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Análisis de la constitucionalidad de la declaración jurada de bienes e ingresos en los procesos de pensión alimenticia, establecida por la ley 19727 de diciembre de 2018, modificativa del art. 58 del Código de la Niñez y Adolescencia / Pablo Arana Balestra en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, 07 (Enero - Diciembre, 2019)
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Título : Análisis de la constitucionalidad de la declaración jurada de bienes e ingresos en los procesos de pensión alimenticia, establecida por la ley 19727 de diciembre de 2018, modificativa del art. 58 del Código de la Niñez y Adolescencia Tipo de documento: texto impreso Autores: Pablo Arana Balestra Fecha de publicación: 2019 Artículo en la página: p. 25-38 Idioma : Español (spa) Palabras clave: ANALISIS DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES E INGRESOS EN LOS PROCESOS DE PENSION ALIMENTICIA Resumen: El 18 de enero de 2019, se publicó en el Diario Oficial la ley nº 19727, sancionada el día 18 de Diciembre de 2019, que modifica el art. 58 del Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA), incorporando cuatro párrafos (al final) tendientes a regular la "forma de acreditar" de los ingresos de uno de los deudores alimentarios. Se aborda la constitucionalidad de la norma, confrontándola con el principio de igualdad ante la ley que consagra el art. 8 de la Constitución Nacional, dado que, en el caso más frecuente de el art. 8 de la Constitución Nacional, dado que, en el caso más frecuente de reclamación pensionaria (que es aquella en la que es uno de los progrenitores el reclamado) la nueva disposición confiere un tratamiento diferencial a uno de los obligados alimentarios, de un elenco que en la mayoría de los casos tiene dos integrantes o más. Este abordaje no trata aspectos procesales que fueron evidentemente afectados por la norma, cuales son aquellos relacionados al principio dispositivo y el derecho de defensa. Tampoco se tratarán los aspectos vinculados a la solución procesal que la ley dispone en su inciso final ( en virtud de la cual se establece un traslado por treinta días, y la facultad del juez para designar de oficio un perito, etc.), ni ausencia de previsión del caso en el que el propio obligado alimentario pretende la determinación de la pensión alimenticia. Nota de contenido: Los obligados alimentarios y los "deudores alimentarios". -- La ley 19727 y los ingresos del "obligado". -- La igualdad y la obligación de contribución al mantenimiento de hijos y otros parientes. -- Planteo 4. -- El principio de igualdad en la Constitución. -- El principio de igualdad en el Derecho Procesal. -- Conclusiones sobre la constitucionalidad del distingo establecido por la modificación del art. 58 del CNA. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14225
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 07 (Enero - Diciembre, 2019) . - p. 25-38[artículo] Análisis de la constitucionalidad de la declaración jurada de bienes e ingresos en los procesos de pensión alimenticia, establecida por la ley 19727 de diciembre de 2018, modificativa del art. 58 del Código de la Niñez y Adolescencia [texto impreso] / Pablo Arana Balestra . - 2019 . - p. 25-38.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 07 (Enero - Diciembre, 2019) . - p. 25-38
Palabras clave: ANALISIS DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES E INGRESOS EN LOS PROCESOS DE PENSION ALIMENTICIA Resumen: El 18 de enero de 2019, se publicó en el Diario Oficial la ley nº 19727, sancionada el día 18 de Diciembre de 2019, que modifica el art. 58 del Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA), incorporando cuatro párrafos (al final) tendientes a regular la "forma de acreditar" de los ingresos de uno de los deudores alimentarios. Se aborda la constitucionalidad de la norma, confrontándola con el principio de igualdad ante la ley que consagra el art. 8 de la Constitución Nacional, dado que, en el caso más frecuente de el art. 8 de la Constitución Nacional, dado que, en el caso más frecuente de reclamación pensionaria (que es aquella en la que es uno de los progrenitores el reclamado) la nueva disposición confiere un tratamiento