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Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio) / Álvaro Martín Gussoni Aldaya
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Título : Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio) Tipo de documento: texto impreso Autores: Álvaro Martín Gussoni Aldaya Número de páginas: p. 449-454 Idioma : Español (spa) Palabras clave: ACCIONES COPROPIEDAD Resumen: En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley.Nota de contenido: Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839 Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio) [texto impreso] / Álvaro Martín Gussoni Aldaya . - [s.d.] . - p. 449-454.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: ACCIONES COPROPIEDAD Resumen: En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley.Nota de contenido: Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839 Gussoni Aldaya, Álvaro Martín (2009). Reforma del art. 56 ley 16.060 (condominio). En Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2009. p. 449-454.
en Evaluación de la Ley de Sociedades Comerciales / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2009)
Idioma : Español (spa)
Palabras clave: ACCIONES COPROPIEDAD Resumen: En el presente trabajo, se realiza un estudio de la reglamentación existente sobre condominio de acciones, realizando propuestas de modificaciones al artículo 56 de la Ley de Sociedades Comerciales.
El artículo 56 de la Ley 16.060 es una disposición que regula en forma general los diferentes tipos societarios. Se trata de una disposición insuficiente, que ante un caso de condominio, de parte de interés, cuota o acción, deberá acudirse a las leyes análogas, los principios generales de derecho, y las doctrinas más recibidas.
En la especie, nos encontramos con el inconveniente de que nuestro derecho no regula en forma específica el condominio, como sí lo realiza la legislación argentina. Esto trae aparejado problemas en las sociedades, ya que mientras se discute la resolución de los distintos inconvenientes, el dinamismo de las sociedades hace que los socios se vean perjudicados.
Se estudian las formas de condominio tanto sucesorio como contractual, las consecuencias generadas por el condominio, la representación de los condóminos, los derechos y obligaciones de los condóminos y sus representantes, la administración, cesación del condominio y la proposición de modificación del artículo 56 de la Ley.Nota de contenido: Introducción. -- Nacimiento. -- Indivisibilidad. -- Representante. -- Administración. -- Fin del condominio accionario. -- Artículo propuesto. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4839