[artículo] Título : |
Diez años de aplicación de la ley 17.904 : Algunos aspectos prácticos |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Daniella Cianciarulo Bertone |
Fecha de publicación: |
2015 |
Artículo en la página: |
p. 59-74 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / REPRESENTANTE DE SOCIEDAD COMERCIAL / REVOCACIÓN DE AUTORIDADES / REGISTRO DE COMERCIO / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / LEY 17904
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Resumen: |
La ley 17.904 ha reinstaurado en nuestra legislación la necesidad de comunicarle al Registro Nacional de Comercio la designación, la revocación, y el cese de los administradores o representantes designados fuera del contrato social, en todos los tipos sociales. Durante sus diez años de su aplicación, se han suscitado variadas opiniones, que hoy la autora reúne en un solo trabajo y con los criterios que considera más adecuados. El desarrollo se plantea a partir de cuáles son las sociedades obligadas a la comunicación, los actos que deben ser comunicados, las consecuencias de la no comunicación, hasta otras situaciones no comprendidas dentro de la obligación legal. Se han tenido en cuenta, además, consultas formuladas a la Asociación de Escribanos, cuyo intercambio de opiniones presentó posiciones muy divididas. |
Nota de contenido: |
Generalidades. -- Plazo para el cumplimiento de la ley. -- Distintas situaciones. -- ¿Cuáles sociedades están comprendidas en la disposición legal y en qué situaciones se realiza la comunicación? -- Renovación de autoridades. -- Mandatos. -- ¿ Qué administradores, directores o representantes hay que comunicar para que el acto que realice la sociedad sea oponible? Cese o revocación de administradores o representantes. -- Alcance de la inoponibilidad. -- Necesidad de ratificación del acto que se hace oponible recién con la comunicación del representante. -- Otorgamiento de compraventa judicial en cumplimiento de promesa con representantes no comunicados. -- Nombramiento de liquidadores. -- Convenios de sindicación. -- Cambio de sede. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8362 |
in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > 101 (Enero - Diciembre 2015) . - p. 59-74
[artículo] Diez años de aplicación de la ley 17.904 : Algunos aspectos prácticos [texto impreso] / Daniella Cianciarulo Bertone . - 2015 . - p. 59-74. Idioma : Español ( spa) in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > 101 (Enero - Diciembre 2015) . - p. 59-74 Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / REPRESENTANTE DE SOCIEDAD COMERCIAL / REVOCACIÓN DE AUTORIDADES / REGISTRO DE COMERCIO / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / LEY 17904
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Resumen: |
La ley 17.904 ha reinstaurado en nuestra legislación la necesidad de comunicarle al Registro Nacional de Comercio la designación, la revocación, y el cese de los administradores o representantes designados fuera del contrato social, en todos los tipos sociales. Durante sus diez años de su aplicación, se han suscitado variadas opiniones, que hoy la autora reúne en un solo trabajo y con los criterios que considera más adecuados. El desarrollo se plantea a partir de cuáles son las sociedades obligadas a la comunicación, los actos que deben ser comunicados, las consecuencias de la no comunicación, hasta otras situaciones no comprendidas dentro de la obligación legal. Se han tenido en cuenta, además, consultas formuladas a la Asociación de Escribanos, cuyo intercambio de opiniones presentó posiciones muy divididas. |
Nota de contenido: |
Generalidades. -- Plazo para el cumplimiento de la ley. -- Distintas situaciones. -- ¿Cuáles sociedades están comprendidas en la disposición legal y en qué situaciones se realiza la comunicación? -- Renovación de autoridades. -- Mandatos. -- ¿ Qué administradores, directores o representantes hay que comunicar para que el acto que realice la sociedad sea oponible? Cese o revocación de administradores o representantes. -- Alcance de la inoponibilidad. -- Necesidad de ratificación del acto que se hace oponible recién con la comunicación del representante. -- Otorgamiento de compraventa judicial en cumplimiento de promesa con representantes no comunicados. -- Nombramiento de liquidadores. -- Convenios de sindicación. -- Cambio de sede. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8362 |
[artículo] Cianciarulo Bertone, Daniella (2015). Diez años de aplicación de la ley 17.904 : Algunos aspectos prácticos. Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay. 101. (Enero - Diciembre 2015) p. 59-74. Idioma : Español ( spa) in Revista de la Asociación de Escribanos del Uruguay > 101 (Enero - Diciembre 2015) . - p. 59-74 Clasificación: |
DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRACIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / ADMINISTRADOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / REPRESENTANTE DE SOCIEDAD COMERCIAL / REVOCACIÓN DE AUTORIDADES / REGISTRO DE COMERCIO / DIRECTORIO DE SOCIEDADES COMERCIALES / RESPONSABILIDAD DEL DIRECTORIO / DISOLUCIÓN DE SOCIEDADES COMERCIALES / DIRECTOR DE SOCIEDAD COMERCIAL / LEY 17904
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Resumen: |
La ley 17.904 ha reinstaurado en nuestra legislación la necesidad de comunicarle al Registro Nacional de Comercio la designación, la revocación, y el cese de los administradores o representantes designados fuera del contrato social, en todos los tipos sociales. Durante sus diez años de su aplicación, se han suscitado variadas opiniones, que hoy la autora reúne en un solo trabajo y con los criterios que considera más adecuados. El desarrollo se plantea a partir de cuáles son las sociedades obligadas a la comunicación, los actos que deben ser comunicados, las consecuencias de la no comunicación, hasta otras situaciones no comprendidas dentro de la obligación legal. Se han tenido en cuenta, además, consultas formuladas a la Asociación de Escribanos, cuyo intercambio de opiniones presentó posiciones muy divididas. |
Nota de contenido: |
Generalidades. -- Plazo para el cumplimiento de la ley. -- Distintas situaciones. -- ¿Cuáles sociedades están comprendidas en la disposición legal y en qué situaciones se realiza la comunicación? -- Renovación de autoridades. -- Mandatos. -- ¿ Qué administradores, directores o representantes hay que comunicar para que el acto que realice la sociedad sea oponible? Cese o revocación de administradores o representantes. -- Alcance de la inoponibilidad. -- Necesidad de ratificación del acto que se hace oponible recién con la comunicación del representante. -- Otorgamiento de compraventa judicial en cumplimiento de promesa con representantes no comunicados. -- Nombramiento de liquidadores. -- Convenios de sindicación. -- Cambio de sede. -- Conclusiones. |
Cobertura geográfica : |
Uruguay |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8362 |
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