[artículo] Título : |
Comentario sobe la resolución de declaración de esencialidad de la educación |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Sol Dellepiane |
Fecha de publicación: |
2015 |
Idioma : |
Español (spa) |
Palabras clave: |
HUELGA SERVICIOS ESENCIALES EDUCACIÓN CÓMITE DE LIBERTAD SINDICAL DERECHOS HUMANOS |
Resumen: |
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a solicitud del Ministerio de Educación y Cultura,declaró la esencialidad en la educación pública. Dicha resolución se basó en la ley general de educación, el artículo 4º de la ley 13720 y los criterios establecidos por el Comité de Libertad Sindical. Al encontrarnos frente al conflicto entre dos derechos fundamentales : el derecho a la educación y el derecho de huelga, se analizará si es jurídicamente adecuada la declaración de esencialidad de esencialidad de la educación , en los términos de la resolución del 24 de agosto de 2015. |
Nota de contenido: |
Introducción.-- El derecho a la educación.-- La huelga.Los servicios esenciales en el Uruguay.-- Pautas para determinar servicios esenciales según la OIT. La resolución de esencialidad del servicio de educación pública. Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=746 |
in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015)
[artículo] Comentario sobe la resolución de declaración de esencialidad de la educación [texto impreso] / Sol Dellepiane . - 2015. Idioma : Español ( spa) in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015) Palabras clave: |
HUELGA SERVICIOS ESENCIALES EDUCACIÓN CÓMITE DE LIBERTAD SINDICAL DERECHOS HUMANOS |
Resumen: |
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a solicitud del Ministerio de Educación y Cultura,declaró la esencialidad en la educación pública. Dicha resolución se basó en la ley general de educación, el artículo 4º de la ley 13720 y los criterios establecidos por el Comité de Libertad Sindical. Al encontrarnos frente al conflicto entre dos derechos fundamentales : el derecho a la educación y el derecho de huelga, se analizará si es jurídicamente adecuada la declaración de esencialidad de esencialidad de la educación , en los términos de la resolución del 24 de agosto de 2015. |
Nota de contenido: |
Introducción.-- El derecho a la educación.-- La huelga.Los servicios esenciales en el Uruguay.-- Pautas para determinar servicios esenciales según la OIT. La resolución de esencialidad del servicio de educación pública. Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=746 |
[artículo] Dellepiane, Sol (2015). Comentario sobe la resolución de declaración de esencialidad de la educación. Revista Derecho del Trabajo. v. 3 n. 9. (Octubre - Diciembre 2015). Idioma : Español ( spa) in Revista Derecho del Trabajo > v. 3 n. 9 (Octubre - Diciembre 2015) Palabras clave: |
HUELGA SERVICIOS ESENCIALES EDUCACIÓN CÓMITE DE LIBERTAD SINDICAL DERECHOS HUMANOS |
Resumen: |
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a solicitud del Ministerio de Educación y Cultura,declaró la esencialidad en la educación pública. Dicha resolución se basó en la ley general de educación, el artículo 4º de la ley 13720 y los criterios establecidos por el Comité de Libertad Sindical. Al encontrarnos frente al conflicto entre dos derechos fundamentales : el derecho a la educación y el derecho de huelga, se analizará si es jurídicamente adecuada la declaración de esencialidad de esencialidad de la educación , en los términos de la resolución del 24 de agosto de 2015. |
Nota de contenido: |
Introducción.-- El derecho a la educación.-- La huelga.Los servicios esenciales en el Uruguay.-- Pautas para determinar servicios esenciales según la OIT. La resolución de esencialidad del servicio de educación pública. Conclusiones. |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=746 |
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