[artículo] inDerecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 413-427 Título : |
Declaración de esencialidad en la educación pública |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Héctor Zapirain |
Fecha de publicación: |
2015 |
Artículo en la página: |
p. 413-427 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO LABORAL
|
Palabras clave: |
LIBERTAD SINDICAL HUELGA DERECHOS FUNDAMENTALES LIMITES EXTERNOS DECLARACION DE ESENCIALIDAD SERVICIOS ESENCIALES SERVICIOS MINIMOS EDUCACION PUBLICA |
Resumen: |
A partir de la declaración de esencialidad en la Educación Pública se ha vuelto a instalar el debate sobre la huelga y sus límites y por ende, la cuestión del conflicto entre el ejercicio de ésta y otros derechos fundamentales (en particular el derecho a la educación). En el presente trabajo se intenta, más allá del análisis de la resolución de esencialidad, examinar o revisitar algunos conceptos básicos que permita canalizar una discusión positiva, la que nunca podrá ser si - como parece deducirse de algunas posturas- se parte de la idea de que hay que reglamentar y restringir el derecho a la huelga como única solución que garantiza el ejercicio de derechos fundamentales en caso de de conflicto en éstos y aquel derecho. La necesidad de rever y derogar el régimen de la ley 13720 es condición necesaria para establecer un régimen que al tiempo que contemple los servicios esenciales -únicos que justifican una limitación de la huelga- garanticen el ejercicio y efectividad de ésta. Un régimen que no deje a la discrecionalidad del Gobierno de turno decidir qué servicios son esenciales y cuáles deben ser los servicios mínimos que deben mantenerse para evitar su interrupción. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- La huelga y sus límites. -- Los servicios esenciales como limitantes al ejercicio de la huelga. -- Régimen jurídico uruguayo. -- La declaración de esencialidad en la Educación Pública. -- Epílogo. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1167 |
[artículo] Declaración de esencialidad en la educación pública [texto impreso] / Héctor Zapirain . - 2015 . - p. 413-427. Idioma : Español ( spa) in Derecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 413-427 Clasificación: |
DERECHO LABORAL
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Palabras clave: |
LIBERTAD SINDICAL HUELGA DERECHOS FUNDAMENTALES LIMITES EXTERNOS DECLARACION DE ESENCIALIDAD SERVICIOS ESENCIALES SERVICIOS MINIMOS EDUCACION PUBLICA |
Resumen: |
A partir de la declaración de esencialidad en la Educación Pública se ha vuelto a instalar el debate sobre la huelga y sus límites y por ende, la cuestión del conflicto entre el ejercicio de ésta y otros derechos fundamentales (en particular el derecho a la educación). En el presente trabajo se intenta, más allá del análisis de la resolución de esencialidad, examinar o revisitar algunos conceptos básicos que permita canalizar una discusión positiva, la que nunca podrá ser si - como parece deducirse de algunas posturas- se parte de la idea de que hay que reglamentar y restringir el derecho a la huelga como única solución que garantiza el ejercicio de derechos fundamentales en caso de de conflicto en éstos y aquel derecho. La necesidad de rever y derogar el régimen de la ley 13720 es condición necesaria para establecer un régimen que al tiempo que contemple los servicios esenciales -únicos que justifican una limitación de la huelga- garanticen el ejercicio y efectividad de ésta. Un régimen que no deje a la discrecionalidad del Gobierno de turno decidir qué servicios son esenciales y cuáles deben ser los servicios mínimos que deben mantenerse para evitar su interrupción. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- La huelga y sus límites. -- Los servicios esenciales como limitantes al ejercicio de la huelga. -- Régimen jurídico uruguayo. -- La declaración de esencialidad en la Educación Pública. -- Epílogo. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1167 |
[artículo] Zapirain, Héctor (2015). Declaración de esencialidad en la educación pública. Derecho Laboral. v. 58 n. 259. (julio - setiembre 2015) p. 413-427. Idioma : Español ( spa) in Derecho Laboral > v. 58 n. 259 (julio - setiembre 2015) . - p. 413-427 Clasificación: |
DERECHO LABORAL
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Palabras clave: |
LIBERTAD SINDICAL HUELGA DERECHOS FUNDAMENTALES LIMITES EXTERNOS DECLARACION DE ESENCIALIDAD SERVICIOS ESENCIALES SERVICIOS MINIMOS EDUCACION PUBLICA |
Resumen: |
A partir de la declaración de esencialidad en la Educación Pública se ha vuelto a instalar el debate sobre la huelga y sus límites y por ende, la cuestión del conflicto entre el ejercicio de ésta y otros derechos fundamentales (en particular el derecho a la educación). En el presente trabajo se intenta, más allá del análisis de la resolución de esencialidad, examinar o revisitar algunos conceptos básicos que permita canalizar una discusión positiva, la que nunca podrá ser si - como parece deducirse de algunas posturas- se parte de la idea de que hay que reglamentar y restringir el derecho a la huelga como única solución que garantiza el ejercicio de derechos fundamentales en caso de de conflicto en éstos y aquel derecho. La necesidad de rever y derogar el régimen de la ley 13720 es condición necesaria para establecer un régimen que al tiempo que contemple los servicios esenciales -únicos que justifican una limitación de la huelga- garanticen el ejercicio y efectividad de ésta. Un régimen que no deje a la discrecionalidad del Gobierno de turno decidir qué servicios son esenciales y cuáles deben ser los servicios mínimos que deben mantenerse para evitar su interrupción. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- La huelga y sus límites. -- Los servicios esenciales como limitantes al ejercicio de la huelga. -- Régimen jurídico uruguayo. -- La declaración de esencialidad en la Educación Pública. -- Epílogo. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1167 |
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