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Violencia familiar e incapacidades para suceder (a propósito de la reforma del derecho familiar cubano. Especial referencia al artículo 469 del Código Civil). / Leonardo B. Pérez Gallardo en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, v. 10 (ene - dic)
[artículo]
Título : Violencia familiar e incapacidades para suceder (a propósito de la reforma del derecho familiar cubano. Especial referencia al artículo 469 del Código Civil). Tipo de documento: texto impreso Autores: Leonardo B. Pérez Gallardo Fecha de publicación: 2022 Artículo en la página: p. 39-78 Idioma : Español (spa) Palabras clave: VIOLENCIA FAMLIAR, INCAPACIDADES PARA SUCEDER, ABANDONO, VIOLENCIA DE GENERO, PERSONAS ADULTAS MAYORES, ABUELOS Resumen: La violencia familiar, en cualquiera de sus manifestaciones, es hoy día un flagelo social que debe ser combatido desde el Derecho. En Cuba, la Constitución de 2019 en varios de sus artículos tiene pronunciamientos condenatorios a tal fin. Al seguir el derrotero constitucional, la reforma del Código Civil que viene de la mano del nuevo Código de las familias también reacciona ante este azote pandémico que la violencia familiar representa, ampliando considerablemente las causales de incapacidad para suceder, dirigidas a condener aquellas conductas reprochables, disvaliosas, que constituyen una ofensa directa o indirecta al causante de la sucesión, de manera tal que el Derecho en respuesta al buen orden, a la moral y la solidaridad familiar inhabilita o excluye de la sucesión a quien ha quebrantado los más altos valores, principios y reglas de conducta y de comportamiento familiar y social, vulnerando así la dignidad de la persona, valor supremo que sustenta el ejercicio de los derechos fundamentales. Cobertura geográfica : Cuba Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20648
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v. 10 (ene - dic) . - p. 39-78[artículo] Violencia familiar e incapacidades para suceder (a propósito de la reforma del derecho familiar cubano. Especial referencia al artículo 469 del Código Civil). [texto impreso] / Leonardo B. Pérez Gallardo . - 2022 . - p. 39-78.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v. 10 (ene - dic) . - p. 39-78
Palabras clave: VIOLENCIA FAMLIAR, INCAPACIDADES PARA SUCEDER, ABANDONO, VIOLENCIA DE GENERO, PERSONAS ADULTAS MAYORES, ABUELOS Resumen: La violencia familiar, en cualquiera de sus manifestaciones, es hoy día un flagelo social que debe ser combatido desde el Derecho. En Cuba, la Constitución de 2019 en varios de sus artículos tiene pronunciamientos condenatorios a tal fin. Al seguir el derrotero constitucional, la reforma del Código Civil que viene de la mano del nuevo Código de las familias también reacciona ante este azote pandémico que la violencia familiar representa, ampliando considerablemente las causales de incapacidad para suceder, dirigidas a condener aquellas conductas reprochables, disvaliosas, que constituyen una ofensa directa o indirecta al causante de la sucesión, de manera tal que el Derecho en respuesta al buen orden, a la moral y la solidaridad familiar inhabilita o excluye de la sucesión a quien ha quebrantado los más altos valores, principios y reglas de conducta y de comportamiento familiar y social, vulnerando así la dignidad de la persona, valor supremo que sustenta el ejercicio de los derechos fundamentales. Cobertura geográfica : Cuba Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20648 [artículo] Pérez Gallardo, Leonardo B. (2022). Violencia familiar e incapacidades para suceder (a propósito de la reforma del derecho familiar cubano. Especial referencia al artículo 469 del Código Civil).. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. v. 10. (ene - dic) p. 39-78.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v. 10 (ene - dic) . - p. 39-78
Palabras clave: VIOLENCIA FAMLIAR, INCAPACIDADES PARA SUCEDER, ABANDONO, VIOLENCIA DE GENERO, PERSONAS ADULTAS MAYORES, ABUELOS Resumen: La violencia familiar, en cualquiera de sus manifestaciones, es hoy día un flagelo social que debe ser combatido desde el Derecho. En Cuba, la Constitución de 2019 en varios de sus artículos tiene pronunciamientos condenatorios a tal fin. Al seguir el derrotero constitucional, la reforma del Código Civil que viene de la mano del nuevo Código de las familias también reacciona ante este azote pandémico que la violencia familiar representa, ampliando considerablemente las causales de incapacidad para suceder, dirigidas a condener aquellas conductas reprochables, disvaliosas, que constituyen una ofensa directa o indirecta al causante de la sucesión, de manera tal que el Derecho en respuesta al buen orden, a la moral y la solidaridad familiar inhabilita o excluye de la sucesión a quien ha quebrantado los más altos valores, principios y reglas de conducta y de comportamiento familiar y social, vulnerando así la dignidad de la persona, valor supremo que sustenta el ejercicio de los derechos fundamentales. Cobertura geográfica : Cuba Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20648