diferencial a uno de los obligados alimentarios, de un elenco que en la mayoría de los casos tiene dos integrantes o más. Este abordaje no trata aspectos procesales que fueron evidentemente afectados por la norma, cuales son aquellos relacionados al principio dispositivo y el derecho de defensa. Tampoco se tratarán los aspectos vinculados a la solución procesal que la ley dispone en su inciso final ( en virtud de la cual se establece un traslado por treinta días, y la facultad del juez para designar de oficio un perito, etc.), ni ausencia de previsión del caso en el que el propio obligado alimentario pretende la determinación de la pensión alimenticia. Nota de contenido: Los obligados alimentarios y los "deudores alimentarios". -- La ley 19727 y los ingresos del "obligado". -- La igualdad y la obligación de contribución al mantenimiento de hijos y otros parientes. -- Planteo 4. -- El principio de igualdad en la Constitución. -- El principio de igualdad en el Derecho Procesal. -- Conclusiones sobre la constitucionalidad del distingo establecido por la modificación del art. 58 del CNA. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14225 [artículo] Arana Balestra, Pablo (2019). Análisis de la constitucionalidad de la declaración jurada de bienes e ingresos en los procesos de pensión alimenticia, establecida por la ley 19727 de diciembre de 2018, modificativa del art. 58 del Código de la Niñez y Adolescencia. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. 07. (Enero - Diciembre, 2019) p. 25-38.
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > 07 (Enero - Diciembre, 2019) . - p. 25-38
Palabras clave: ANALISIS DE LA CONSTITUCIONALIDAD DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES E INGRESOS EN LOS PROCESOS DE PENSION ALIMENTICIA Resumen: El 18 de enero de 2019, se publicó en el Diario Oficial la ley nº 19727, sancionada el día 18 de Diciembre de 2019, que modifica el art. 58 del Código de la Niñez y la Adolescencia (CNA), incorporando cuatro párrafos (al final) tendientes a regular la "forma de acreditar" de los ingresos de uno de los deudores alimentarios. Se aborda la constitucionalidad de la norma, confrontándola con el principio de igualdad ante la ley que consagra el art. 8 de la Constitución Nacional, dado que, en el caso más frecuente de el art. 8 de la Constitución Nacional, dado que, en el caso más frecuente de reclamación pensionaria (que es aquella en la que es uno de los progrenitores el reclamado) la nueva disposición confiere un tratamiento diferencial a uno de los obligados alimentarios, de un elenco que en la mayoría de los casos tiene dos integrantes o más. Este abordaje no trata aspectos procesales que fueron evidentemente afectados por la norma, cuales son aquellos relacionados al principio dispositivo y el derecho de defensa. Tampoco se tratarán los aspectos vinculados a la solución procesal que la ley dispone en su inciso final ( en virtud de la cual se establece un traslado por treinta días, y la facultad del juez para designar de oficio un perito, etc.), ni ausencia de previsión del caso en el que el propio obligado alimentario pretende la determinación de la pensión alimenticia. Nota de contenido: Los obligados alimentarios y los "deudores alimentarios". -- La ley 19727 y los ingresos del "obligado". -- La igualdad y la obligación de contribución al mantenimiento de hijos y otros parientes. -- Planteo 4. -- El principio de igualdad en la Constitución. -- El principio de igualdad en el Derecho Procesal. -- Conclusiones sobre la constitucionalidad del distingo establecido por la modificación del art. 58 del CNA. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=14225 Reflexiones sobre subrogación real de bienes gananciales. Los coindivisarios y la persecución, por parte del acreedor social (no perjudicado), y del acreedor personal / Pablo Arana Balestra en Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones, v.8 (2020)
