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Derechos humanos y empresas / Dante M. Negro en Revista Uruguaya de Derecho Internacional Privado, 9 ([01/01/2017])
[artículo]
Título : Derechos humanos y empresas : Posibilidades y desafíos en el tratamiento del tema Tipo de documento: texto impreso Autores: Dante M. Negro Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 63 - 77 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO / DERECHO COMERCIAL / RESPONSABILIDAD SOCIAL / REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA / PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11807
in Revista Uruguaya de Derecho Internacional Privado > 9 [01/01/2017] . - p. 63 - 77[artículo] Derechos humanos y empresas : Posibilidades y desafíos en el tratamiento del tema [texto impreso] / Dante M. Negro . - 2017 . - p. 63 - 77.
Idioma : Español (spa)
in Revista Uruguaya de Derecho Internacional Privado > 9 [01/01/2017] . - p. 63 - 77
Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO / DERECHO COMERCIAL / RESPONSABILIDAD SOCIAL / REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA / PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11807 [artículo] Negro, Dante M. (2017). Derechos humanos y empresas : Posibilidades y desafíos en el tratamiento del tema. Revista Uruguaya de Derecho Internacional Privado. 9. (01/01/2017) p. 63 - 77.
Idioma : Español (spa)
in Revista Uruguaya de Derecho Internacional Privado > 9 [01/01/2017] . - p. 63 - 77
Clasificación: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO / DERECHO COMERCIAL / RESPONSABILIDAD SOCIAL / REGULACIÓN DE LA ACTIVIDAD ECONÓMICA / PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11807 El artículo 72 de la Constitución uruguaya como norma pórtico, puente o de coordinación entre el derecho ambiental internacional o global y el derecho ambiental en Uruguay / Ricardo Gorosito Zuluaga en Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada, v. 9, n. 1 (Enero - febrero 2018)
[artículo]
Título : El artículo 72 de la Constitución uruguaya como norma pórtico, puente o de coordinación entre el derecho ambiental internacional o global y el derecho ambiental en Uruguay Tipo de documento: texto impreso Autores: Ricardo Gorosito Zuluaga Fecha de publicación: 2018 Artículo en la página: p. 227-235 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY / CONSTITUCIÓN - ART. 72 Nota de contenido: El art. 72 en la Constitución uruguaya y el derecho ambiental. -- Las declaraciones e instrumentos internacionales ambientales fundantes y la Constitución uruguaya. -- El rol del art. 72. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11046
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v. 9, n. 1 (Enero - febrero 2018) . - p. 227-235[artículo] El artículo 72 de la Constitución uruguaya como norma pórtico, puente o de coordinación entre el derecho ambiental internacional o global y el derecho ambiental en Uruguay [texto impreso] / Ricardo Gorosito Zuluaga . - 2018 . - p. 227-235.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v. 9, n. 1 (Enero - febrero 2018) . - p. 227-235
Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY / CONSTITUCIÓN - ART. 72 Nota de contenido: El art. 72 en la Constitución uruguaya y el derecho ambiental. -- Las declaraciones e instrumentos internacionales ambientales fundantes y la Constitución uruguaya. -- El rol del art. 72. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11046 [artículo] Gorosito Zuluaga, Ricardo (2018). El artículo 72 de la Constitución uruguaya como norma pórtico, puente o de coordinación entre el derecho ambiental internacional o global y el derecho ambiental en Uruguay. Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada. v. 9, n. 1. (Enero - febrero 2018) p. 227-235.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Legislación Uruguaya Sistematizada y Analizada > v. 9, n. 1 (Enero - febrero 2018) . - p. 227-235
Clasificación: DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY / CONSTITUCIÓN - ART. 72 Nota de contenido: El art. 72 en la Constitución uruguaya y el derecho ambiental. -- Las declaraciones e instrumentos internacionales ambientales fundantes y la Constitución uruguaya. -- El rol del art. 72. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11046 El daño ambiental en el derecho uruguayo / Hugo Díaz Fernández en La Justicia Uruguaya, v. 76 n. 152 (2015)
[artículo]
