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Sobre habeas corpus correctivo colectivo. / Roberto Soria Sena en Revista de Derecho Penal, 27 (Diciembre)
[artículo]
Título : Sobre habeas corpus correctivo colectivo. Tipo de documento: texto impreso Autores: Roberto Soria Sena Fecha de publicación: 2019 Artículo en la página: p. 193-204 Idioma : Español (spa) Palabras clave: HABEAS CORPUS CORRECTIVO COLECTIVO, NUEVO CODIGO DEL PROCESO PENAL, ARGUMENTACIÓN, DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD. Resumen: El propósito de este trabajo es comentar una sentencia sobre un habeas corpus correctivo colectivo para corregir la situación de las personas privadas de libertad en los sectores C1 y C2 del Módulo 8 de la Unidad de Reclusión Santiago Vázquez. Se trata de la sentencia Nº 210/2019 del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno, y es de especial interés, ya que además de hacer lugar a la pretensión - confirmando la sentencia de primera instancia-, presenta argumentos procesales y constitucionales orientados a consolidar una práctica de tutela de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, a partir del marco habilita el nuevo Código de Proceso Penal. Nota de contenido: Introducción. -- Breve descripción de caso. -- Primera instancia. -- Segunda instancia. -- Argumentos de la sentencia Nº 210/2019. -- Posición del Ministerio del Interior. -- Premisa fáctica. -- Aspectos procesales sobre la congruencia y la competencia. -- Consideraciones sobre políticas públicas y aspectos presupuestales. -- B. Argumentos formales de la sentencia. -- Historia y lugar del habeas corpus en el ordenamiento jurídico uruguayo. -- Función del habeas corpus en el ordenamiento jurídico. -- Función del habeas corpus correctivo. -- Análisis de la legitimación. -- Descarte de la falta de congruencia. -- C. Argumentos sustantivos de la sentencia. -- Indemnidad de los derechos humanos de las personas privadas de libertad y rehabilitación. -- Condiciones de reclusión que se acreditaron. -- La función del Poder Judicial es la tutela de los derechos humanos y la del Ministerio del Interior es la política carcelaria. -- Apunte final. -- Referencias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15392
in Revista de Derecho Penal > 27 (Diciembre) . - p. 193-204[artículo] Sobre habeas corpus correctivo colectivo. [texto impreso] / Roberto Soria Sena . - 2019 . - p. 193-204.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Derecho Penal > 27 (Diciembre) . - p. 193-204
Palabras clave: HABEAS CORPUS CORRECTIVO COLECTIVO, NUEVO CODIGO DEL PROCESO PENAL, ARGUMENTACIÓN, DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD. Resumen: El propósito de este trabajo es comentar una sentencia sobre un habeas corpus correctivo colectivo para corregir la situación de las personas privadas de libertad en los sectores C1 y C2 del Módulo 8 de la Unidad de Reclusión Santiago Vázquez. Se trata de la sentencia Nº 210/2019 del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno, y es de especial interés, ya que además de hacer lugar a la pretensión - confirmando la sentencia de primera instancia-, presenta argumentos procesales y constitucionales orientados a consolidar una práctica de tutela de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, a partir del marco habilita el nuevo Código de Proceso Penal. Nota de contenido: Introducción. -- Breve descripción de caso. -- Primera instancia. -- Segunda instancia. -- Argumentos de la sentencia Nº 210/2019. -- Posición del Ministerio del Interior. -- Premisa fáctica. -- Aspectos procesales sobre la congruencia y la competencia. -- Consideraciones sobre políticas públicas y aspectos presupuestales. -- B. Argumentos formales de la sentencia. -- Historia y lugar del habeas corpus en el ordenamiento jurídico uruguayo. -- Función del habeas corpus en el ordenamiento jurídico. -- Función del habeas corpus correctivo. -- Análisis de la legitimación. -- Descarte de la falta de congruencia. -- C. Argumentos sustantivos de la sentencia. -- Indemnidad de los derechos humanos de las personas privadas de libertad y rehabilitación. -- Condiciones de reclusión que se acreditaron. -- La función del Poder Judicial es la tutela de los derechos humanos y la del Ministerio del Interior es la política carcelaria. -- Apunte final. -- Referencias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15392 [artículo] Soria Sena, Roberto (2019). Sobre habeas corpus correctivo colectivo.. Revista de Derecho Penal. 27. (Diciembre) p. 193-204.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Derecho Penal > 27 (Diciembre) . - p. 193-204
Palabras clave: HABEAS CORPUS CORRECTIVO COLECTIVO, NUEVO CODIGO DEL PROCESO PENAL, ARGUMENTACIÓN, DERECHOS DE LAS PERSONAS PRIVADAS DE LIBERTAD. Resumen: El propósito de este trabajo es comentar una sentencia sobre un habeas corpus correctivo colectivo para corregir la situación de las personas privadas de libertad en los sectores C1 y C2 del Módulo 8 de la Unidad de Reclusión Santiago Vázquez. Se trata de la sentencia Nº 210/2019 del Tribunal de Apelaciones en lo Penal de 4º Turno, y es de especial interés, ya que además de hacer lugar a la pretensión - confirmando la sentencia de primera instancia-, presenta argumentos procesales y constitucionales orientados a consolidar una práctica de tutela de los derechos humanos de las personas privadas de libertad, a partir del marco habilita el nuevo Código de Proceso Penal. Nota de contenido: Introducción. -- Breve descripción de caso. -- Primera instancia. -- Segunda instancia. -- Argumentos de la sentencia Nº 210/2019. -- Posición del Ministerio del Interior. -- Premisa fáctica. -- Aspectos procesales sobre la congruencia y la competencia. -- Consideraciones sobre políticas públicas y aspectos presupuestales. -- B. Argumentos formales de la sentencia. -- Historia y lugar del habeas corpus en el ordenamiento jurídico uruguayo. -- Función del habeas corpus en el ordenamiento jurídico. -- Función del habeas corpus correctivo. -- Análisis de la legitimación. -- Descarte de la falta de congruencia. -- C. Argumentos sustantivos de la sentencia. -- Indemnidad de los derechos humanos de las personas privadas de libertad y rehabilitación. -- Condiciones de reclusión que se acreditaron. -- La función del Poder Judicial es la tutela de los derechos humanos y la del Ministerio del Interior es la política carcelaria. -- Apunte final. -- Referencias. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15392