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12 n. 2 - Julio - Diciembre 2015 [texto impreso] . - 2015 . - 897 p.
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12 n. 2 - Julio - Diciembre 2015. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) 897 p. Idioma : Español (spa)
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| 17884 | 050 RCDP 12 | Publicación periódica | Biblioteca sede principal | Hemeroteca | Disponible |
Artículos

La distribución de riesgos y el análisis económico del derecho / Acciarri, Hugo A. en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : La distribución de riesgos y el análisis económico del derecho Tipo de documento: texto impreso Autores: Acciarri, Hugo A., Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 3-19 Idioma : Español (spa) Resumen: En el presente trabajo se analiza el origen del análisis económico del derecho y su objeto de estudio. Inicialmente estuvo vinculado al área de intersección entre el derecho y la economía, es decir, a materias jurídicas típicamente patrimoniales. A partir de mediados del siglo XX, el referido objeto de estudio de denominado nuevo análisis económico del derecho comenzó a vincularse a cualquier institución jurídica, abarcando también las materias ajenas a las típicamente patrimoniales. El estudio del Análisis Económico del derecho y su relación con la distribución de riesgos tiene relevancia en la faz legislativa, en otras instancias de decisiones de políticas públicas y como instrumento valioso para enriquecer la caja de herramientas de los abogados y los jueces a la hora de lidiar contra los problemas a los que se enfrentan típicamente en su tarea. Nota de contenido: El problema de la distribución de riesgos y el origen de Derecho y Economía o Análisis Económico del Derecho. -- El contenido vigente para la expresión Análisis Económico del Derecho. -- La posibilidad de abordaje transdisciplinario: el diálogo entre juristas y economistas. -- Sobre la dirección y el sentido de la interacción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26058
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 3-19[artículo] La distribución de riesgos y el análisis económico del derecho [texto impreso] / Acciarri, Hugo A., Autor . - 2015 . - p. 3-19.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 3-19
Resumen: En el presente trabajo se analiza el origen del análisis económico del derecho y su objeto de estudio. Inicialmente estuvo vinculado al área de intersección entre el derecho y la economía, es decir, a materias jurídicas típicamente patrimoniales. A partir de mediados del siglo XX, el referido objeto de estudio de denominado nuevo análisis económico del derecho comenzó a vincularse a cualquier institución jurídica, abarcando también las materias ajenas a las típicamente patrimoniales. El estudio del Análisis Económico del derecho y su relación con la distribución de riesgos tiene relevancia en la faz legislativa, en otras instancias de decisiones de políticas públicas y como instrumento valioso para enriquecer la caja de herramientas de los abogados y los jueces a la hora de lidiar contra los problemas a los que se enfrentan típicamente en su tarea. Nota de contenido: El problema de la distribución de riesgos y el origen de Derecho y Economía o Análisis Económico del Derecho. -- El contenido vigente para la expresión Análisis Económico del Derecho. -- La posibilidad de abordaje transdisciplinario: el diálogo entre juristas y economistas. -- Sobre la dirección y el sentido de la interacción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26058 [artículo] Acciarri, Hugo A. (2015). La distribución de riesgos y el análisis económico del derecho. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 3-19.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 3-19
Resumen: En el presente trabajo se analiza el origen del análisis económico del derecho y su objeto de estudio. Inicialmente estuvo vinculado al área de intersección entre el derecho y la economía, es decir, a materias jurídicas típicamente patrimoniales. A partir de mediados del siglo XX, el referido objeto de estudio de denominado nuevo análisis económico del derecho comenzó a vincularse a cualquier institución jurídica, abarcando también las materias ajenas a las típicamente patrimoniales. El estudio del Análisis Económico del derecho y su relación con la distribución de riesgos tiene relevancia en la faz legislativa, en otras instancias de decisiones de políticas públicas y como instrumento valioso para enriquecer la caja de herramientas de los abogados y los jueces a la hora de lidiar contra los problemas a los que se enfrentan típicamente en su tarea. Nota de contenido: El problema de la distribución de riesgos y el origen de Derecho y Economía o Análisis Económico del Derecho. -- El contenido vigente para la expresión Análisis Económico del Derecho. -- La posibilidad de abordaje transdisciplinario: el diálogo entre juristas y economistas. -- Sobre la dirección y el sentido de la interacción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26058 Los procesos de amparo en Cuba: necesidad de estimarlos como medios de control de la constitucionalidad, ejercida por órganos jurisdiccionales ordinarios / Osvaldo Manuel Álvarez Torres en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Los procesos de amparo en Cuba: necesidad de estimarlos como medios de control de la constitucionalidad, ejercida por órganos jurisdiccionales ordinarios Tipo de documento: texto impreso Autores: Osvaldo Manuel Álvarez Torres, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 21-36 Idioma : Español (spa) Resumen: ¿Qué obsta a que los derechos inherentes a la personalidad, derechos civiles, humanos, por demás garantistas, sean objeto de tutela posesoria, que debiera extenderse a tales derechos de los seres humanos a través de los procesos especiales que se regulan en la Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y de lo Económico, para que ante su presunta vulneración, acudan los justiciables a los tribunales de justicia competentes, a virtud de este cauce procesal existente? Nota de contenido: Breve introducción. -- Interdictos posesorios y procesos de amparo. -- Los procesos de amparo en causas criminales (penales). -- Una nueva arista de los procesos de amparo: extenderlos a dispensar tutela posesoria, a derechos individuales presuntamente vulnerados. -- Apreciaciones conclusivas. Fuentes bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26060
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 21-36[artículo] Los procesos de amparo en Cuba: necesidad de estimarlos como medios de control de la constitucionalidad, ejercida por órganos jurisdiccionales ordinarios [texto impreso] / Osvaldo Manuel Álvarez Torres, Autor . - 2015 . - p. 21-36.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 21-36
Resumen: ¿Qué obsta a que los derechos inherentes a la personalidad, derechos civiles, humanos, por demás garantistas, sean objeto de tutela posesoria, que debiera extenderse a tales derechos de los seres humanos a través de los procesos especiales que se regulan en la Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y de lo Económico, para que ante su presunta vulneración, acudan los justiciables a los tribunales de justicia competentes, a virtud de este cauce procesal existente? Nota de contenido: Breve introducción. -- Interdictos posesorios y procesos de amparo. -- Los procesos de amparo en causas criminales (penales). -- Una nueva arista de los procesos de amparo: extenderlos a dispensar tutela posesoria, a derechos individuales presuntamente vulnerados. -- Apreciaciones conclusivas. Fuentes bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26060 [artículo] Álvarez Torres, Osvaldo Manuel (2015). Los procesos de amparo en Cuba: necesidad de estimarlos como medios de control de la constitucionalidad, ejercida por órganos jurisdiccionales ordinarios. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 21-36.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 21-36
Resumen: ¿Qué obsta a que los derechos inherentes a la personalidad, derechos civiles, humanos, por demás garantistas, sean objeto de tutela posesoria, que debiera extenderse a tales derechos de los seres humanos a través de los procesos especiales que se regulan en la Ley de Procedimiento Civil, Administrativo, Laboral y de lo Económico, para que ante su presunta vulneración, acudan los justiciables a los tribunales de justicia competentes, a virtud de este cauce procesal existente? Nota de contenido: Breve introducción. -- Interdictos posesorios y procesos de amparo. -- Los procesos de amparo en causas criminales (penales). -- Una nueva arista de los procesos de amparo: extenderlos a dispensar tutela posesoria, a derechos individuales presuntamente vulnerados. -- Apreciaciones conclusivas. Fuentes bibliográficas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26060 La regulación de los alimentos transgénicos. La normativa de transgénicos desde la perspectiva europea de interés para Argentina / Domingo Bello Janeiro en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : La regulación de los alimentos transgénicos. La normativa de transgénicos desde la perspectiva europea de interés para Argentina Tipo de documento: texto impreso Autores: Domingo Bello Janeiro, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 37-68 Idioma : Español (spa) Resumen: Se estudia la normativa sobre alimentos y piensos modificados genéticamente y trazabilidad y etiquetado de los mismos y de los alimentos y piensos producidos a partir de éstos, siendo necesaria en cada país la creación de un sistema administrativo de inspección respecto de la comercialización de transgénicos, para que el consumidor pueda elegir si lo considera conveniente. Nota de contenido: Introducción. -- La normativa reguladora de los OMG's- -- Ventajas e inconvenientes. -- Moratoria de la Unión Europea. -- Consideraciones conclusivas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26061
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 37-68[artículo] La regulación de los alimentos transgénicos. La normativa de transgénicos desde la perspectiva europea de interés para Argentina [texto impreso] / Domingo Bello Janeiro, Autor . - 2015 . - p. 37-68.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 37-68
Resumen: Se estudia la normativa sobre alimentos y piensos modificados genéticamente y trazabilidad y etiquetado de los mismos y de los alimentos y piensos producidos a partir de éstos, siendo necesaria en cada país la creación de un sistema administrativo de inspección respecto de la comercialización de transgénicos, para que el consumidor pueda elegir si lo considera conveniente. Nota de contenido: Introducción. -- La normativa reguladora de los OMG's- -- Ventajas e inconvenientes. -- Moratoria de la Unión Europea. -- Consideraciones conclusivas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26061 [artículo] Bello Janeiro, Domingo (2015). La regulación de los alimentos transgénicos. La normativa de transgénicos desde la perspectiva europea de interés para Argentina. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 37-68.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 37-68
Resumen: Se estudia la normativa sobre alimentos y piensos modificados genéticamente y trazabilidad y etiquetado de los mismos y de los alimentos y piensos producidos a partir de éstos, siendo necesaria en cada país la creación de un sistema administrativo de inspección respecto de la comercialización de transgénicos, para que el consumidor pueda elegir si lo considera conveniente. Nota de contenido: Introducción. -- La normativa reguladora de los OMG's- -- Ventajas e inconvenientes. -- Moratoria de la Unión Europea. -- Consideraciones conclusivas. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26061 Daño al proyecto de vida / Elisa Buschiazzo Figares en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Daño al proyecto de vida Tipo de documento: texto impreso Autores: Elisa Buschiazzo Figares, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 69-97 Idioma : Español (spa) Resumen: En el presente trabajo se analiza la génesis del concepto "Daño al proyecto de vida" en el Derecho de Daños y su evolución en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El referido estudio tiene como propósito realizar una aproximación conceptual precisa y actual de la precipitada expresión, mediante un abordaje en clave de daños en el Derecho de Familia. Nota de contenido: Introducción. -- Génesis del concepto "daño al proyecto de vida" en el Derecho de Daños. -- El "daño biológico" como antecedente del "daño al proyecto de vida". -- Conceptualización del denominado "daño al proyecto de vida" y su evolución en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. -- El "daño al proyecto de vida" en el derecho de familia. -- Consideraciones finales. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26062
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 69-97[artículo] Daño al proyecto de vida [texto impreso] / Elisa Buschiazzo Figares, Autor . - 2015 . - p. 69-97.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 69-97
Resumen: En el presente trabajo se analiza la génesis del concepto "Daño al proyecto de vida" en el Derecho de Daños y su evolución en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El referido estudio tiene como propósito realizar una aproximación conceptual precisa y actual de la precipitada expresión, mediante un abordaje en clave de daños en el Derecho de Familia. Nota de contenido: Introducción. -- Génesis del concepto "daño al proyecto de vida" en el Derecho de Daños. -- El "daño biológico" como antecedente del "daño al proyecto de vida". -- Conceptualización del denominado "daño al proyecto de vida" y su evolución en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. -- El "daño al proyecto de vida" en el derecho de familia. -- Consideraciones finales. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26062 [artículo] Buschiazzo Figares, Elisa (2015). Daño al proyecto de vida. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 69-97.
