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La determinación del daño marcario / Jorge Luis Achard en Judicatura, 63 (Noviembre - 2017)
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Título : La determinación del daño marcario : Una nueva regla de tres pasos Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Luis Achard Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 101-111 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL / PROPIEDAD INTELECTUAL / DERECHO DE MARCAS / PROTECCIÓN PENAL DE LAS MARCAS / DAÑOS / DAÑO PATRIMONIAL / DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL / USO DE MARCA SIN AUTORIZACIÓN DEL TITULAR Resumen: El objetivo del presente trabajo es profundizar en el estudio de la determinación de los daños marcarios, estudiando nuestra legislación así como legislación comparada y las últimas sentencias relevantes en la materia, con el objetivo final de proponer un método simple que permita fijar criterios básicos para su determinación. La determinación de los daños marcarios suele ser uno de los obstáculos más complejos de sortear por parte de los titulares de marcas a la hora de iniciar un reclamo de daños y perjuicios a quien utilizó su marca sin autorización. La complejidad del tema y las dudas jurisprudenciales en la materia ha llevado a una innecesaria saturación del sistema penal. En el estudio de la casuística local hemos encontrado cuatro clases diferentes de infracciones marcarias: 1. Venta de productos falsificados y confundibles con los productos originales. 2. Venta de productos falsificados pero que no provocan confusión con los productos originales. 3. Uso de marca sin autorización del titular, con el fin de identificar un producto o servicio a ser comercializado, sin que exista producto o servicio original. 4. Uso de marca sin autorización del titular con fines ajenos a la identificación de un determinado producto o servicio. Para determinar el daño en cada una de las hipótesis mencionadas se debe utilizar las distintas herramientas existentes hasta el momento tales como el daño patrimonial, el daño extra-patrimonial y el lucro cesante a través de un concepto novedosos para nuestro medio que se denomina «licencia hipotética». Nota de contenido: La determinación del daño producido por el ilícito marcario. -- Introducción. -- Legislación nacional. -- Jurisprudencia nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Hipótesis de uso ilícito de marca y su incidencia en la cuantificación de los daños. -- Sistema europeo de determinación de daños en materia de propiedad intelectual. -- Comentario sobre sentencias extranjeras. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9612
in Judicatura > 63 (Noviembre - 2017) . - p. 101-111[artículo] La determinación del daño marcario : Una nueva regla de tres pasos [texto impreso] / Jorge Luis Achard . - 2017 . - p. 101-111.
Idioma : Español (spa)
in Judicatura > 63 (Noviembre - 2017) . - p. 101-111
Clasificación: DERECHO CIVIL / PROPIEDAD INTELECTUAL / DERECHO DE MARCAS / PROTECCIÓN PENAL DE LAS MARCAS / DAÑOS / DAÑO PATRIMONIAL / DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL / USO DE MARCA SIN AUTORIZACIÓN DEL TITULAR Resumen: El objetivo del presente trabajo es profundizar en el estudio de la determinación de los daños marcarios, estudiando nuestra legislación así como legislación comparada y las últimas sentencias relevantes en la materia, con el objetivo final de proponer un método simple que permita fijar criterios básicos para su determinación. La determinación de los daños marcarios suele ser uno de los obstáculos más complejos de sortear por parte de los titulares de marcas a la hora de iniciar un reclamo de daños y perjuicios a quien utilizó su marca sin autorización. La complejidad del tema y las dudas jurisprudenciales en la materia ha llevado a una innecesaria saturación del sistema penal. En el estudio de la casuística local hemos encontrado cuatro clases diferentes de infracciones marcarias: 1. Venta de productos falsificados y confundibles con los productos originales. 2. Venta de productos falsificados pero que no provocan confusión con los productos originales. 3. Uso de marca sin autorización del titular, con el fin de identificar un producto o servicio a ser comercializado, sin que exista producto o servicio original. 4. Uso de marca sin autorización del titular con fines ajenos a la identificación de un determinado producto o servicio. Para determinar el daño en cada una de las hipótesis mencionadas se debe utilizar las distintas herramientas existentes hasta el momento tales como el daño patrimonial, el daño extra-patrimonial y el lucro cesante a través de un concepto novedosos para nuestro medio que se denomina «licencia hipotética». Nota de contenido: La determinación del daño producido por el ilícito marcario. -- Introducción. -- Legislación nacional. -- Jurisprudencia nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Hipótesis de uso ilícito de marca y su incidencia en la cuantificación de los daños. -- Sistema europeo de determinación de daños en materia de propiedad intelectual. -- Comentario sobre sentencias extranjeras. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9612 [artículo] Achard, Jorge Luis (2017). La determinación del daño marcario : Una nueva regla de tres pasos. Judicatura. 63. (Noviembre - 2017) p. 101-111.