Título : El daño ambiental en el derecho uruguayo Tipo de documento: texto impreso Autores: Hugo Díaz Fernández Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: D67 - D79 Nota general: Publicado además en Revista Crítica de Derecho Privado, v. 10, 2013, p. 559 Idioma : Español (spa) Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / TUTELA AMBIENTAL / INTERÉS DIFUSO Resumen: En la protección jurídica del ambiente el bien jurídico es la integridad ambiental, que refiere tanto al ambiente natural como al ambiente artificial. La integridad ambiental es un bien común o colectivo. Daño ambiental es la lesión al interés ambiental. Interés ambiental es la posibilidad de satisfacción de las necesidades humanas que satisface la integridad ambiental. Esencialmente, la integridad ambiental posibilita la satisfacción de las necesidades de desarrollo de la vida humana, de calidad de vida humana y de salud humana. Estos intereses pueden llamarse, respectivamente, interés ambiental de desarrollo de la vida, interés ambiental de calidad de vida e interés ambiental de salud. Daño ambiental es sentido estricto es el daño ambiental supraindividual. El daño ambiental supraindividual es la lesión al interés ambiental supraindividual. El interés supraindividual es un interés común de la comunidad abstractamente considerada como unidad respecto a un bien común. El daño ambiental en sentido amplio comprende el daño ambiental indidividual. El daño ambiental individual es la lesión al interés ambiental individual. El interés ambiental individual es el interés ambiental de una o varias personas individualmente consideradas respecto a la integridad ambiental. El daño ambiental individual puede ser un daño transindividual o masivo. Cuando la contaminación ambiental lesiona el interés ambiental individual homogéneo de un grupo de personas se produce daño individual ambiental transindividual. Por otra parte pueden existir daños no ambientales a través del ambiente. Estos consisten en la lesión a intereses no ambientales producida por contaminación ambiental. Los daños ambientales se producen por contaminación ambiental significativa. La determinación del grado significativo de contaminación ambiental, con la consecuente verificación del daño ambiental, puede realizarse en base a criterios de estándares ambientales normativos, criterio de capacidad regenerativa natural del ambiente o criterios de intereses afectados. Nota de contenido: Introducción. -- El bien jurídico integridad ambiental. -- Concepto de bien integridad ambiental. -- Daño ambiental. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11878
in La Justicia Uruguaya > v. 76 n. 152 (2015) . - D67 - D79[artículo] El daño ambiental en el derecho uruguayo [texto impreso] / Hugo Díaz Fernández . - 2015 . - D67 - D79.
Publicado además en Revista Crítica de Derecho Privado, v. 10, 2013, p. 559
Idioma : Español (spa)
in La Justicia Uruguaya > v. 76 n. 152 (2015) . - D67 - D79
Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / TUTELA AMBIENTAL / INTERÉS DIFUSO Resumen: En la protección jurídica del ambiente el bien jurídico es la integridad ambiental, que refiere tanto al ambiente natural como al ambiente artificial. La integridad ambiental es un bien común o colectivo. Daño ambiental es la lesión al interés ambiental. Interés ambiental es la posibilidad de satisfacción de las necesidades humanas que satisface la integridad ambiental. Esencialmente, la integridad ambiental posibilita la satisfacción de las necesidades de desarrollo de la vida humana, de calidad de vida humana y de salud humana. Estos intereses pueden llamarse, respectivamente, interés ambiental de desarrollo de la vida, interés ambiental de calidad de vida e interés ambiental de salud. Daño ambiental es sentido estricto es el daño ambiental supraindividual. El daño ambiental supraindividual es la lesión al interés ambiental supraindividual. El interés supraindividual es un interés común de la comunidad abstractamente considerada como unidad respecto a un bien común. El daño ambiental en sentido amplio comprende el daño ambiental indidividual. El daño ambiental individual es la lesión al interés ambiental individual. El interés ambiental individual es el interés ambiental de una o varias personas individualmente consideradas respecto a la integridad ambiental. El daño ambiental individual puede ser un daño transindividual o masivo. Cuando la contaminación ambiental lesiona el interés ambiental individual homogéneo de un grupo de personas se produce daño individual ambiental transindividual. Por otra parte pueden existir daños no ambientales a través del ambiente. Estos consisten en la lesión a intereses no ambientales producida por contaminación ambiental. Los daños ambientales se producen por contaminación ambiental significativa. La determinación del grado significativo de contaminación ambiental, con la consecuente verificación del daño ambiental, puede realizarse en base a criterios de estándares ambientales normativos, criterio de capacidad regenerativa natural del ambiente o criterios de intereses afectados. Nota de contenido: Introducción. -- El bien jurídico integridad ambiental. -- Concepto de bien integridad ambiental. -- Daño ambiental. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11878 [artículo] Díaz Fernández, Hugo (2015). El daño ambiental en el derecho uruguayo. La Justicia Uruguaya. v. 76 n. 152. (2015) D67 - D79.