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in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 69-97
Resumen: En el presente trabajo se analiza la génesis del concepto "Daño al proyecto de vida" en el Derecho de Daños y su evolución en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. El referido estudio tiene como propósito realizar una aproximación conceptual precisa y actual de la precipitada expresión, mediante un abordaje en clave de daños en el Derecho de Familia. Nota de contenido: Introducción. -- Génesis del concepto "daño al proyecto de vida" en el Derecho de Daños. -- El "daño biológico" como antecedente del "daño al proyecto de vida". -- Conceptualización del denominado "daño al proyecto de vida" y su evolución en la Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. -- El "daño al proyecto de vida" en el derecho de familia. -- Consideraciones finales. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26062 Acerca de la responsabilidad civil del Estado en Uruguay. Necesidad de un abordaje ius privatista fundado en la evolución del derecho de daños / Arturo Caumont en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Acerca de la responsabilidad civil del Estado en Uruguay. Necesidad de un abordaje ius privatista fundado en la evolución del derecho de daños Tipo de documento: texto impreso Autores: Arturo Caumont, Autor ; Santiago Mirande, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 99-113 Idioma : Español (spa) Resumen: En Uruguay, la responsabilidad civil del Estado ha sido históricamente analizada desde un abordaje ius publicista. En una explicación lingüistica dicho abordaje sobre el tema ha sido determinado por el valor de significación que posee el sintagma "Estado". Sin embargo, el estudio de este tipo de responsabilidad civil puede ser analizado desde una perspectiva que tome en consideración los postulados científicos derivados del derecho de daños y su evolución conceptual teórica. La problemática de mayor relevancia en doctrina y jurisprudencia se ha presentado con relación a tres puntos que se analizan en el presente trabajo: el factor de atribución que fundamenta la convocatoria de la responsabilidad civil del Estado; la admisibilidad del accionamiento directo o acumulativo a la pretensión respecto del Estado contra el funcionario público que realiza el acto u omisión mediante el cual se ocasiona un daño; y el declive de la relevancia del elemento antijuricidad respecto de la referida responsabilidad civil ante los nuevos daños y el principio de precaución. Nota de contenido: La responsabilidad civil del Estado en la perspectiva evolutiva del derecho de daños. -- Temas en debate sobre la responsabilidad civil del estado. -- Factores de atribución sobre los que se convoca a la responsabilidad civil del Estado. -- La legitimación pasiva del funcionario público cuya conducta directa causó el daño del cual deriva una acción reparatoria contra el Estado. -- El declive de la relevancia del elemento antijuricidad en supuestos de convocatorias de Responsabilidad Civil del Estado con relación a los denominados nuevos daños en la perspectiva evolutiva del Derecho de Daños y el Principio de Precaución. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26063
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 99-113[artículo] Acerca de la responsabilidad civil del Estado en Uruguay. Necesidad de un abordaje ius privatista fundado en la evolución del derecho de daños [texto impreso] / Arturo Caumont, Autor ; Santiago Mirande, Autor . - 2015 . - p. 99-113.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 99-113
Resumen: En Uruguay, la responsabilidad civil del Estado ha sido históricamente analizada desde un abordaje ius publicista. En una explicación lingüistica dicho abordaje sobre el tema ha sido determinado por el valor de significación que posee el sintagma "Estado". Sin embargo, el estudio de este tipo de responsabilidad civil puede ser analizado desde una perspectiva que tome en consideración los postulados científicos derivados del derecho de daños y su evolución conceptual teórica. La problemática de mayor relevancia en doctrina y jurisprudencia se ha presentado con relación a tres puntos que se analizan en el presente trabajo: el factor de atribución que fundamenta la convocatoria de la responsabilidad civil del Estado; la admisibilidad del accionamiento directo o acumulativo a la pretensión respecto del Estado contra el funcionario público que realiza el acto u omisión mediante el cual se ocasiona un daño; y el declive de la relevancia del elemento antijuricidad respecto de la referida responsabilidad civil ante los nuevos daños y el principio de precaución. Nota de contenido: La responsabilidad civil del Estado en la perspectiva evolutiva del derecho de daños. -- Temas en debate sobre la responsabilidad civil del estado. -- Factores de atribución sobre los que se convoca a la responsabilidad civil del Estado. -- La legitimación pasiva del funcionario público cuya conducta directa causó el daño del cual deriva una acción reparatoria contra el Estado. -- El declive de la relevancia del elemento antijuricidad en supuestos de convocatorias de Responsabilidad Civil del Estado con relación a los denominados nuevos daños en la perspectiva evolutiva del Derecho de Daños y el Principio de Precaución. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26063 [artículo] Caumont, Arturo (2015). Acerca de la responsabilidad civil del Estado en Uruguay. Necesidad de un abordaje ius privatista fundado en la evolución del derecho de daños. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 99-113.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 99-113
Resumen: En Uruguay, la responsabilidad civil del Estado ha sido históricamente analizada desde un abordaje ius publicista. En una explicación lingüistica dicho abordaje sobre el tema ha sido determinado por el valor de significación que posee el sintagma "Estado". Sin embargo, el estudio de este tipo de responsabilidad civil puede ser analizado desde una perspectiva que tome en consideración los postulados científicos derivados del derecho de daños y su evolución conceptual teórica. La problemática de mayor relevancia en doctrina y jurisprudencia se ha presentado con relación a tres puntos que se analizan en el presente trabajo: el factor de atribución que fundamenta la convocatoria de la responsabilidad civil del Estado; la admisibilidad del accionamiento directo o acumulativo a la pretensión respecto del Estado contra el funcionario público que realiza el acto u omisión mediante el cual se ocasiona un daño; y el declive de la relevancia del elemento antijuricidad respecto de la referida responsabilidad civil ante los nuevos daños y el principio de precaución. Nota de contenido: La responsabilidad civil del Estado en la perspectiva evolutiva del derecho de daños. -- Temas en debate sobre la responsabilidad civil del estado. -- Factores de atribución sobre los que se convoca a la responsabilidad civil del Estado. -- La legitimación pasiva del funcionario público cuya conducta directa causó el daño del cual deriva una acción reparatoria contra el Estado. -- El declive de la relevancia del elemento antijuricidad en supuestos de convocatorias de Responsabilidad Civil del Estado con relación a los denominados nuevos daños en la perspectiva evolutiva del Derecho de Daños y el Principio de Precaución. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26063 Discriminación y antijuricidad / Hugo Díaz Fernández en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Discriminación y antijuricidad Tipo de documento: texto impreso Autores: Hugo Díaz Fernández, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 115-132 Idioma : Español (spa) Resumen: Discriminar, en sentido amplio, es seleccionar una o varias personas o situaciones mediante exclusión de otras. En sentido estricto o fuerte, significa dar un tratamiento de inferioridad a una persona o grupo por razones sexuales, raciales, políticas, religiosas, etc. Si bien existen discriminaciones reprobables, otras no lo son. Amistad, familiaridad, simpatía, gustos, intereses o actividades, comunes, pueden ser razones para preferir a unas personas respecto a otras, sin que ello implique una discriminación reprobable. El tratamiento discriminatorio es el tratamiento diferencial no justificado. En los casos de daños por discriminación, la existencia de justificación razonable de la distinción aparentemente discriminatoria supone la superación de dos requisitos: a) legitimidad de la finalidad pretendida por la norma; b) adecuada proporción entre la distinción establecida por la norma y la finalidad de esta. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de antijuricidad en el derecho de daños. -- Estatus normativo de la igualdad. -- Igualdad jurídica y discriminación. -- Conclusión. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26066
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 115-132[artículo] Discriminación y antijuricidad [texto impreso] / Hugo Díaz Fernández, Autor . - 2015 . - p. 115-132.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 115-132
Resumen: Discriminar, en sentido amplio, es seleccionar una o varias personas o situaciones mediante exclusión de otras. En sentido estricto o fuerte, significa dar un tratamiento de inferioridad a una persona o grupo por razones sexuales, raciales, políticas, religiosas, etc. Si bien existen discriminaciones reprobables, otras no lo son. Amistad, familiaridad, simpatía, gustos, intereses o actividades, comunes, pueden ser razones para preferir a unas personas respecto a otras, sin que ello implique una discriminación reprobable. El tratamiento discriminatorio es el tratamiento diferencial no justificado. En los casos de daños por discriminación, la existencia de justificación razonable de la distinción aparentemente discriminatoria supone la superación de dos requisitos: a) legitimidad de la finalidad pretendida por la norma; b) adecuada proporción entre la distinción establecida por la norma y la finalidad de esta. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de antijuricidad en el derecho de daños. -- Estatus normativo de la igualdad. -- Igualdad jurídica y discriminación. -- Conclusión. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26066 [artículo] Díaz Fernández, Hugo (2015). Discriminación y antijuricidad. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 115-132.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 115-132
Resumen: Discriminar, en sentido amplio, es seleccionar una o varias personas o situaciones mediante exclusión de otras. En sentido estricto o fuerte, significa dar un tratamiento de inferioridad a una persona o grupo por razones sexuales, raciales, políticas, religiosas, etc. Si bien existen discriminaciones reprobables, otras no lo son. Amistad, familiaridad, simpatía, gustos, intereses o actividades, comunes, pueden ser razones para preferir a unas personas respecto a otras, sin que ello implique una discriminación reprobable. El tratamiento discriminatorio es el tratamiento diferencial no justificado. En los casos de daños por discriminación, la existencia de justificación razonable de la distinción aparentemente discriminatoria supone la superación de dos requisitos: a) legitimidad de la finalidad pretendida por la norma; b) adecuada proporción entre la distinción establecida por la norma y la finalidad de esta. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto de antijuricidad en el derecho de daños. -- Estatus normativo de la igualdad. -- Igualdad jurídica y discriminación. -- Conclusión. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26066 El contenido y la prueba del daño subjetivo o no patrimonial; ¿in re ipsa? / Espinoza Espinoza, Juan en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : El contenido y la prueba del daño subjetivo o no patrimonial; ¿in re ipsa? Tipo de documento: texto impreso Autores: Espinoza Espinoza, Juan, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 133-155 Idioma : Español (spa) Resumen: Las únicas voces reconocidas en el Código Civil peruano son: el daño a la persona, entendido como la lesión a los derechos existenciales o no patrimoniales de las personas y el daño moral considerado como el dolor, el sufrimiento, la pena, la aflicción. En el caso concreto de los reclamos de indemnización, se podrían presentar ambas voces de daño (daños moral y daño a la persona). La carga de la prueba de los daños, sean contractuales o extracontractuales corresponden a quien los invoca, así como la relación de causalidad entre el hecho y el daño (jurídicamente relevante). A efectos de delimitar la línea de frontera que hace que un daño sea considerado como jurídicamente relevante, hay que establecer estandars mínimos. Para estimar el daño no patrimonial se debe partir de la premisa que los daños invocados deben ser acreditados. En materia de responsabilidad civil, el daño resarcible no es por cualquier sufrimiento o cualquier lesión, sino aquel que resulta ser jurídicamente relevante, a efectos de una indemnización. Se deben tener presentes dos momentos: el evento y la consecuencia. Nota de contenido: La delimitación del contenido de las voces del daño del auxilio de la actual experiencia jurídica francesa: el Rapport Dintilhac. -- La distinción entre daño moral y el daño a la persona en la experiencia jurídica nacional. -- ¿Es suficiente invocar (y no probar) la existencia de daños no patrimoniales que den lugar al pago de una indemnización? -- ¿A quién corresponde la carga de la prueba de la existencia del daño no patrimonial, y de ser el caso, del cumplimiento del estándar para hacerlo indemnizable? -- ¿Cuál es el criterio que debe aplicarse para estimar el daño no patrimonial? -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26067
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 133-155[artículo] El contenido y la prueba del daño subjetivo o no patrimonial; ¿in re ipsa? [texto impreso] / Espinoza Espinoza, Juan, Autor . - 2015 . - p. 133-155.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 133-155
Resumen: Las únicas voces reconocidas en el Código Civil peruano son: el daño a la persona, entendido como la lesión a los derechos existenciales o no patrimoniales de las personas y el daño moral considerado como el dolor, el sufrimiento, la pena, la aflicción. En el caso concreto de los reclamos de indemnización, se podrían presentar ambas voces de daño (daños moral y daño a la persona). La carga de la prueba de los daños, sean contractuales o extracontractuales corresponden a quien los invoca, así como la relación de causalidad entre el hecho y el daño (jurídicamente relevante). A efectos de delimitar la línea de frontera que hace que un daño sea considerado como jurídicamente relevante, hay que establecer estandars mínimos. Para estimar el daño no patrimonial se debe partir de la premisa que los daños invocados deben ser acreditados. En materia de responsabilidad civil, el daño resarcible no es por cualquier sufrimiento o cualquier lesión, sino aquel que resulta ser jurídicamente relevante, a efectos de una indemnización. Se deben tener presentes dos momentos: el evento y la consecuencia. Nota de contenido: La delimitación del contenido de las voces del daño del auxilio de la actual experiencia jurídica francesa: el Rapport Dintilhac. -- La distinción entre daño moral y el daño a la persona en la experiencia jurídica nacional. -- ¿Es suficiente invocar (y no probar) la existencia de daños no patrimoniales que den lugar al pago de una indemnización? -- ¿A quién corresponde la carga de la prueba de la existencia del daño no patrimonial, y de ser el caso, del cumplimiento del estándar para hacerlo indemnizable? -- ¿Cuál es el criterio que debe aplicarse para estimar el daño no patrimonial? -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26067 [artículo] Espinoza Espinoza, Juan (2015). El contenido y la prueba del daño subjetivo o no patrimonial; ¿in re ipsa?. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 133-155.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 133-155
Resumen: Las únicas voces reconocidas en el Código Civil peruano son: el daño a la persona, entendido como la lesión a los derechos existenciales o no patrimoniales de las personas y el daño moral considerado como el dolor, el sufrimiento, la pena, la aflicción. En el caso concreto de los reclamos de indemnización, se podrían presentar ambas voces de daño (daños moral y daño a la persona). La carga de la prueba de los daños, sean contractuales o extracontractuales corresponden a quien los invoca, así como la relación de causalidad entre el hecho y el daño (jurídicamente relevante). A efectos de delimitar la línea de frontera que hace que un daño sea considerado como jurídicamente relevante, hay que establecer estandars mínimos. Para estimar el daño no patrimonial se debe partir de la premisa que los daños invocados deben ser acreditados. En materia de responsabilidad civil, el daño resarcible no es por cualquier sufrimiento o cualquier lesión, sino aquel que resulta ser jurídicamente relevante, a efectos de una indemnización. Se deben tener presentes dos momentos: el evento y la consecuencia. Nota de contenido: La delimitación del contenido de las voces del daño del auxilio de la actual experiencia jurídica francesa: el Rapport Dintilhac. -- La distinción entre daño moral y el daño a la persona en la experiencia jurídica nacional. -- ¿Es suficiente invocar (y no probar) la existencia de daños no patrimoniales que den lugar al pago de una indemnización? -- ¿A quién corresponde la carga de la prueba de la existencia del daño no patrimonial, y de ser el caso, del cumplimiento del estándar para hacerlo indemnizable? -- ¿Cuál es el criterio que debe aplicarse para estimar el daño no patrimonial? -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26067 El principio de acceso al consumo sustentable y deber de información en las relaciones de consumo. (A propósito del nuevo Código Civil y Comercial Argentino) / Lorena González Rodríguez en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : El principio de acceso al consumo sustentable y deber de información en las relaciones de consumo. (A propósito del nuevo Código Civil y Comercial Argentino) Tipo de documento: texto impreso Autores: Lorena González Rodríguez, Autor ; Tolosa, Pamela, Autor ; Mancini, María Teresa, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 157-176 Idioma : Español (spa) Nota de contenido: Introducción. -- Aproximación al concepto de consumo sustentable. -- El principio de acceso al consumo sustentable en el CCC. -- Deber de información y consumo sustentable. -- Algunos aportes de la economía del comportamiento en relación a sesgos de percepción. -- Reflexiones finales. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26069
