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Valor de la participación social del socio excluido / Álvaro Martín Gussoni Aldaya
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Título : Valor de la participación social del socio excluido Tipo de documento: texto impreso Autores: Álvaro Martín Gussoni Aldaya Número de páginas: p. 173 - 176 Idioma : Español (spa) Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / DERECHOS DEL SOCIO / EXCLUSIÓN DE SOCIO / CAPITAL SOCIAL / RESCISIÓN PARCIAL DE SOCIEDADES Resumen: La exclusión del socio genera la obligación de la sociedad de abonar la participación social del socio saliente. La jurisprudencia uruguaya en su mayoría sostiene que el valor a abonar es el valor contable, en proporción a la participación social del excluido. En tal sentido, entendemos que la participación debe determinarse en función del valor real del socio excluido. De otra manera, los demás socios se verían beneficiados en forma injustificada. Para determinar dicho valor deberá confeccionarse un balance especial de salida, donde deberán constar los bienes intangibles, y todo aquello que posea un valor patrimonial. De esta forma el contrato social se rescinde parcialmente, percibiendo el socio recedente, el valor real de su participación en la misma. Nota de contenido: Introducción. -- Procedimiento de liquidación. -- Título ejecutivo. -- Retención. -- Excepción. -- Valor de la participación. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4901 Valor de la participación social del socio excluido [texto impreso] / Álvaro Martín Gussoni Aldaya . - [s.d.] . - p. 173 - 176.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / DERECHOS DEL SOCIO / EXCLUSIÓN DE SOCIO / CAPITAL SOCIAL / RESCISIÓN PARCIAL DE SOCIEDADES Resumen: La exclusión del socio genera la obligación de la sociedad de abonar la participación social del socio saliente. La jurisprudencia uruguaya en su mayoría sostiene que el valor a abonar es el valor contable, en proporción a la participación social del excluido. En tal sentido, entendemos que la participación debe determinarse en función del valor real del socio excluido. De otra manera, los demás socios se verían beneficiados en forma injustificada. Para determinar dicho valor deberá confeccionarse un balance especial de salida, donde deberán constar los bienes intangibles, y todo aquello que posea un valor patrimonial. De esta forma el contrato social se rescinde parcialmente, percibiendo el socio recedente, el valor real de su participación en la misma. Nota de contenido: Introducción. -- Procedimiento de liquidación. -- Título ejecutivo. -- Retención. -- Excepción. -- Valor de la participación. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4901 Gussoni Aldaya, Álvaro Martín (2010). Valor de la participación social del socio excluido. En Sociedades y concursos en un mundo en cambio. Montevideo: Fundación de Cultura Universitaria. , 2010. p. 173 - 176.
en Sociedades y concursos en un mundo en cambio / Universidad de la República (Montevideo, Uruguay) (2010)
Idioma : Español (spa)
Clasificación: DERECHO COMERCIAL / SOCIEDADES COMERCIALES / DERECHOS DEL SOCIO / EXCLUSIÓN DE SOCIO / CAPITAL SOCIAL / RESCISIÓN PARCIAL DE SOCIEDADES Resumen: La exclusión del socio genera la obligación de la sociedad de abonar la participación social del socio saliente. La jurisprudencia uruguaya en su mayoría sostiene que el valor a abonar es el valor contable, en proporción a la participación social del excluido. En tal sentido, entendemos que la participación debe determinarse en función del valor real del socio excluido. De otra manera, los demás socios se verían beneficiados en forma injustificada. Para determinar dicho valor deberá confeccionarse un balance especial de salida, donde deberán constar los bienes intangibles, y todo aquello que posea un valor patrimonial. De esta forma el contrato social se rescinde parcialmente, percibiendo el socio recedente, el valor real de su participación en la misma. Nota de contenido: Introducción. -- Procedimiento de liquidación. -- Título ejecutivo. -- Retención. -- Excepción. -- Valor de la participación. -- Conclusión. Cobertura geográfica : Uruguay Link: https://biblioteca.poderjudicial.gub.uy/index.php?lvl=notice_display&id=4901