[artículo] Título : |
Sobre los nuevos contratos alimentarios en el Derecho español. |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
José Luis Pérez- Serrabona González |
Fecha de publicación: |
2019 |
Artículo en la página: |
p. 425-462 |
Idioma : |
Español (spa) |
Palabras clave: |
CONTRATO ALIMENTARIO, CADENA ALIMENTARIA, PRACTICA ABUSIVA, CARACTER FORMAL, OPERADOR, PROVEEDOR,CONTRATO - TIPO |
Resumen: |
En España se ha promulgado una Ley, de mejora de la cadena alimentaria, seguida de otras disposiciones de distinto alcance, que tienen como objetivo regular la contratación de productos agroalimentarios, tratando de impedir el abuso de la posición que ocupa en este sector de la contratación uno de los contratantes frente a pequeños empresarios y de lograr un equilibrio en las relaciones y una transparencia que hará mejorar tanto el sector en general, como las transacciones que se lleven a cabo en el mismo y se dotará de una adecuada protección al consumidor. Se potencia, igualmente, la importancia de las organizaciones profesionales. En estas normas se definen y disciplinan los llamados contratos alimentarios, con perfiles propios y diferenciados del simple contrato de compraventa o del de suministro, contratos que han de redactarse por escrito, con un contenido mínimo y que pueden ofrecerse a los contratantes en modelo contrato- tipo. La creación de varios organismos, de carácter diverso, y las facultades sancionadoras que se reconocen a la Administración en relación con la forma y el contenido del contrato, hacen que estos contratos no queden reservados en su formación y ejecución a la autonomía de la voluntad de las partes, sino que quedan sometidos al control ( a veces excesivo) de estos organismos. |
Nota de contenido: |
Premisa. -- El marco normativo. -- El reconocimiento y consideración legal de los contratos alimentarios. -- Los nuevos contratos alimentarios. -- La forma escrita. -- La obligatoriedad de la forma escrita en estos contratos. -- La obligatoriedad de la forma escrita en estos contratos. -- El ámbito de aplicación. -- El contenido mínimo. -- Prácticas abusivas comerciales y contenido del contrato. -- Otro contenido del contrato. -- La formalización del contrato y otras obligaciones. -- Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones formales. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15003 |
in Revista Crítica de Derecho Privado > 16 (Enero - Diciembre 2019) . - p. 425-462
[artículo] Sobre los nuevos contratos alimentarios en el Derecho español. [texto impreso] / José Luis Pérez- Serrabona González . - 2019 . - p. 425-462. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 16 (Enero - Diciembre 2019) . - p. 425-462 Palabras clave: |
CONTRATO ALIMENTARIO, CADENA ALIMENTARIA, PRACTICA ABUSIVA, CARACTER FORMAL, OPERADOR, PROVEEDOR,CONTRATO - TIPO |
Resumen: |
En España se ha promulgado una Ley, de mejora de la cadena alimentaria, seguida de otras disposiciones de distinto alcance, que tienen como objetivo regular la contratación de productos agroalimentarios, tratando de impedir el abuso de la posición que ocupa en este sector de la contratación uno de los contratantes frente a pequeños empresarios y de lograr un equilibrio en las relaciones y una transparencia que hará mejorar tanto el sector en general, como las transacciones que se lleven a cabo en el mismo y se dotará de una adecuada protección al consumidor. Se potencia, igualmente, la importancia de las organizaciones profesionales. En estas normas se definen y disciplinan los llamados contratos alimentarios, con perfiles propios y diferenciados del simple contrato de compraventa o del de suministro, contratos que han de redactarse por escrito, con un contenido mínimo y que pueden ofrecerse a los contratantes en modelo contrato- tipo. La creación de varios organismos, de carácter diverso, y las facultades sancionadoras que se reconocen a la Administración en relación con la forma y el contenido del contrato, hacen que estos contratos no queden reservados en su formación y ejecución a la autonomía de la voluntad de las partes, sino que quedan sometidos al control ( a veces excesivo) de estos organismos. |
Nota de contenido: |
Premisa. -- El marco normativo. -- El reconocimiento y consideración legal de los contratos alimentarios. -- Los nuevos contratos alimentarios. -- La forma escrita. -- La obligatoriedad de la forma escrita en estos contratos. -- La obligatoriedad de la forma escrita en estos contratos. -- El ámbito de aplicación. -- El contenido mínimo. -- Prácticas abusivas comerciales y contenido del contrato. -- Otro contenido del contrato. -- La formalización del contrato y otras obligaciones. -- Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones formales. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15003 |
[artículo] Pérez- Serrabona González, José Luis (2019). Sobre los nuevos contratos alimentarios en el Derecho español.. Revista Crítica de Derecho Privado. 16. (Enero - Diciembre 2019) p. 425-462. Idioma : Español ( spa) in Revista Crítica de Derecho Privado > 16 (Enero - Diciembre 2019) . - p. 425-462 Palabras clave: |
CONTRATO ALIMENTARIO, CADENA ALIMENTARIA, PRACTICA ABUSIVA, CARACTER FORMAL, OPERADOR, PROVEEDOR,CONTRATO - TIPO |
Resumen: |
En España se ha promulgado una Ley, de mejora de la cadena alimentaria, seguida de otras disposiciones de distinto alcance, que tienen como objetivo regular la contratación de productos agroalimentarios, tratando de impedir el abuso de la posición que ocupa en este sector de la contratación uno de los contratantes frente a pequeños empresarios y de lograr un equilibrio en las relaciones y una transparencia que hará mejorar tanto el sector en general, como las transacciones que se lleven a cabo en el mismo y se dotará de una adecuada protección al consumidor. Se potencia, igualmente, la importancia de las organizaciones profesionales. En estas normas se definen y disciplinan los llamados contratos alimentarios, con perfiles propios y diferenciados del simple contrato de compraventa o del de suministro, contratos que han de redactarse por escrito, con un contenido mínimo y que pueden ofrecerse a los contratantes en modelo contrato- tipo. La creación de varios organismos, de carácter diverso, y las facultades sancionadoras que se reconocen a la Administración en relación con la forma y el contenido del contrato, hacen que estos contratos no queden reservados en su formación y ejecución a la autonomía de la voluntad de las partes, sino que quedan sometidos al control ( a veces excesivo) de estos organismos. |
Nota de contenido: |
Premisa. -- El marco normativo. -- El reconocimiento y consideración legal de los contratos alimentarios. -- Los nuevos contratos alimentarios. -- La forma escrita. -- La obligatoriedad de la forma escrita en estos contratos. -- La obligatoriedad de la forma escrita en estos contratos. -- El ámbito de aplicación. -- El contenido mínimo. -- Prácticas abusivas comerciales y contenido del contrato. -- Otro contenido del contrato. -- La formalización del contrato y otras obligaciones. -- Consecuencias del incumplimiento de las obligaciones formales. -- Consideraciones finales. -- Bibliografía. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15003 |
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