[artículo] Acreedores de la universalidad hereditaria y acreedores personales de los herederos : ¿Por qué no están en pie de igualdad ni los alcanza el principio prior in tempore potior in jure? [texto impreso] /
Daniel Domínguez Gil . - 2015 . - p. 948 - 961.
Comentario a Sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5º turno: Acreedores sucesorios y personales. Improcedencia de la ejecución de cuota en bienes comunes por parte de los acreedores personales de los indivisarios, publicada en p. 947.
Idioma : Español (
spa)
in Anuario de Derecho Civil Uruguayo >
45 (2014) . - p. 948 - 961
Clasificación: |
DERECHO CIVIL / SUCESIONES / HERENCIA / JURISPRUDENCIA COMENTADA
|
Nota de contenido: |
El régimen específico de la universalidad hereditaria siempre discrimina sus elementos del resto de los existentes en el patrimonio del heredero. -- El activo del acervo se encuentra primordialmente afectado al pago de su pasivo, siendo este el objetivo prioritario de la universalidad hereditaria bajo el régimen de comunidad de liquidación. -- La diversa situación de los acreedores de la universalidad respecto a los personales de los herederos. -- Irrelevancia del art. 677 inc. 3º. -- El beneficio de separación. -- Irrelevancia de la ejecución del acreedor personal respecto del resto de los indivisarios. -- Principio de legitimidad. -- Consecuencias prácticas. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1348 |
[artículo] Domínguez Gil, Daniel (2015). Acreedores de la universalidad hereditaria y acreedores personales de los herederos : ¿Por qué no están en pie de igualdad ni los alcanza el principio prior in tempore potior in jure?.
Anuario de Derecho Civil Uruguayo. 45. (2014) p. 948 - 961.
Comentario a Sentencia del Tribunal de Apelaciones en lo Civil de 5º turno: Acreedores sucesorios y personales. Improcedencia de la ejecución de cuota en bienes comunes por parte de los acreedores personales de los indivisarios, publicada en p. 947.
Idioma : Español (
spa)
in Anuario de Derecho Civil Uruguayo >
45 (2014) . - p. 948 - 961
Clasificación: |
DERECHO CIVIL / SUCESIONES / HERENCIA / JURISPRUDENCIA COMENTADA
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Nota de contenido: |
El régimen específico de la universalidad hereditaria siempre discrimina sus elementos del resto de los existentes en el patrimonio del heredero. -- El activo del acervo se encuentra primordialmente afectado al pago de su pasivo, siendo este el objetivo prioritario de la universalidad hereditaria bajo el régimen de comunidad de liquidación. -- La diversa situación de los acreedores de la universalidad respecto a los personales de los herederos. -- Irrelevancia del art. 677 inc. 3º. -- El beneficio de separación. -- Irrelevancia de la ejecución del acreedor personal respecto del resto de los indivisarios. -- Principio de legitimidad. -- Consecuencias prácticas. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1348 |