Idioma : Español (spa)
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Clasificación: DERECHO CIVIL / PROPIEDAD INTELECTUAL / DERECHO DE MARCAS / PROTECCIÓN PENAL DE LAS MARCAS / DAÑOS / DAÑO PATRIMONIAL / DELITOS CONTRA LA PROPIEDAD INTELECTUAL / USO DE MARCA SIN AUTORIZACIÓN DEL TITULAR Resumen: El objetivo del presente trabajo es profundizar en el estudio de la determinación de los daños marcarios, estudiando nuestra legislación así como legislación comparada y las últimas sentencias relevantes en la materia, con el objetivo final de proponer un método simple que permita fijar criterios básicos para su determinación. La determinación de los daños marcarios suele ser uno de los obstáculos más complejos de sortear por parte de los titulares de marcas a la hora de iniciar un reclamo de daños y perjuicios a quien utilizó su marca sin autorización. La complejidad del tema y las dudas jurisprudenciales en la materia ha llevado a una innecesaria saturación del sistema penal. En el estudio de la casuística local hemos encontrado cuatro clases diferentes de infracciones marcarias: 1. Venta de productos falsificados y confundibles con los productos originales. 2. Venta de productos falsificados pero que no provocan confusión con los productos originales. 3. Uso de marca sin autorización del titular, con el fin de identificar un producto o servicio a ser comercializado, sin que exista producto o servicio original. 4. Uso de marca sin autorización del titular con fines ajenos a la identificación de un determinado producto o servicio. Para determinar el daño en cada una de las hipótesis mencionadas se debe utilizar las distintas herramientas existentes hasta el momento tales como el daño patrimonial, el daño extra-patrimonial y el lucro cesante a través de un concepto novedosos para nuestro medio que se denomina «licencia hipotética». Nota de contenido: La determinación del daño producido por el ilícito marcario. -- Introducción. -- Legislación nacional. -- Jurisprudencia nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Hipótesis de uso ilícito de marca y su incidencia en la cuantificación de los daños. -- Sistema europeo de determinación de daños en materia de propiedad intelectual. -- Comentario sobre sentencias extranjeras. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=9612 La determinación del daño marcario / Jorge Luis Achard en Tribuna del Abogado, 204 (Octubre - diciembre 2017)
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Título : La determinación del daño marcario : una nueva regla de tres pasos Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Luis Achard Fecha de publicación: 2017 Artículo en la página: p. 20-25 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO DE MARCAS / DAÑOS / DAÑO MORAL / VALORACIÓN DEL DAÑO / USO DE MARCA SIN AUTORIZACIÓN DEL TITULAR / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / JURISPRUDENCIA COMENTADA Nota de contenido: La determinación del daño producido por el ilícito marcario. -- Introducción. -- Legislación nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Hipótesis de uso ilícito de marca y su incidencia en la cuantificación de los daños. --Sistema europeo de determinación del daños en materia de propiedad intelectual. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10862
in Tribuna del Abogado > 204 (Octubre - diciembre 2017) . - p. 20-25[artículo] La determinación del daño marcario : una nueva regla de tres pasos [texto impreso] / Jorge Luis Achard . - 2017 . - p. 20-25.
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in Tribuna del Abogado > 204 (Octubre - diciembre 2017) . - p. 20-25
Clasificación: DERECHO DE MARCAS / DAÑOS / DAÑO MORAL / VALORACIÓN DEL DAÑO / USO DE MARCA SIN AUTORIZACIÓN DEL TITULAR / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / JURISPRUDENCIA COMENTADA Nota de contenido: La determinación del daño producido por el ilícito marcario. -- Introducción. -- Legislación nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Hipótesis de uso ilícito de marca y su incidencia en la cuantificación de los daños. --Sistema europeo de determinación del daños en materia de propiedad intelectual. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10862 [artículo] Achard, Jorge Luis (2017). La determinación del daño marcario : una nueva regla de tres pasos. Tribuna del Abogado. 204. (Octubre - diciembre 2017) p. 20-25.
