[artículo] inDerecho Laboral > v. 65, n. 286 (abr.-jun. 2022) . - p. 285 - 292 Título : |
Niveles de negociación colectiva en Uruguay. Impacto del Proyecto de Reforma de la Ley 18.566 |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Gabriel Salsamendi |
Fecha de publicación: |
2022 |
Artículo en la página: |
p. 285 - 292 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
CONSEJO DE SALARIO
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Resumen: |
(El 10 de febrero de 2009 la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU), la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay (CNCS) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) presentan en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) una queja ente el Comité de libertad sindical (CLS) sosteniendo que el gobierno uruguayo habría incumplido las obligaciones adquiridas al ratificar los Convenios Internacionales de Trabajo núms. 87, 98, 144 y 154. El cuestionamiento, sin perjuicio de otros argumentos referidos a la consulta a las partes, se centró en lo dispuesto por la ley de negociación colectiva, 18.566 de 11.09.2009. La mencionada queja dio lugar a múltiples negociaciones y propuestas entre las partes, siendo la última un proyecto de ley de reforma de la citada ley, que al momento de elaboración del presente artículo se encuentra a estudio del parlamento nacional. El mencionado proyecto consta de 5 artículos de los cuales nos centraremos en dos de ellos , el 2º y el 3º, por ser los que refieren a los niveles de negociación colectiva objeto del presente trabajo. |
Nota de contenido: |
Niveles del sistema de negociación colectiva establecidos por la Ley 18.566. -- Cuestionamientos a la Ley 18.566 en los que se funda el proyecto de reforma. -- Competencias del consejo superior tripartito. Lit. D del articulo 10. -- Sujetos legitimados para negociar. Artículo 14 párrafo final. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20240 |
[artículo] Niveles de negociación colectiva en Uruguay. Impacto del Proyecto de Reforma de la Ley 18.566 [texto impreso] / Gabriel Salsamendi . - 2022 . - p. 285 - 292. Idioma : Español ( spa) in Derecho Laboral > v. 65, n. 286 (abr.-jun. 2022) . - p. 285 - 292 Clasificación: |
CONSEJO DE SALARIO
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Resumen: |
(El 10 de febrero de 2009 la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU), la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay (CNCS) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) presentan en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) una queja ente el Comité de libertad sindical (CLS) sosteniendo que el gobierno uruguayo habría incumplido las obligaciones adquiridas al ratificar los Convenios Internacionales de Trabajo núms. 87, 98, 144 y 154. El cuestionamiento, sin perjuicio de otros argumentos referidos a la consulta a las partes, se centró en lo dispuesto por la ley de negociación colectiva, 18.566 de 11.09.2009. La mencionada queja dio lugar a múltiples negociaciones y propuestas entre las partes, siendo la última un proyecto de ley de reforma de la citada ley, que al momento de elaboración del presente artículo se encuentra a estudio del parlamento nacional. El mencionado proyecto consta de 5 artículos de los cuales nos centraremos en dos de ellos , el 2º y el 3º, por ser los que refieren a los niveles de negociación colectiva objeto del presente trabajo. |
Nota de contenido: |
Niveles del sistema de negociación colectiva establecidos por la Ley 18.566. -- Cuestionamientos a la Ley 18.566 en los que se funda el proyecto de reforma. -- Competencias del consejo superior tripartito. Lit. D del articulo 10. -- Sujetos legitimados para negociar. Artículo 14 párrafo final. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20240 |
[artículo] Salsamendi, Gabriel (2022). Niveles de negociación colectiva en Uruguay. Impacto del Proyecto de Reforma de la Ley 18.566. Derecho Laboral. v. 65, n. 286. (abr.-jun. 2022) p. 285 - 292. Idioma : Español ( spa) in Derecho Laboral > v. 65, n. 286 (abr.-jun. 2022) . - p. 285 - 292 Clasificación: |
CONSEJO DE SALARIO
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Resumen: |
(El 10 de febrero de 2009 la Cámara de Industrias del Uruguay (CIU), la Cámara Nacional de Comercio y Servicios del Uruguay (CNCS) y la Organización Internacional de Empleadores (OIE) presentan en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) una queja ente el Comité de libertad sindical (CLS) sosteniendo que el gobierno uruguayo habría incumplido las obligaciones adquiridas al ratificar los Convenios Internacionales de Trabajo núms. 87, 98, 144 y 154. El cuestionamiento, sin perjuicio de otros argumentos referidos a la consulta a las partes, se centró en lo dispuesto por la ley de negociación colectiva, 18.566 de 11.09.2009. La mencionada queja dio lugar a múltiples negociaciones y propuestas entre las partes, siendo la última un proyecto de ley de reforma de la citada ley, que al momento de elaboración del presente artículo se encuentra a estudio del parlamento nacional. El mencionado proyecto consta de 5 artículos de los cuales nos centraremos en dos de ellos , el 2º y el 3º, por ser los que refieren a los niveles de negociación colectiva objeto del presente trabajo. |
Nota de contenido: |
Niveles del sistema de negociación colectiva establecidos por la Ley 18.566. -- Cuestionamientos a la Ley 18.566 en los que se funda el proyecto de reforma. -- Competencias del consejo superior tripartito. Lit. D del articulo 10. -- Sujetos legitimados para negociar. Artículo 14 párrafo final. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20240 |
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