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 157-176[artículo] El principio de acceso al consumo sustentable y deber de información en las relaciones de consumo. (A propósito del nuevo Código Civil y Comercial Argentino) [texto impreso] / Lorena González Rodríguez, Autor ; Tolosa, Pamela, Autor ; Mancini, María Teresa, Autor . - 2015 . - p. 157-176.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 157-176
Nota de contenido: Introducción. -- Aproximación al concepto de consumo sustentable. -- El principio de acceso al consumo sustentable en el CCC. -- Deber de información y consumo sustentable. -- Algunos aportes de la economía del comportamiento en relación a sesgos de percepción. -- Reflexiones finales. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26069 [artículo] González Rodríguez, Lorena (2015). El principio de acceso al consumo sustentable y deber de información en las relaciones de consumo. (A propósito del nuevo Código Civil y Comercial Argentino). Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 157-176.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 157-176
Nota de contenido: Introducción. -- Aproximación al concepto de consumo sustentable. -- El principio de acceso al consumo sustentable en el CCC. -- Deber de información y consumo sustentable. -- Algunos aportes de la economía del comportamiento en relación a sesgos de percepción. -- Reflexiones finales. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26069 El Estado de necesidad como causal de justificación de derecho privado. Ensayo de una genealogía / Ian Henríquez Herrera en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : El Estado de necesidad como causal de justificación de derecho privado. Ensayo de una genealogía Tipo de documento: texto impreso Autores: Ian Henríquez Herrera, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 177-192 Idioma : Español (spa) Resumen: El presente trabajo intenta colectar fuentes del estado de necesidad en el derecho privado, mostrando su tránsito desde el casus particular del derecho de los juristas, pasando por su formulación como regulae juris entre los canonistas y su tipificación en el derecho castellano medieval, para luego alcanzar su denominación actual en el lenguaje de los iusnaturalistas racionalistas y su incorporación en la segunda corriente codificadora. Además, el estudio revisa un caso específico, conocido como la tabla de Carnéades. Finalmente, se ensayan algunas proyecciones en responsabilidad contractual. Nota de contenido: Introducción. -- El estado de necesidad en las fuentes textuales. -- El estado de necesidad en las fuentes doctrinales. -- El estado de necesidad en la codificación. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26083
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 177-192[artículo] El Estado de necesidad como causal de justificación de derecho privado. Ensayo de una genealogía [texto impreso] / Ian Henríquez Herrera, Autor . - 2015 . - p. 177-192.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 177-192
Resumen: El presente trabajo intenta colectar fuentes del estado de necesidad en el derecho privado, mostrando su tránsito desde el casus particular del derecho de los juristas, pasando por su formulación como regulae juris entre los canonistas y su tipificación en el derecho castellano medieval, para luego alcanzar su denominación actual en el lenguaje de los iusnaturalistas racionalistas y su incorporación en la segunda corriente codificadora. Además, el estudio revisa un caso específico, conocido como la tabla de Carnéades. Finalmente, se ensayan algunas proyecciones en responsabilidad contractual. Nota de contenido: Introducción. -- El estado de necesidad en las fuentes textuales. -- El estado de necesidad en las fuentes doctrinales. -- El estado de necesidad en la codificación. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26083 [artículo] Henríquez Herrera, Ian (2015). El Estado de necesidad como causal de justificación de derecho privado. Ensayo de una genealogía. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 177-192.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 177-192
Resumen: El presente trabajo intenta colectar fuentes del estado de necesidad en el derecho privado, mostrando su tránsito desde el casus particular del derecho de los juristas, pasando por su formulación como regulae juris entre los canonistas y su tipificación en el derecho castellano medieval, para luego alcanzar su denominación actual en el lenguaje de los iusnaturalistas racionalistas y su incorporación en la segunda corriente codificadora. Además, el estudio revisa un caso específico, conocido como la tabla de Carnéades. Finalmente, se ensayan algunas proyecciones en responsabilidad contractual. Nota de contenido: Introducción. -- El estado de necesidad en las fuentes textuales. -- El estado de necesidad en las fuentes doctrinales. -- El estado de necesidad en la codificación. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26083 Antijuricidad como presupuesto de la responsabilidad civil por daño ambiental. Su reformulación a partir del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación / Pablo Lorenzetti en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Antijuricidad como presupuesto de la responsabilidad civil por daño ambiental. Su reformulación a partir del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación Tipo de documento: texto impreso Autores: Pablo Lorenzetti, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 193-224 Idioma : Español (spa) Resumen: El presente trabajo se propone estudiar los perfiles de la antijuricidad -entendida como presupuesto de la responsabilidad civil- a la luz del daño ambiental. La tesis principal de este ensayo se apoya en que el Código Civil y Comercial de la Nación ha receptado un concepto de antijuricidad perfectamente utilizable para la resolución de casos vinculados a daños colectivos, el cual deberá "dialogar" con las fuentes provenientes del micro-sistema que pretenden regular los supuestos de responsabilidad civil por daño ambiental. Intentaremos entonces desarrollar una serie de ideas sobre la antijuricidad partiendo de tres fuentes jurídicas diferentes, en orden cronológico a como ellas se fueron presentando: el Código Civil de Vélez Sarsfield, la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y, finalmente, el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Luego nos dedicaremos a evaluar las particularidades que podría presentar la interpretación de las causas de justificación que regula la teoría general del Nuevo Código en relación a los daños ecológicos. Finalmente, y en forma previa a formular una serie de reflexiones conclusivas, exploraremos someramente algunos desafíos o caracteres específicos que podría predicarse respecto de la antijuricidad como presupuesto de la responsabilidad por daños en su reinterpretación bajo el prisma ambiental. Nota de contenido: Introducción. -- Antijuricidad en el Código de Vélez Sarsfield. -- Antijuricidad en la ley 25.675. -- Antijuricidad en el Código Civil y Comercial de la Nación. -- Las causas de justificación en el nuevo Código Civil y Comercial. -- Desafíos a explorar en relación a la antijuricidad como presupuesto del daño ambiental. -- Colofón. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26086
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 193-224[artículo] Antijuricidad como presupuesto de la responsabilidad civil por daño ambiental. Su reformulación a partir del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación [texto impreso] / Pablo Lorenzetti, Autor . - 2015 . - p. 193-224.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 193-224
Resumen: El presente trabajo se propone estudiar los perfiles de la antijuricidad -entendida como presupuesto de la responsabilidad civil- a la luz del daño ambiental. La tesis principal de este ensayo se apoya en que el Código Civil y Comercial de la Nación ha receptado un concepto de antijuricidad perfectamente utilizable para la resolución de casos vinculados a daños colectivos, el cual deberá "dialogar" con las fuentes provenientes del micro-sistema que pretenden regular los supuestos de responsabilidad civil por daño ambiental. Intentaremos entonces desarrollar una serie de ideas sobre la antijuricidad partiendo de tres fuentes jurídicas diferentes, en orden cronológico a como ellas se fueron presentando: el Código Civil de Vélez Sarsfield, la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y, finalmente, el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Luego nos dedicaremos a evaluar las particularidades que podría presentar la interpretación de las causas de justificación que regula la teoría general del Nuevo Código en relación a los daños ecológicos. Finalmente, y en forma previa a formular una serie de reflexiones conclusivas, exploraremos someramente algunos desafíos o caracteres específicos que podría predicarse respecto de la antijuricidad como presupuesto de la responsabilidad por daños en su reinterpretación bajo el prisma ambiental. Nota de contenido: Introducción. -- Antijuricidad en el Código de Vélez Sarsfield. -- Antijuricidad en la ley 25.675. -- Antijuricidad en el Código Civil y Comercial de la Nación. -- Las causas de justificación en el nuevo Código Civil y Comercial. -- Desafíos a explorar en relación a la antijuricidad como presupuesto del daño ambiental. -- Colofón. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26086 [artículo] Lorenzetti, Pablo (2015). Antijuricidad como presupuesto de la responsabilidad civil por daño ambiental. Su reformulación a partir del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 193-224.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 193-224
Resumen: El presente trabajo se propone estudiar los perfiles de la antijuricidad -entendida como presupuesto de la responsabilidad civil- a la luz del daño ambiental. La tesis principal de este ensayo se apoya en que el Código Civil y Comercial de la Nación ha receptado un concepto de antijuricidad perfectamente utilizable para la resolución de casos vinculados a daños colectivos, el cual deberá "dialogar" con las fuentes provenientes del micro-sistema que pretenden regular los supuestos de responsabilidad civil por daño ambiental. Intentaremos entonces desarrollar una serie de ideas sobre la antijuricidad partiendo de tres fuentes jurídicas diferentes, en orden cronológico a como ellas se fueron presentando: el Código Civil de Vélez Sarsfield, la Ley General del Ambiente Nº 25.675 y, finalmente, el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Luego nos dedicaremos a evaluar las particularidades que podría presentar la interpretación de las causas de justificación que regula la teoría general del Nuevo Código en relación a los daños ecológicos. Finalmente, y en forma previa a formular una serie de reflexiones conclusivas, exploraremos someramente algunos desafíos o caracteres específicos que podría predicarse respecto de la antijuricidad como presupuesto de la responsabilidad por daños en su reinterpretación bajo el prisma ambiental. Nota de contenido: Introducción. -- Antijuricidad en el Código de Vélez Sarsfield. -- Antijuricidad en la ley 25.675. -- Antijuricidad en el Código Civil y Comercial de la Nación. -- Las causas de justificación en el nuevo Código Civil y Comercial. -- Desafíos a explorar en relación a la antijuricidad como presupuesto del daño ambiental. -- Colofón. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26086 ¿Qué decir de la certidumbre jurídica ante el vértigo tecnológico? / Alvaro Machado en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : ¿Qué decir de la certidumbre jurídica ante el vértigo tecnológico? Tipo de documento: texto impreso Autores: Alvaro Machado, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 225-241 Idioma : Español (spa) Resumen: La era digital se erige a paso agigantado como una gran aldea que cada vez alberga más huéspedes de "cristal". En tal sentido, promociona sus servicios de hospedaje a través de anuncios atrayentes para el transeúnte, como lo son las redes sociales y los dispositivos electrónicos en creciente sofisticación. Hoy día se habla del auge de "internet de las cosas". Lo cierto es que, por intermedio del consentimiento informado o en ausencia de él, muchas veces la burbuja digital se entromete violentamente en la esfera privada de los usuarios, sin que éstos se reporten capaces de advertir la lesión a sus derechos fundamentales ampliamente reconocidos por la conciencia jurídica universal. Nota de contenido: Alarma por supuesta manipulación de información. -- Televisores inteligentes bajo la lupa. -- Las redes sociales y el consentimiento no informado. -- Gafas virtuales y hombres de cristal. -- La seguridad jurídica en el mundo virtual: sustento constitucional y nuevos desafíos para el Derecho del Consumo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26089
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 225-241[artículo] ¿Qué decir de la certidumbre jurídica ante el vértigo tecnológico? [texto impreso] / Alvaro Machado, Autor . - 2015 . - p. 225-241.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 225-241
Resumen: La era digital se erige a paso agigantado como una gran aldea que cada vez alberga más huéspedes de "cristal". En tal sentido, promociona sus servicios de hospedaje a través de anuncios atrayentes para el transeúnte, como lo son las redes sociales y los dispositivos electrónicos en creciente sofisticación. Hoy día se habla del auge de "internet de las cosas". Lo cierto es que, por intermedio del consentimiento informado o en ausencia de él, muchas veces la burbuja digital se entromete violentamente en la esfera privada de los usuarios, sin que éstos se reporten capaces de advertir la lesión a sus derechos fundamentales ampliamente reconocidos por la conciencia jurídica universal. Nota de contenido: Alarma por supuesta manipulación de información. -- Televisores inteligentes bajo la lupa. -- Las redes sociales y el consentimiento no informado. -- Gafas virtuales y hombres de cristal. -- La seguridad jurídica en el mundo virtual: sustento constitucional y nuevos desafíos para el Derecho del Consumo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26089 [artículo] Machado, Alvaro (2015). ¿Qué decir de la certidumbre jurídica ante el vértigo tecnológico?. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 225-241.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 225-241
Resumen: La era digital se erige a paso agigantado como una gran aldea que cada vez alberga más huéspedes de "cristal". En tal sentido, promociona sus servicios de hospedaje a través de anuncios atrayentes para el transeúnte, como lo son las redes sociales y los dispositivos electrónicos en creciente sofisticación. Hoy día se habla del auge de "internet de las cosas". Lo cierto es que, por intermedio del consentimiento informado o en ausencia de él, muchas veces la burbuja digital se entromete violentamente en la esfera privada de los usuarios, sin que éstos se reporten capaces de advertir la lesión a sus derechos fundamentales ampliamente reconocidos por la conciencia jurídica universal. Nota de contenido: Alarma por supuesta manipulación de información. -- Televisores inteligentes bajo la lupa. -- Las redes sociales y el consentimiento no informado. -- Gafas virtuales y hombres de cristal. -- La seguridad jurídica en el mundo virtual: sustento constitucional y nuevos desafíos para el Derecho del Consumo. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26089 Los conceptos de consumidor, proveedor y relación de consumo en el derecho uruguayo / Andrés Mariño López en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Los conceptos de consumidor, proveedor y relación de consumo en el derecho uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Andrés Mariño López, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 243-258 Idioma : Español (spa) Resumen: Los conceptos de consumidor o usuario, proveedor y relación de consumo definen el ámbito de aplicación de las normas de derecho del consumo. La ley uruguaya de defensa del consumidor contiene definiciones de dichos conceptos, las cuales es necesario estudiar para determinar con precisión el ámbito al cual se aplica su regulación. La problemática se planta en situaciones de difícil resolución, como el denominado consumo empresarial y la posición de los sujetos que no adquieren ni utilizan los productos o servicios pero son afectados por una relación de consumo. Nota de contenido: Introducción. -- La relación de consumo. -- El concepto de proveedor. -- El concepto de consumidor. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26091
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 243-258[artículo] Los conceptos de consumidor, proveedor y relación de consumo en el derecho uruguayo [texto impreso] / Andrés Mariño López, Autor . - 2015 . - p. 243-258.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 243-258
