[artículo] Título : |
La garantía de los derechos de los trabajadores en la subcontratación empresarial |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
José Luis Monereo Pérez |
Fecha de publicación: |
2016 |
Artículo en la página: |
p. 33-78 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO CIVIL
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Resumen: |
En las últimas décadas, la subcontratación ha dejado de ser un fenómeno relativamente marginal para convertirse en un elemento estructural de gran parte de los procesos productivos. No se trata desde luego, ante un fenómeno absolutamente nuevo, pero hoy se asiste a una extraordinaria expansión de esta forma de organización empresarial. El Ordenamiento Laboral tiene que dar una respuesta de política del derecho autorreflexiva, autónoma y garantista - coherente con la Constitución del Estado Social- a nuevo escenario de la organización de los sistemas productivos en constante transformación; aspecto que hoy no se cumple satisfactoriamente. Las "regulaciones" o pretendidas "desregulaciones" normativas liberalizadoras del fenómeno de la subcontratación son en sí mismas desequilibradas, pues favorecen unilateralmente los intereses y libertades de organización empresarial y contribuyen decisivamente a generalizar (desde una "racionalización económica" contrapuesta a la "racionalidad social") la precarización y mercantililzación de las relaciones de trabajo. La nueva organización productiva hace que se tenga que replantear el régimen jurídico laboral. |
Nota de contenido: |
El fenómeno de la subcontratación: realidad y norma. -- El sistema legal de garantías jurídico-laborales en la subcontratación empresarial. -- Subcontratación entre otras empresas. -- Contratas y subcontratas en el supuesto normativo del artículo 42 del ET. -- El sistema de garantías jurídicas individuales. -- En especial, la responsabilidad en materia de Prevención de Riesgos Laborales. -- El sistema de garantías colectivas o sindicales. -- Derechos colectivos de información. -- Obligaciones de la empresa principal principal y contratista. -- Insuficiencias en la garantía de efectividad de los derechos colectivos o sindicales de los trabajadores de la empresa contratista- subcontratista. -- La función de la Negociación Colectiva en los procesos de subcontratación empresarial. -- La dimensión internacional en la subcontratación empresarial. -- Algunas reflexiones críticas sobre el paradigma legal de regulación iuslaboral de la subcontratación. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1980 |
in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 12 (Julio-Setiembre 2016) . - p. 33-78
[artículo] La garantía de los derechos de los trabajadores en la subcontratación empresarial [texto impreso] / José Luis Monereo Pérez . - 2016 . - p. 33-78. Idioma : Español ( spa) in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 12 (Julio-Setiembre 2016) . - p. 33-78 Clasificación: |
DERECHO CIVIL
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Resumen: |
En las últimas décadas, la subcontratación ha dejado de ser un fenómeno relativamente marginal para convertirse en un elemento estructural de gran parte de los procesos productivos. No se trata desde luego, ante un fenómeno absolutamente nuevo, pero hoy se asiste a una extraordinaria expansión de esta forma de organización empresarial. El Ordenamiento Laboral tiene que dar una respuesta de política del derecho autorreflexiva, autónoma y garantista - coherente con la Constitución del Estado Social- a nuevo escenario de la organización de los sistemas productivos en constante transformación; aspecto que hoy no se cumple satisfactoriamente. Las "regulaciones" o pretendidas "desregulaciones" normativas liberalizadoras del fenómeno de la subcontratación son en sí mismas desequilibradas, pues favorecen unilateralmente los intereses y libertades de organización empresarial y contribuyen decisivamente a generalizar (desde una "racionalización económica" contrapuesta a la "racionalidad social") la precarización y mercantililzación de las relaciones de trabajo. La nueva organización productiva hace que se tenga que replantear el régimen jurídico laboral. |
Nota de contenido: |
El fenómeno de la subcontratación: realidad y norma. -- El sistema legal de garantías jurídico-laborales en la subcontratación empresarial. -- Subcontratación entre otras empresas. -- Contratas y subcontratas en el supuesto normativo del artículo 42 del ET. -- El sistema de garantías jurídicas individuales. -- En especial, la responsabilidad en materia de Prevención de Riesgos Laborales. -- El sistema de garantías colectivas o sindicales. -- Derechos colectivos de información. -- Obligaciones de la empresa principal principal y contratista. -- Insuficiencias en la garantía de efectividad de los derechos colectivos o sindicales de los trabajadores de la empresa contratista- subcontratista. -- La función de la Negociación Colectiva en los procesos de subcontratación empresarial. -- La dimensión internacional en la subcontratación empresarial. -- Algunas reflexiones críticas sobre el paradigma legal de regulación iuslaboral de la subcontratación. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1980 |
[artículo] Monereo Pérez, José Luis (2016). La garantía de los derechos de los trabajadores en la subcontratación empresarial. Revista Derecho del Trabajo. v. 4 n. 12. (Julio-Setiembre 2016) p. 33-78. Idioma : Español ( spa) in Revista Derecho del Trabajo > v. 4 n. 12 (Julio-Setiembre 2016) . - p. 33-78 Clasificación: |
DERECHO CIVIL
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Resumen: |
En las últimas décadas, la subcontratación ha dejado de ser un fenómeno relativamente marginal para convertirse en un elemento estructural de gran parte de los procesos productivos. No se trata desde luego, ante un fenómeno absolutamente nuevo, pero hoy se asiste a una extraordinaria expansión de esta forma de organización empresarial. El Ordenamiento Laboral tiene que dar una respuesta de política del derecho autorreflexiva, autónoma y garantista - coherente con la Constitución del Estado Social- a nuevo escenario de la organización de los sistemas productivos en constante transformación; aspecto que hoy no se cumple satisfactoriamente. Las "regulaciones" o pretendidas "desregulaciones" normativas liberalizadoras del fenómeno de la subcontratación son en sí mismas desequilibradas, pues favorecen unilateralmente los intereses y libertades de organización empresarial y contribuyen decisivamente a generalizar (desde una "racionalización económica" contrapuesta a la "racionalidad social") la precarización y mercantililzación de las relaciones de trabajo. La nueva organización productiva hace que se tenga que replantear el régimen jurídico laboral. |
Nota de contenido: |
El fenómeno de la subcontratación: realidad y norma. -- El sistema legal de garantías jurídico-laborales en la subcontratación empresarial. -- Subcontratación entre otras empresas. -- Contratas y subcontratas en el supuesto normativo del artículo 42 del ET. -- El sistema de garantías jurídicas individuales. -- En especial, la responsabilidad en materia de Prevención de Riesgos Laborales. -- El sistema de garantías colectivas o sindicales. -- Derechos colectivos de información. -- Obligaciones de la empresa principal principal y contratista. -- Insuficiencias en la garantía de efectividad de los derechos colectivos o sindicales de los trabajadores de la empresa contratista- subcontratista. -- La función de la Negociación Colectiva en los procesos de subcontratación empresarial. -- La dimensión internacional en la subcontratación empresarial. -- Algunas reflexiones críticas sobre el paradigma legal de regulación iuslaboral de la subcontratación. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=1980 |
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