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in Tribuna del Abogado > 204 (Octubre - diciembre 2017) . - p. 20-25
Clasificación: DERECHO DE MARCAS / DAÑOS / DAÑO MORAL / VALORACIÓN DEL DAÑO / USO DE MARCA SIN AUTORIZACIÓN DEL TITULAR / REPARACIÓN DEL DAÑO (CIVIL) / JURISPRUDENCIA COMENTADA Nota de contenido: La determinación del daño producido por el ilícito marcario. -- Introducción. -- Legislación nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Hipótesis de uso ilícito de marca y su incidencia en la cuantificación de los daños. --Sistema europeo de determinación del daños en materia de propiedad intelectual. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=10862
[artículo]
Título : La determinación del daño marcario : Una nueva regla de tres pasos Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Luis Achard Fecha de publicación: 2018 Artículo en la página: p. 15-31 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO DE MARCAS / DAÑOS / VALORACIÓN DEL DAÑO / DAÑO MORAL Resumen: El objetivo del presente trabajo es profundizar en el estudio de la determinación de los daños marcarios, estudiando nuestra legislación así como legislación comparada y las últimas sentencias relevantes en la materia, con el objetivo final de proponer un método simple que permita fijar criterios básicos para su determinación. La determinación de los daños marcarios suele ser uno de los obstáculos más complejos de sortear por parte de los titulares de marcas a la hora de iniciar un reclamo de daños y perjuicios a quien utilizó su marca sin autorización. La complejidad del tema y las dudas jurisprudenciales en la materia ha llevado a una innecesaria saturación del sistema penal. En el estudio de la casuística local hemos encontrado cuatro clases diferentes de infracciones marcarias: 1. Venta de productos falsificados y confundibles con los productos originales: 2. Venta de productos falsificados pero que no provocan confusión con los productos originales; 3. Uso de marca sin autorización del titular, con el fin de identificar un producto o servicio a ser comercializado, sin que exista producto o servicio original; 4. Uso de marca sin autorización del titular con fines ajenos a la identificación de un determinado producto o servicio. Para determinar el daño en cada una de las hipótesis mencionadas se debe utilizar las distintas herramientas existentes hasta el momento tales como el daño patrimonial, el daño extra-patrimonial y el lucro cesante a través de un concepto novedosos para nuestro medio que se denomina «licencia hipotética». Nota de contenido: Introducción. -- Legislación nacional. -- Jurisprudencia nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Sistema europeo de determinación de daños en materia de propiedad intelectual. -- Comentario sobre sentencias extranjeras. -- Sentencia 98/2016 Tribunal Supremo Sala Civil de Madrid. -- Comentarios sobre la sentencia 3844/2016 del Tribunal Supremo de España, Sala Civil. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay En línea: http://revistaderecho.um.edu.uy/wp-content/uploads/2018/04/ACHARD.pdf Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11564
in Revista de Derecho > v. 16, n. 32 (2018) . - p. 15-31[artículo] La determinación del daño marcario : Una nueva regla de tres pasos [texto impreso] / Jorge Luis Achard . - 2018 . - p. 15-31.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Derecho > v. 16, n. 32 (2018) . - p. 15-31
Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO DE MARCAS / DAÑOS / VALORACIÓN DEL DAÑO / DAÑO MORAL Resumen: El objetivo del presente trabajo es profundizar en el estudio de la determinación de los daños marcarios, estudiando nuestra legislación así como legislación comparada y las últimas sentencias relevantes en la materia, con el objetivo final de proponer un método simple que permita fijar criterios básicos para su determinación. La determinación de los daños marcarios suele ser uno de los obstáculos más complejos de sortear por parte de los titulares de marcas a la hora de iniciar un reclamo de daños y perjuicios a quien utilizó su marca sin autorización. La complejidad del tema y las dudas jurisprudenciales en la materia ha llevado a una innecesaria saturación del sistema penal. En el estudio de la casuística local hemos encontrado cuatro clases diferentes de infracciones marcarias: 1. Venta de productos falsificados y confundibles con los productos originales: 2. Venta de productos falsificados pero que no provocan confusión con los productos originales; 3. Uso de marca sin autorización del titular, con el fin de identificar un producto o servicio a ser comercializado, sin que exista producto o servicio original; 4. Uso de marca sin autorización del titular con fines ajenos a la identificación de un determinado producto o servicio. Para determinar el daño en cada una de las hipótesis mencionadas se debe utilizar las distintas herramientas existentes hasta el momento tales como el daño patrimonial, el daño extra-patrimonial y el lucro cesante a través de un concepto novedosos para nuestro medio que se denomina «licencia hipotética». Nota de contenido: Introducción. -- Legislación nacional. -- Jurisprudencia nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Sistema europeo de determinación de daños en materia de propiedad intelectual. -- Comentario sobre sentencias extranjeras. -- Sentencia 98/2016 Tribunal Supremo Sala Civil de Madrid. -- Comentarios sobre la sentencia 3844/2016 del Tribunal Supremo de España, Sala Civil. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay En línea: http://revistaderecho.um.edu.uy/wp-content/uploads/2018/04/ACHARD.pdf Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11564 [artículo] Achard, Jorge Luis (2018). La determinación del daño marcario : Una nueva regla de tres pasos. Revista de Derecho. v. 16, n. 32. (2018) p. 15-31.