Resumen: Los conceptos de consumidor o usuario, proveedor y relación de consumo definen el ámbito de aplicación de las normas de derecho del consumo. La ley uruguaya de defensa del consumidor contiene definiciones de dichos conceptos, las cuales es necesario estudiar para determinar con precisión el ámbito al cual se aplica su regulación. La problemática se planta en situaciones de difícil resolución, como el denominado consumo empresarial y la posición de los sujetos que no adquieren ni utilizan los productos o servicios pero son afectados por una relación de consumo. Nota de contenido: Introducción. -- La relación de consumo. -- El concepto de proveedor. -- El concepto de consumidor. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26091 [artículo] Mariño López, Andrés (2015). Los conceptos de consumidor, proveedor y relación de consumo en el derecho uruguayo. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 243-258.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 243-258
Resumen: Los conceptos de consumidor o usuario, proveedor y relación de consumo definen el ámbito de aplicación de las normas de derecho del consumo. La ley uruguaya de defensa del consumidor contiene definiciones de dichos conceptos, las cuales es necesario estudiar para determinar con precisión el ámbito al cual se aplica su regulación. La problemática se planta en situaciones de difícil resolución, como el denominado consumo empresarial y la posición de los sujetos que no adquieren ni utilizan los productos o servicios pero son afectados por una relación de consumo. Nota de contenido: Introducción. -- La relación de consumo. -- El concepto de proveedor. -- El concepto de consumidor. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26091 La prescripción de las acciones derivadas del Seguro Obligatorio Automotor en Uruguay - Ley 18.412 / Juan José Martínez Mercadal en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : La prescripción de las acciones derivadas del Seguro Obligatorio Automotor en Uruguay - Ley 18.412 Tipo de documento: texto impreso Autores: Juan José Martínez Mercadal, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 259-282 Idioma : Español (spa) Resumen: El paso del tiempo ha sido objeto de consideración desde siempre por el legislador ya sea para adquirir o extinguir derechos. En el presente trabajo procuramos desentrañar los plazos de prescripción de los derechos y acciones derivados de la ley de seguro obligatorio automotor número 18.412. La acción directa, la acción subrogatoria y la acción de repetición son las tres acciones previstas a texto expreso por el legislador en la ley 18.412, y solo se regula el plazo de prescripción de la acción de la víctima o sus causahabientes respecto del asegurador (acción directa). La acción subrogatoria no presenta particularidades respecto al régimen general previsto en los seguros de responsabilidad automotor por mayor cuantía y seguros de daños; mientras que la acción de repetición somete al intérprete a un ejercicio intelectual interesante, en dónde la solución sobre cuál es el plazo de prescripción debe de buscarse en desentrañar la naturaleza de los institutos y las causa-fuentes de las obligaciones en ellos previstas. Nota de contenido: Introducción: SOA y Responsabilidad Civil. -- La prescripción extintiva o liberatoria. -- Los derechos y acciones derivados de la Ley de Seguro Automotor objeto de ser extinguidos por prescripción. -- Prescripción de la acción directa contra la aseguradora (Art. 14, Ley 18.412). -- Prescripción de la acción subrogatoria. -- Prescripciń de la acción de repetición. -- El principio general de prescripción en materia de seguros, ¿deroga la ley 18.412 el plazo de prescripción del art. 1021 del Código de Comercio? -- Inaplicabilidad de las normas del consumidor. -- Proyecto de ley de seguros. -- Ley 18.243 modificativa de la carta orgánica del Banco de Seguros del Estado. -- Reflexión final: la importancia de la naturaleza jurídica de los institutos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26093
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 259-282[artículo] La prescripción de las acciones derivadas del Seguro Obligatorio Automotor en Uruguay - Ley 18.412 [texto impreso] / Juan José Martínez Mercadal, Autor . - 2015 . - p. 259-282.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 259-282
Resumen: El paso del tiempo ha sido objeto de consideración desde siempre por el legislador ya sea para adquirir o extinguir derechos. En el presente trabajo procuramos desentrañar los plazos de prescripción de los derechos y acciones derivados de la ley de seguro obligatorio automotor número 18.412. La acción directa, la acción subrogatoria y la acción de repetición son las tres acciones previstas a texto expreso por el legislador en la ley 18.412, y solo se regula el plazo de prescripción de la acción de la víctima o sus causahabientes respecto del asegurador (acción directa). La acción subrogatoria no presenta particularidades respecto al régimen general previsto en los seguros de responsabilidad automotor por mayor cuantía y seguros de daños; mientras que la acción de repetición somete al intérprete a un ejercicio intelectual interesante, en dónde la solución sobre cuál es el plazo de prescripción debe de buscarse en desentrañar la naturaleza de los institutos y las causa-fuentes de las obligaciones en ellos previstas. Nota de contenido: Introducción: SOA y Responsabilidad Civil. -- La prescripción extintiva o liberatoria. -- Los derechos y acciones derivados de la Ley de Seguro Automotor objeto de ser extinguidos por prescripción. -- Prescripción de la acción directa contra la aseguradora (Art. 14, Ley 18.412). -- Prescripción de la acción subrogatoria. -- Prescripciń de la acción de repetición. -- El principio general de prescripción en materia de seguros, ¿deroga la ley 18.412 el plazo de prescripción del art. 1021 del Código de Comercio? -- Inaplicabilidad de las normas del consumidor. -- Proyecto de ley de seguros. -- Ley 18.243 modificativa de la carta orgánica del Banco de Seguros del Estado. -- Reflexión final: la importancia de la naturaleza jurídica de los institutos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26093 [artículo] Martínez Mercadal, Juan José (2015). La prescripción de las acciones derivadas del Seguro Obligatorio Automotor en Uruguay - Ley 18.412. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 259-282.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 259-282
Resumen: El paso del tiempo ha sido objeto de consideración desde siempre por el legislador ya sea para adquirir o extinguir derechos. En el presente trabajo procuramos desentrañar los plazos de prescripción de los derechos y acciones derivados de la ley de seguro obligatorio automotor número 18.412. La acción directa, la acción subrogatoria y la acción de repetición son las tres acciones previstas a texto expreso por el legislador en la ley 18.412, y solo se regula el plazo de prescripción de la acción de la víctima o sus causahabientes respecto del asegurador (acción directa). La acción subrogatoria no presenta particularidades respecto al régimen general previsto en los seguros de responsabilidad automotor por mayor cuantía y seguros de daños; mientras que la acción de repetición somete al intérprete a un ejercicio intelectual interesante, en dónde la solución sobre cuál es el plazo de prescripción debe de buscarse en desentrañar la naturaleza de los institutos y las causa-fuentes de las obligaciones en ellos previstas. Nota de contenido: Introducción: SOA y Responsabilidad Civil. -- La prescripción extintiva o liberatoria. -- Los derechos y acciones derivados de la Ley de Seguro Automotor objeto de ser extinguidos por prescripción. -- Prescripción de la acción directa contra la aseguradora (Art. 14, Ley 18.412). -- Prescripción de la acción subrogatoria. -- Prescripciń de la acción de repetición. -- El principio general de prescripción en materia de seguros, ¿deroga la ley 18.412 el plazo de prescripción del art. 1021 del Código de Comercio? -- Inaplicabilidad de las normas del consumidor. -- Proyecto de ley de seguros. -- Ley 18.243 modificativa de la carta orgánica del Banco de Seguros del Estado. -- Reflexión final: la importancia de la naturaleza jurídica de los institutos. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26093 La competencia desleal en latinoamérica / Molina Sandoval, Carlos en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : La competencia desleal en latinoamérica Tipo de documento: texto impreso Autores: Molina Sandoval, Carlos, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 283-313 Idioma : Español (spa) Resumen: Para determinar si hay deslealtad debe evaluarse concretamente si el acto es contrario "a los usos honrados en materia industrial o comercial" (art.10 bis, convenio de París, vigente en todos los países de latinoamerica), "a la buena fe comercial, al normal desenvolvimiento de actividades económicas y, en general, a las normas de corrección que deben regir en las actividades económicas (art. 6, Ley de Competencia Desleal de Perú) o "a las sanas costumbres mercantiles" (Art. 7, Ley de Colombia). La falta de una ley especial de competencia desleal en Argentina ha permitido a la jurisprudencia sentenciar que si bien no hay un cuerpo legal orgánico que se refiera a los actos de competencia desleal; hay normas directamente aplicables y específicamente referidas a la competencia desleal, algunas provienen del derecho interno, otras del Derecho Internacional adoptadas. Analizaremos en el presente trabajo la determinación de la conducta comercial calificable como competencia desleal, los test para su evaluación y los sistemas de responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- El régimen legal argentino en materia de competencia desleal. -- El régimen legal ecuatoriano en materia de competencia desleal. -- Test de legitimidad de la conducta. -- Tipos de competencia desleal. -- Desorganización interna del competidor. -- Diferencia entre competencia desleal y defensa de la competencia. -- Consecuencias jurídicas. -- La responsabilidad por competencia desleal en América Latina. -- La acción de responsabilidad. -- Principios que justifican de responsabilidad. -- Requisitos configurativos de la responsabilidad civil por competencia desleal. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26098
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 283-313[artículo] La competencia desleal en latinoamérica [texto impreso] / Molina Sandoval, Carlos, Autor . - 2015 . - p. 283-313.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 283-313
Resumen: Para determinar si hay deslealtad debe evaluarse concretamente si el acto es contrario "a los usos honrados en materia industrial o comercial" (art.10 bis, convenio de París, vigente en todos los países de latinoamerica), "a la buena fe comercial, al normal desenvolvimiento de actividades económicas y, en general, a las normas de corrección que deben regir en las actividades económicas (art. 6, Ley de Competencia Desleal de Perú) o "a las sanas costumbres mercantiles" (Art. 7, Ley de Colombia). La falta de una ley especial de competencia desleal en Argentina ha permitido a la jurisprudencia sentenciar que si bien no hay un cuerpo legal orgánico que se refiera a los actos de competencia desleal; hay normas directamente aplicables y específicamente referidas a la competencia desleal, algunas provienen del derecho interno, otras del Derecho Internacional adoptadas. Analizaremos en el presente trabajo la determinación de la conducta comercial calificable como competencia desleal, los test para su evaluación y los sistemas de responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- El régimen legal argentino en materia de competencia desleal. -- El régimen legal ecuatoriano en materia de competencia desleal. -- Test de legitimidad de la conducta. -- Tipos de competencia desleal. -- Desorganización interna del competidor. -- Diferencia entre competencia desleal y defensa de la competencia. -- Consecuencias jurídicas. -- La responsabilidad por competencia desleal en América Latina. -- La acción de responsabilidad. -- Principios que justifican de responsabilidad. -- Requisitos configurativos de la responsabilidad civil por competencia desleal. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26098 [artículo] Molina Sandoval, Carlos (2015). La competencia desleal en latinoamérica. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 283-313.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 283-313
Resumen: Para determinar si hay deslealtad debe evaluarse concretamente si el acto es contrario "a los usos honrados en materia industrial o comercial" (art.10 bis, convenio de París, vigente en todos los países de latinoamerica), "a la buena fe comercial, al normal desenvolvimiento de actividades económicas y, en general, a las normas de corrección que deben regir en las actividades económicas (art. 6, Ley de Competencia Desleal de Perú) o "a las sanas costumbres mercantiles" (Art. 7, Ley de Colombia). La falta de una ley especial de competencia desleal en Argentina ha permitido a la jurisprudencia sentenciar que si bien no hay un cuerpo legal orgánico que se refiera a los actos de competencia desleal; hay normas directamente aplicables y específicamente referidas a la competencia desleal, algunas provienen del derecho interno, otras del Derecho Internacional adoptadas. Analizaremos en el presente trabajo la determinación de la conducta comercial calificable como competencia desleal, los test para su evaluación y los sistemas de responsabilidad. Nota de contenido: Introducción. -- El régimen legal argentino en materia de competencia desleal. -- El régimen legal ecuatoriano en materia de competencia desleal. -- Test de legitimidad de la conducta. -- Tipos de competencia desleal. -- Desorganización interna del competidor. -- Diferencia entre competencia desleal y defensa de la competencia. -- Consecuencias jurídicas. -- La responsabilidad por competencia desleal en América Latina. -- La acción de responsabilidad. -- Principios que justifican de responsabilidad. -- Requisitos configurativos de la responsabilidad civil por competencia desleal. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26098 No discriminación por razón de sexo y derecho europeo de contratos / Susana Navas Navarro en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : No discriminación por razón de sexo y derecho europeo de contratos Tipo de documento: texto impreso Autores: Susana Navas Navarro, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 315-402 Idioma : Español (spa) Resumen: El presente trabajo estudia la aplicación del principio de no discriminación por razón de sexo en el derecho contractual y, especialmente, en el derecho europeo, en el que destaca la directiva 2004/13/CE como la norma clave en esta materia. Además, debe hacerse mención del soft law, los principios acquis y el marco común de referencia que siguen la senda trazada por la regla comunitaria. Se analizan los remedios jurídicos que, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tiene la parte discriminada a su alcance para que se repare el daño que se le puede haber ocasionado. Nota de contenido: Introducción. -- Dimensión europea de la prohibición de discriminar. -- Ámbito de aplicación de la Directiva 2004/13/CE, principios acquis y marco común de referencia. -- Conductas discriminatorias en la Directiva 2004/113/CE, en los principios acquis y en el marco común de referencia. -- Medidas en caso de discriminación por razón de sexo en el derecho contractual europeo. Necesaria referencia al derecho español. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26107
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 315-402[artículo] No discriminación por razón de sexo y derecho europeo de contratos [texto impreso] / Susana Navas Navarro, Autor . - 2015 . - p. 315-402.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 315-402
Resumen: El presente trabajo estudia la aplicación del principio de no discriminación por razón de sexo en el derecho contractual y, especialmente, en el derecho europeo, en el que destaca la directiva 2004/13/CE como la norma clave en esta materia. Además, debe hacerse mención del soft law, los principios acquis y el marco común de referencia que siguen la senda trazada por la regla comunitaria. Se analizan los remedios jurídicos que, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tiene la parte discriminada a su alcance para que se repare el daño que se le puede haber ocasionado. Nota de contenido: Introducción. -- Dimensión europea de la prohibición de discriminar. -- Ámbito de aplicación de la Directiva 2004/13/CE, principios acquis y marco común de referencia. -- Conductas discriminatorias en la Directiva 2004/113/CE, en los principios acquis y en el marco común de referencia. -- Medidas en caso de discriminación por razón de sexo en el derecho contractual europeo. Necesaria referencia al derecho español. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26107 [artículo] Navas Navarro, Susana (2015). No discriminación por razón de sexo y derecho europeo de contratos. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 315-402.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 315-402
