[artículo] | Título : |
Nuevo régimen de promoción de inversiones. Decreto Nº. 329/025 |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Paradiso, Mathias, Autor |
| Fecha de publicación: |
2026 |
| Artículo en la página: |
p. 59-64 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Resumen: |
En el marco de la Ley de Inversiones, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Nº. 329/025, vigente desde el 1º de febrero del presente año, junto con la actualización de los criterios generales básicos de funcionamiento, introduciendo modificaciones relevantes en la aplicación del régimen. No obstante, y a efectos de facilitar la transición entre regímenes, se establece que hasta el 30 de abril los contribuyentes podrán optar por aplicar el nuevo decreto o continuar bajo el Decreto Nº 268/020. Si bien la nueva normativa mantiene los beneficios fiscales previstos, no así los requisitos para poder obtenerlos. Se evidencia un cambio en el enfoque que prioriza el vínculo entre el objetivo del proyecto, la actividad de la empresa y las inversiones a realizarse. Asimismo, se introducen cambios en los indicadores ya existentes, los cuales se mantienen en esencia aunque algunos bajo una nueva denominación como el caso del indicador de sostenibilidad ambiental (anteriormente "tecnologías limpias"), el indicador de I+ (antes "investigación, desarrollo e innovación"). Se crea el indicador estratégico (antes el "indicador sectorial", el cual era aplicable en función de la actividad de la empresa) y como novedad el indicador componente de industria nacional. Este último se encuentra dentro de los estratégicos pero es transversal a todos los sectores. Con el nuevo decreto se incorporan ajustes en el cálculo de los indicadores dentro de la matriz de evaluación, particularmente en los indicadores de generación de empleo, descentralización y aumento de exportaciones, siendo menor su ponderación. Entre otras modificaciones relevantes, la nueva normativa sigue priorizando a las micro y pequeñas empresas pero agrega ahora a las empresas categorizadas como medianas otorgándoles un porcentaje adicional de exoneración y años de plazo. Por otra parte, se definieron incentivos específicos a los proyectos que implican inversiones de gran magnitud. A su vez, se elimina la opción de matriz simplificada de empleo, la cual permitía la presentación de proyectos utilizando la generación de empleo. |
| Nota de contenido: |
Beneficios fiscales. -- Incentivos especiales. -- Inversiones. -- Indicadores. -- Generación de empleo. -- Ampliaciones. -- Forma de presentación. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27134 |
in CADE. Profesionales & Empresas > v.82 (May 2026) . - p. 59-64
[artículo] Nuevo régimen de promoción de inversiones. Decreto Nº. 329/025 [texto impreso] / Paradiso, Mathias, Autor . - 2026 . - p. 59-64. Idioma : Español ( spa) in CADE. Profesionales & Empresas > v.82 (May 2026) . - p. 59-64 | Resumen: |
En el marco de la Ley de Inversiones, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Nº. 329/025, vigente desde el 1º de febrero del presente año, junto con la actualización de los criterios generales básicos de funcionamiento, introduciendo modificaciones relevantes en la aplicación del régimen. No obstante, y a efectos de facilitar la transición entre regímenes, se establece que hasta el 30 de abril los contribuyentes podrán optar por aplicar el nuevo decreto o continuar bajo el Decreto Nº 268/020. Si bien la nueva normativa mantiene los beneficios fiscales previstos, no así los requisitos para poder obtenerlos. Se evidencia un cambio en el enfoque que prioriza el vínculo entre el objetivo del proyecto, la actividad de la empresa y las inversiones a realizarse. Asimismo, se introducen cambios en los indicadores ya existentes, los cuales se mantienen en esencia aunque algunos bajo una nueva denominación como el caso del indicador de sostenibilidad ambiental (anteriormente "tecnologías limpias"), el indicador de I+ (antes "investigación, desarrollo e innovación"). Se crea el indicador estratégico (antes el "indicador sectorial", el cual era aplicable en función de la actividad de la empresa) y como novedad el indicador componente de industria nacional. Este último se encuentra dentro de los estratégicos pero es transversal a todos los sectores. Con el nuevo decreto se incorporan ajustes en el cálculo de los indicadores dentro de la matriz de evaluación, particularmente en los indicadores de generación de empleo, descentralización y aumento de exportaciones, siendo menor su ponderación. Entre otras modificaciones relevantes, la nueva normativa sigue priorizando a las micro y pequeñas empresas pero agrega ahora a las empresas categorizadas como medianas otorgándoles un porcentaje adicional de exoneración y años de plazo. Por otra parte, se definieron incentivos específicos a los proyectos que implican inversiones de gran magnitud. A su vez, se elimina la opción de matriz simplificada de empleo, la cual permitía la presentación de proyectos utilizando la generación de empleo. |
| Nota de contenido: |
Beneficios fiscales. -- Incentivos especiales. -- Inversiones. -- Indicadores. -- Generación de empleo. -- Ampliaciones. -- Forma de presentación. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27134 |
[artículo] Paradiso, Mathias (2026). Nuevo régimen de promoción de inversiones. Decreto Nº. 329/025. CADE. Profesionales & Empresas. v.82. (May 2026) p. 59-64. Idioma : Español ( spa) in CADE. Profesionales & Empresas > v.82 (May 2026) . - p. 59-64 | Resumen: |
En el marco de la Ley de Inversiones, el Poder Ejecutivo aprobó el Decreto Nº. 329/025, vigente desde el 1º de febrero del presente año, junto con la actualización de los criterios generales básicos de funcionamiento, introduciendo modificaciones relevantes en la aplicación del régimen. No obstante, y a efectos de facilitar la transición entre regímenes, se establece que hasta el 30 de abril los contribuyentes podrán optar por aplicar el nuevo decreto o continuar bajo el Decreto Nº 268/020. Si bien la nueva normativa mantiene los beneficios fiscales previstos, no así los requisitos para poder obtenerlos. Se evidencia un cambio en el enfoque que prioriza el vínculo entre el objetivo del proyecto, la actividad de la empresa y las inversiones a realizarse. Asimismo, se introducen cambios en los indicadores ya existentes, los cuales se mantienen en esencia aunque algunos bajo una nueva denominación como el caso del indicador de sostenibilidad ambiental (anteriormente "tecnologías limpias"), el indicador de I+ (antes "investigación, desarrollo e innovación"). Se crea el indicador estratégico (antes el "indicador sectorial", el cual era aplicable en función de la actividad de la empresa) y como novedad el indicador componente de industria nacional. Este último se encuentra dentro de los estratégicos pero es transversal a todos los sectores. Con el nuevo decreto se incorporan ajustes en el cálculo de los indicadores dentro de la matriz de evaluación, particularmente en los indicadores de generación de empleo, descentralización y aumento de exportaciones, siendo menor su ponderación. Entre otras modificaciones relevantes, la nueva normativa sigue priorizando a las micro y pequeñas empresas pero agrega ahora a las empresas categorizadas como medianas otorgándoles un porcentaje adicional de exoneración y años de plazo. Por otra parte, se definieron incentivos específicos a los proyectos que implican inversiones de gran magnitud. A su vez, se elimina la opción de matriz simplificada de empleo, la cual permitía la presentación de proyectos utilizando la generación de empleo. |
| Nota de contenido: |
Beneficios fiscales. -- Incentivos especiales. -- Inversiones. -- Indicadores. -- Generación de empleo. -- Ampliaciones. -- Forma de presentación. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=27134 |
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