Título : |
Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio) |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Álvaro Martín Gussoni Aldaya |
Número de páginas: |
p. 449-454 |
Idioma : |
Español (spa) |
Palabras clave: |
ACCIONES COPROPIEDAD |
Resumen: |
En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839 |
Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio) [texto impreso] / Álvaro Martín Gussoni Aldaya . - [s.d.] . - p. 449-454. Idioma : Español ( spa) Palabras clave: |
ACCIONES COPROPIEDAD |
Resumen: |
En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839 |
Gussoni Aldaya, Álvaro Martín. Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio). Idioma : Español ( spa) Palabras clave: |
ACCIONES COPROPIEDAD |
Resumen: |
En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley. |
Nota de contenido: |
Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839 |
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