Resumen: El presente trabajo estudia la aplicación del principio de no discriminación por razón de sexo en el derecho contractual y, especialmente, en el derecho europeo, en el que destaca la directiva 2004/13/CE como la norma clave en esta materia. Además, debe hacerse mención del soft law, los principios acquis y el marco común de referencia que siguen la senda trazada por la regla comunitaria. Se analizan los remedios jurídicos que, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, tiene la parte discriminada a su alcance para que se repare el daño que se le puede haber ocasionado. Nota de contenido: Introducción. -- Dimensión europea de la prohibición de discriminar. -- Ámbito de aplicación de la Directiva 2004/13/CE, principios acquis y marco común de referencia. -- Conductas discriminatorias en la Directiva 2004/113/CE, en los principios acquis y en el marco común de referencia. -- Medidas en caso de discriminación por razón de sexo en el derecho contractual europeo. Necesaria referencia al derecho español. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26107 Aspectos sustanciales del derecho de respuesta / José Luis Nicola Trías en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Aspectos sustanciales del derecho de respuesta Tipo de documento: texto impreso Autores: José Luis Nicola Trías, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 403-417 Idioma : Español (spa) Resumen: El derecho de respuesta constituye una garantía de la libertad de expresión que opera en defensa de los derechos personalísimos. En el plano nacional e internacional existe una regulación expresa del instituto cuya aplicación ha venido en aumento ante el avance de la ciencia y la tecnología las que han permitido un incremento considerable de difusión de información. El presente estudio ingresa en aspectos sustanciales de la figura, observando la Convención Americana de Derechos Humanos y la llamada Ley de Prensa Nº16.099, tratando la delimitación conceptual, el alcance, el contenido y los límites del mencionado derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Delimitación conceptual del derecho de respuesta y supuestos que ameritan su aplicación. -- Derecho de respuesta, libertad de expresión y límites basados en el abuso de derecho. -- Alcance, contenido y características del derecho de respuesta. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26109
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 403-417[artículo] Aspectos sustanciales del derecho de respuesta [texto impreso] / José Luis Nicola Trías, Autor . - 2015 . - p. 403-417.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 403-417
Resumen: El derecho de respuesta constituye una garantía de la libertad de expresión que opera en defensa de los derechos personalísimos. En el plano nacional e internacional existe una regulación expresa del instituto cuya aplicación ha venido en aumento ante el avance de la ciencia y la tecnología las que han permitido un incremento considerable de difusión de información. El presente estudio ingresa en aspectos sustanciales de la figura, observando la Convención Americana de Derechos Humanos y la llamada Ley de Prensa Nº16.099, tratando la delimitación conceptual, el alcance, el contenido y los límites del mencionado derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Delimitación conceptual del derecho de respuesta y supuestos que ameritan su aplicación. -- Derecho de respuesta, libertad de expresión y límites basados en el abuso de derecho. -- Alcance, contenido y características del derecho de respuesta. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26109 [artículo] Nicola Trías, José Luis (2015). Aspectos sustanciales del derecho de respuesta. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 403-417.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 403-417
Resumen: El derecho de respuesta constituye una garantía de la libertad de expresión que opera en defensa de los derechos personalísimos. En el plano nacional e internacional existe una regulación expresa del instituto cuya aplicación ha venido en aumento ante el avance de la ciencia y la tecnología las que han permitido un incremento considerable de difusión de información. El presente estudio ingresa en aspectos sustanciales de la figura, observando la Convención Americana de Derechos Humanos y la llamada Ley de Prensa Nº16.099, tratando la delimitación conceptual, el alcance, el contenido y los límites del mencionado derecho. Nota de contenido: Introducción. -- Delimitación conceptual del derecho de respuesta y supuestos que ameritan su aplicación. -- Derecho de respuesta, libertad de expresión y límites basados en el abuso de derecho. -- Alcance, contenido y características del derecho de respuesta. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26109 Requiem para la obligación de seguridad en el derecho común / Sebastián Picasso en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Requiem para la obligación de seguridad en el derecho común Tipo de documento: texto impreso Autores: Sebastián Picasso, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 419-452 Idioma : Español (spa) Resumen: La obligación de seguridad ha tenido un gran arraigo en la doctrina y jurisprudencia argentinas y ha sido expandida fuera de su ámbito contractual originario hacia esferas precontractuales y poscontractuales. Sin embargo, ésta ha sido excluida del Nuevo Código Civil y Comercial. En el presente trabajo se analiza su orgien, su evolución y su estado actual. En los orígenes jurisprudenciales de este tipo de obligación, la contractualización de la seguridad importó emplazar en la esfera del contrato un equivalente del deber general de no dañar, aunque circunscrito a las partes contratantes. En el derecho argentino pueden identificarse tres grandes etapas en el desarrollo de la obligación de seguridad. En la primera, apareció como una creación fundamentalmente pretoriana. A partir de la Ley de Defensa del Consumidor (1993) y la reforma del art. 42 de la Constitución Nacional (1994), se caracterizó por su regulación legal expresa como una obligación de resultado presente en todas las relaciones de consumo. Ahora, el nuevo Código Civil y Comercial da lugar una tercera etapa que implica simplemente extraer todas las consecuencias de la regulación de la obligación de seguridad en el derecho del consumo y de la unificación de la responsabilidad contractual y extracontractual en el derecho común. En consecuencia, la obligación de seguridad desaparece del derecho común y se traslada definitivamente al derecho del consumo. Nota de contenido: Introducción. -- El régimen pretoriano de la obligación "tácita" de seguridad. -- La positivización de la obligación de seguridad en el derecho del consumo. -- El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y la desaparición de la obligación de seguridad del derecho común. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26117
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 419-452[artículo] Requiem para la obligación de seguridad en el derecho común [texto impreso] / Sebastián Picasso, Autor . - 2015 . - p. 419-452.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 419-452
Resumen: La obligación de seguridad ha tenido un gran arraigo en la doctrina y jurisprudencia argentinas y ha sido expandida fuera de su ámbito contractual originario hacia esferas precontractuales y poscontractuales. Sin embargo, ésta ha sido excluida del Nuevo Código Civil y Comercial. En el presente trabajo se analiza su orgien, su evolución y su estado actual. En los orígenes jurisprudenciales de este tipo de obligación, la contractualización de la seguridad importó emplazar en la esfera del contrato un equivalente del deber general de no dañar, aunque circunscrito a las partes contratantes. En el derecho argentino pueden identificarse tres grandes etapas en el desarrollo de la obligación de seguridad. En la primera, apareció como una creación fundamentalmente pretoriana. A partir de la Ley de Defensa del Consumidor (1993) y la reforma del art. 42 de la Constitución Nacional (1994), se caracterizó por su regulación legal expresa como una obligación de resultado presente en todas las relaciones de consumo. Ahora, el nuevo Código Civil y Comercial da lugar una tercera etapa que implica simplemente extraer todas las consecuencias de la regulación de la obligación de seguridad en el derecho del consumo y de la unificación de la responsabilidad contractual y extracontractual en el derecho común. En consecuencia, la obligación de seguridad desaparece del derecho común y se traslada definitivamente al derecho del consumo. Nota de contenido: Introducción. -- El régimen pretoriano de la obligación "tácita" de seguridad. -- La positivización de la obligación de seguridad en el derecho del consumo. -- El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y la desaparición de la obligación de seguridad del derecho común. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26117 [artículo] Picasso, Sebastián (2015). Requiem para la obligación de seguridad en el derecho común. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 419-452.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 419-452
Resumen: La obligación de seguridad ha tenido un gran arraigo en la doctrina y jurisprudencia argentinas y ha sido expandida fuera de su ámbito contractual originario hacia esferas precontractuales y poscontractuales. Sin embargo, ésta ha sido excluida del Nuevo Código Civil y Comercial. En el presente trabajo se analiza su orgien, su evolución y su estado actual. En los orígenes jurisprudenciales de este tipo de obligación, la contractualización de la seguridad importó emplazar en la esfera del contrato un equivalente del deber general de no dañar, aunque circunscrito a las partes contratantes. En el derecho argentino pueden identificarse tres grandes etapas en el desarrollo de la obligación de seguridad. En la primera, apareció como una creación fundamentalmente pretoriana. A partir de la Ley de Defensa del Consumidor (1993) y la reforma del art. 42 de la Constitución Nacional (1994), se caracterizó por su regulación legal expresa como una obligación de resultado presente en todas las relaciones de consumo. Ahora, el nuevo Código Civil y Comercial da lugar una tercera etapa que implica simplemente extraer todas las consecuencias de la regulación de la obligación de seguridad en el derecho del consumo y de la unificación de la responsabilidad contractual y extracontractual en el derecho común. En consecuencia, la obligación de seguridad desaparece del derecho común y se traslada definitivamente al derecho del consumo. Nota de contenido: Introducción. -- El régimen pretoriano de la obligación "tácita" de seguridad. -- La positivización de la obligación de seguridad en el derecho del consumo. -- El nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y la desaparición de la obligación de seguridad del derecho común. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26117 Prescripción en daños continuados / Rapetti, Betina en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Prescripción en daños continuados Tipo de documento: texto impreso Autores: Rapetti, Betina, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 453-476 Idioma : Español (spa) Resumen: El derecho de daños ha sufrido en los últimos cuarenta años, una mutación casi constante debido a la aparición de nuevos derechos, de nuevos bienes jurídicos tendientes a ser protegidos. Aparecen también de funciones nuevas como la función preventiva que actúa básicamente ante un daño cierto o la precautoria, que toma relevancia luego de la reforma constitucional de 1994 con la aparición del art. 41 y mas tarde con la Ley General del Ambiente. El cambio de visión ha dado giro de ciento ochenta grados. El derecho de daños de ser meramente resarcitorio pasa a convertirse en preventivo, anticipatorio. Se ha dejado de lado a la culpa como foco principal y eje de la responsabilidad civil. Aparece cada vez con más fuerza la responsabilidad objetiva debido a los riesgos que se introducen con los avances tecnológicos. Se pone atención el quien sufre el daño más que en el agente dañador y las múltiples fuentes causantes del daño. En Argentina, con la reforma constitucional del año 1994 se introducen dos artículos revolucionarios el 41 y el 42. El primero de ellos introduce el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano y el deber de preservarlo para las generaciones futuras y el segundo introduce el derecho de los usuarios y consumidores por productos elaborados o defectuosos. Enunciado de esta forma no parecen tan poderosos, pero lo son, porque han generado en el sistema jurídico, lo que la doctrina llama microsistemas. Creemos que como microsistemas deben tener un tratamiento distinto dada la continuidad de los daños, o su progresividad, que entre otras cuestiones plantea el problema de determinar la prescripción de las acciones. Este trabajo los llevará por un recorrido conceptual sobre el instituto de la prescripción y su naturaleza. Los daños continuados y su existencia en el Código Civil de Vélez en el art. 2618, pero su arraigo definitivo sobre todo dentro del microsistema ambiental. Nota de contenido: Daños continuados. Acercamiento conceptual. -- Prescripción. Generalidades. -- Prescripción y daños continuados. -- Daño ambiental y prescripción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26119
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 453-476[artículo] Prescripción en daños continuados [texto impreso] / Rapetti, Betina, Autor . - 2015 . - p. 453-476.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 453-476
Resumen: El derecho de daños ha sufrido en los últimos cuarenta años, una mutación casi constante debido a la aparición de nuevos derechos, de nuevos bienes jurídicos tendientes a ser protegidos. Aparecen también de funciones nuevas como la función preventiva que actúa básicamente ante un daño cierto o la precautoria, que toma relevancia luego de la reforma constitucional de 1994 con la aparición del art. 41 y mas tarde con la Ley General del Ambiente. El cambio de visión ha dado giro de ciento ochenta grados. El derecho de daños de ser meramente resarcitorio pasa a convertirse en preventivo, anticipatorio. Se ha dejado de lado a la culpa como foco principal y eje de la responsabilidad civil. Aparece cada vez con más fuerza la responsabilidad objetiva debido a los riesgos que se introducen con los avances tecnológicos. Se pone atención el quien sufre el daño más que en el agente dañador y las múltiples fuentes causantes del daño. En Argentina, con la reforma constitucional del año 1994 se introducen dos artículos revolucionarios el 41 y el 42. El primero de ellos introduce el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano y el deber de preservarlo para las generaciones futuras y el segundo introduce el derecho de los usuarios y consumidores por productos elaborados o defectuosos. Enunciado de esta forma no parecen tan poderosos, pero lo son, porque han generado en el sistema jurídico, lo que la doctrina llama microsistemas. Creemos que como microsistemas deben tener un tratamiento distinto dada la continuidad de los daños, o su progresividad, que entre otras cuestiones plantea el problema de determinar la prescripción de las acciones. Este trabajo los llevará por un recorrido conceptual sobre el instituto de la prescripción y su naturaleza. Los daños continuados y su existencia en el Código Civil de Vélez en el art. 2618, pero su arraigo definitivo sobre todo dentro del microsistema ambiental. Nota de contenido: Daños continuados. Acercamiento conceptual. -- Prescripción. Generalidades. -- Prescripción y daños continuados. -- Daño ambiental y prescripción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26119 [artículo] Rapetti, Betina (2015). Prescripción en daños continuados. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 453-476.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 453-476
Resumen: El derecho de daños ha sufrido en los últimos cuarenta años, una mutación casi constante debido a la aparición de nuevos derechos, de nuevos bienes jurídicos tendientes a ser protegidos. Aparecen también de funciones nuevas como la función preventiva que actúa básicamente ante un daño cierto o la precautoria, que toma relevancia luego de la reforma constitucional de 1994 con la aparición del art. 41 y mas tarde con la Ley General del Ambiente. El cambio de visión ha dado giro de ciento ochenta grados. El derecho de daños de ser meramente resarcitorio pasa a convertirse en preventivo, anticipatorio. Se ha dejado de lado a la culpa como foco principal y eje de la responsabilidad civil. Aparece cada vez con más fuerza la responsabilidad objetiva debido a los riesgos que se introducen con los avances tecnológicos. Se pone atención el quien sufre el daño más que en el agente dañador y las múltiples fuentes causantes del daño. En Argentina, con la reforma constitucional del año 1994 se introducen dos artículos revolucionarios el 41 y el 42. El primero de ellos introduce el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano y el deber de preservarlo para las generaciones futuras y el segundo introduce el derecho de los usuarios y consumidores por productos elaborados o defectuosos. Enunciado de esta forma no parecen tan poderosos, pero lo son, porque han generado en el sistema jurídico, lo que la doctrina llama microsistemas. Creemos que como microsistemas deben tener un tratamiento distinto dada la continuidad de los daños, o su progresividad, que entre otras cuestiones plantea el problema de determinar la prescripción de las acciones. Este trabajo los llevará por un recorrido conceptual sobre el instituto de la prescripción y su naturaleza. Los daños continuados y su existencia en el Código Civil de Vélez en el art. 2618, pero su arraigo definitivo sobre todo dentro del microsistema ambiental. Nota de contenido: Daños continuados. Acercamiento conceptual. -- Prescripción. Generalidades. -- Prescripción y daños continuados. -- Daño ambiental y prescripción. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26119 El alimento como concepto complejo / Reyna, Carlos Alberto en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : El alimento como concepto complejo Tipo de documento: texto impreso Autores: Reyna, Carlos Alberto, Autor ; Taboga, Valeria, Autor ; Aguirre, Claudio, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 477-493 Idioma : Español (spa) Resumen: En este estudio proponemos realizar un abordaje del concepto de alimento, haciendo un contraste entre lo que llamamos el alimento-producto y el alimento-fruto, el sistema productivo representativo de cada uno, la ideología que detrás de ello se esconde, y los riesgos que cada uno trae aparejado. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto alimento. -- La conservación como paradigma de la industria. Nuevo paradigma. -- Diferencia entre fruto y producto. -- Plasticidad categórica del alimento. -- Absorción jurídica del fenómeno. -- Introducción de riesgos, expansión de la racionalidad precautoria. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26122
