[artículo] inAnuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v.9 (2021) . - p.9-25 Título : |
El estado del arte en la reproducción humana asistida en Brasil |
Tipo de documento: |
texto impreso |
Autores: |
Débora Gozzo |
Fecha de publicación: |
2021 |
Artículo en la página: |
p.9-25 |
Idioma : |
Español (spa) |
Clasificación: |
REPRODUCCIÓN ASISTIDA / GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN
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Resumen: |
El presente artículo trata del arte de la reproducción humana asistida en Brasil, a partir de una breve investigación de la Resolución nº 2.292/2021 del Consejo Federal de Medicina brasileño, la cual dispone sobre las referencias técnicas. Hasta hoy el legislador brasileño reglamentó acerca del planeamiento familiar, previsto en la Constitución de la República, pero, aunque no aprobó una ley específica para establecer las normas necesarias para esta materia. Delante la laguna legal, las personas, los médicos, y los tribunales aplican la Resolución del Consejo Federal de Medicina, el cual contiene normas meramente deontológicas, para la resolución de los casos para los cuales se necesita de la intervención del Poder Judiciario. El Código Civil brasileño añadió tres incisos al artículo 1.597, los cuales prevén la presunción de paternidad del marido, incluyéndose aquí la hipótesis legal de la inseminación post mortem. En fin, lo que se observa es que el país necesita urgentemente de una legislación específica para el tema, una vez que la concepción, la gestación y el nacimiento de una persona humana, debe ser garantizada la protección integral de su dignidad |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=19655 |
[artículo] El estado del arte en la reproducción humana asistida en Brasil [texto impreso] / Débora Gozzo . - 2021 . - p.9-25. Idioma : Español ( spa) in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v.9 (2021) . - p.9-25 Clasificación: |
REPRODUCCIÓN ASISTIDA / GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN
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Resumen: |
El presente artículo trata del arte de la reproducción humana asistida en Brasil, a partir de una breve investigación de la Resolución nº 2.292/2021 del Consejo Federal de Medicina brasileño, la cual dispone sobre las referencias técnicas. Hasta hoy el legislador brasileño reglamentó acerca del planeamiento familiar, previsto en la Constitución de la República, pero, aunque no aprobó una ley específica para establecer las normas necesarias para esta materia. Delante la laguna legal, las personas, los médicos, y los tribunales aplican la Resolución del Consejo Federal de Medicina, el cual contiene normas meramente deontológicas, para la resolución de los casos para los cuales se necesita de la intervención del Poder Judiciario. El Código Civil brasileño añadió tres incisos al artículo 1.597, los cuales prevén la presunción de paternidad del marido, incluyéndose aquí la hipótesis legal de la inseminación post mortem. En fin, lo que se observa es que el país necesita urgentemente de una legislación específica para el tema, una vez que la concepción, la gestación y el nacimiento de una persona humana, debe ser garantizada la protección integral de su dignidad |
Link: |
https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=19655 |
[artículo] Gozzo, Débora (2021). El estado del arte en la reproducción humana asistida en Brasil. Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones. v.9. (2021) p.9-25. Idioma : Español ( spa) in Anuario Uruguayo Crítico de Derecho de Familia y Sucesiones > v.9 (2021) . - p.9-25 Clasificación: |
REPRODUCCIÓN ASISTIDA / GESTACIÓN POR SUSTITUCIÓN
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Resumen: |
El presente artículo trata del arte de la reproducción humana asistida en Brasil, a partir de una breve investigación de la Resolución nº 2.292/2021 del Consejo Federal de Medicina brasileño, la cual dispone sobre las referencias técnicas. Hasta hoy el legislador brasileño reglamentó acerca del planeamiento familiar, previsto en la Constitución de la República, pero, aunque no aprobó una ley específica para establecer las normas necesarias para esta materia. Delante la laguna legal, las personas, los médicos, y los tribunales aplican la Resolución del Consejo Federal de Medicina, el cual contiene normas meramente deontológicas, para la resolución de los casos para los cuales se necesita de la intervención del Poder Judiciario. El Código Civil brasileño añadió tres incisos al artículo 1.597, los cuales prevén la presunción de paternidad del marido, incluyéndose aquí la hipótesis legal de la inseminación post mortem. En fin, lo que se observa es que el país necesita urgentemente de una legislación específica para el tema, una vez que la concepción, la gestación y el nacimiento de una persona humana, debe ser garantizada la protección integral de su dignidad |
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https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=19655 |
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