[artículo] inRevista Uruguaya de Derecho Procesal > 1-2/2021 (ene-dic 2021) . - p.225-235 Título : |
Sobre la derogación de las disposiciones de los procedimientos aplicables a los delitos de difamación e injurias a partir de la vigencia del NCPP. especial referencia a la querella de parte. |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Carlos Negro Fernández |
Fecha de publicación: |
2021 |
Artículo en la página: |
p.225-235 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
PROCESO PENAL / DIFAMACIÓN / MEDIOS DE COMUNICACIÓN MASIVA
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Resumen: |
Este trabajo esta destinado a poner de manifiesto uno de los tantos puntos de debate que se han generado a partir de la implementación del nuevo CPP. A más de 3 años de su completa vigencia, y tras 14 modificaciones a partir de su sanción legislativa en diciembre de 2014, continúan tramitándose ante los tribunales del fuero penal uruguayo dos procedimientos distintos y antagónicos para la sustanciación de las denuncias por los delitos de difamación e injurias. Una cuya fuente es el regulado en las leyes 16.099 de noviembre de 1989 (cuando se trata de los llamados delitos de comunicación previstos en el art. 19 de dicha norma) y en la Ley 16.274, de julio de 1992 (para los restantes casos en que la difamación o injuria no opera a través de un medio de comunicación). El otro, y para las mismas hipótesis, es el régimen general del nuevo CPP. Es que, no habiendo solución legal que lo resuelva, se asiste a un escenario de gran inseguridad jurídica en este tema, donde a la escasa doctrina que se ha ocupado del punto, se suma la jurisprudencia de los tribunales de primera y segunda instancia, que se encuentra fuertemente dividida y sin solución a la fecha de estas líneas |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=19792 |
[artículo] Sobre la derogación de las disposiciones de los procedimientos aplicables a los delitos de difamación e injurias a partir de la vigencia del NCPP. especial referencia a la querella de parte. [texto impreso] / Carlos Negro Fernández . - 2021 . - p.225-235. Idioma : Español ( spa) in Revista Uruguaya de Derecho Procesal > 1-2/2021 (ene-dic 2021) . - p.225-235 Clasificación: |
PROCESO PENAL / DIFAMACIÓN / MEDIOS DE COMUNICACIÓN MASIVA
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Resumen: |
Este trabajo esta destinado a poner de manifiesto uno de los tantos puntos de debate que se han generado a partir de la implementación del nuevo CPP. A más de 3 años de su completa vigencia, y tras 14 modificaciones a partir de su sanción legislativa en diciembre de 2014, continúan tramitándose ante los tribunales del fuero penal uruguayo dos procedimientos distintos y antagónicos para la sustanciación de las denuncias por los delitos de difamación e injurias. Una cuya fuente es el regulado en las leyes 16.099 de noviembre de 1989 (cuando se trata de los llamados delitos de comunicación previstos en el art. 19 de dicha norma) y en la Ley 16.274, de julio de 1992 (para los restantes casos en que la difamación o injuria no opera a través de un medio de comunicación). El otro, y para las mismas hipótesis, es el régimen general del nuevo CPP. Es que, no habiendo solución legal que lo resuelva, se asiste a un escenario de gran inseguridad jurídica en este tema, donde a la escasa doctrina que se ha ocupado del punto, se suma la jurisprudencia de los tribunales de primera y segunda instancia, que se encuentra fuertemente dividida y sin solución a la fecha de estas líneas |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=19792 |
[artículo] Negro Fernández, Carlos (2021). Sobre la derogación de las disposiciones de los procedimientos aplicables a los delitos de difamación e injurias a partir de la vigencia del NCPP. especial referencia a la querella de parte.. Revista Uruguaya de Derecho Procesal. 1-2/2021. (ene-dic 2021) p.225-235. Idioma : Español ( spa) in Revista Uruguaya de Derecho Procesal > 1-2/2021 (ene-dic 2021) . - p.225-235 Clasificación: |
PROCESO PENAL / DIFAMACIÓN / MEDIOS DE COMUNICACIÓN MASIVA
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Resumen: |
Este trabajo esta destinado a poner de manifiesto uno de los tantos puntos de debate que se han generado a partir de la implementación del nuevo CPP. A más de 3 años de su completa vigencia, y tras 14 modificaciones a partir de su sanción legislativa en diciembre de 2014, continúan tramitándose ante los tribunales del fuero penal uruguayo dos procedimientos distintos y antagónicos para la sustanciación de las denuncias por los delitos de difamación e injurias. Una cuya fuente es el regulado en las leyes 16.099 de noviembre de 1989 (cuando se trata de los llamados delitos de comunicación previstos en el art. 19 de dicha norma) y en la Ley 16.274, de julio de 1992 (para los restantes casos en que la difamación o injuria no opera a través de un medio de comunicación). El otro, y para las mismas hipótesis, es el régimen general del nuevo CPP. Es que, no habiendo solución legal que lo resuelva, se asiste a un escenario de gran inseguridad jurídica en este tema, donde a la escasa doctrina que se ha ocupado del punto, se suma la jurisprudencia de los tribunales de primera y segunda instancia, que se encuentra fuertemente dividida y sin solución a la fecha de estas líneas |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=19792 |
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