[artículo] inRuptura > 1 (Junio 2011) . - p. 171-181 Título : |
Límites de lo ilícito |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Emiliano Soravilla Pinato |
Fecha de publicación: |
2011 |
Artículo en la página: |
p. 171-181 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO PENAL
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Nota de contenido: |
Evolución global de la responsabilidad civil extracontractual. -- Evolución particular de la ilicitud. -- El ofensor: deber infringido. -- La víctima: situación jurídicamente protegida. -- Autonomía de la ilicitud. -- Ilicitud y culpa. -- Ilicitud y daño. -- ¿Atipicidad del ilícito civil? -- Un posible equilibrio: imperativismo abierto. -- El Código Civil alude al deber infringido. -- La búsqueda del deber debe hacerse a la luz de todo el ordenamiento jurídico. -- El deber infringido al que alude el art. 1319, no necesariamente debe estar contenido en una norma que contenga un imperativo y una sanción. -- El deber infringido puede inferirse de las normas que consagran derechos y protegen situaciones o intereses. -- La noción apertura supone que el deber infringido pueda pertenecer a sistemas diversos al legal, como los sistemas sociales y políticos. Conclusión. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=3945 |
[artículo] Límites de lo ilícito [texto impreso] / Emiliano Soravilla Pinato . - 2011 . - p. 171-181. Idioma : Español ( spa) in Ruptura > 1 (Junio 2011) . - p. 171-181 Clasificación: |
DERECHO PENAL
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Nota de contenido: |
Evolución global de la responsabilidad civil extracontractual. -- Evolución particular de la ilicitud. -- El ofensor: deber infringido. -- La víctima: situación jurídicamente protegida. -- Autonomía de la ilicitud. -- Ilicitud y culpa. -- Ilicitud y daño. -- ¿Atipicidad del ilícito civil? -- Un posible equilibrio: imperativismo abierto. -- El Código Civil alude al deber infringido. -- La búsqueda del deber debe hacerse a la luz de todo el ordenamiento jurídico. -- El deber infringido al que alude el art. 1319, no necesariamente debe estar contenido en una norma que contenga un imperativo y una sanción. -- El deber infringido puede inferirse de las normas que consagran derechos y protegen situaciones o intereses. -- La noción apertura supone que el deber infringido pueda pertenecer a sistemas diversos al legal, como los sistemas sociales y políticos. Conclusión. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=3945 |
[artículo] Soravilla Pinato, Emiliano (2011). Límites de lo ilícito. Ruptura. 1. (Junio 2011) p. 171-181. Idioma : Español ( spa) in Ruptura > 1 (Junio 2011) . - p. 171-181 Clasificación: |
DERECHO PENAL
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Nota de contenido: |
Evolución global de la responsabilidad civil extracontractual. -- Evolución particular de la ilicitud. -- El ofensor: deber infringido. -- La víctima: situación jurídicamente protegida. -- Autonomía de la ilicitud. -- Ilicitud y culpa. -- Ilicitud y daño. -- ¿Atipicidad del ilícito civil? -- Un posible equilibrio: imperativismo abierto. -- El Código Civil alude al deber infringido. -- La búsqueda del deber debe hacerse a la luz de todo el ordenamiento jurídico. -- El deber infringido al que alude el art. 1319, no necesariamente debe estar contenido en una norma que contenga un imperativo y una sanción. -- El deber infringido puede inferirse de las normas que consagran derechos y protegen situaciones o intereses. -- La noción apertura supone que el deber infringido pueda pertenecer a sistemas diversos al legal, como los sistemas sociales y políticos. Conclusión. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=3945 |
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