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 477-493[artículo] El alimento como concepto complejo [texto impreso] / Reyna, Carlos Alberto, Autor ; Taboga, Valeria, Autor ; Aguirre, Claudio, Autor . - 2015 . - p. 477-493.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 477-493
Resumen: En este estudio proponemos realizar un abordaje del concepto de alimento, haciendo un contraste entre lo que llamamos el alimento-producto y el alimento-fruto, el sistema productivo representativo de cada uno, la ideología que detrás de ello se esconde, y los riesgos que cada uno trae aparejado. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto alimento. -- La conservación como paradigma de la industria. Nuevo paradigma. -- Diferencia entre fruto y producto. -- Plasticidad categórica del alimento. -- Absorción jurídica del fenómeno. -- Introducción de riesgos, expansión de la racionalidad precautoria. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26122 [artículo] Reyna, Carlos Alberto (2015). El alimento como concepto complejo. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 477-493.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 477-493
Resumen: En este estudio proponemos realizar un abordaje del concepto de alimento, haciendo un contraste entre lo que llamamos el alimento-producto y el alimento-fruto, el sistema productivo representativo de cada uno, la ideología que detrás de ello se esconde, y los riesgos que cada uno trae aparejado. Nota de contenido: Introducción. -- Concepto alimento. -- La conservación como paradigma de la industria. Nuevo paradigma. -- Diferencia entre fruto y producto. -- Plasticidad categórica del alimento. -- Absorción jurídica del fenómeno. -- Introducción de riesgos, expansión de la racionalidad precautoria. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26122 El principio de desarrollo sostenible como principio ordenatorio para prevenir el daño / Saracho Gutiérrez, Mariana en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : El principio de desarrollo sostenible como principio ordenatorio para prevenir el daño Tipo de documento: texto impreso Autores: Saracho Gutiérrez, Mariana, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 495-514 Idioma : Español (spa) Resumen: En el presente trabajo se pretende analizar la evolución que ha tenido en el derecho internacional y nacional, el principio de desarrollo sostenible. Los Estados han ido aumentando su compromiso mediante la aceptación de documentos internacionales y la adopción de nuevos principios de derecho ambiental al derecho interno. De esta forma comienzan a expresar su intención de mantener una mirada hacia el futuro, una mirada con conciencia en que el ambiente en el que vivimos debe ser protegido para asegurar el desarrollo de futuras generaciones, y que el desarrollo de un país no puede ir en desmedro de este valor. En varios de los instrumentos internacionales que se han formulado se sugiere a los Estados la implementación de distintas herramientas. En este trabajo se hace referencia a la posibilidad de aplicar el principio de desarrollo sostenible a través de la incorporación del sistema de cálculo de huellas ecológicas. Estas permiten conocer la incidencia en el ambiente de todas y cada una de las etapas del desarrollo de una actividad cualquiera. De esta forma se analiza la relevancia actual del tema analizando la normativa vigente y proponiendo nuevas alternativas para la aplicación del principio de desarrollo sostenible. Nota de contenido: Introducción. -- Principio de desarrollo sostenible. -- La huella ecológica como instrumento para la prevención del daño y el desarrollo sostenible. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26123
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 495-514[artículo] El principio de desarrollo sostenible como principio ordenatorio para prevenir el daño [texto impreso] / Saracho Gutiérrez, Mariana, Autor . - 2015 . - p. 495-514.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 495-514
Resumen: En el presente trabajo se pretende analizar la evolución que ha tenido en el derecho internacional y nacional, el principio de desarrollo sostenible. Los Estados han ido aumentando su compromiso mediante la aceptación de documentos internacionales y la adopción de nuevos principios de derecho ambiental al derecho interno. De esta forma comienzan a expresar su intención de mantener una mirada hacia el futuro, una mirada con conciencia en que el ambiente en el que vivimos debe ser protegido para asegurar el desarrollo de futuras generaciones, y que el desarrollo de un país no puede ir en desmedro de este valor. En varios de los instrumentos internacionales que se han formulado se sugiere a los Estados la implementación de distintas herramientas. En este trabajo se hace referencia a la posibilidad de aplicar el principio de desarrollo sostenible a través de la incorporación del sistema de cálculo de huellas ecológicas. Estas permiten conocer la incidencia en el ambiente de todas y cada una de las etapas del desarrollo de una actividad cualquiera. De esta forma se analiza la relevancia actual del tema analizando la normativa vigente y proponiendo nuevas alternativas para la aplicación del principio de desarrollo sostenible. Nota de contenido: Introducción. -- Principio de desarrollo sostenible. -- La huella ecológica como instrumento para la prevención del daño y el desarrollo sostenible. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26123 [artículo] Saracho Gutiérrez, Mariana (2015). El principio de desarrollo sostenible como principio ordenatorio para prevenir el daño. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 495-514.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 495-514
Resumen: En el presente trabajo se pretende analizar la evolución que ha tenido en el derecho internacional y nacional, el principio de desarrollo sostenible. Los Estados han ido aumentando su compromiso mediante la aceptación de documentos internacionales y la adopción de nuevos principios de derecho ambiental al derecho interno. De esta forma comienzan a expresar su intención de mantener una mirada hacia el futuro, una mirada con conciencia en que el ambiente en el que vivimos debe ser protegido para asegurar el desarrollo de futuras generaciones, y que el desarrollo de un país no puede ir en desmedro de este valor. En varios de los instrumentos internacionales que se han formulado se sugiere a los Estados la implementación de distintas herramientas. En este trabajo se hace referencia a la posibilidad de aplicar el principio de desarrollo sostenible a través de la incorporación del sistema de cálculo de huellas ecológicas. Estas permiten conocer la incidencia en el ambiente de todas y cada una de las etapas del desarrollo de una actividad cualquiera. De esta forma se analiza la relevancia actual del tema analizando la normativa vigente y proponiendo nuevas alternativas para la aplicación del principio de desarrollo sostenible. Nota de contenido: Introducción. -- Principio de desarrollo sostenible. -- La huella ecológica como instrumento para la prevención del daño y el desarrollo sostenible. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26123 El daño ambiental individual / Edgardo Ignacio Saux en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : El daño ambiental individual Tipo de documento: texto impreso Autores: Edgardo Ignacio Saux, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 515-540 Idioma : Español (spa) Resumen: La expresión "daño ambiental" es ambivalente, designa el daño que recae en el patrimonio ambiental común de una colectividad y refiere también al daño que el medio ambiente ocasiona de rebote a los intereses legítimos de una persona determinada, configurando un daño particular, sea ésta patrimonial o extrapatrimonial. Estas dos manifestaciones del daño ambiental (el colectivo o puro y el individual) conllevan no sólo la dificultad de encontrar un concepto de daño ambiental que abarque y comprenda a ambas, sino que también plantea temáticas propias de legitimación y, además, pautas inherentes a la resarcibilidad que son claramente diferenciables. En su esencia e intención la ley 25.675 regula a ambos tipos o manifestaciones de daños. La legitimación para reclamar el daño ambiental individual tendrá entonces dos modalidades: la demanda singular o individualmente promovida por el damnificado directo o indirecto, o la acción que, vinculada a múltiples damnificados con perjuicios derivados de un mismo hecho, con pretensiones resarcitorias identificables y cuantificables singularmente y en tutela no de la recomposición de un bien colectivo sino de un bine individual vulnerado (su vida, su salud o sus bienes), se califica como relacionada a esos intereses o derechos individuales homogéneos y se corporiza con un proceso colectivo, en el cual hay un juzgamiento único y común de la existencia o no de responsabilidad de parte del o de los causantes del daño, y, si así se lo declarase, subsigue una determinación singularizada del resarcimiento que a cada damnificado la corresponde en derecho. Esto genera la actual problemática de los procesos colectivos, los cuales se aplican a dos tipos de reclamos: a) los vinculados a intereses individuales homogéneos, es decir los derechos subjetivos individuales unidos por una causa común; y b) los relacionados a los bienes colectivos transindividuales, en cuyo caso quienes accionan no son "dueños", sino legitimados activos extraordinarios para accionar en tutela del bien colectivo afectado. Nota de contenido: Breves anotaciones sobre el daño, y su proyección en la materia ambiental. -- El daño ambiental y su naturaleza bifronte: el daño colectivo y el individual. -- Sustento normativo de la resarcibilidad del daño ambiental individual. -- ¿Es aplicable al respecto la Ley General del Ambiente? -- Problemática procesal de su satisfacción. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26129
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 515-540[artículo] El daño ambiental individual [texto impreso] / Edgardo Ignacio Saux, Autor . - 2015 . - p. 515-540.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 515-540
Resumen: La expresión "daño ambiental" es ambivalente, designa el daño que recae en el patrimonio ambiental común de una colectividad y refiere también al daño que el medio ambiente ocasiona de rebote a los intereses legítimos de una persona determinada, configurando un daño particular, sea ésta patrimonial o extrapatrimonial. Estas dos manifestaciones del daño ambiental (el colectivo o puro y el individual) conllevan no sólo la dificultad de encontrar un concepto de daño ambiental que abarque y comprenda a ambas, sino que también plantea temáticas propias de legitimación y, además, pautas inherentes a la resarcibilidad que son claramente diferenciables. En su esencia e intención la ley 25.675 regula a ambos tipos o manifestaciones de daños. La legitimación para reclamar el daño ambiental individual tendrá entonces dos modalidades: la demanda singular o individualmente promovida por el damnificado directo o indirecto, o la acción que, vinculada a múltiples damnificados con perjuicios derivados de un mismo hecho, con pretensiones resarcitorias identificables y cuantificables singularmente y en tutela no de la recomposición de un bien colectivo sino de un bine individual vulnerado (su vida, su salud o sus bienes), se califica como relacionada a esos intereses o derechos individuales homogéneos y se corporiza con un proceso colectivo, en el cual hay un juzgamiento único y común de la existencia o no de responsabilidad de parte del o de los causantes del daño, y, si así se lo declarase, subsigue una determinación singularizada del resarcimiento que a cada damnificado la corresponde en derecho. Esto genera la actual problemática de los procesos colectivos, los cuales se aplican a dos tipos de reclamos: a) los vinculados a intereses individuales homogéneos, es decir los derechos subjetivos individuales unidos por una causa común; y b) los relacionados a los bienes colectivos transindividuales, en cuyo caso quienes accionan no son "dueños", sino legitimados activos extraordinarios para accionar en tutela del bien colectivo afectado. Nota de contenido: Breves anotaciones sobre el daño, y su proyección en la materia ambiental. -- El daño ambiental y su naturaleza bifronte: el daño colectivo y el individual. -- Sustento normativo de la resarcibilidad del daño ambiental individual. -- ¿Es aplicable al respecto la Ley General del Ambiente? -- Problemática procesal de su satisfacción. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26129 [artículo] Saux, Edgardo Ignacio (2015). El daño ambiental individual. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 515-540.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 515-540
Resumen: La expresión "daño ambiental" es ambivalente, designa el daño que recae en el patrimonio ambiental común de una colectividad y refiere también al daño que el medio ambiente ocasiona de rebote a los intereses legítimos de una persona determinada, configurando un daño particular, sea ésta patrimonial o extrapatrimonial. Estas dos manifestaciones del daño ambiental (el colectivo o puro y el individual) conllevan no sólo la dificultad de encontrar un concepto de daño ambiental que abarque y comprenda a ambas, sino que también plantea temáticas propias de legitimación y, además, pautas inherentes a la resarcibilidad que son claramente diferenciables. En su esencia e intención la ley 25.675 regula a ambos tipos o manifestaciones de daños. La legitimación para reclamar el daño ambiental individual tendrá entonces dos modalidades: la demanda singular o individualmente promovida por el damnificado directo o indirecto, o la acción que, vinculada a múltiples damnificados con perjuicios derivados de un mismo hecho, con pretensiones resarcitorias identificables y cuantificables singularmente y en tutela no de la recomposición de un bien colectivo sino de un bine individual vulnerado (su vida, su salud o sus bienes), se califica como relacionada a esos intereses o derechos individuales homogéneos y se corporiza con un proceso colectivo, en el cual hay un juzgamiento único y común de la existencia o no de responsabilidad de parte del o de los causantes del daño, y, si así se lo declarase, subsigue una determinación singularizada del resarcimiento que a cada damnificado la corresponde en derecho. Esto genera la actual problemática de los procesos colectivos, los cuales se aplican a dos tipos de reclamos: a) los vinculados a intereses individuales homogéneos, es decir los derechos subjetivos individuales unidos por una causa común; y b) los relacionados a los bienes colectivos transindividuales, en cuyo caso quienes accionan no son "dueños", sino legitimados activos extraordinarios para accionar en tutela del bien colectivo afectado. Nota de contenido: Breves anotaciones sobre el daño, y su proyección en la materia ambiental. -- El daño ambiental y su naturaleza bifronte: el daño colectivo y el individual. -- Sustento normativo de la resarcibilidad del daño ambiental individual. -- ¿Es aplicable al respecto la Ley General del Ambiente? -- Problemática procesal de su satisfacción. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26129 Responsabilidad civil por productos alimenticios en Argentina / Javier A. Toniollo, en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Responsabilidad civil por productos alimenticios en Argentina : Perfiles del régimen en la jurisprudencia local Tipo de documento: texto impreso Autores: Javier A. Toniollo,, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 541-578 Idioma : Español (spa) Resumen: Este trabajo pretende mostrar algunos indicadores jurisprudenciales de la tensión existente entre el sistema de responsabilidad civil y las expectativas de los operadores del derecho, en casos de daños provocados por productos alimenticios elaborados. Concretamente, intentamos identificar las tendencias en la jurisprudencia argentina, es decir, la utilización que hacen los tribunales de las alternativas que ofrece el ordenamiento jurídico. Para ello realizamos un estudio de casos judiciales que versan sobre responsabilidad civil por daños causados con productos alimenticios elaborados, resueltos con posterioridad a la sanción de la ley 24.240/1993. En forma preliminar, reseñamos brevemente la evolución de la normativa aplicable a los daños causados con productos elaborados en general. Luego analizamos el corpus de fallos recopilados respecto a tres ejes: a) las opciones judiciales acerca de él o los subsistemas aplicables al caso; b) la particular dificultad que existe en estos casos para la acreditación del nexo de causalidad y c) el modo en cómo se distribuye la carga de la prueba y las dificultades probatorias que presentan en estos casos. Finalmente, presentamos algunas conclusiones preliminares acerca de cómo se conceptualiza y representa el alimento en la jurisprudencia. Nota de contenido: Presentación. -- Un punto de partida: los productos elaborados en el contexto de las transformaciones de los sistemas de responsabilidad civil: la pervivencia de la tradición jurídica civil en los microsistemas. -- Las opciones normativas. -- Acerca de cómo se razona en los casos de daños causados por productos alimenticios. -- A modo de conclusión. ¿Qué es un alimento para la jurisprudencia? Sobre las consecuencias de las opciones normativas en las concepciones subyacentes. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26135
