el valor "paz y seguridad jurídica" y el valor "justicia conmutativa". El interés público de la prescripción. -- Fundamentos de la prescripción liberatoria. -- Teorías subjetivas. -- Teorías objetivas. -- Conclusión. -- Carácter restrictivo de las causales de suspensión y de interrupción. -- Suspensión de la prescripción. -- La interrupción de la prescripción. Carácter restrictivo de las causales legales. -- La interrupción civil ( arts. 1235-36). Carácter restrictivo de las causales legales. -- El emplazamiento judicial notificado. Su naturaleza recepticia. -- Citación a conciliación seguida de la demanda dentro de los treinta días. -- Efectos de la interrupción. -- Las sucesivas reinscripciones de un embargo: ¿ constituyen legalmente un medio hábil para interrumpir la prescripción? -- Panorama de la doctrina y de la jurisprudencia. -- Tesis que sostiene que las sucesivas reinscripciones de un embargo puedan constituir un medio jurídicamente hábil para interrumpir la prescripción. -- La reinscripción del embargo parece enervar la "presunción de abandono" el cual constituye uno de los fundamentos subjetivos que justifican la extinción de los derechos por la prescripción. -- La reinscripción del embargo es prácticamente " lo único que, en dichas circunstancias, el acreedor podía hacer" mientras no apareciesen bienes del deudor para poder continuar la ejecución. -- La reinscripción del embargo, al fin y al cabo, constituye una "gestión judicial". -- Tesis que sostiene que las sucesivas reinscripciones de un embargo no constituyen un medio jurídicamente hábil para interrumpir la prescripción. -- Las reglas de interrupción de la prescripción son de carácter taxativo y de interpretación estricta, no siendo extensibles por analogía. -- El criterio fundamental es el del art. 1235: el emplazamiento notificado. -- La relevancia de la notificación al deudor del acto interruptivo ha sido confirmada por el art. 123.1 del CGP. -- La finalidad jurídica de la reinscripción del embargo no concuerda en absoluto con la finalidad de la interrupción de la prescripción. -- |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20971 |
[artículo] La prescripción extintiva : Teoría general y causales de interrupción. Análisis de un caso práctico de acuerdo con la LUC (Ley de Urgente Consideración) (Ley nº 19889). [texto impreso] / Jaime Berdaguer . - 2023 . - p. 21-32. Idioma : Español ( spa) in Doctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil > v. 11, n.11 (ene - dic) . - p. 21-32 Clasificación: |
LEY Nº 19889 (LUC) / PRESCRIPCION / PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA
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Nota de contenido: |
Planteo. -- La sanción de la Ley Nº 19889 (LUC). -- Aplicación de la Ley 19889. -- La reinscripción de los embargos originarios. -- La prescripción extintiva. -- Aspectos fundamentales. -- Noción general. -- El valor jurídico tutelado por la prescripción. -- Conflicto entre el valor "paz y seguridad jurídica" y el valor "justicia conmutativa". El interés público de la prescripción. -- Fundamentos de la prescripción liberatoria. -- Teorías subjetivas. -- Teorías objetivas. -- Conclusión. -- Carácter restrictivo de las causales de suspensión y de interrupción. -- Suspensión de la prescripción. -- La interrupción de la prescripción. Carácter restrictivo de las causales legales. -- La interrupción civil ( arts. 1235-36). Carácter restrictivo de las causales legales. -- El emplazamiento judicial notificado. Su naturaleza recepticia. -- Citación a conciliación seguida de la demanda dentro de los treinta días. -- Efectos de la interrupción. -- Las sucesivas reinscripciones de un embargo: ¿ constituyen legalmente un medio hábil para interrumpir la prescripción? -- Panorama de la doctrina y de la jurisprudencia. -- Tesis que sostiene que las sucesivas reinscripciones de un embargo puedan constituir un medio jurídicamente hábil para interrumpir la prescripción. -- La reinscripción del embargo parece enervar la "presunción de abandono" el cual