Publicado además en Revista Crítica de Derecho Privado, v. 10, 2013, p. 559
Idioma : Español (spa)
in La Justicia Uruguaya > v. 76 n. 152 (2015) . - D67 - D79
Clasificación: DAÑO AMBIENTAL / DERECHO AMBIENTAL / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / TUTELA AMBIENTAL / INTERÉS DIFUSO Resumen: En la protección jurídica del ambiente el bien jurídico es la integridad ambiental, que refiere tanto al ambiente natural como al ambiente artificial. La integridad ambiental es un bien común o colectivo. Daño ambiental es la lesión al interés ambiental. Interés ambiental es la posibilidad de satisfacción de las necesidades humanas que satisface la integridad ambiental. Esencialmente, la integridad ambiental posibilita la satisfacción de las necesidades de desarrollo de la vida humana, de calidad de vida humana y de salud humana. Estos intereses pueden llamarse, respectivamente, interés ambiental de desarrollo de la vida, interés ambiental de calidad de vida e interés ambiental de salud. Daño ambiental es sentido estricto es el daño ambiental supraindividual. El daño ambiental supraindividual es la lesión al interés ambiental supraindividual. El interés supraindividual es un interés común de la comunidad abstractamente considerada como unidad respecto a un bien común. El daño ambiental en sentido amplio comprende el daño ambiental indidividual. El daño ambiental individual es la lesión al interés ambiental individual. El interés ambiental individual es el interés ambiental de una o varias personas individualmente consideradas respecto a la integridad ambiental. El daño ambiental individual puede ser un daño transindividual o masivo. Cuando la contaminación ambiental lesiona el interés ambiental individual homogéneo de un grupo de personas se produce daño individual ambiental transindividual. Por otra parte pueden existir daños no ambientales a través del ambiente. Estos consisten en la lesión a intereses no ambientales producida por contaminación ambiental. Los daños ambientales se producen por contaminación ambiental significativa. La determinación del grado significativo de contaminación ambiental, con la consecuente verificación del daño ambiental, puede realizarse en base a criterios de estándares ambientales normativos, criterio de capacidad regenerativa natural del ambiente o criterios de intereses afectados. Nota de contenido: Introducción. -- El bien jurídico integridad ambiental. -- Concepto de bien integridad ambiental. -- Daño ambiental. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11878 El delito ecológico / Jorge Amilcar Luciano García en Revista de Ciencias Penales, 3 (1997)
[artículo]
Título : El delito ecológico : un nuevo paradigma simbólico del ius puniendi Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Amilcar Luciano García Fecha de publicación: 1997 Artículo en la página: p. 89-116 Nota general: Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO PENAL / DELITOS AMBIENTALES / RESIDUOS PELIGROSOS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PROTECCION PENAL DEL MEDIO AMBIENTE Nota de contenido: Introducción. -- Una cuestión sin respuesta: ¿es el delito ecológico un nuevo paradigma que justifica la centralidad de la respuesta penal?. -- El garantismo y las normas del delito ambiental: especial referencia a la ley de residuos peligrosos No. 24.051. -- El problema de los llamados tipos de peligro abstracto y el principio de legalidad. -- Carácter auxiliar del derecho penal respecto del derecho administrativo en la tutela del ambiente. El problema de la ley penal en blanco. -- La ley penal en blanco. -- El problema de las sanciones. El sujeto responsable. -- La cuestión de la actuación de las personas jurídicas. -- La actuación a nombre de otro. -- A modo de breve conclusión: un derecho penal mínimo para el ambiente. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8342
in Revista de Ciencias Penales > 3 (1997) . - p. 89-116[artículo] El delito ecológico : un nuevo paradigma simbólico del ius puniendi [texto impreso] / Jorge Amilcar Luciano García . - 1997 . - p. 89-116.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Ciencias Penales > 3 (1997) . - p. 89-116