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 541-578[artículo] Responsabilidad civil por productos alimenticios en Argentina : Perfiles del régimen en la jurisprudencia local [texto impreso] / Javier A. Toniollo,, Autor . - 2015 . - p. 541-578.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 541-578
Resumen: Este trabajo pretende mostrar algunos indicadores jurisprudenciales de la tensión existente entre el sistema de responsabilidad civil y las expectativas de los operadores del derecho, en casos de daños provocados por productos alimenticios elaborados. Concretamente, intentamos identificar las tendencias en la jurisprudencia argentina, es decir, la utilización que hacen los tribunales de las alternativas que ofrece el ordenamiento jurídico. Para ello realizamos un estudio de casos judiciales que versan sobre responsabilidad civil por daños causados con productos alimenticios elaborados, resueltos con posterioridad a la sanción de la ley 24.240/1993. En forma preliminar, reseñamos brevemente la evolución de la normativa aplicable a los daños causados con productos elaborados en general. Luego analizamos el corpus de fallos recopilados respecto a tres ejes: a) las opciones judiciales acerca de él o los subsistemas aplicables al caso; b) la particular dificultad que existe en estos casos para la acreditación del nexo de causalidad y c) el modo en cómo se distribuye la carga de la prueba y las dificultades probatorias que presentan en estos casos. Finalmente, presentamos algunas conclusiones preliminares acerca de cómo se conceptualiza y representa el alimento en la jurisprudencia. Nota de contenido: Presentación. -- Un punto de partida: los productos elaborados en el contexto de las transformaciones de los sistemas de responsabilidad civil: la pervivencia de la tradición jurídica civil en los microsistemas. -- Las opciones normativas. -- Acerca de cómo se razona en los casos de daños causados por productos alimenticios. -- A modo de conclusión. ¿Qué es un alimento para la jurisprudencia? Sobre las consecuencias de las opciones normativas en las concepciones subyacentes. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26135 [artículo] Toniollo,, Javier A. (2015). Responsabilidad civil por productos alimenticios en Argentina : Perfiles del régimen en la jurisprudencia local. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 541-578.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 541-578
Resumen: Este trabajo pretende mostrar algunos indicadores jurisprudenciales de la tensión existente entre el sistema de responsabilidad civil y las expectativas de los operadores del derecho, en casos de daños provocados por productos alimenticios elaborados. Concretamente, intentamos identificar las tendencias en la jurisprudencia argentina, es decir, la utilización que hacen los tribunales de las alternativas que ofrece el ordenamiento jurídico. Para ello realizamos un estudio de casos judiciales que versan sobre responsabilidad civil por daños causados con productos alimenticios elaborados, resueltos con posterioridad a la sanción de la ley 24.240/1993. En forma preliminar, reseñamos brevemente la evolución de la normativa aplicable a los daños causados con productos elaborados en general. Luego analizamos el corpus de fallos recopilados respecto a tres ejes: a) las opciones judiciales acerca de él o los subsistemas aplicables al caso; b) la particular dificultad que existe en estos casos para la acreditación del nexo de causalidad y c) el modo en cómo se distribuye la carga de la prueba y las dificultades probatorias que presentan en estos casos. Finalmente, presentamos algunas conclusiones preliminares acerca de cómo se conceptualiza y representa el alimento en la jurisprudencia. Nota de contenido: Presentación. -- Un punto de partida: los productos elaborados en el contexto de las transformaciones de los sistemas de responsabilidad civil: la pervivencia de la tradición jurídica civil en los microsistemas. -- Las opciones normativas. -- Acerca de cómo se razona en los casos de daños causados por productos alimenticios. -- A modo de conclusión. ¿Qué es un alimento para la jurisprudencia? Sobre las consecuencias de las opciones normativas en las concepciones subyacentes. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26135 Consideraciones sobre el régimen jurídico de las sociedades anónimas deportivas en el derecho español y en el uruguayo / Segismundo Torrecillas López en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Consideraciones sobre el régimen jurídico de las sociedades anónimas deportivas en el derecho español y en el uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Segismundo Torrecillas López, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 579-666 Idioma : Español (spa) Resumen: En el trabajo se estudian las analogías y diferencias del régimen jurídico de las Sociedades Anónimas Deportivas en España y Uruguay. Se lleva a cabo un estudio pormenorizado de cada una de las especialidades que presentan las SAD, su regulación jurídica, el marco general que presentan las respectivas normativas generales, LSC de España y LSC en Uruguay. Nota de contenido: Introducción. -- Analogías y diferencias entre los dos ordenamientos. -- Especialidades en cuanto al capital social. -- Especialidades en cuanto a las acciones de las SAD. -- Especialidades en cuanto a la condición de socio accionista. -- El órgano de administración de la SAD. -- Las prohibiciones para ser administrador de una SAD. -- Procedimientos para adopción de la forma SAD. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26137
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 579-666[artículo] Consideraciones sobre el régimen jurídico de las sociedades anónimas deportivas en el derecho español y en el uruguayo [texto impreso] / Segismundo Torrecillas López, Autor . - 2015 . - p. 579-666.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 579-666
Resumen: En el trabajo se estudian las analogías y diferencias del régimen jurídico de las Sociedades Anónimas Deportivas en España y Uruguay. Se lleva a cabo un estudio pormenorizado de cada una de las especialidades que presentan las SAD, su regulación jurídica, el marco general que presentan las respectivas normativas generales, LSC de España y LSC en Uruguay. Nota de contenido: Introducción. -- Analogías y diferencias entre los dos ordenamientos. -- Especialidades en cuanto al capital social. -- Especialidades en cuanto a las acciones de las SAD. -- Especialidades en cuanto a la condición de socio accionista. -- El órgano de administración de la SAD. -- Las prohibiciones para ser administrador de una SAD. -- Procedimientos para adopción de la forma SAD. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26137 [artículo] Torrecillas López, Segismundo (2015). Consideraciones sobre el régimen jurídico de las sociedades anónimas deportivas en el derecho español y en el uruguayo. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 579-666.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 579-666
Resumen: En el trabajo se estudian las analogías y diferencias del régimen jurídico de las Sociedades Anónimas Deportivas en España y Uruguay. Se lleva a cabo un estudio pormenorizado de cada una de las especialidades que presentan las SAD, su regulación jurídica, el marco general que presentan las respectivas normativas generales, LSC de España y LSC en Uruguay. Nota de contenido: Introducción. -- Analogías y diferencias entre los dos ordenamientos. -- Especialidades en cuanto al capital social. -- Especialidades en cuanto a las acciones de las SAD. -- Especialidades en cuanto a la condición de socio accionista. -- El órgano de administración de la SAD. -- Las prohibiciones para ser administrador de una SAD. -- Procedimientos para adopción de la forma SAD. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26137 La evolución de la responsabilidad civil y el actual derecho de daños / Daniel Marcelo Zoso en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : La evolución de la responsabilidad civil y el actual derecho de daños Tipo de documento: texto impreso Autores: Daniel Marcelo Zoso, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 667-710 Idioma : Español (spa) Resumen: El presente trabajo trata de desarrollar la temática del derecho de daños o responsabilidad civil desde la óptica histórico-comparada, analizando su evolución desde el Derecho Romano hasta nuestros días. Bajo la idea de que el derecho evoluciona para dar protección y eficacia ante las nuevas injerencias que van surgiendo a raíz del desarrollo tecnológico, todo esto informado por el anhelo humano de seguridad, se analizarán las nuevas tendencias en el derecho de daños. Por este motivo, la evolución y expansión actual del derecho de daños se fundamente en dos circunstancias de gran significación, la injerencia de la técnica moderna y la idea de que todo daño debe ser reparado. La tecnología ha inferido una dimensión activa de las cosas y los daños se han multiplicado y especializado. Tan es así, que se presentan generalmente en estrecha relación con el manejo de los instrumentos de redoblada precisión y eficacia, de suerte que uno y otro aspecto se encuentran estrechamente relacionados y ambos redundan en el auge actual de las demandas de resarcimiento. Hoy la tecnología y la globalización han provocado grandes efectos en el ámbito de la responsabilidad. Los daños son cada vez mas comunes, lo que hace que la doctrina y la jurisprudencia se vean obligadas a realizar un ejercicio argumentativo mayor para proponer soluciones prácticas y eficientes, las cuales se analizan tratando de realizar estudios comparados de los distintos ordenamientos intentando determinar cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito de la reparación. Pero actualmente se sospecha de que se ha ido demasiado lejos con la extensión de la responsabilidad civil y se está replanteando esta expansión. La tendencia moderna hacia la restricción de la responsabilidad civil se manifiesta ya en medidas concretas. Nota de contenido: Introducción. -- Aproximación histórica. -- La etapa de codificación: análisis. -- La etapa de la modernidad. El daño en sí mismo. -- Algunas consideraciones actuales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26138
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 667-710[artículo] La evolución de la responsabilidad civil y el actual derecho de daños [texto impreso] / Daniel Marcelo Zoso, Autor . - 2015 . - p. 667-710.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 667-710
Resumen: El presente trabajo trata de desarrollar la temática del derecho de daños o responsabilidad civil desde la óptica histórico-comparada, analizando su evolución desde el Derecho Romano hasta nuestros días. Bajo la idea de que el derecho evoluciona para dar protección y eficacia ante las nuevas injerencias que van surgiendo a raíz del desarrollo tecnológico, todo esto informado por el anhelo humano de seguridad, se analizarán las nuevas tendencias en el derecho de daños. Por este motivo, la evolución y expansión actual del derecho de daños se fundamente en dos circunstancias de gran significación, la injerencia de la técnica moderna y la idea de que todo daño debe ser reparado. La tecnología ha inferido una dimensión activa de las cosas y los daños se han multiplicado y especializado. Tan es así, que se presentan generalmente en estrecha relación con el manejo de los instrumentos de redoblada precisión y eficacia, de suerte que uno y otro aspecto se encuentran estrechamente relacionados y ambos redundan en el auge actual de las demandas de resarcimiento. Hoy la tecnología y la globalización han provocado grandes efectos en el ámbito de la responsabilidad. Los daños son cada vez mas comunes, lo que hace que la doctrina y la jurisprudencia se vean obligadas a realizar un ejercicio argumentativo mayor para proponer soluciones prácticas y eficientes, las cuales se analizan tratando de realizar estudios comparados de los distintos ordenamientos intentando determinar cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito de la reparación. Pero actualmente se sospecha de que se ha ido demasiado lejos con la extensión de la responsabilidad civil y se está replanteando esta expansión. La tendencia moderna hacia la restricción de la responsabilidad civil se manifiesta ya en medidas concretas. Nota de contenido: Introducción. -- Aproximación histórica. -- La etapa de codificación: análisis. -- La etapa de la modernidad. El daño en sí mismo. -- Algunas consideraciones actuales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26138 [artículo] Zoso, Daniel Marcelo (2015). La evolución de la responsabilidad civil y el actual derecho de daños. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 667-710.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 667-710
Resumen: El presente trabajo trata de desarrollar la temática del derecho de daños o responsabilidad civil desde la óptica histórico-comparada, analizando su evolución desde el Derecho Romano hasta nuestros días. Bajo la idea de que el derecho evoluciona para dar protección y eficacia ante las nuevas injerencias que van surgiendo a raíz del desarrollo tecnológico, todo esto informado por el anhelo humano de seguridad, se analizarán las nuevas tendencias en el derecho de daños. Por este motivo, la evolución y expansión actual del derecho de daños se fundamente en dos circunstancias de gran significación, la injerencia de la técnica moderna y la idea de que todo daño debe ser reparado. La tecnología ha inferido una dimensión activa de las cosas y los daños se han multiplicado y especializado. Tan es así, que se presentan generalmente en estrecha relación con el manejo de los instrumentos de redoblada precisión y eficacia, de suerte que uno y otro aspecto se encuentran estrechamente relacionados y ambos redundan en el auge actual de las demandas de resarcimiento. Hoy la tecnología y la globalización han provocado grandes efectos en el ámbito de la responsabilidad. Los daños son cada vez mas comunes, lo que hace que la doctrina y la jurisprudencia se vean obligadas a realizar un ejercicio argumentativo mayor para proponer soluciones prácticas y eficientes, las cuales se analizan tratando de realizar estudios comparados de los distintos ordenamientos intentando determinar cómo estas nuevas tendencias afectan y repercuten en el ámbito de la reparación. Pero actualmente se sospecha de que se ha ido demasiado lejos con la extensión de la responsabilidad civil y se está replanteando esta expansión. La tendencia moderna hacia la restricción de la responsabilidad civil se manifiesta ya en medidas concretas. Nota de contenido: Introducción. -- Aproximación histórica. -- La etapa de codificación: análisis. -- La etapa de la modernidad. El daño en sí mismo. -- Algunas consideraciones actuales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26138 De la libertad de aceptar o repudiar la herencia / Raúl Anido Bonilla en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : De la libertad de aceptar o repudiar la herencia Tipo de documento: texto impreso Autores: Raúl Anido Bonilla, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 713-729 Idioma : Español (spa) Resumen: Desde que para aceptar o repudiar la herencia se exige "estar cierto de la calidad de heredero", determina que la carencia de dicha certeza genere la ausencia de poder a fin de convertirse en tal. De ahí que la concreción de la certeza devenga necesaria a fin de la determinación del "título de heredero", lo que implica analizar si la certeza se corresponde a un estado o a un suceso. Así como evaluar la eventual certeza de heredero en aquellos que han sido instituidos bajo condición o plazo resolutorio, los que acarrean una causa de indignidad, y aún la cereza ligada a los respectivos títulos de estado. Nota de contenido: De los textos legales. -- De la libertad para el bien. -- Del bien en la seguridad jurídica. -- De la certeza como estado. -- De la certeza en la sucesión intestada. -- De la validez ejemplar del título de estado. -- De la certeza de los herederos condicionales. -- De la certeza del heredero indigno. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26139
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 713-729[artículo] De la libertad de aceptar o repudiar la herencia [texto impreso] / Raúl Anido Bonilla, Autor . - 2015 . - p. 713-729.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 713-729
Resumen: Desde que para aceptar o repudiar la herencia se exige "estar cierto de la calidad de heredero", determina que la carencia de dicha certeza genere la ausencia de poder a fin de convertirse en tal. De ahí que la concreción de la certeza devenga necesaria a fin de la determinación del "título de heredero", lo que implica analizar si la certeza se corresponde a un estado o a un suceso. Así como evaluar la eventual certeza de heredero en aquellos que han sido instituidos bajo condición o plazo resolutorio, los que acarrean una causa de indignidad, y aún la cereza ligada a los respectivos títulos de estado. Nota de contenido: De los textos legales. -- De la libertad para el bien. -- Del bien en la seguridad jurídica. -- De la certeza como estado. -- De la certeza en la sucesión intestada. -- De la validez ejemplar del título de estado. -- De la certeza de los herederos condicionales. -- De la certeza del heredero indigno. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26139 [artículo] Anido Bonilla, Raúl (2015). De la libertad de aceptar o repudiar la herencia. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 713-729.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 713-729
