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Refinar búsquedaPrescripción en daños continuados / Rapetti, Betina en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Prescripción en daños continuados Tipo de documento: texto impreso Autores: Rapetti, Betina, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 453-476 Idioma : Español (spa) Resumen: El derecho de daños ha sufrido en los últimos cuarenta años, una mutación casi constante debido a la aparición de nuevos derechos, de nuevos bienes jurídicos tendientes a ser protegidos. Aparecen también de funciones nuevas como la función preventiva que actúa básicamente ante un daño cierto o la precautoria, que toma relevancia luego de la reforma constitucional de 1994 con la aparición del art. 41 y mas tarde con la Ley General del Ambiente. El cambio de visión ha dado giro de ciento ochenta grados. El derecho de daños de ser meramente resarcitorio pasa a convertirse en preventivo, anticipatorio. Se ha dejado de lado a la culpa como foco principal y eje de la responsabilidad civil. Aparece cada vez con más fuerza la responsabilidad objetiva debido a los riesgos que se introducen con los avances tecnológicos. Se pone atención el quien sufre el daño más que en el agente dañador y las múltiples fuentes causantes del daño. En Argentina, con la reforma constitucional del año 1994 se introducen dos artículos revolucionarios el 41 y el 42. El primero de ellos introduce el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano y el deber de preservarlo para las generaciones futuras y el segundo introduce el derecho de los usuarios y consumidores por productos elaborados o defectuosos. Enunciado de esta forma no parecen tan poderosos, pero lo son, porque han generado en el sistema jurídico, lo que la doctrina llama microsistemas. Creemos que como microsistemas deben tener un tratamiento distinto dada la continuidad de los daños, o su progresividad, que entre otras cuestiones plantea el problema de determinar la prescripción de las acciones. Este trabajo los llevará por un recorrido conceptual sobre el instituto de la prescripción y su naturaleza. Los daños continuados y su existencia en el Código Civil de Vélez en el art. 2618, pero su arraigo definitivo sobre todo dentro del microsistema ambiental. Nota de contenido: Daños continuados. Acercamiento conceptual. -- Prescripción. Generalidades. -- Prescripción y daños continuados. -- Daño ambiental y prescripción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26119
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 453-476[artículo] Prescripción en daños continuados [texto impreso] / Rapetti, Betina, Autor . - 2015 . - p. 453-476.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 453-476
Resumen: El derecho de daños ha sufrido en los últimos cuarenta años, una mutación casi constante debido a la aparición de nuevos derechos, de nuevos bienes jurídicos tendientes a ser protegidos. Aparecen también de funciones nuevas como la función preventiva que actúa básicamente ante un daño cierto o la precautoria, que toma relevancia luego de la reforma constitucional de 1994 con la aparición del art. 41 y mas tarde con la Ley General del Ambiente. El cambio de visión ha dado giro de ciento ochenta grados. El derecho de daños de ser meramente resarcitorio pasa a convertirse en preventivo, anticipatorio. Se ha dejado de lado a la culpa como foco principal y eje de la responsabilidad civil. Aparece cada vez con más fuerza la responsabilidad objetiva debido a los riesgos que se introducen con los avances tecnológicos. Se pone atención el quien sufre el daño más que en el agente dañador y las múltiples fuentes causantes del daño. En Argentina, con la reforma constitucional del año 1994 se introducen dos artículos revolucionarios el 41 y el 42. El primero de ellos introduce el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano y el deber de preservarlo para las generaciones futuras y el segundo introduce el derecho de los usuarios y consumidores por productos elaborados o defectuosos. Enunciado de esta forma no parecen tan poderosos, pero lo son, porque han generado en el sistema jurídico, lo que la doctrina llama microsistemas. Creemos que como microsistemas deben tener un tratamiento distinto dada la continuidad de los daños, o su progresividad, que entre otras cuestiones plantea el problema de determinar la prescripción de las acciones. Este trabajo los llevará por un recorrido conceptual sobre el instituto de la prescripción y su naturaleza. Los daños continuados y su existencia en el Código Civil de Vélez en el art. 2618, pero su arraigo definitivo sobre todo dentro del microsistema ambiental. Nota de contenido: Daños continuados. Acercamiento conceptual. -- Prescripción. Generalidades. -- Prescripción y daños continuados. -- Daño ambiental y prescripción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26119 [artículo] Rapetti, Betina (2015). Prescripción en daños continuados. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 453-476.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 453-476