constituye uno de los fundamentos subjetivos que justifican la extinción de los derechos por la prescripción. -- La reinscripción del embargo es prácticamente " lo único que, en dichas circunstancias, el acreedor podía hacer" mientras no apareciesen bienes del deudor para poder continuar la ejecución. -- La reinscripción del embargo, al fin y al cabo, constituye una "gestión judicial". -- Tesis que sostiene que las sucesivas reinscripciones de un embargo no constituyen un medio jurídicamente hábil para interrumpir la prescripción. -- Las reglas de interrupción de la prescripción son de carácter taxativo y de interpretación estricta, no siendo extensibles por analogía. -- El criterio fundamental es el del art. 1235: el emplazamiento notificado. -- La relevancia de la notificación al deudor del acto interruptivo ha sido confirmada por el art. 123.1 del CGP. -- La finalidad jurídica de la reinscripción del embargo no concuerda en absoluto con la finalidad de la interrupción de la prescripción. -- |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20971 |
[artículo] Berdaguer, Jaime (2023). La prescripción extintiva : Teoría general y causales de interrupción. Análisis de un caso práctico de acuerdo con la LUC (Ley de Urgente Consideración) (Ley nº 19889).. Doctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil. v. 11, n.11. (ene - dic) p. 21-32. Idioma : Español ( spa) in Doctrina y Jurisprudencia de Derecho Civil > v. 11, n.11 (ene - dic) . - p. 21-32 Clasificación: |
LEY Nº 19889 (LUC) / PRESCRIPCION / PRESCRIPCIÓN EXTINTIVA
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Nota de contenido: |
Planteo. -- La sanción de la Ley Nº 19889 (LUC). -- Aplicación de la Ley 19889. -- La reinscripción de los embargos originarios. -- La prescripción extintiva. -- Aspectos fundamentales. -- Noción general. -- El valor jurídico tutelado por la prescripción. -- Conflicto entre el valor "paz y seguridad jurídica" y el valor "justicia conmutativa". El interés público de la prescripción. -- Fundamentos de la prescripción liberatoria. -- Teorías subjetivas. -- Teorías objetivas. -- Conclusión. -- Carácter restrictivo de las causales de suspensión y de interrupción. -- Suspensión de la prescripción. -- La interrupción de la prescripción. Carácter restrictivo de las causales legales. -- La interrupción civil ( arts. 1235-36). Carácter restrictivo de las causales legales. -- El emplazamiento judicial notificado. Su naturaleza recepticia. -- Citación a conciliación seguida de la demanda dentro de los treinta días. -- Efectos de la interrupción. -- Las sucesivas reinscripciones de un embargo: ¿ constituyen legalmente un medio hábil para interrumpir la prescripción? -- Panorama de la doctrina y de la jurisprudencia. -- Tesis que sostiene que las sucesivas reinscripciones de un embargo puedan constituir un medio jurídicamente hábil para interrumpir la prescripción. -- La reinscripción del embargo parece enervar la "presunción de abandono" el cual constituye uno de los fundamentos subjetivos que justifican la extinción de los derechos por la prescripción. -- La reinscripción del embargo es prácticamente " lo único que, en dichas circunstancias, el acreedor podía hacer" mientras no apareciesen bienes del deudor para poder continuar la ejecución. -- La reinscripción del embargo, al fin y al cabo, constituye una "gestión judicial". -- Tesis que sostiene que las sucesivas reinscripciones de un embargo no constituyen un medio jurídicamente hábil para interrumpir la prescripción. -- Las reglas de interrupción de la prescripción son de carácter taxativo y de interpretación estricta, no siendo extensibles por analogía. -- El criterio fundamental es el del art. 1235: el emplazamiento notificado. -- La relevancia de la notificación al deudor del acto interruptivo ha sido confirmada por el art. 123.1 del CGP. -- La finalidad jurídica de la reinscripción del embargo no concuerda en absoluto con la finalidad de la interrupción de la prescripción. -- |
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