Resumen: Desde que para aceptar o repudiar la herencia se exige "estar cierto de la calidad de heredero", determina que la carencia de dicha certeza genere la ausencia de poder a fin de convertirse en tal. De ahí que la concreción de la certeza devenga necesaria a fin de la determinación del "título de heredero", lo que implica analizar si la certeza se corresponde a un estado o a un suceso. Así como evaluar la eventual certeza de heredero en aquellos que han sido instituidos bajo condición o plazo resolutorio, los que acarrean una causa de indignidad, y aún la cereza ligada a los respectivos títulos de estado. Nota de contenido: De los textos legales. -- De la libertad para el bien. -- Del bien en la seguridad jurídica. -- De la certeza como estado. -- De la certeza en la sucesión intestada. -- De la validez ejemplar del título de estado. -- De la certeza de los herederos condicionales. -- De la certeza del heredero indigno. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26139 Vías procesales para que los hijos mayores de veintiún años que estudian puedan reclamar alimentos / Narcizo Belli Arguimbao en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Vías procesales para que los hijos mayores de veintiún años que estudian puedan reclamar alimentos Tipo de documento: texto impreso Autores: Narcizo Belli Arguimbao, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 731-743 Idioma : Español (spa) Resumen: Se analiza la posibilidad de extender la pensión alimenticia de los beneficiarios más allá de los 21 años siempre y cuando se acrediten las necesidades del mismo, su correcta escolaridad, las posibilidades del obligado y estar condicionado a un determinado plazo como puede ser la duración curricular de la carrera elegida. El derecho sustancial viene dado por las normas del Código Civil y normas de derecho internacional. La vía procesal para aplicar el derecho citado se instrumenta a través de la reconvención al momento de evacuar el traslado conferido por el cese de pensión alimenticia, y en caso de ausencia de pensión alimenticia previa, nada obsta a su pedido a través de un proceso extraordinario de determinación de alimentos. Nota de contenido: Planteo del tema. -- Régimen normativo respecto de obligaciones alimentarias debidos a los hijos. -- Jurisprudencia nacional respecto al tópico en cuestión. -- Vías procesales para reclamar alimentos. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26143
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 731-743[artículo] Vías procesales para que los hijos mayores de veintiún años que estudian puedan reclamar alimentos [texto impreso] / Narcizo Belli Arguimbao, Autor . - 2015 . - p. 731-743.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 731-743
Resumen: Se analiza la posibilidad de extender la pensión alimenticia de los beneficiarios más allá de los 21 años siempre y cuando se acrediten las necesidades del mismo, su correcta escolaridad, las posibilidades del obligado y estar condicionado a un determinado plazo como puede ser la duración curricular de la carrera elegida. El derecho sustancial viene dado por las normas del Código Civil y normas de derecho internacional. La vía procesal para aplicar el derecho citado se instrumenta a través de la reconvención al momento de evacuar el traslado conferido por el cese de pensión alimenticia, y en caso de ausencia de pensión alimenticia previa, nada obsta a su pedido a través de un proceso extraordinario de determinación de alimentos. Nota de contenido: Planteo del tema. -- Régimen normativo respecto de obligaciones alimentarias debidos a los hijos. -- Jurisprudencia nacional respecto al tópico en cuestión. -- Vías procesales para reclamar alimentos. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26143 [artículo] Belli Arguimbao, Narcizo (2015). Vías procesales para que los hijos mayores de veintiún años que estudian puedan reclamar alimentos. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 731-743.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 731-743
Resumen: Se analiza la posibilidad de extender la pensión alimenticia de los beneficiarios más allá de los 21 años siempre y cuando se acrediten las necesidades del mismo, su correcta escolaridad, las posibilidades del obligado y estar condicionado a un determinado plazo como puede ser la duración curricular de la carrera elegida. El derecho sustancial viene dado por las normas del Código Civil y normas de derecho internacional. La vía procesal para aplicar el derecho citado se instrumenta a través de la reconvención al momento de evacuar el traslado conferido por el cese de pensión alimenticia, y en caso de ausencia de pensión alimenticia previa, nada obsta a su pedido a través de un proceso extraordinario de determinación de alimentos. Nota de contenido: Planteo del tema. -- Régimen normativo respecto de obligaciones alimentarias debidos a los hijos. -- Jurisprudencia nacional respecto al tópico en cuestión. -- Vías procesales para reclamar alimentos. -- Conclusiones. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26143 De la patria potestad a la responsabilidad parental. A propósito de los cambios introducidos en el nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina / Del Mazo, Carlos Gabriel en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : De la patria potestad a la responsabilidad parental. A propósito de los cambios introducidos en el nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina Tipo de documento: texto impreso Autores: Del Mazo, Carlos Gabriel, Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 745-781 Idioma : Español (spa) Resumen: El nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina (Ley 26.994), efectúa cambios sustanciales en la institución que regula la relación entre padres e hijos, acorde con las pautas que brinda la Convención sobre los Derechos del Niño y la experiencia recogida durante muchos años, en base a la jurisprudencia, la discusión doctrinaria y la labor de los letrados. Entre otros aspectos aumenta sustancialmente la participación del niño y adolescente en todos los asuntos que lo afectan y equilibra los derechos y obligaciones de ambos padres, independientemente de la subsistencia o no del matrimonio. Entre los nuevos institutos se destacan el ejercicio de la responsabilidad parental por parte de los progenitores menores de edad, el cuidado personal compartido, el plan de parentalidad, la delegación de la responsabilidad parental, la participación del cónyuge afín, la prohibición de malos tratos y la ampliación del régimen alimentario y el derecho de comunicación de los hijos, respecto de otras personas afectivamente significativas. Finalmente se destacan los cambios en la administración de los bienes del hijo. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas cuestiones generales sobre la reforma en materia de derecho de familia. -- La responsabilidad parental. Un cambio de terminología acorde con los alcances de la nueva institución. -- La idea de desarrollo del niño como finalidad de la responsabilidad parental. -- Los 3 principios que rigen la responsabilidad parental. -- El ejercicio de la responsabilidad parental y el cuidado personal compartidos. -- La incorporación de categoría de adolescentes y su regulación. -- Prohibición de malos tratos. -- Plan de parentalidad. -- Régimen alimentario. -- La participación del progenitor afín. -- Administración de los bienes del hijo. Titularidad y destino de las rentas. -- El derecho de comunicación más allá de los parientes con obligación alimentaria. -- Colofón. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26145
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 745-781[artículo] De la patria potestad a la responsabilidad parental. A propósito de los cambios introducidos en el nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina [texto impreso] / Del Mazo, Carlos Gabriel, Autor . - 2015 . - p. 745-781.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 745-781
Resumen: El nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina (Ley 26.994), efectúa cambios sustanciales en la institución que regula la relación entre padres e hijos, acorde con las pautas que brinda la Convención sobre los Derechos del Niño y la experiencia recogida durante muchos años, en base a la jurisprudencia, la discusión doctrinaria y la labor de los letrados. Entre otros aspectos aumenta sustancialmente la participación del niño y adolescente en todos los asuntos que lo afectan y equilibra los derechos y obligaciones de ambos padres, independientemente de la subsistencia o no del matrimonio. Entre los nuevos institutos se destacan el ejercicio de la responsabilidad parental por parte de los progenitores menores de edad, el cuidado personal compartido, el plan de parentalidad, la delegación de la responsabilidad parental, la participación del cónyuge afín, la prohibición de malos tratos y la ampliación del régimen alimentario y el derecho de comunicación de los hijos, respecto de otras personas afectivamente significativas. Finalmente se destacan los cambios en la administración de los bienes del hijo. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas cuestiones generales sobre la reforma en materia de derecho de familia. -- La responsabilidad parental. Un cambio de terminología acorde con los alcances de la nueva institución. -- La idea de desarrollo del niño como finalidad de la responsabilidad parental. -- Los 3 principios que rigen la responsabilidad parental. -- El ejercicio de la responsabilidad parental y el cuidado personal compartidos. -- La incorporación de categoría de adolescentes y su regulación. -- Prohibición de malos tratos. -- Plan de parentalidad. -- Régimen alimentario. -- La participación del progenitor afín. -- Administración de los bienes del hijo. Titularidad y destino de las rentas. -- El derecho de comunicación más allá de los parientes con obligación alimentaria. -- Colofón. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26145 [artículo] Del Mazo, Carlos Gabriel (2015). De la patria potestad a la responsabilidad parental. A propósito de los cambios introducidos en el nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 745-781.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 745-781
Resumen: El nuevo Código Civil y Comercial de la República Argentina (Ley 26.994), efectúa cambios sustanciales en la institución que regula la relación entre padres e hijos, acorde con las pautas que brinda la Convención sobre los Derechos del Niño y la experiencia recogida durante muchos años, en base a la jurisprudencia, la discusión doctrinaria y la labor de los letrados. Entre otros aspectos aumenta sustancialmente la participación del niño y adolescente en todos los asuntos que lo afectan y equilibra los derechos y obligaciones de ambos padres, independientemente de la subsistencia o no del matrimonio. Entre los nuevos institutos se destacan el ejercicio de la responsabilidad parental por parte de los progenitores menores de edad, el cuidado personal compartido, el plan de parentalidad, la delegación de la responsabilidad parental, la participación del cónyuge afín, la prohibición de malos tratos y la ampliación del régimen alimentario y el derecho de comunicación de los hijos, respecto de otras personas afectivamente significativas. Finalmente se destacan los cambios en la administración de los bienes del hijo. Nota de contenido: Introducción. -- Algunas cuestiones generales sobre la reforma en materia de derecho de familia. -- La responsabilidad parental. Un cambio de terminología acorde con los alcances de la nueva institución. -- La idea de desarrollo del niño como finalidad de la responsabilidad parental. -- Los 3 principios que rigen la responsabilidad parental. -- El ejercicio de la responsabilidad parental y el cuidado personal compartidos. -- La incorporación de categoría de adolescentes y su regulación. -- Prohibición de malos tratos. -- Plan de parentalidad. -- Régimen alimentario. -- La participación del progenitor afín. -- Administración de los bienes del hijo. Titularidad y destino de las rentas. -- El derecho de comunicación más allá de los parientes con obligación alimentaria. -- Colofón. Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26145 Las convenciones matrimoniales en el Código Civil y Comercial argentino / Iglesias, Mariana B. en Revista Crítica de Derecho Privado, 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015)
[artículo]
Título : Las convenciones matrimoniales en el Código Civil y Comercial argentino Tipo de documento: texto impreso Autores: Iglesias, Mariana B., Autor Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: p. 783-797 Idioma : Español (spa) Resumen: Las convenciones matrimoniales en el nuevo Código Argentino son verdaderos contratos a los que se les debe aplicar primero las normas que le son propias (normativa primaria) y en defecto de éstas, las relativas a los contratos y actos jurídicos en general. Al regular el Código Civil y Comercial la figura de la lesión para los actos jurídicos en general, -y no existiendo dudas que la convención lo es- proponemos aplicársele también, a las convenciones matrimoniales, esta figura. Respetando las formalidades de las mismas, constituyen una gran herramienta de prevención de conflictos entre los cónyuges, resultando de fundamental importancia su utilización a los efectos de la elección del régimen patrimonial matrimonial -que en la República Argentina deja de ser forzoso a partir del 1 de Agosto de 2015-, ya sea antes del casamiento, como también durante la vida del matrimonio. Nota de contenido: Introducción. -- Las convenciones matrimoniales en el régimen de Vélez. -- Naturaleza jurídica de las convenciones en el Código Civil y Comercial Unificado. -- Convenciones matrimoniales y lesión. -- La forma exigida para las convenciones matrimoniales en el nuevo Código Argentino: consecuencias de su incumplimiento. -- Objeto de las convenciones matrimoniales. -- Convención prematrimonial y matrimonial relativa a la opción de régimen. -- Los contratos entre cónyuges en el Código Civil y Comercial. -- Reflexiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26147
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 783-797[artículo] Las convenciones matrimoniales en el Código Civil y Comercial argentino [texto impreso] / Iglesias, Mariana B., Autor . - 2015 . - p. 783-797.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 783-797
Resumen: Las convenciones matrimoniales en el nuevo Código Argentino son verdaderos contratos a los que se les debe aplicar primero las normas que le son propias (normativa primaria) y en defecto de éstas, las relativas a los contratos y actos jurídicos en general. Al regular el Código Civil y Comercial la figura de la lesión para los actos jurídicos en general, -y no existiendo dudas que la convención lo es- proponemos aplicársele también, a las convenciones matrimoniales, esta figura. Respetando las formalidades de las mismas, constituyen una gran herramienta de prevención de conflictos entre los cónyuges, resultando de fundamental importancia su utilización a los efectos de la elección del régimen patrimonial matrimonial -que en la República Argentina deja de ser forzoso a partir del 1 de Agosto de 2015-, ya sea antes del casamiento, como también durante la vida del matrimonio. Nota de contenido: Introducción. -- Las convenciones matrimoniales en el régimen de Vélez. -- Naturaleza jurídica de las convenciones en el Código Civil y Comercial Unificado. -- Convenciones matrimoniales y lesión. -- La forma exigida para las convenciones matrimoniales en el nuevo Código Argentino: consecuencias de su incumplimiento. -- Objeto de las convenciones matrimoniales. -- Convención prematrimonial y matrimonial relativa a la opción de régimen. -- Los contratos entre cónyuges en el Código Civil y Comercial. -- Reflexiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26147 [artículo] Iglesias, Mariana B. (2015). Las convenciones matrimoniales en el Código Civil y Comercial argentino. Revista Crítica de Derecho Privado. 12 n. 2. (Julio - Diciembre 2015) p. 783-797.
Idioma : Español (spa)
in Revista Crítica de Derecho Privado > 12 n. 2 (Julio - Diciembre 2015) . - p. 783-797
Resumen: Las convenciones matrimoniales en el nuevo Código Argentino son verdaderos contratos a los que se les debe aplicar primero las normas que le son propias (normativa primaria) y en defecto de éstas, las relativas a los contratos y actos jurídicos en general. Al regular el Código Civil y Comercial la figura de la lesión para los actos jurídicos en general, -y no existiendo dudas que la convención lo es- proponemos aplicársele también, a las convenciones matrimoniales, esta figura. Respetando las formalidades de las mismas, constituyen una gran herramienta de prevención de conflictos entre los cónyuges, resultando de fundamental importancia su utilización a los efectos de la elección del régimen patrimonial matrimonial -que en la República Argentina deja de ser forzoso a partir del 1 de Agosto de 2015-, ya sea antes del casamiento, como también durante la vida del matrimonio. Nota de contenido: Introducción. -- Las convenciones matrimoniales en el régimen de Vélez. -- Naturaleza jurídica de las convenciones en el Código Civil y Comercial Unificado. -- Convenciones matrimoniales y lesión. -- La forma exigida para las convenciones matrimoniales en el nuevo Código Argentino: consecuencias de su incumplimiento. -- Objeto de las convenciones matrimoniales. -- Convención prematrimonial y matrimonial relativa a la opción de régimen. -- Los contratos entre cónyuges en el Código Civil y Comercial. -- Reflexiones finales. -- Bibliografía. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=26147