Resumen: El derecho de daños ha sufrido en los últimos cuarenta años, una mutación casi constante debido a la aparición de nuevos derechos, de nuevos bienes jurídicos tendientes a ser protegidos. Aparecen también de funciones nuevas como la función preventiva que actúa básicamente ante un daño cierto o la precautoria, que toma relevancia luego de la reforma constitucional de 1994 con la aparición del art. 41 y mas tarde con la Ley General del Ambiente. El cambio de visión ha dado giro de ciento ochenta grados. El derecho de daños de ser meramente resarcitorio pasa a convertirse en preventivo, anticipatorio. Se ha dejado de lado a la culpa como foco principal y eje de la responsabilidad civil. Aparece cada vez con más fuerza la responsabilidad objetiva debido a los riesgos que se introducen con los avances tecnológicos. Se pone atención el quien sufre el daño más que en el agente dañador y las múltiples fuentes causantes del daño. En Argentina, con la reforma constitucional del año 1994 se introducen dos artículos revolucionarios el 41 y el 42. El primero de ellos introduce el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano y el deber de preservarlo para las generaciones futuras y el segundo introduce el derecho de los usuarios y consumidores por productos elaborados o defectuosos. Enunciado de esta forma no parecen tan poderosos, pero lo son, porque han generado en el sistema jurídico, lo que la doctrina llama microsistemas. Creemos que como microsistemas deben tener un tratamiento distinto dada la continuidad de los daños, o su progresividad, que entre otras cuestiones plantea el problema de determinar la prescripción de las acciones. Este trabajo los llevará por un recorrido conceptual sobre el instituto de la prescripción y su naturaleza. Los daños continuados y su existencia en el Código Civil de Vélez en el art. 2618, pero su arraigo definitivo sobre todo dentro del microsistema ambiental. Nota de contenido: Daños continuados. Acercamiento conceptual. -- Prescripción. Generalidades. -- Prescripción y daños continuados. -- Daño ambiental y prescripción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26119 Urbanización y medio ambiente. Líneas de alta tensión y campos electromagnéticos / Rapetti, Betina en Revista Crítica de Derecho Privado, 11 (Enero-Diciembre 2014)
[artículo]
Título : Urbanización y medio ambiente. Líneas de alta tensión y campos electromagnéticos Tipo de documento: texto impreso Autores: Rapetti, Betina, Autor Fecha de publicación: 2014 Artículo en la página: p. 1205-1217 Idioma : Español (spa) Resumen: La contaminación del medio ambiente no ha sido siempre un problema para las sociedades sino hasta hace unas cuantas décadas atrás, donde comienzan los esfuerzos por prevenir los daños que el desarrollo provoca el ambiente y a la sociedad. A partir de la Revolución Industrial, el hombre ha transitado un desarrollo propio del sector industrial, crecimiento social y económico dentro de la comunidad, "sin darnos cuenta hemos estado cambiando el ambiente". El hombre se vuelca a la producción de bienes y servicios de consumo que van acompañados de manera masiva de dos fenómenos: por un lado, la urbanización y por el otro, la necesidad, cada vez mayor, de utilizar energía. La creciente producción y el consumo de energía y su impacto negativo sobre el ambiente, se han convertido en materia de estudio constante fundamentalmente por la generación de campos electromagnéticos. El modelo puramente economicista, hace que las empresas no atiendan el costo que significa la contaminación sobre el ambiente y la salud de la población. En el caso particular de las localidades de Montecarlo y Capioví, la producción de energía eléctrica y su elevación a 132 kw en las líneas de alta tensión, ha generado un problema social-ambiental y de salud grave debido a las enfermedades como el cáncer. Según consta en un relevamiento realizado, 1 de cada 7 casas tiene un enfermo de cáncer. Debemos generar conciencia en las autoridades y en los magistrados sobre la importancia de actuar con celeridad para atender el ambiente y a la población. Nota de contenido: Introducción. -- Derecho al ambiente y a la salud. -- Derecho al ambiente sano. Principio de precaución. -- Urbanización, tecnología, campos electromagnéticos. -- Caso Montecarlo y Capiovi. -- Conclusión. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26755
