Inicio
Resultado de la búsqueda
1 búsqueda de la palabra clave 'DERECHO A LA IDENTIDAD, IDENTIDAD PERSONAL, NOMBRE, APELLIDO'
Refinar búsqueda
La asignación de los apellidos en nuestro derecho y su cambio por vía de consecuencia. / Santos Viazzi, Beatriz en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, v. 10 (ene - dic)
[artículo]
Título : La asignación de los apellidos en nuestro derecho y su cambio por vía de consecuencia. Tipo de documento: texto impreso Autores: Santos Viazzi, Beatriz Fecha de publicación: 2022 Artículo en la página: p. 173-191 Idioma : Español (spa) Palabras clave: DERECHO A LA IDENTIDAD, IDENTIDAD PERSONAL, NOMBRE, APELLIDO Resumen: En el presente trabajo se analiza la forma en que se asignan los apellidos de la criatura recién nacida, según se trate de un hijo cuyos progenitores se encuentre o no unidos en matrimonio entre sí. Los cambios producidos en la filiación de esa persona con posterioridad a su inscripción generarán modificaciones en dichos apellidos. Si esa persona es un niño o una niña, no se encuentra previsto recoger su voluntad como sí sucede con quienes ya han cumplido 13 años de edad. Se examina entonces la tensión generada entre lo dispuesto en función del carácter identificatorio del nombre y el derecho a la identidad de quien se ve expuesto a dicho cambio. Nota de contenido: Introducción. -- Identidad personal. -- El nombre en nuestro derecho. -- Naturaleza jurídica del nombre. -- El marco normativo y la atribución de los apellidos. -- Hijos que provienen de matrimonio. -- Hijos que no provienen de matrimonio. -- Niñas, niños o adolescentes adoptados. -- Modificación en la relación filiatoria. -- Cambio de uno o ambos apellidos de niñas o niños. -- Protección de la identidad de las niñas y niños. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20664
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v. 10 (ene - dic) . - p. 173-191[artículo] La asignación de los apellidos en nuestro derecho y su cambio por vía de consecuencia. [texto impreso] / Santos Viazzi, Beatriz . - 2022 . - p. 173-191.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v. 10 (ene - dic) . - p. 173-191
Palabras clave: DERECHO A LA IDENTIDAD, IDENTIDAD PERSONAL, NOMBRE, APELLIDO Resumen: En el presente trabajo se analiza la forma en que se asignan los apellidos de la criatura recién nacida, según se trate de un hijo cuyos progenitores se encuentre o no unidos en matrimonio entre sí. Los cambios producidos en la filiación de esa persona con posterioridad a su inscripción generarán modificaciones en dichos apellidos. Si esa persona es un niño o una niña, no se encuentra previsto recoger su voluntad como sí sucede con quienes ya han cumplido 13 años de edad. Se examina entonces la tensión generada entre lo dispuesto en función del carácter identificatorio del nombre y el derecho a la identidad de quien se ve expuesto a dicho cambio. Nota de contenido: Introducción. -- Identidad personal. -- El nombre en nuestro derecho. -- Naturaleza jurídica del nombre. -- El marco normativo y la atribución de los apellidos. -- Hijos que provienen de matrimonio. -- Hijos que no provienen de matrimonio. -- Niñas, niños o adolescentes adoptados. -- Modificación en la relación filiatoria. -- Cambio de uno o ambos apellidos de niñas o niños. -- Protección de la identidad de las niñas y niños. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20664 [artículo] Santos Viazzi, Beatriz (2022). La asignación de los apellidos en nuestro derecho y su cambio por vía de consecuencia.. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. v. 10. (ene - dic) p. 173-191.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v. 10 (ene - dic) . - p. 173-191
Palabras clave: DERECHO A LA IDENTIDAD, IDENTIDAD PERSONAL, NOMBRE, APELLIDO Resumen: En el presente trabajo se analiza la forma en que se asignan los apellidos de la criatura recién nacida, según se trate de un hijo cuyos progenitores se encuentre o no unidos en matrimonio entre sí. Los cambios producidos en la filiación de esa persona con posterioridad a su inscripción generarán modificaciones en dichos apellidos. Si esa persona es un niño o una niña, no se encuentra previsto recoger su voluntad como sí sucede con quienes ya han cumplido 13 años de edad. Se examina entonces la tensión generada entre lo dispuesto en función del carácter identificatorio del nombre y el derecho a la identidad de quien se ve expuesto a dicho cambio. Nota de contenido: Introducción. -- Identidad personal. -- El nombre en nuestro derecho. -- Naturaleza jurídica del nombre. -- El marco normativo y la atribución de los apellidos. -- Hijos que provienen de matrimonio. -- Hijos que no provienen de matrimonio. -- Niñas, niños o adolescentes adoptados. -- Modificación en la relación filiatoria. -- Cambio de uno o ambos apellidos de niñas o niños. -- Protección de la identidad de las niñas y niños. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=20664