Idioma : Español (spa)
in Revista de Derecho > v. 16, n. 32 (2018) . - p. 15-31
Clasificación: DERECHO CIVIL / DERECHO DE MARCAS / DAÑOS / VALORACIÓN DEL DAÑO / DAÑO MORAL Resumen: El objetivo del presente trabajo es profundizar en el estudio de la determinación de los daños marcarios, estudiando nuestra legislación así como legislación comparada y las últimas sentencias relevantes en la materia, con el objetivo final de proponer un método simple que permita fijar criterios básicos para su determinación. La determinación de los daños marcarios suele ser uno de los obstáculos más complejos de sortear por parte de los titulares de marcas a la hora de iniciar un reclamo de daños y perjuicios a quien utilizó su marca sin autorización. La complejidad del tema y las dudas jurisprudenciales en la materia ha llevado a una innecesaria saturación del sistema penal. En el estudio de la casuística local hemos encontrado cuatro clases diferentes de infracciones marcarias: 1. Venta de productos falsificados y confundibles con los productos originales: 2. Venta de productos falsificados pero que no provocan confusión con los productos originales; 3. Uso de marca sin autorización del titular, con el fin de identificar un producto o servicio a ser comercializado, sin que exista producto o servicio original; 4. Uso de marca sin autorización del titular con fines ajenos a la identificación de un determinado producto o servicio. Para determinar el daño en cada una de las hipótesis mencionadas se debe utilizar las distintas herramientas existentes hasta el momento tales como el daño patrimonial, el daño extra-patrimonial y el lucro cesante a través de un concepto novedosos para nuestro medio que se denomina «licencia hipotética». Nota de contenido: Introducción. -- Legislación nacional. -- Jurisprudencia nacional. -- En relación con el daño extra-patrimonial o moral. -- Sistema europeo de determinación de daños en materia de propiedad intelectual. -- Comentario sobre sentencias extranjeras. -- Sentencia 98/2016 Tribunal Supremo Sala Civil de Madrid. -- Comentarios sobre la sentencia 3844/2016 del Tribunal Supremo de España, Sala Civil. -- Conclusiones. -- La regla de los tres pasos. Cobertura geográfica : Uruguay En línea: http://revistaderecho.um.edu.uy/wp-content/uploads/2018/04/ACHARD.pdf Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=11564 La prueba y los principios de igualdad, buena fe y economía procesal en los procesos ordinario y cautelar. / Jorge Luis Achard en Revista Uruguaya de Derecho Procesal, 1-2/2019 (2019)
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Título : La prueba y los principios de igualdad, buena fe y economía procesal en los procesos ordinario y cautelar. Tipo de documento: texto impreso Autores: Jorge Luis Achard Fecha de publicación: 2019 Artículo en la página: p.349-356 Nota general: Introducción . -- Los principios de igualdad, buena fe y economía y la prueba en el proceso ordinario.-- Los principios de igualdad, buena fe y economía en los procesos cautelar y provisional. -- Conclusiones Idioma : Español (spa) Clasificación: CARGA DE PRUEBA / PRINCIPIO DE IGUALDAD / MEDIDAS CAUTELARES Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15098
in Revista Uruguaya de Derecho Procesal > 1-2/2019 (2019) . - p.349-356[artículo] La prueba y los principios de igualdad, buena fe y economía procesal en los procesos ordinario y cautelar. [texto impreso] / Jorge Luis Achard . - 2019 . - p.349-356.
Introducción . -- Los principios de igualdad, buena fe y economía y la prueba en el proceso ordinario.-- Los principios de igualdad, buena fe y economía en los procesos cautelar y provisional. -- Conclusiones
Idioma : Español (spa)
in Revista Uruguaya de Derecho Procesal > 1-2/2019 (2019) . - p.349-356
Clasificación: CARGA DE PRUEBA / PRINCIPIO DE IGUALDAD / MEDIDAS CAUTELARES Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15098 [artículo] Achard, Jorge Luis (2019). La prueba y los principios de igualdad, buena fe y economía procesal en los procesos ordinario y cautelar.. Revista Uruguaya de Derecho Procesal. 1-2/2019. (2019) p.349-356.
Introducción . -- Los principios de igualdad, buena fe y economía y la prueba en el proceso ordinario.-- Los principios de igualdad, buena fe y economía en los procesos cautelar y provisional. -- Conclusiones
Idioma : Español (spa)
in Revista Uruguaya de Derecho Procesal > 1-2/2019 (2019) . - p.349-356
Clasificación: CARGA DE PRUEBA / PRINCIPIO DE IGUALDAD / MEDIDAS CAUTELARES Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=15098