in Revista Crítica de Derecho Privado > 11 (Enero-Diciembre 2014) . - p. 1205-1217[artículo] Urbanización y medio ambiente. Líneas de alta tensión y campos electromagnéticos [texto impreso] / Rapetti, Betina, Autor . - 2014 . - p. 1205-1217.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 11 (Enero-Diciembre 2014) . - p. 1205-1217
Resumen: La contaminación del medio ambiente no ha sido siempre un problema para las sociedades sino hasta hace unas cuantas décadas atrás, donde comienzan los esfuerzos por prevenir los daños que el desarrollo provoca el ambiente y a la sociedad. A partir de la Revolución Industrial, el hombre ha transitado un desarrollo propio del sector industrial, crecimiento social y económico dentro de la comunidad, "sin darnos cuenta hemos estado cambiando el ambiente". El hombre se vuelca a la producción de bienes y servicios de consumo que van acompañados de manera masiva de dos fenómenos: por un lado, la urbanización y por el otro, la necesidad, cada vez mayor, de utilizar energía. La creciente producción y el consumo de energía y su impacto negativo sobre el ambiente, se han convertido en materia de estudio constante fundamentalmente por la generación de campos electromagnéticos. El modelo puramente economicista, hace que las empresas no atiendan el costo que significa la contaminación sobre el ambiente y la salud de la población. En el caso particular de las localidades de Montecarlo y Capioví, la producción de energía eléctrica y su elevación a 132 kw en las líneas de alta tensión, ha generado un problema social-ambiental y de salud grave debido a las enfermedades como el cáncer. Según consta en un relevamiento realizado, 1 de cada 7 casas tiene un enfermo de cáncer. Debemos generar conciencia en las autoridades y en los magistrados sobre la importancia de actuar con celeridad para atender el ambiente y a la población. Nota de contenido: Introducción. -- Derecho al ambiente y a la salud. -- Derecho al ambiente sano. Principio de precaución. -- Urbanización, tecnología, campos electromagnéticos. -- Caso Montecarlo y Capiovi. -- Conclusión. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26755 [artículo] Rapetti, Betina (2014). Urbanización y medio ambiente. Líneas de alta tensión y campos electromagnéticos. Revista Crítica de Derecho Privado. 11. (Enero-Diciembre 2014) p. 1205-1217.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 11 (Enero-Diciembre 2014) . - p. 1205-1217
Resumen: La contaminación del medio ambiente no ha sido siempre un problema para las sociedades sino hasta hace unas cuantas décadas atrás, donde comienzan los esfuerzos por prevenir los daños que el desarrollo provoca el ambiente y a la sociedad. A partir de la Revolución Industrial, el hombre ha transitado un desarrollo propio del sector industrial, crecimiento social y económico dentro de la comunidad, "sin darnos cuenta hemos estado cambiando el ambiente". El hombre se vuelca a la producción de bienes y servicios de consumo que van acompañados de manera masiva de dos fenómenos: por un lado, la urbanización y por el otro, la necesidad, cada vez mayor, de utilizar energía. La creciente producción y el consumo de energía y su impacto negativo sobre el ambiente, se han convertido en materia de estudio constante fundamentalmente por la generación de campos electromagnéticos. El modelo puramente economicista, hace que las empresas no atiendan el costo que significa la contaminación sobre el ambiente y la salud de la población. En el caso particular de las localidades de Montecarlo y Capioví, la producción de energía eléctrica y su elevación a 132 kw en las líneas de alta tensión, ha generado un problema social-ambiental y de salud grave debido a las enfermedades como el cáncer. Según consta en un relevamiento realizado, 1 de cada 7 casas tiene un enfermo de cáncer. Debemos generar conciencia en las autoridades y en los magistrados sobre la importancia de actuar con celeridad para atender el ambiente y a la población. Nota de contenido: Introducción. -- Derecho al ambiente y a la salud. -- Derecho al ambiente sano. Principio de precaución. -- Urbanización, tecnología, campos electromagnéticos. -- Caso Montecarlo y Capiovi. -- Conclusión. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26755






