[artículo] inRevista Crítica de Derecho Privado > 16 (Enero - Diciembre 2019) . - p. 1211-1234 Título : |
Límites de la unión de hecho homoafectiva. Nuevas perspectivas frente a una reforma constitucional en Cuba. |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Lisandra Suárez Fernández |
Fecha de publicación: |
2019 |
Artículo en la página: |
p. 1211-1234 |
Idioma : |
Español (spa) |
Palabras clave: |
UNIONES DE HECHO HOMOAFECTIVAS, FAMILIA, CONSTITUCION |
Resumen: |
Las parejas homoafectivas no ostentan, conforme la actual regulación del código de Familia cubano, ningún mecanismo de protección a sus derechos como familia, dado que sus postulados vigentes se inclinan a un único modelo de familia matrimonial y heterosexual. La proclamación de un nuevo texto constitucional en Cuba ofrece un cambio de perspectiva a los legisladores y operadores del Derecho, especialmente en relación a la unión de hecho entre personas del mismo sexo, caracterizada por un modo no tradicional de expresión de la orientación sexual. Este criterio responde a la superioridad del nuevo texto constitucional, donde se instauran criterios normativos que reconocen y tutelan a la unión de hecho homoafectiva como modalidad familiar, desde argumentos individuales y familiares, con lo cual, se apertura el camino a su efectiva protección. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- ¿Unión de hecho en la norma sustantiva familiar cubana? -- Contradicciones en debate. -- La orientación sexual como limitación a la pareja homoafectiva. -- Evolución constitucional. Conclusiones. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Cuba |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15058 |
[artículo] Límites de la unión de hecho homoafectiva. Nuevas perspectivas frente a una reforma constitucional en Cuba. [texto impreso] / Lisandra Suárez Fernández . - 2019 . - p. 1211-1234. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 16 (Enero - Diciembre 2019) . - p. 1211-1234 Palabras clave: |
UNIONES DE HECHO HOMOAFECTIVAS, FAMILIA, CONSTITUCION |
Resumen: |
Las parejas homoafectivas no ostentan, conforme la actual regulación del código de Familia cubano, ningún mecanismo de protección a sus derechos como familia, dado que sus postulados vigentes se inclinan a un único modelo de familia matrimonial y heterosexual. La proclamación de un nuevo texto constitucional en Cuba ofrece un cambio de perspectiva a los legisladores y operadores del Derecho, especialmente en relación a la unión de hecho entre personas del mismo sexo, caracterizada por un modo no tradicional de expresión de la orientación sexual. Este criterio responde a la superioridad del nuevo texto constitucional, donde se instauran criterios normativos que reconocen y tutelan a la unión de hecho homoafectiva como modalidad familiar, desde argumentos individuales y familiares, con lo cual, se apertura el camino a su efectiva protección. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- ¿Unión de hecho en la norma sustantiva familiar cubana? -- Contradicciones en debate. -- La orientación sexual como limitación a la pareja homoafectiva. -- Evolución constitucional. Conclusiones. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Cuba |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15058 |
[artículo] Suárez Fernández, Lisandra (2019). Límites de la unión de hecho homoafectiva. Nuevas perspectivas frente a una reforma constitucional en Cuba.. Revista Crítica de Derecho Privado. 16. (Enero - Diciembre 2019) p. 1211-1234. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 16 (Enero - Diciembre 2019) . - p. 1211-1234 Palabras clave: |
UNIONES DE HECHO HOMOAFECTIVAS, FAMILIA, CONSTITUCION |
Resumen: |
Las parejas homoafectivas no ostentan, conforme la actual regulación del código de Familia cubano, ningún mecanismo de protección a sus derechos como familia, dado que sus postulados vigentes se inclinan a un único modelo de familia matrimonial y heterosexual. La proclamación de un nuevo texto constitucional en Cuba ofrece un cambio de perspectiva a los legisladores y operadores del Derecho, especialmente en relación a la unión de hecho entre personas del mismo sexo, caracterizada por un modo no tradicional de expresión de la orientación sexual. Este criterio responde a la superioridad del nuevo texto constitucional, donde se instauran criterios normativos que reconocen y tutelan a la unión de hecho homoafectiva como modalidad familiar, desde argumentos individuales y familiares, con lo cual, se apertura el camino a su efectiva protección. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- ¿Unión de hecho en la norma sustantiva familiar cubana? -- Contradicciones en debate. -- La orientación sexual como limitación a la pareja homoafectiva. -- Evolución constitucional. Conclusiones. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Cuba |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15058 |
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