| Título : |
¿Alcanzan los convenios de acreedores en los procesos concursales a los créditos garantizados por fideicomisos de garantía? Análisis del artículo 160 de la ley nº 18387 |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Gaspar Sosa, Hermes |
| Número de páginas: |
p. 433-448 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Resumen: |
Este trabajo analiza el tratamiento que -en opinión del ponente- reciben los créditos garantizados mediante fideicomiso de garantía en el marco de un proceso concursal regulado por la Ley 18387 de Uruguay. El problema central que se aborda es determinar si, en caso de insolvencia del deudor, las quitas, esperas o condiciones aprobadas en el convenio de acreedores, afectan también a los acreedores cuyo crédito está garantizado por un fideicomiso de garantía, o si estos pueden cobrar la totalidad de su crédito ejecutando el patrimonio fideicomitido, independientemente de lo acordado en el concurso. Es decir, se pone en relación la Ley 17703 (Ley de Fideicomiso) con la Ley 18387 (Ley de Concursos). La ponencia sostiene que el fideicomiso de garantía debe ser considerado una garantía personal a los efectos del concurso, por lo que el acreedor que no vote a favor del convenio conserva el derecho de ejecutar el fideicomiso por la totalidad de su crédito, sin que le resulten aplicables las quitas o esperas dispuestas en el convenio. Esta interpretación se fundamenta en el análisis del artículo 160 de la Ley 18387 y en los principios de independencia patrimonial y protección del crédito que inspiran la figura del fideicomiso de garantía. Así, se concluye que el fideicomiso de garantía ofrece una protección efectiva al acreedor incluso en situaciones de insolvencia del deudor, incentivando su utilización como instrumento de financiamiento empresarial. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Presentación de problema. -- Concepto del fideicomiso de garantía. -- Naturaleza del derecho del acreedor. -- Convenio de acreedores y efectos sobre el pasivo quirografario. -- Tratamiento del artículo 160 de la Ley de Concursos. -- Argumentos por los cuales -en opinión del ponente- el fideicomiso de garantía está alcanzado por el artículo 160 de la LCRE. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26539 |
¿Alcanzan los convenios de acreedores en los procesos concursales a los créditos garantizados por fideicomisos de garantía? Análisis del artículo 160 de la ley nº 18387 [texto impreso] / Gaspar Sosa, Hermes . - [s.d.] . - p. 433-448. Idioma : Español ( spa) | Resumen: |
Este trabajo analiza el tratamiento que -en opinión del ponente- reciben los créditos garantizados mediante fideicomiso de garantía en el marco de un proceso concursal regulado por la Ley 18387 de Uruguay. El problema central que se aborda es determinar si, en caso de insolvencia del deudor, las quitas, esperas o condiciones aprobadas en el convenio de acreedores, afectan también a los acreedores cuyo crédito está garantizado por un fideicomiso de garantía, o si estos pueden cobrar la totalidad de su crédito ejecutando el patrimonio fideicomitido, independientemente de lo acordado en el concurso. Es decir, se pone en relación la Ley 17703 (Ley de Fideicomiso) con la Ley 18387 (Ley de Concursos). La ponencia sostiene que el fideicomiso de garantía debe ser considerado una garantía personal a los efectos del concurso, por lo que el acreedor que no vote a favor del convenio conserva el derecho de ejecutar el fideicomiso por la totalidad de su crédito, sin que le resulten aplicables las quitas o esperas dispuestas en el convenio. Esta interpretación se fundamenta en el análisis del artículo 160 de la Ley 18387 y en los principios de independencia patrimonial y protección del crédito que inspiran la figura del fideicomiso de garantía. Así, se concluye que el fideicomiso de garantía ofrece una protección efectiva al acreedor incluso en situaciones de insolvencia del deudor, incentivando su utilización como instrumento de financiamiento empresarial. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Presentación de problema. -- Concepto del fideicomiso de garantía. -- Naturaleza del derecho del acreedor. -- Convenio de acreedores y efectos sobre el pasivo quirografario. -- Tratamiento del artículo 160 de la Ley de Concursos. -- Argumentos por los cuales -en opinión del ponente- el fideicomiso de garantía está alcanzado por el artículo 160 de la LCRE. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26539 |
Gaspar Sosa, Hermes (2025). ¿Alcanzan los convenios de acreedores en los procesos concursales a los créditos garantizados por fideicomisos de garantía? Análisis del artículo 160 de la ley nº 18387. En Semana Académica del Instituto de Derecho Comercial en homenaje al Prof. Emérito Dr. Siegbert Rippe. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2025. p. 433-448. Idioma : Español ( spa) | Resumen: |
Este trabajo analiza el tratamiento que -en opinión del ponente- reciben los créditos garantizados mediante fideicomiso de garantía en el marco de un proceso concursal regulado por la Ley 18387 de Uruguay. El problema central que se aborda es determinar si, en caso de insolvencia del deudor, las quitas, esperas o condiciones aprobadas en el convenio de acreedores, afectan también a los acreedores cuyo crédito está garantizado por un fideicomiso de garantía, o si estos pueden cobrar la totalidad de su crédito ejecutando el patrimonio fideicomitido, independientemente de lo acordado en el concurso. Es decir, se pone en relación la Ley 17703 (Ley de Fideicomiso) con la Ley 18387 (Ley de Concursos). La ponencia sostiene que el fideicomiso de garantía debe ser considerado una garantía personal a los efectos del concurso, por lo que el acreedor que no vote a favor del convenio conserva el derecho de ejecutar el fideicomiso por la totalidad de su crédito, sin que le resulten aplicables las quitas o esperas dispuestas en el convenio. Esta interpretación se fundamenta en el análisis del artículo 160 de la Ley 18387 y en los principios de independencia patrimonial y protección del crédito que inspiran la figura del fideicomiso de garantía. Así, se concluye que el fideicomiso de garantía ofrece una protección efectiva al acreedor incluso en situaciones de insolvencia del deudor, incentivando su utilización como instrumento de financiamiento empresarial. |
| Nota de contenido: |
Introducción. -- Presentación de problema. -- Concepto del fideicomiso de garantía. -- Naturaleza del derecho del acreedor. -- Convenio de acreedores y efectos sobre el pasivo quirografario. -- Tratamiento del artículo 160 de la Ley de Concursos. -- Argumentos por los cuales -en opinión del ponente- el fideicomiso de garantía está alcanzado por el artículo 160 de la LCRE. -- Conclusiones. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26539 |
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