[artículo] | Título : |
El interlocking horizontal directo en la normativa chilena de libre competencia |
| Tipo de documento: |
texto impreso |
| Autores: |
Hidalgo Silva, Beatriz ; Hernández De Lamotte, Diego |
| Fecha de publicación: |
2025 |
| Artículo en la página: |
p. 161-182 |
| Idioma : |
Español (spa) |
| Nota de contenido: |
1. El ilícito de interlocking en la ley de defensa de la libre competencia chilena. -- 2. La interpretación de la FNE de la figura del interlocking horizontal directo. -- 2.1. Los requerimientos presentados por la FNE. -- 2.2. Criterios sustantivos adoptados por la FNE en sus requerimientos. -- 2.2.1. Según la FNE, las empresas matrices y sus filiales pueden ser consideradas como una sola empresa, si hay una sola unidad de decisiones: se les podría aplicar la regla del artículo 3 inciso segundo letra d) del DL 211, que establece la infracción per se. -- 2.2.2. Determinación del concepto de empresas competidoras e inclusión de casos de competencia potencial. -- 2.2.3. Definición funcional del concepto de ejecutivo relevante, de manera de comprender, por ejemplo, a asesores del directorio sin vínculo laboral con la empresa. -- 2.2.4. Responsabilidad no solamente del director/a ejecutivo relevante (persona natural), sino que también de la empresa en que dicha persona natural tenga alguna de esas calidades. -- 3. Jurisprudencia del TDLC: sentencia nº 202 y nº203 de 2025. -- 3.1. Los casos ante el TDLC. -- 3.2. La noción de participación simultánea. -- 3.3. La noción de única unidad económica. -- 3.4. La noción de empresas competidoras entre sí. -- 3.5. Responsabilidad de la empresa en cuyo directorio o gobierno corporativo actúa la persona afectada por un interlocking horizontal directo. -- 3.6. Consideraciones en torno al cálculo de la multa. -- 3.7. Prescripción en casos de interlocking. -- 4. Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26322 |
in Anuario de Derecho de la Competencia > N3 2025 [03/11/2025] . - p. 161-182
[artículo] El interlocking horizontal directo en la normativa chilena de libre competencia [texto impreso] / Hidalgo Silva, Beatriz ; Hernández De Lamotte, Diego . - 2025 . - p. 161-182. Idioma : Español ( spa) in Anuario de Derecho de la Competencia > N3 2025 [03/11/2025] . - p. 161-182 | Nota de contenido: |
1. El ilícito de interlocking en la ley de defensa de la libre competencia chilena. -- 2. La interpretación de la FNE de la figura del interlocking horizontal directo. -- 2.1. Los requerimientos presentados por la FNE. -- 2.2. Criterios sustantivos adoptados por la FNE en sus requerimientos. -- 2.2.1. Según la FNE, las empresas matrices y sus filiales pueden ser consideradas como una sola empresa, si hay una sola unidad de decisiones: se les podría aplicar la regla del artículo 3 inciso segundo letra d) del DL 211, que establece la infracción per se. -- 2.2.2. Determinación del concepto de empresas competidoras e inclusión de casos de competencia potencial. -- 2.2.3. Definición funcional del concepto de ejecutivo relevante, de manera de comprender, por ejemplo, a asesores del directorio sin vínculo laboral con la empresa. -- 2.2.4. Responsabilidad no solamente del director/a ejecutivo relevante (persona natural), sino que también de la empresa en que dicha persona natural tenga alguna de esas calidades. -- 3. Jurisprudencia del TDLC: sentencia nº 202 y nº203 de 2025. -- 3.1. Los casos ante el TDLC. -- 3.2. La noción de participación simultánea. -- 3.3. La noción de única unidad económica. -- 3.4. La noción de empresas competidoras entre sí. -- 3.5. Responsabilidad de la empresa en cuyo directorio o gobierno corporativo actúa la persona afectada por un interlocking horizontal directo. -- 3.6. Consideraciones en torno al cálculo de la multa. -- 3.7. Prescripción en casos de interlocking. -- 4. Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26322 |
[artículo] Hidalgo Silva, Beatriz (2025). El interlocking horizontal directo en la normativa chilena de libre competencia. Anuario de Derecho de la Competencia. N3 2025. (03/11/2025) p. 161-182. Idioma : Español ( spa) in Anuario de Derecho de la Competencia > N3 2025 [03/11/2025] . - p. 161-182 | Nota de contenido: |
1. El ilícito de interlocking en la ley de defensa de la libre competencia chilena. -- 2. La interpretación de la FNE de la figura del interlocking horizontal directo. -- 2.1. Los requerimientos presentados por la FNE. -- 2.2. Criterios sustantivos adoptados por la FNE en sus requerimientos. -- 2.2.1. Según la FNE, las empresas matrices y sus filiales pueden ser consideradas como una sola empresa, si hay una sola unidad de decisiones: se les podría aplicar la regla del artículo 3 inciso segundo letra d) del DL 211, que establece la infracción per se. -- 2.2.2. Determinación del concepto de empresas competidoras e inclusión de casos de competencia potencial. -- 2.2.3. Definición funcional del concepto de ejecutivo relevante, de manera de comprender, por ejemplo, a asesores del directorio sin vínculo laboral con la empresa. -- 2.2.4. Responsabilidad no solamente del director/a ejecutivo relevante (persona natural), sino que también de la empresa en que dicha persona natural tenga alguna de esas calidades. -- 3. Jurisprudencia del TDLC: sentencia nº 202 y nº203 de 2025. -- 3.1. Los casos ante el TDLC. -- 3.2. La noción de participación simultánea. -- 3.3. La noción de única unidad económica. -- 3.4. La noción de empresas competidoras entre sí. -- 3.5. Responsabilidad de la empresa en cuyo directorio o gobierno corporativo actúa la persona afectada por un interlocking horizontal directo. -- 3.6. Consideraciones en torno al cálculo de la multa. -- 3.7. Prescripción en casos de interlocking. -- 4. Conclusiones. -- Referencias bibliográficas. |
| Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26322 |
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