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Título : Reflexiones sobre subrogación real de bienes gananciales. Los coindivisarios y la persecución, por parte del acreedor social (no perjudicado), y del acreedor personal Tipo de documento: texto impreso Autores: Pablo Arana Balestra, Autor Fecha de publicación: 2020 Artículo en la página: p. 97-105 Nota general: Doctrina Nacional Idioma : Español (spa) Resumen: La subrogación real en la etapa de la indivisión poscomunitaria es un tema que convoca al interés tanto de los coindivisarios, como de los terceros acreedores. Este trabajo procura un acercamiento al fenómeno antedicho con énfasis en su aplicación práctica, especialmente, desde la perspectiva de los derechos de los coindivisarios, y de los acreedores sociales de los cónyuges o ex cónyuges. Nota de contenido: La subrogación real - aproximación conceptual. -- La subrogación real de bienes propios vigente el régimen matrimonial legal. -- La subrogación real de bienes gananciales una vez disuelto el régimen matrimonial legal. -- El derecho de persecución de los acreedores. -- La peligrosa y frecuente indivisión que permanece - un caso tipo. -- Primer caso: el derecho de persecución de los acreedores sociales (no perjudicados) contra los bienes subrogados a los gananciales indivisos. -- Primer caso: el derecho de persecución de los acreedores sociales (no perjudicados) contra los bienes subrogados a los gananciales indivisos. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22119
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v.8 (2020) . - p. 97-105[artículo] Reflexiones sobre subrogación real de bienes gananciales. Los coindivisarios y la persecución, por parte del acreedor social (no perjudicado), y del acreedor personal [texto impreso] / Pablo Arana Balestra, Autor . - 2020 . - p. 97-105.
Doctrina Nacional
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v.8 (2020) . - p. 97-105
Resumen: La subrogación real en la etapa de la indivisión poscomunitaria es un tema que convoca al interés tanto de los coindivisarios, como de los terceros acreedores. Este trabajo procura un acercamiento al fenómeno antedicho con énfasis en su aplicación práctica, especialmente, desde la perspectiva de los derechos de los coindivisarios, y de los acreedores sociales de los cónyuges o ex cónyuges. Nota de contenido: La subrogación real - aproximación conceptual. -- La subrogación real de bienes propios vigente el régimen matrimonial legal. -- La subrogación real de bienes gananciales una vez disuelto el régimen matrimonial legal. -- El derecho de persecución de los acreedores. -- La peligrosa y frecuente indivisión que permanece - un caso tipo. -- Primer caso: el derecho de persecución de los acreedores sociales (no perjudicados) contra los bienes subrogados a los gananciales indivisos. -- Primer caso: el derecho de persecución de los acreedores sociales (no perjudicados) contra los bienes subrogados a los gananciales indivisos. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22119 [artículo] Arana Balestra, Pablo (2020). Reflexiones sobre subrogación real de bienes gananciales. Los coindivisarios y la persecución, por parte del acreedor social (no perjudicado), y del acreedor personal. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. v.8. (2020) p. 97-105.
Doctrina Nacional
Idioma : Español (spa)
in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v.8 (2020) . - p. 97-105
Resumen: La subrogación real en la etapa de la indivisión poscomunitaria es un tema que convoca al interés tanto de los coindivisarios, como de los terceros acreedores. Este trabajo procura un acercamiento al fenómeno antedicho con énfasis en su aplicación práctica, especialmente, desde la perspectiva de los derechos de los coindivisarios, y de los acreedores sociales de los cónyuges o ex cónyuges. Nota de contenido: La subrogación real - aproximación conceptual. -- La subrogación real de bienes propios vigente el régimen matrimonial legal. -- La subrogación real de bienes gananciales una vez disuelto el régimen matrimonial legal. -- El derecho de persecución de los acreedores. -- La peligrosa y frecuente indivisión que permanece - un caso tipo. -- Primer caso: el derecho de persecución de los acreedores sociales (no perjudicados) contra los bienes subrogados a los gananciales indivisos. -- Primer caso: el derecho de persecución de los acreedores sociales (no perjudicados) contra los bienes subrogados a los gananciales indivisos. -- Conclusiones. Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=22119