Clasificación: DERECHO PENAL / DELITOS AMBIENTALES / RESIDUOS PELIGROSOS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PROTECCION PENAL DEL MEDIO AMBIENTE Nota de contenido: Introducción. -- Una cuestión sin respuesta: ¿es el delito ecológico un nuevo paradigma que justifica la centralidad de la respuesta penal?. -- El garantismo y las normas del delito ambiental: especial referencia a la ley de residuos peligrosos No. 24.051. -- El problema de los llamados tipos de peligro abstracto y el principio de legalidad. -- Carácter auxiliar del derecho penal respecto del derecho administrativo en la tutela del ambiente. El problema de la ley penal en blanco. -- La ley penal en blanco. -- El problema de las sanciones. El sujeto responsable. -- La cuestión de la actuación de las personas jurídicas. -- La actuación a nombre de otro. -- A modo de breve conclusión: un derecho penal mínimo para el ambiente. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8342 [artículo] García, Jorge Amilcar Luciano (1997). El delito ecológico : un nuevo paradigma simbólico del ius puniendi. Revista de Ciencias Penales. 3. (1997) p. 89-116.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Ciencias Penales > 3 (1997) . - p. 89-116
Clasificación: DERECHO PENAL / DELITOS AMBIENTALES / RESIDUOS PELIGROSOS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PROTECCION PENAL DEL MEDIO AMBIENTE Nota de contenido: Introducción. -- Una cuestión sin respuesta: ¿es el delito ecológico un nuevo paradigma que justifica la centralidad de la respuesta penal?. -- El garantismo y las normas del delito ambiental: especial referencia a la ley de residuos peligrosos No. 24.051. -- El problema de los llamados tipos de peligro abstracto y el principio de legalidad. -- Carácter auxiliar del derecho penal respecto del derecho administrativo en la tutela del ambiente. El problema de la ley penal en blanco. -- La ley penal en blanco. -- El problema de las sanciones. El sujeto responsable. -- La cuestión de la actuación de las personas jurídicas. -- La actuación a nombre de otro. -- A modo de breve conclusión: un derecho penal mínimo para el ambiente. Cobertura geográfica : Argentina Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=8342 El «fracking» y la competencia del gobierno departamental / Fulvio Gutiérrez en La Justicia Uruguaya, v. 76 n. 152 (2015)
[artículo]
Título : El «fracking» y la competencia del gobierno departamental Tipo de documento: texto impreso Autores: Fulvio Gutiérrez Fecha de publicación: 2015 Artículo en la página: D9 - D11 Idioma : Español (spa) Clasificación: ACTIVIDADES DE MINERÍA / DERECHO ADMINISTRATIVO / CONCESIONES MINERAS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PROTECCIÓN DE SUELOS / LEY 17283 Nota de contenido: Introducción. -- Análisis jurídico. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11873
in La Justicia Uruguaya > v. 76 n. 152 (2015) . - D9 - D11[artículo] El «fracking» y la competencia del gobierno departamental [texto impreso] / Fulvio Gutiérrez . - 2015 . - D9 - D11.
Idioma : Español (spa)
in La Justicia Uruguaya > v. 76 n. 152 (2015) . - D9 - D11
Clasificación: ACTIVIDADES DE MINERÍA / DERECHO ADMINISTRATIVO / CONCESIONES MINERAS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PROTECCIÓN DE SUELOS / LEY 17283 Nota de contenido: Introducción. -- Análisis jurídico. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11873 [artículo] Gutiérrez, Fulvio (2015). El «fracking» y la competencia del gobierno departamental. La Justicia Uruguaya. v. 76 n. 152. (2015) D9 - D11.
Idioma : Español (spa)
in La Justicia Uruguaya > v. 76 n. 152 (2015) . - D9 - D11
Clasificación: ACTIVIDADES DE MINERÍA / DERECHO ADMINISTRATIVO / CONCESIONES MINERAS / PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE / PROTECCIÓN DE SUELOS / LEY 17283 Nota de contenido: Introducción. -- Análisis jurídico. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11873 El medio ambiente en la reforma constitucional / Marcelo J. CousillasPermalinkEmpresa, derecho y medio ambiente / César J. Lorente Aznar (1996)PermalinkFauna, políticas públicas e instrumentos legais / Congresso Internacional de Direito Ambiental (8; 2004; San Pablo, Brasil) (2004)PermalinkLa función de prevención en el derecho de daños y el impacto del principio precautorio / Andrés Mariño López en La Justicia Uruguaya, v. 78 n. 155 (Noviembre - Diciembre 2017)PermalinkFundamentos de derecho ambiental uruguayo / Marcelo J. Cousillas (1996)PermalinkGreen criminilogy / Ascensión García Ruiz (2017)PermalinkInternational submarine cables and biodiversity of areas beyond national jurisdiction / Douglas R Burnett (2017)PermalinkLegislación sobre medio ambiente en el Uruguay / José L. Sciandro (2000)PermalinkLa legitimación causal activa y pasiva / María Cristina Garros MartínezPermalinkLey forestal y régimen de protección del monte indígena / Carlos E. DelpiazzoPermalink